LISR 5

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LISR 5

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karina alvarado

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10 questions

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1.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

2 mins • 1 pt

CAPÍTULO I

DE LAS ENTIDADES EXTRANJERAS CONTROLADAS SUJETAS A REGÍMENES

FISCALES PREFERENTES

Artículo 176. Los residentes en México y los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país:

Para los efectos de esta Ley, se considerarán ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes, los que no están gravados en el extranjero o lo están con un impuesto sobre la renta inferior al: ?

85%

75%

35%

Answer explanation

Art 176 (3er Parrafo)

Para los efectos de esta Ley, se considerarán ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes, los

que no están gravados en el extranjero o lo están con un impuesto sobre la renta inferior al 75% del

impuesto sobre la renta que se causaría y pagaría en México, en los términos de los Títulos II o IV de

esta Ley, según corresponda. No se considerará el impuesto sobre dividendos señalado en el segundo

párrafo del artículo 140, ni en el segundo párrafo de la fracción V del artículo 142 de la presente Ley, al

momento de determinar los ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. Tampoco se considerará

el ajuste anual por inflación, ni las ganancias o pérdidas cambiarias que deriven de la fluctuación de la

moneda extranjera, con respecto de la moneda nacional.

2.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

1 min • 1 pt

Al momento de determinar los ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. No se considerará:

El ajuste anual por inflación, ni las ganancias o pérdidas cambiarias que deriven de la fluctuación de la moneda extranjera, con respecto de la moneda nacional.

Las ganancias o pérdidas cambiarias que deriven de la fluctuación de la moneda extranjera, con respecto de la moneda nacional.

El ajuste anual por inflación y adquisición de bienes.

Answer explanation

ART 176 (3er parrafo)

No se considerará el impuesto sobre dividendos señalado en el segundo

párrafo del artículo 140, ni en el segundo párrafo de la fracción V del artículo 142 de la presente Ley, al

momento de determinar los ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. Tampoco se considerará

el ajuste anual por inflación, ni las ganancias o pérdidas cambiarias que deriven de la fluctuación de la

moneda extranjera, con respecto de la moneda nacional.

3.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

2 mins • 1 pt

Artículo 178. Los contribuyentes de este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, deberán presentar ante las oficinas autorizadas, declaración informativa sobre los ingresos que hayan generado o generen en el ejercicio inmediato anterior sujetos a regímenes fiscales preferentes en el mes de:

En el mes de Marzo de cada año.

En el mes de Abril de cada año.

En el mes de febrero de cada año.

Answer explanation

Artículo 178. Los contribuyentes de este Título, además de las obligaciones establecidas en otros

artículos de esta Ley, deberán presentar en el mes de febrero de cada año, ante las oficinas autorizadas,

declaración informativa sobre los ingresos que hayan generado o generen en el ejercicio inmediato

anterior sujetos a regímenes fiscales preferentes, o en sociedades o entidades cuyos ingresos estén

sujetos a dichos regímenes, que corresponda al ejercicio inmediato anterior, acompañando los estados

de cuenta por depósitos, inversiones, ahorros o cualquier otro, o en su caso, la documentación que

mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria. Para los efectos

de este artículo, se consideran ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes, tanto los depósitos

como los retiros. La declaración a que se refiere este artículo, será utilizada únicamente para efectos

fiscales.

4.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

2 mins • 1 pt

CAPÍTULO II

DE LOS PATRONES QUE CONTRATEN A PERSONAS QUE PADEZCAN DISCAPACIDAD Y ADULTOS MAYORES

El estímulo fiscal consiste en poder deducir de los ingresos acumulables del contribuyente para los efectos del impuesto sobre la renta por el ejercicio fiscal correspondiente, un monto equivalente al:

8% del salario efectivamente pagado a las personas antes señaladas.

25% del salario efectivamente pagado a las personas antes señaladas.

45% del salario efectivamente pagado a las personas antes señaladas.

Answer explanation

Artículo 186. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes, personas físicas o morales del impuesto sobre la renta, que empleen a personas que padezcan discapacidad motriz, que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes.

El estímulo fiscal consiste en poder deducir de los ingresos acumulables del contribuyente para los efectos del impuesto sobre la renta por el ejercicio fiscal correspondiente, un monto equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a las personas antes señaladas. Para estos efectos, se deberá considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate, en los términos del artículo 96 de esta Ley. El estímulo fiscal a que se refiere este párrafo será aplicable siempre que los contribuyentes obtengan el certificado de discapacidad expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, respecto de los citados trabajadores.

5.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

2 mins • 1 pt

Se otorga un estímulo fiscal a quien contrate adultos mayores, consistentes en deducir de sus ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal correspondiente, el equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a las personas de:

65 años y más

60 años y más

70 años y más

75 años y más

Answer explanation

Art 186. (3er Párrafo)

Se otorga un estímulo fiscal a quien contrate adultos mayores, consistentes en deducir de sus ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal correspondiente, el equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a las personas de 65 años y más. Para estos efectos, se deberá considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate, en los términos del artículo 96 de esta Ley.

6.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

3 mins • 1 pt

CAPÍTULO V

DE LOS CONTRIBUYENTES DEDICADOS A LA CONSTRUCCIÓN Y ENAJENACIÓN DE DESARROLLOS INMOBILIARIOS

Podrán optar por deducir el costo de adquisición de los terrenos en el ejercicio en el que los adquieran, siempre que:

Que al momento de la enajenación del terreno, se considere ingreso acumulable el valor total de la enajenación del terreno de que se trate, en lugar de la ganancia a que se refiere el artículo 18, fracción IV de esta Ley.

Que al momento de la enajenación del terreno, se considere ingreso acumulable el valor total de la ganancia.

Que al momento de la enajenación del terreno, se considere el 50% del valor del terreno.

Answer explanation

Art 191.

Fracc III. Que al momento de la enajenación del terreno, se considere ingreso acumulable el valor total

de la enajenación del terreno de que se trate, en lugar de la ganancia a que se refiere el

artículo 18, fracción IV de esta Ley.

7.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

2 mins • 1 pt

Se deberá considerar como ingreso acumulable, el costo de adquisición de dicho terreno, actualizado por el periodo trascurrido desde la fecha de adquisición del terreno y hasta el último día del mes en que se acumule el ingreso. Los contribuyentes que no hayan enajenado el terreno después del ejercicio inmediato posterior al que fue adquirido.

Después del tercer ejercicio

Después del quinto ejercicio

Después del segundo ejercicio

Answer explanation

Art 191 (ultimo parrafo)

Los contribuyentes que no hayan enajenado el terreno después del tercer ejercicio inmediato posterior

al que fue adquirido, deberá considerar como ingreso acumulable, el costo de adquisición de dicho terreno, actualizado por el periodo trascurrido desde la fecha de adquisición del terreno y hasta el último

día del mes en que se acumule el ingreso.

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