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WorksheetsLos diferentes medios de pago
Total questions: 20
Worksheet time: 10mins
Dinero en forma de monedas o papel moneda (billetes) que se utiliza para realizar pagos en metálico.
Efectivo
Cheque
Letra de cambio
Pagaré
Si va a viajar, tenga en cuenta que no puede hacerlo con más de 10.000 euros en efectivo en su poder.
Verdadero
Falso
Documento mercantil, aceptado como medio de pago, que emite y firma una persona (librador) para que una entidad financiera (librado) pague la cantidad consignada en el mismo a otra persona (tenedor o beneficiario), siempre y cuando disponga de fondos en la cuenta contra la que se libra el documento
Letra de cambio
Pagaré
Cheque
Orden de pago
Entidad financiera que provee al librador del cheque y en la cual éste tiene abierta una cuenta con la que hacer frente
al pago de las obligaciones que contraiga en virtud de dicho documento mercantil.
Librador
Tenedor
Librado
Beneficiario
También llamado tomador o beneficiario del cheque. quien tiene en su poder el cheque y, por tanto, la persona a la que corresponde percibir su importe.
Librador
Librado
Tenedor
Avalista
Persona, física o jurídica, que se compromete a cumplir la obligación de pago contenida en el cheque. Es, por
tanto, el deudor.
Librador
Librado
Tenedor
Avalista
Cheque Nominativo
No se especifica la persona facultada para el cobro del cheque,
de forma que cualquier tenedor del mismo podrá presentarlo al cobro.
Emitido a favor de una persona determinada.
Aquél en el que se manifiesta expresamente que puede endosarse (transmitirse) a un tercero,
Cheque no transmisible mediante endoso
Cheque no transmisible mediante endoso, de forma
que sólo podrá solicitar su pago la persona a favor de quien se emitió el
mismo.
Cheque “no a la orden”
Cheque conformado
Cheque bancario
Cheque cruzado
Petición formal que cursa un ordenante (importador) a su banco para que, directamente o valiéndose de un banco intermediario, ponga a disposición de un tercero (Beneficiario - exportador), una determinada cantidad de dinero.
Cheque
Efectivo
Remesa
Orden de pago
Para enviar el mensaje es imprescindible tener
El nombre del banco beneficiario y el IBAN del Beneficiario
la clave BIC-SWIFT del banco beneficiario y la cuenta corriente del Beneficiario
La clave BIC-SWIFT del banco beneficiario y el IBAN del Beneficiario
El nombre del banco beneficiario y el nombre del beneficiario
La diferencia principal entre el crédito documentario y la orden de pago documentaria
es que el crédito documentario es REVOCABLE y la Orden de Pago documentaria es IRREVOCABLE
es que el crédito documentario es IRREVOCABLE y la Orden de Pago documentaria es IRREVOCABLE
es que el crédito documentario es REVOCABLE y la Orden de Pago documentaria también
es que el crédito documentario es IRREVOCABLE y la Orden de Pago documentaria es REVOCABLE
Medio de pago por el cual, el exportador (vendedor) de una mercancía, entrega a su Entidad Financiera, unos documentos (comerciales y financieros), para que proceda a gestionar su cobro o aceptación por parte del importador (comprador).
Orden de pago
Remesa
Crédito documentario
Letra de cambio
¿Quién da la orden de cobro en la remesa?
El importador
El exportador
El banco remitente
El banco presentador
Documento mercantil por el que una persona (librador) ordena a otra (librado) el pago de una determinada cantidad de dinero, en una fecha determinada (vencimiento).
Letra de cambio
Pagaré
Cheque
Orden de pago
En una letra de cambio el librador es
El acreedor de la deuda y quien emite la letra de cambio para que el deudor o librado la acepte y se haga cargo del pago de su importe.
El deudor, es decir, el obligado a pagar el importe de la letra de cambio cuando llegue la fecha indicada o de vencimiento.
La persona que tiene en su poder la letra de cambio en el momento del vencimiento y a quien se le debe abonar.
La cantidad a pagar que debe reflejarse forzosamente en letras
¿En una letra de cambio quién es el librado?
El acreedor de la deuda y quien emite la letra de cambio para que el deudor la acepte y se haga cargo del pago de su importe.
El deudor, es decir, el obligado a pagar el importe de la letra de cambio cuando llegue la fecha indicada o de vencimiento.
La persona que tiene en su poder la letra de cambio en el momento del vencimiento y a quien se le debe abonar.
La cantidad a pagar que debe reflejarse forzosamente en letras y números
¿En una letra de cambio quién es el tomador?
El acreedor de la deuda y quien emite la letra de cambio para que el deudor la acepte y se haga cargo del pago de su importe.
El deudor, es decir, el obligado a pagar el importe de la letra de cambio cuando llegue la fecha indicada o de vencimiento.
La persona que tiene en su poder la letra de cambio en el momento del vencimiento y a quien se le debe abonar.
La cantidad a pagar que debe reflejarse forzosamente en letras y números
Que el librador (acreedor de la deuda), puede transmitir los derechos de cobro a una tercera persona que por lo general suele ser un banco o entidad financiera, se llama
Orden de pago
Avalar
Endosar
Traspasar
Documento mercantil por el cual una persona denominada firmante se compromete a pagar una cantidad determinada a otra denominada Tenedor, o a su orden, en fecha y lugar también determinados.
Letra de cambio
Cheque
Orden de pago
Pagaré
En una operación de compraventa internacional ¿Quién emite el pagaré?
El importador
El exportador
El banco del exportador
El banco del importador
