WorksheetsDERECHOS HUMANOS
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Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias....
ART 5
ART 6
ART 3
ART 8
El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional. El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar en cuenta, además de los principios generales establecidos en los párrafos anteriores de este artículo, criterios etnolingüísticos y de asentamiento físico.
ART 2
ART 3
ART 4
ART 5
La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.
ART 5
ART 3
ART 4
ART 6
A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial
ART 4
ART 5
ART 6
ART 7
La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley
ART 6
ART 5
ART 4
ART 3
Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.
ART 6
ART 7
ART 8
ART 9
Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
ART 9
ART 7
ART 8
ART 10
No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar.
ART 8
ART10
ART 9
ART 6
Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada permanente y los cuerpos de reserva. La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas.
ART 9
ART 10
ART 8
ART 6
Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.
ART 10
ART 11
ART 12
ART 9
En los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país.
ART 11
ART 13
ART 12
ART 14
Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley.
ART 12
ART 13
ART 15
ART 16
A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.
ART 15
ART 14
ART 15
ART 16
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento
ART 15
ART 16
ART 17
ART 18
Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.
ART18
ART 17
ART 19
ART 20
La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
ART 23
ART 27
ART 22
ART 25
MENCIONA LOS ARTICULOS REFORMADOS EN MATERIA PENAL (2008) DENTRO LOS DERECHOS HUMANOS
16-17-18-19-20-21-22
15-16-17-20-21-22
14-15-16-17-18-19-20
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PUNTOS MEDULARES EN LA REFORMA CONSTITUCIONAL DEL ART 16º
ORDEN APREHENSION, DETENCION FLAGRANCIA, ARRAIGO, CATEO
ORDEN DE APRHENSION, FLAGRANCIA, ARRAIGO, DELINCUENCIA ORGANIZADA, CATEO, COMUNICACIONES PRIVADAS, JUEZ DE CONTROL
VINCULACION A PROCESO, CATEO, APREHENSION, PRISION PREVENTIVA
CUALQUIER PERSONA PUEDE DETENER AL INDICIADO EN EL MOMENTO EN QUE ESTE COMETIENDO UN DELITO O INMEDIATAMENTE DESPUES DE COMETERLO...
URGENCIA
ARRAIGO
CATEO
FLAGRANCIA
ORGANIZACION DE HECHO DE TRES O MAS PERSONAS PARA COMETER DELITOS DE FORMA PERMANENTE O REITERADA....
CARTEL
DELINCUENCIA
DELINCUENCIA ORGANIZADA
CELULA DELICTIVA
ART. 17 º SOLO POR DELITOS QUE MEREZCAN PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SE DECRETARA...
INVESTIGACION INICIAL
PRISION PREVENTIVA
CATEO
ORDEN DE APREHENSION
SI EL ACUSADO NO TIENE ABOGADO PARTICULAR SE DEBE...
OTORGAR LA LIBERTAD
PROPORCIONAR UNO DE OFICIO
SE LE DA PRISION PREVENTIVA
•PROCEDIMIENTO DE ORDEN CONSTITUCIONAL QUE REALIZAN LAS CÁMARAS DEL CONGRESO -LA CÁMARA DE DIPUTADOS COMO ÓRGANO DE ACUSACIÓN Y LA CÁMARA DE SENADORES COMO ÓRGANO DE SENTENCIA-, CUANDO LOS ACTOS U OMISIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS SEÑALADOS POR EL ARTÍCULO 110 DE LA CONSTITUCIÓN REDUNDEN EN PERJUICIO DE LOS INTERESES PÚBLICOS FUNDAMENTALES POR VIOLACIONES GRAVES A LA CONSTITUCIÓN, A LAS LEYES FEDERALES QUE DE ELLA EMANEN, ASÍ COMO POR EL MANEJO INDEBIDO DE FONDOS Y RECURSOS FEDERALES.
amparo
juicio oral
juicio politico
medio de defensa que tiene por objeto proteger a las personas contra los abusos de autoridad, así como de normas generales que vulneren sus derechos humanos reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales
amparo
juicio politico
juicio oral
Es el titular de un derecho subjetivo o de un interés legítimo, el cual es afectado por un acto u omisión de la autoridad responsable o una norma general en relación a sus derechos humanos.
tercero perjudicado
autoridad responsable
quejoso
ministerio publico federal
Es la parte de quien emana el acto reclamado y contra quien se demanda la protección de justicia federal en el amparo
quejoso
autoridad responsable
ministerio publico
tercero perjudicado
procede contra actos u omisiones de autoridad, así como de los particulares que realicen funciones comparables a las de autoridad y normas generales que causen un perjuicio al quejoso. Quienes son competentes para resolver este tipo de asuntos son los juzgados de distrito y los tribunales unitarios de circuito.
amparo directo
amparo indirecto
juicio politicojuicio oral
procede contra sentencias definitivas, laudos o resoluciones que pongan fin al juicio, o que sin resolver en lo principal resulten trascendentales para el fallo final; quienes tienen competencia para conocer sobre esta vía son los tribunales colegiados de circuito.
amparo indirecto
amparo directo
juicio politico
juicio oral
