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L.O RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS MENORES

Authored by FELIX L.C.

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L.O RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS MENORES
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1.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

Esta Ley se aplicará para exigir la responsabilidad de las personas mayores de:

14 años

16 años
21 años
15 años

Answer explanation

Artículo 1. Declaración general.

1. Esta Ley se aplicará para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales.

2.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

La competencia para conocer de los delitos previstos en los artículos 571 a 580.2 corresponderá:

Juzgado de Menores de la Provincia

Juzgado de Menores del Tribunal Supremo.

Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional.

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autonoma.

Answer explanation

Artículo 2. Competencia de los Jueces de Menores.

4. La competencia para conocer de los delitos previstos en los artículos 571 a 580[2] del Código Penal corresponderá al Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional.



3.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

¿A quien corresponde la defensa de los derechos que a los menores reconocen las leyes, así como la vigilancia de las actuaciones que deban efectuarse en su interés y la observancia de las garantías del procedimiento, para lo cual dirigirá personalmente la investigación de los hechos y ordenará que la policía judicial practique las actuaciones necesarias para la comprobación de aquéllos y de la participación del menor en los mismos, impulsando el procedimiento.?

Defensor del Pueblo

Al Juez de Menores

Ministerio Fiscal

B y C son correctas.

Answer explanation

Artículo 6. De la intervención del Ministerio Fiscal.

Corresponde al Ministerio Fiscal la defensa de los derechos que a los menores reconocen las leyes, así como la vigilancia de las actuaciones que deban efectuarse en su interés y la observancia de las garantías del procedimiento, para lo cual dirigirá personalmente la investigación de los hechos y ordenará que la policía judicial practique las actuaciones necesarias para la comprobación de aquéllos y de la participación del menor en los mismos, impulsando el procedimiento.

4.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

Las medidas que pueden imponer los Jueces de Menores, ordenadas según la restricción de derechos que suponen, son las siguientes: (señala la incorrecta)

Internamiento en régimen cerrado.

Internamiento en régimen semiabierto.

Internamiento en régimen abierto

Internamiento en régimen preventivo en régimen cerrado, semiabierto o abierto.

Answer explanation

Artículo 7. Definición de las medidas susceptibles de ser impuestas a los menores y reglas generales de determinación de las mismas.

1. Las medidas que pueden imponer los Jueces de Menores, ordenadas según la restricción de derechos que suponen, son las siguientes:

a) Internamiento en régimen cerrado. Las personas sometidas a esta medida residirán en el centro y desarrollarán en el mismo las actividades formativas, educativas, laborales y de ocio.

b) Internamiento en régimen semiabierto. Las personas sometidas a esta medida residirán en el centro, pero podrán realizar fuera del mismo alguna o algunas de las actividades formativas, educativas, laborales y de ocio establecidas en el programa individualizado de ejecución de la medida. La realización de actividades fuera del centro quedará condicionada a la evolución de la persona y al cumplimiento de los objetivos previstos en las mismas, pudiendo el Juez de Menores suspenderlas por tiempo determinado, acordando que todas las actividades se lleven a cabo dentro del centro.

c) Internamiento en régimen abierto. Las personas sometidas a esta medida llevarán a cabo todas las actividades del proyecto educativo en los servicios normalizados del entorno, residiendo en el centro como domicilio habitual, con sujeción al programa y régimen interno del mismo.

d) Internamiento terapéutico en régimen cerrado, semiabierto o abierto. En los centros de esta naturaleza se realizará una atención educativa especializada o tratamiento específico dirigido a personas que padezcan anomalías o alteraciones psíquicas, un estado de dependencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas o sustancias psicotrópicas, o alteraciones en la percepción que determinen una alteración grave de la conciencia de la realidad. Esta medida podrá aplicarse sola o como complemento de otra medida prevista en este artículo. Cuando el interesado rechace un tratamiento de deshabituación, el Juez habrá de aplicarle otra medida adecuada a sus circunstancias.

(...)

5.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

Reglas especiales de aplicación y duración de las medidas. De las siguientes proposiciones marque la que considere incorrecta.

Si al tiempo de cometer los hechos el menor tuviere catorce o quince años de edad, la medida podrá alcanzar tres años de duración.

Si se trata de prestaciones en beneficio de la comunidad, dicho máximo será de doscientas cincuenta horas

Doce fines de semana si la medida impuesta fuere la de permanencia de fin de semana.

Si al tiempo de cometer los hechos el menor tuviere dieciséis o diecisiete años de edad, la duración máxima de la medida será de seis años

Answer explanation

Artículo 10. Reglas especiales de aplicación y duración de las medidas

1. Cuando se trate de los hechos previstos en el apartado 2 del artículo anterior, el Juez, oído el Ministerio Fiscal, las partes personadas y el equipo técnico, actuará conforme a las reglas siguientes:

14-15 años

a) si al tiempo de cometer los hechos el menor tuviere catorce o quince años de edad, la medida podrá alcanzar tres años de duración.

•    Si se trata de prestaciones en beneficio de la comunidad, dicho máximo será de ciento cincuenta horas,

•   

16-17 años

Doce fines de semana si la medida impuesta fuere la de permanencia de fin de semana.

b) si al tiempo de cometer los hechos el menor tuviere dieciséis o diecisiete años de edad, la duración máxima de la medida será de seis años; o, en sus respectivos casos, de doscientas horas de prestaciones en beneficio de la comunidad o permanencia de dieciséis fines de semana. (...)

6.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

Cuando el menor a quien se le hubiere impuesto una medida de las establecidas en esta Ley alcanzase la mayoría de edad y esté cumpliendo la medida de internamiento en régimen cerrado sin haber finalizado su cumplimiento ¿a quien tiene que oír el Juez de Menores para poder ordenar que su cumplimiento se lleve a cabo en un centro penitenciario conforme al régimen general previsto en la L.O. General Penitenciaria si la conducta de la persona internada no responde a los objetivos propuestos en la sentencia? (Señale la incorrecta)

Ministerio Fiscal

Representante del Menor

Equipo Técnico

Entidad pública de protección o reforma de menores

Answer explanation

Artículo 14. Mayoría de edad del condenado.

1. Cuando el menor a quien se le hubiere impuesto una medida de las establecidas en esta Ley alcanzase la mayoría de edad, continuará el cumplimiento de la medida hasta alcanzar los objetivos propuestos en la sentencia en que se le impuso conforme a los criterios expresados en los artículos anteriores.

2. Cuando se trate de la medida de internamiento en régimen cerrado y el menor alcance la edad de dieciocho años sin haber finalizado su cumplimiento, el Juez de Menores, oído el Ministerio Fiscal, el letrado del menor, el equipo técnico y la entidad pública de protección o reforma de menores, podrá ordenar en auto motivado que su cumplimiento se lleve a cabo en un centro penitenciario conforme al régimen general previsto en la Ley Orgánica General Penitenciaria si la conducta de la persona internada no responde a los objetivos propuestos en la sentencia.

7.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

30 sec • 1 pt

Recibido el escrito de alegaciones con el expediente, el Juez de Menores procederá a abrir el trámite de audiencia:

Para lo cual el secretario judicial dará traslado simultáneamente a quienes ejerciten la acción penal y la civil para que en un plazo común de tres días hábiles formulen sus respectivos escritos de alegaciones y propongan las pruebas que consideren pertinentes.

Para lo cual el secretario judicial dará traslado simultáneamente a quienes ejerciten la acción penal y la civil.

Para lo cual el secretario judicial dará traslado simultáneamente a quienes ejerciten la acción penal y la civil para que en un plazo común de cinco días hábiles formulen sus respectivos escritos de alegaciones y propongan las pruebas que consideren pertinentes.

Para lo cual el Fiscal de menores dará traslado simultáneamente a quienes ejerciten la acción penal y la civil para que en un plazo común de cinco días hábiles formulen sus respectivos escritos de alegaciones y propongan las pruebas que consideren pertinentes.

Answer explanation

Artículo 31. Apertura de la fase de audiencia.

Recibido el escrito de alegaciones con el expediente, las piezas de convicción, los efectos y demás elementos relevantes para el proceso remitidos por el Ministerio Fiscal, el secretario del Juzgado de Menores los incorporará a las diligencias, y el Juez de Menores procederá a abrir el trámite de audiencia, para lo cual el secretario judicial dará traslado simultáneamente a quienes ejerciten la acción penal y la civil para que en un plazo común de cinco días hábiles formulen sus respectivos escritos de alegaciones y propongan las pruebas que consideren pertinentes. Evacuado este trámite, el secretario judicial dará traslado de todo lo actuado al letrado del menor y, en su caso, a los responsables civiles, para que en un plazo de cinco días hábiles formule a su vez escrito de alegaciones y proponga la prueba que considere pertinente.

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