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WorksheetsSéptima etapa
Total questions: 10
Worksheet time: 5mins
Jorge está trabajando con un contrato temporal. En esta situación, fallece por una infección generalizada de origen común. Acredita cotizados en su vida laboral 169 días. Está casado y tiene un bebé de 4 meses.
Genera pensión de viudedad y orfandad
Genera pensión de viudedad, pero no de orfandad
Genera pensión de orfandad, pero no de viudedad
No genera ninguna pensión.
Doris tiene 57 años. No realiza actividad profesional desde los 50 años y no está inscrita como demandante de empleo. Tiene cotizados en toda su vida laboral 22 años. Sufre un accidente de tráfico y queda en situación de incapacidad permanente total, es decir, no está incapacitada para toda profesión u oficio.
Se le puede reconocer pensión de incapacidad permanente total
No se le puede reconocer pensión de incapacidad permanente total
Procede reconocimiento de pensión no contributiva de invalidez
Se le reconoce pensión de jubilación
Javier ha sufrido un accidente de trabajo. Se ha roto la pierna. Ha estado de baja durante 45 días. Javier está en alta y el empresario se encuentra al corriente de las cotizaciones. ¿quien es responsable de las prestaciones de incapacidad temporal? La empresa está asociada a la Mutua UNiversal
El INSS
El empresario
Mutua Universal
La Tesorería General
Eloisa ha cumplido la edad de jubilación y solicita el reconocimiento del derecho a la pensión de jubilación. El INSS le informa desde hace 5 años que no estaba de alta. Estos últimos 5 años los ha trabajado para la empresa Celobert. Eloisa ha trabajado para diversas empresas durante 39 años. ¿quien es responsable de la prestación de jubilación?
Eloisa no puede jubilarse, porque no estaba de alta, así que tendrá que seguir trabajando.
Eloisa puede dejar de trabajar, pero no tiene derecho a pensión
Eloisa tiene derecho a pensión de jubilación pero la responsabilidad de la parte proporcional a los cinco años no cotizados es exclusiva de Celobert.
La responsabilidad de toda la pensión de jubilación es de Celobert.
Juan trabaja para la empresa ZZZ desde hace 15 años. Tiene un accidente común y queda en situación de incapacidad permanente total. Juan está de alta pero la empresa no ha cotizado por sus trabajadores desde hace 3 meses, porque ha tenido problemas de liquidez.
La pensión de incapacidad permanente total de Juan es responsabilidad del INSS
La pensión de incapacidad permanente total de Juan es responsabilidad de ZZZ
La pensión de incapacidad permanente total de Juan es responsabilidad conjunta de la empresa y del INSS
Juan no tiene derecho a la pensión de incapacidad permanente total
Luis ha fallecido a consecuencia de un accidente de trabajo. El empresario no le había dado de alta. Su empresa está asociada con Asepeyo, Mutua colaboradora.
La responsabilidad de todas las prestaciones que se causan es de la empresa pero por el principio de automaticidad, el INSS anticipa el pago de las prestaciones
La responsabilidad de todas las prestaciones que se causan es de Asepeyo
La responsabilidad de todas las prestaciones que se causan es de la empresa y no opera el principio de automaticidad por lo que no hay anticipo en el pago de prestaciones.
La responsabilidad de todas las prestaciones que se causan es de la empresa pero por el principio de automaticidad, Asepeyo anticipa el pago de las prestaciones
Indica cuál de las siguientes afirmaciones es FALSA (a día de hoy)
Las pensiones se revalorizan conforme al índice de revalorización
Las pensiones de jubilación y muerte y supervivencia son imprescriptibles.
Las pensiones se revalorizan conforme al IPC
El factor de sostenibilidad para el cálculo de la cuantía de la pensión de jubilación todavía no se aplica
María, de 50 años, tiene reconocida una pensión de viudedad. La pensión tiene un complemento por mínimos de 100 euros/mes. La cuantía total mensual (14 pagas) es de 513 euros. ¿cual es la consecuencia si es contratada (salario mensual: el salario mínimo interprofesional)?
La pensión de viudedad es incompatible con el trabajo por lo que se extingue.
La pensión de viudedad es compatible con el trabajo así que no cambia en nada.
Se mantiene la cuantía de la pensión de viudedad salvo en la cuantía de los complementos por mínimos.
Mantiene el 75% de la cantidad percibida por pensión de viudedad más los complementos.
Diego percibe una pensión de incapacidad permanente absoluta de 2200 euros/mes. Tras el fallecimiento de su cónyuge se le reconoce una pensión de viudedad de 1600 euros/mes (en todos los casos, 14 pagas)
Diego tiene derecho a percibir 3800 euros/mes (14 pagas)
Diego sólo percibirá 2200 euros/mes (14 pagas)
Diego sólo percibirá el 50% de cada pensión (14 pagas)
Diego sólo percibirá 2683,34 euros/mes (14 pagas).
Diego percibe una pensión de jubilación en el Régimen General de 2000 euros/mes. Percibe otra pensión de jubilación en el Régimen de Trabajadores Autónomos de 600 euros/mes. Señala la respuesta correcta
No puede percibir dos pensiones de jubilación del sistema público
Percibirá ambas pensiones en su total cuantía.
Percibirá la pensión íntegra de Régimen General y el 50% de la pensión de RETA.
Percibirá ambas pensiones y además, la del RETA se complementará hasta la pensión mínima prevista en función de su edad.
