WorksheetsMedidas Tributarias COVID-19
Total questions: 8
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El señor Alberto Maldonado con RUC 10295689741 que percibe rentas de 4ta categoría durante el 2019 ha obtenido ingresos por 23 millones sin ninguna retención o pago a cuenta realizado. Nos consulta si esta obligado a presentar la DDJJ Anual y si es así cual sería la fecha de vencimiento.
No esta obligado a hacer la declaración jurada anual porque sus ingresos no superaron las 2300 UITs
Puede presentar la declaración jurada anual hasta el 25 de junio del 2020 pero no se encuentra obligado a realizarla
Está obligado a presentar la declaración jurada anual y como el vencimiento fue el 26 de marzo del 2020 ha incurrido en una infracción tributaria
Está obligado a presentar la declaración jurada anual y tiene como plazo para realizarla hasta el 25 de junio del 2020
La empresa Corporación Takana S.A., identificada con RUC 20569223617 afecto al Régimen General del Impuesto a la Renta, durante el año 2019 ha obtenido ingresos por S/ 28 600 y sus costos y/o gastos ascienden a S/ 29 400, por lo cual ha generado pérdidas. Al 31 de marzo del 2020 el contador todavía no ha presentado la declaración jurada anual a la Renta 2019
La contribuyente se encuentra fuera de la prórroga dictada por la RS 061-2020/SUNAT
La contribuyente ha incurrido en una infracción tributaria por no presentar la declaración jurada del Impuesto a la Renta cuya multa es de 1/2 UIT
Si bien ha incurrido en una infracción tributaria, la Administración Tributaria no le va a aplicar la sanción por su facultad discrecional
Tiene como plazo para presentar la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta hasta el 06 de julio del 2020
Con respecto a la Solicitud de Liberación de Fondos de la Cuenta de Detracciones, la RS 058-2020/SUNAT señala lo siguiente: Marque la alternativa incorrecta
No puedo presentar la solicitud si solo tiene la cuenta especial
Comprende el saldo acumulado al 15/03/2020
Se considera el saldo acumulado en la cuenta convencional así tenga una cuenta especial – IVAP.
Puede presentarse entre el 23/03/2020 y el 07/04/2020
De acuerdo con la RS 065-2020/SUNAT, si adeudo dos cuotas de un fraccionamiento, la cuota que venciera el 31 de marzo del 2020 puede ser cancelada con los intereses _______________ :
Entre el 01 de abril del 2020 y el 24 de mayo del 2020
Hasta el 29 de mayo del 2020
Entre el 23 de marzo del 2020 y el 07 de abril del 2020
Hasta el 29 de abril del 2020
Sobre el procedimiento especial de inscripción en el RUC regulado por la RS 062-2020/SUNAT, marque la alternativa correcta:
Dirigido a las entidades del sector financiero que contraten personas naturales que generan rentas de quinta categoría para atender la emergencia sanitaria (D.S. N.° 008-2020-SA)
Para tramitar la inscripción en el RUC ante la SUNAT deben identificarse con DNI u otro documento de identidad que se encuentre vigente
Dirigido a las entidades de la administración pública que contraten personas naturales que generan rentas de cuarta categoría para atender la emergencia sanitaria (D.S. N.° 008-2020-SA)
La Administración Tributaria realizará el cambio de nombres y apellidos en caso corresponda
Los empleadores del sector privado deben comunicar a la SUNAT el Código de Cuenta Interbancaria (CCI) para efectos del abono en cuenta del subsidio a que se refiere el Título III del Decreto de Urgencia N.º 033-2020:
Hasta el 07 de abril del 2020
Hasta el 14 de abril del 2020
Hasta el 06 de abril del 2020
Hasta el 07 de mayo del 2020
De acuerdo a la RS 066-2020/SUNAT, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondientes a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT,a partir del 01 de abril de 2020 es:
0.96% mensual
1% mensual
0.42% mensual
0.50% mensual
La Sra. Alva Medina Salleres identificada con RUC 10458474987 y acogida al Régimen Especial del IR desde el 01 de octubre del 2018, se ha enterado que su contador no ha enviado el Registro de Compras electrónico del periodo enero 2019. Marca la alternativa correcta
La contribuyente ha incurrido en una infracción, pero no será multada porque se va aplicar la facultad discrecional
Debe regularizar el envió antes que le llegue alguna notificación de SUNAT que tipifique la infracción
Se ha prorrogado la fecha máxima de atraso del Registro de Compras electrónico según la RS 065-2020/SUNAT, por ende, no ha incurrido en infracción
Debe enviar el Registro de Compras electrónico hasta el 06 de abril de 2020 para no incurrir en infracción
