
leyes y puntos de prevencion ESCUELA 18 TYC
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Clara Rivas
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1.
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¿Y qué dicen las leyes?
Convención Internacional de los derechos del niño, que está
incluida en nuestra Constitución Nacional
“Se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad”.
La Convención reconoce que la infancia tiene derecho a cuidados
y asistencias especiales, ya que ellos necesitan herramientas y
preparación para lograr un desarrollo que les permita alcanzar una
vida independiente en sociedad. El niño “debe crecer en el seno
de la familia en un ambiente de felicidad, amor y comprensión”.
Por lo tanto, tiene derecho a vivir como niño. Debe estar
protegido contra la explotación económica y contra el desempeño
de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su
educación. Tampoco puede estar expuesto a algo que sea nocivo
para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o
social. Además la Convención establece que todos los niños, niñas
y adolescentes tienen el derecho a una educación de calidad.
Convenio 182 sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil
Convenio fundamental de la OIT, que aborda las denominadas
“peores formas de trabajo infantil” e insta a los Estados a tomar
medidas inmediatas y eficaces a fin de prohibir y eliminar estas
prácticas con carácter de urgencia.
Convenio 138 de Edad Mínima de Admisión al Empleo
Este documento basa los criterios para fijar esta edad mínima según la finalización de la escolaridad obligatoria y según las condiciones del trabajo. Establece que, en términos generales, la edad mínima de admisión no podrá ser inferior a la edad en que cesa la instrucción obligatoria establecida por cada país. En el caso de los trabajos peligrosos para la salud, la seguridad o la moralidad, esta edad mínima deberá fijarse en los 18 años.
Ley Nacional 26390 de Prohibición del Trabajo Infantil y potección
del Trabajo Adolescente
Esta ley, promulgada en 2008, atañe al trabajo de los niños, niñas
y adolescentes menores de 18 años. Por ella se eleva la edad
mínima de admisión al empleo en 16 años y se establecen las condiciones
de la jornada de trabajo para los menores de 18 años con
el objetivo de firmar contratos de trabajo, participar en juicios, etc.
Ley Nacional 26061 de Protección Integral de los Derechos de
Niños, Niñas y Adolescentes
Esta ley de 2005 protege de manera integral los derechos de las
niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de
la Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y
permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico
nacional y en los tratados internacionales.
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PLAN NACIONAL PARA LA PREVENCION Y ERRADICACION DEL TRABAJO INFANTIL Y LA PROTECCION
DEL TRABAJO ADOLESCENTE. 2011-2015 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social de la Nación
OBJETIVO GENERAL:
Prevenir y erradicar el trabajo infantil en todas sus formas y proteger el trabajo adolescente, a través
del desarrollo de acciones que favorezcan la participación de los distintos actores sociales en todo el
país.
OBJETIVO 1
Garantizar la permanente difusión, sensibilización, información y formación en materia de prevención y
erradicación del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente.
OBJETIVO 2:
Promover, sostener y afianzar un sistema integral de información permanente sobre trabajo infantil y
adolescente.
OBJETIVO 3
Fortalecer el rol institucional y el funcionamiento continuo de las Comisiones provinciales para la prevención
y erradicación del trabajo infantil – COPRETI.
OBJETIVO 4
Fortalecer integralmente al grupo familiar de las niñas y los niños que trabajan y de los que están en
situación y/o en riesgo de trabajo
OBJETIVO 5
Fortalecer los sistemas de inspección del trabajo en materia de prevención y erradicación del trabajo
infantil y protección del trabajo adolescente y promover la figura del inspector de trabajo como actor
clave para la protección de la infancia y la adolescencia.
OBJETIVO 6
Implementar, además de la inspección de trabajo, otros mecanismos de prevención y detección del
trabajo infantil y protección del trabajo adolescente a partir de actores sociales involucrados en la
problemática
OBJETIVO 7
Impulsar en el marco de la prevención y erradicación del trabajo infantil, una educación que garantice
la inclusión y/o permanencia de todos los niños, niñas y adolescentes en el Sistema Educativo Formal,
en el período que por ley se considera obligatorio
OBJETIVO 8
Promover en el marco de la prevención y erradicación del trabajo infantil la atención de la salud integral
(física-psíquica-social) y de las consecuencias del trabajo en el crecimiento y desarrollo de niños y niñas
que trabajan, en riesgo y en situación de trabajo y de los adolescentes que se encuentren trabajando.
OBJETIVO 9
Propiciar y participar en la elaboración y adecuación de normas para la prevención y erradicación del
trabajo infantil y la protección del trabajo adolescente.
OBJETIVO 10
Promover la participación de los distintos actores sociales en la prevención y erradicación de las denominadas
peores formas de trabajo infantil y adolescente.
2.
FLASHCARD QUESTION
Front
En nuestro país, el trabajo infantil ha sido definido como toda actividad económica y/o estrategia de supervivencia,
remunerada o no, realizada por niñas y niños, por
debajo de la edad mínima de admisión al empleo o trabajo,
o que no han finalizado la escolaridad obligatoria,
o que no han cumplido los 18 años si se trata de trabajo
peligroso (Comisión Nacional para la Erradicación del
Trabajo Infantil - CONAETI). Actualmente, la edad mínima
de admisión al empleo es de 16 años.
Muchos niños pobres salen a trabajar, con el fin de aportar
dinero para su hogar o para lograr su propia subsistencia.
Los mismos adultos que tienen la responsabilidad de
proteger a estos niños son quienes los exponen a largas
jornadas de trabajo.
¿Quiénes son estos adultos? Son los
gobernantes que no toman medidas para que estos chicos
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estén en la escuela y no en la calle. Son los padres que los obligan a salir a trabajar. Son
los ciudadanos que giran la mirada para otro lado cuando los observan en las calles.
Frente a esta desprotección por parte de los adultos, los niños quedan atrapados en una
triste realidad: asumir responsabilidades para las que no están preparados, estar en la
calle, donde corren serios peligros, tener que desempeñar tareas que no les gustan, en
lugar de educarse, divertirse, jugar como necesita todo niño.
Los padres de los niños que trabajan también están pasando por una difícil situación
socioeconómica: falta de empleo, de alimentos, de cobertura de salud, de protección
social, de oportunidades, de educación. Esto influye en que lleguen al extremo de hacer
trabajar a sus hijos, colocándolos en una situación de riesgo, sólo para obtener algo
de dinero. De todas maneras, cualquier situación, por adversa que sea, no los libera de
su obligación de proteger a los hijos. Otros padres, en circunstancias similares, hacen
todo lo que está a su alcance para que los hijos vayan al colegio y no estén a la deriva
ni frente a posibles peligros. Además, existe una idea equivocada acerca de que los
niños deben colaborar con la manutención de los gastos familiares. Es el Estado el que
debe garantizar que sus padres tengan trabajo y educación, para que no lleguen a la
situación límite de mandar a los chicos a trabajar.
Los niños que trabajan tienen dificultades y atrasos en la escuela, faltan mucho por
cansancio o la abandonan. No pueden aprender las nociones básicas. Por lo cual, el
trabajo infantil es una de las causas por las que una familia pobre continúe en esa
situación. Al no poder estudiar adecuadamente, es muy probable que durante su vida,
lo único que puedan conseguir estos niños sean trabajos precarios. Además, no cuentan
con herramientas futuras para brindar a sus propios hijos una educación adecuada.
Todo esto refuerza nuevamente la condición de pobreza de la familia y sus futuras
generaciones.
Los niños que trabajan, en general, se dedican a la venta callejera, a realizar algunas
actividades agropecuarias (alimentar a animales de corral, llevar a animales a pastar,
ayudar en la cosecha, sembrar, etcétera), a cartonear, a realizar trabajos en locales de
comida rápida, a la venta en autoservicios, a repartir comida a domicilio y al servicio
doméstico. Ocupan puestos con ingresos más bajos que los de los adultos, sin cobertura
de salud ni protección legal.
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