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WorksheetsLas facultades del testador
Total questions: 10
Worksheet time: 10mins
La institución de heredero es:
A título particular.
Se limita a determinados bienes.
Se limita a determinados derechos.
A título universal.
La institución de legatario es:
A título universal.
Comprende la totalidad de la herencia.
Para pagar las deudas del causante.
A título particular.
La institución de herederos voluntarios:
Se hará en forma pura y simple.
Las modalidades que imponga el testador se tendrán por no puestas.
Procede si hay herederos forzosos.
Puede señalar la parte de la herencia que deba recibir.
El testador puede designar sustitutos a sus herederos forzosos:
En los casos de premoriencia.
En los casos de indignidad sucesoria.
En los casos de renuncia.
En ningún caso.
Por la desheredación:
El testador priva de toda la herencia a su heredero forzoso.
El testador priva del legado a su legatario.
El testador priva de la legítima a su heredero forzoso.
El testador priva del legado a su heredero forzoso.
No pueden ser desheredados:
Los hijos y demás descendientes.
Los padres y demás ascendientes.
El cónyuge o conviviente.
Los menores de edad y los mayores incapaces.
La desheredación queda perdonada:
Por instituir legatario al desheredado.
Por demandar la justificación de la desheredación.
Por declaración expresa en testamento o escritura pública.
Por contradecir la desheredación.
Pueden ser objeto de un legado:
Bienes que no se hallen en el dominio del testador al momento de su muerte.
Bienes totalmente ajenos.
Bienes parcialmente ajenos.
Bienes que integran el patrimonio cultural de la nación.
El legado caduca:
Por la muerte del testador.
Por el matrimonio del legatario con el testador.
Por el perecimiento del bien por culpa de los herederos.
Por la enajenación del bien legado realizada por el testador.
No pueden ser albaceas:
Los herederos.
Los legatarios.
Los indignos y desheredados
Los donatarios.
