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Cuando a sabiendas, una parte firma un título valor sin contraprestación cambiaria, estamos en presencia de una firma de
A. avalista
B. favor
C. codeudor
D. fiador
Frente al negocio jurídico del aval puede afirmarse
B. la obligación del avalista será válida aun cuando la obligación del avalado no lo sea
A. el aval es un negocio jurídico de formación bilateral
C. el aval siempre tiene que garantizar el total de la obligación, es decir no puede ser parcial
D. si en el aval no se indica el nombre de la persona avalada, el aval no existe
Respecto del endoso puede afirmarse que
A. el endoso puede ser parcial
B. el endoso puede estar sometido a condición
C. la cadena de endosos puede ser interrumpida
D. el endoso posterior al vencimiento del título produce los efectos de una cesión
En la relación cambiaria de los títulos valores existen las siguientes partes el
endosante y el avalista
legítimo tenedor y el obligado
avalista y el beneficiario
A. aceptante de una orden y el otorgante de una promesa cambiaria
Un elemento esencial del pagaré es
la promesa condicional de pagar una suma determinada de dinero
la orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero
a forma de vencimiento
el lugar de creación
) Jurídicamente el cheque es
un título valor de tradición o corporativo
un medio de pago
una garantía de pago de una obligación
n título valor nominativo
En la letra de cambio
el girado es el titular del derecho incorporado en el título
el protesto es un elemento esencial de la misma
la caducidad se suspende en los casos de fuerza mayor
la acción cambiaria directa se ejercita contra los endosantes de la misma
En el certificado de depósito
se incorpora el derecho de reclamar una suma determinada de dinero
El importe del seguro y el nombre del asegurador son elementos esenciales del título
el titular puede participar en la asamblea del almacén general de depósito
el almacén general garantiza la solvencia del deudor
Son Obligados cambiarios directos en la letra de cambio el
. girador y el aceptante
girador y el girado
girado y sus avalistas
girador y sus avalistas
Son Obligados cambiarios directos en el cheque
el banco girado y el girador
el girador y sus avalistas
el banco y el beneficiario
no hay obligados cambiarios directos
) El artículo 647 del Código de comercio dispone que el tenedor legítimo del título es la persona que ha contenido el título conforme a su ley de circulación. De la anterior premisa podemos afirmar el
heredero que recibe por sucesión un título valor es legítimo tenedor
endosatario en procuración que tiene físicamente el título es legítimo tenedor
secuestre de un título valor es legítimo tenedor del título
endosatario en propiedad que no tiene físicamente el título es legítimo tenedor
Según la ley de circulación los títulos se clasifican en títulos
crediticios y representativos de mercancías
crediticios, a la orden y nominativos
nominativos, a la orden y al portador
en blanco y títulos completos
El pagaré contiene la
orden incondicional de pagar una suma de dinero
promesa incondicional de pagar una suma de dinero
orden condicional de pagar una suma de dinero
A. promesa condicional de pagar una suma de dinero
Solo una de las siguientes afirmaciones es correcta, en el cheque
cabe colocar cláusulas de intereses
el librado puede ser cualquier persona
el banco no está obligado a ofrecer pago parcial
. puede girarse a la orden del mismo librado
Si los cheques fueren pagaderos en el mismo lugar de su expedición, deberán presentarse para su pago dentro
de los 8 días siguientes a partir de su fecha
de los 15 días siguientes a partir de su fecha
del mes siguiente a partir de su fecha
de los 6 meses siguientes a partir de su fecha
El cheque se puede cruzar
solamente por el librador
únicamente por el banco
solamente por el tenedor
por el librador o el tenedor
El cheque cruzado solo puede ser cobrado
por intermedio de un banco
por ventanilla
consignándolo en una cuenta corriente bancaria
consignándolo en una cuenta de ahorros
Solo una de las siguientes afirmaciones es correcta
en el cheque certificado, por virtud de la certificación, el girador y todos los endosantes quedan libres de responsabilidad
en el cheque certificado, por virtud de la certificación, solamente el girador queda libre de responsabilidad
en el cheque certificado la certificación puede ser parcial
en el cheque certificado la certificación se puede extender a cheques al portador
Se considera tenedor legítimo del título valor a quien tenga en su poder un título
conforme al propietario
a la ley de circulación
según el endoso
en el lugar de creación
El efecto que produce un endoso posterior al vencimiento del título es igual
al de una sesión ordinaria
al de un endoso en propiedad
a la responsabilidad de un avalista
a una nulidad de contrato
La acción cambiaria en los títulos valores se puede interponer cuando
ha desaparecido el título valor
hay duplicado del título valor
el girado o aceptante se encuentre en estado de insolvencia
el girador se encuentre en estado de insolvencia
El creador de la letra de cambio es el
girador
aceptante
beneficiario
deudor
Los títulos valores, según el derecho incorporado pueden ser
al portador, nominativos, a la orden
a la orden de, nominativos, crediticios
de tradición, corporativos, nominativos
crediticios, de tradición, corporativos o de participación
Hugo giró una letra de cambio a la orden de Paco y a cargo de Luís quien la endosó a Deicy. En esta letra cambio aparece la firma de RONALDO. Podemos decir la firma de Ronaldo es de
avalista
fiador
endosante
girador
La literalidad, como principio rector de los títulos valores, tiene como función principal
precisar la fecha de vencimiento del título valor
indicar quien puede endosar un título valor
verificar si el título valor ha sido firmado por un incapaz
poner límite al derecho y a la obligación
María giró, de su cuenta corriente, un cheque a favor de Pedro, quien lo presentó al banco, para su pago, el día 23 de abril de 2015. El cheque no fue pagado por falta de fondos. Pedro presentó demanda contra María el 23 de noviembre de 2015. Podemos decir que
la acción cambiaria contra María prescribió
Pedro no tiene derecho a demandar a María
María nunca fue obligada cambiaria
el banco es responsable del pago
Son títulos valores causales
La carta de porte y la letra de cambio
La carta de porte y el certificado de depósito de mercancías
La factura cambiaria y el pagaré
El pagaré y la letra de cambio
La verificación de la tradición de los bienes inmuebles, se hace con el
otorgamiento de la escritura pública
acuerdo de voluntades
Registro de la escritura pública en la oficina de instrumentos públicos
Deber de mostrándole la cosa el vendedor al comprador
Los bienes según su naturaleza se dividen en fungibles y no fungibles, son bienes no fungibles
aquellos que desaparecen para su dueño con su primer uso
los perecederos consumibles
aquellos que desaparecen para su dueño y otorgan derechos a terceros
los que no desaparecen por su uso
Es derecho real el que se tiene sobre una cosa sin respecto a determinada persona, de acuerdo a esta definición, los derechos reales son
el usufructo, hipoteca, personal, gravamen
dominio, herencia, usufructo, uso y habitación, servidumbres activas, prenda, hipoteca y propiedad fiduciaria
dominio, absoluto, hipoteca, usufructo, acreedor, deudos, titularidad, de prenda, de uso y propiedad fiduciaria
sucesión, restitución, identificado claramente, explotación agrícola, bienes ejidos, usufructo y propiedad hipotecaria
La forma de materializar la medida cautelar de un bien inmueble es
registrando el oficio de embargo en la oficina de registro de instrumentos públicos
entregando real y materialmente el bien al secuestre
registrando la escritura pública en la oficina de registro de instrumentos públicos
Realizando acuerdo de voluntades entre el inspector de policía y el secuestre
129) María, madre de Pedrito (menor de 7 años) desea enajenar el inmueble que Juan (padre fallecido de Pedrito), le dejo en sucesión. María debe
enajenar el bien libremente puesto que es la representante legal de Pedrito
solicitar autorización de Pedrito para enajenar el bien
solicitar licencia judicial justificando el motivo de la enajenación
no puede enajenar el bien debido a que el ordenamiento jurídico lo prohíbe
Los términos de adquirir el dominio por prescripción ordinaria de acuerdo al artículo 2529 del código civil, son
muebles 5 años e inmuebles 10 años.
muebles e inmuebles 5 años.
mueble 10 años e inmueble 20 años.
mueble 3 años e inmueble 5 años
En la clasificación de los bienes por su naturaleza, que clase de bien responde al siguiente concepto: "bienes raíces que tienen un dueño inscrito pero que no se tiene conocimiento y apariencia de él y han sido abandonados por su dueño.” Estos bienes pertenecen al estado en cabeza del ICBF
vacantes
mostrencos
ejidos
baldío
De acuerdo con la ley civil colombiana los siguientes son modos de adquirir el dominio
A. tradición, ocupación y prescripción
B. por muerte, sustitución y transmisión
C. tradición, accesión, sucesión, prescripción y posesión
D. tradición, accesión, sucesión, prescripción y ocupación
Si Juan es poseedor irregular y el 1 de enero de 2013 completa nueve años de posesión irregular, para el cómputo de la prescripción extraordinaria en necesario que Juan
A. espere 3 años más de posesión
B. permanezca 11 años más de posesión
C. Inicie inmediatamente acción de pertenencia
D. este 1 año más de posesión
“Derecho Real es el que tenemos sobre una cosa sin respecto a determinada persona” según el Art. 665 del Código Civil; es decir que los derechos reales puede reclamarse de
A. cierta y determinada persona
B. cualquier persona
C. con quien se establece la relación jurídica
D. quien es el interesado en el acto jurídico
Es una especie de accesión, y se verifica cuando dos cosas muebles pertenecientes a diferentes dueños, se juntan una a otra, pero de modo que puedan separarse y subsistir cada una después de separada, la anterior figura jurídica plasmada en el Art. 727 del Código Civil; es
A. adjuncion
B. especificación
C. mezcla
D. avulsión
El bien mueble que se halla bajo el poder del poseedor, aunque éste ignore accidentalmente su paradero, según el Art. 788 del Código Civil, establece que el
poseedor
A. pierde la posesión
B. no pierde la posesión
C. interrumpe la posesión
D. no interrumpe la posesión
Cuando en la constitución del derecho real de usufructo no se fija tiempo alguno para su duración, se entenderá constituido de acuerdo al art.829 del Código Civil
A. seis (6) meses
B. cinco (5) años
C. diez (10) años
D. De por toda la vida
Los derechos reales de Uso y Habitación, según el artículo 878 del Código Civil, tienen características principales de ser
A. transmisibles, inalienables
B. intransmisibles, enajenables
C. transmisibles, enajenables
D. intransmisibles, inalienables
129) De acuerdo al art. 939 del Código Civil, la servidumbre predial se puede adquirir por prescripción o usucapión, siempre y cuando se trate de una servidumbre
A. continua e inaparente
B. aparente y continua
C. discontinua y aparente
D. inaparente y discontinua
El dueño plenamente capaz de los bienes raíces gravados con el derecho real de hipoteca, para enajenarlos, éste debe: Art. 2440 Código Civil
A. solicitar permiso previo al acreedor hipotecario
B. no puede enajenarlos así exista autorización del acreedor
C. puede enajenarlos libremente sin necesidad de autorización del acreedor
D. solicitar permiso al Juez del lugar de ubicación de los inmuebles
Según la Ley 675 de 2001, “Régimen de Propiedad Horizontal” Cuando se pretenda cambiar la destinación de un bien inmueble de dominio particular, se requiere el voto favorable de un número plural de propietarios que represente coeficiente de propiedad del
A. 51%
B. 60%
C. 65%
D. 70%
Si una inundación le impide a usted ejercer actos de poseedor en un predio, se trata de
A. Interpretación civil de la prescripción
B. interrupción natural de la prescripción
C. suspensión natural de la prescripción
D. renuncia tacita de la prescripción
Cuando el fiador exige que se persigan primeramente los bienes del deudor, está haciendo uso de
A. acción subrogatoria
B. acuerdo de competencia
C. beneficio de excusión
D. del patrimonio como prenda de garantía del deudor
El derecho de superficie en nuestra legislación, le otorga al superficiario un derecho
A. personal contra el dueño del predio
B. inmobiliario independiente del suelo
C. al registro inmobiliario de la venta del aire
D. a la propiedad sobre el suelo
No es título constitutivo de dominio la
A. ocupación
B. accesión
C. ley
D. tradición
El titulo constitutivo de servidumbre voluntaria puede suplirse
A. con el reconocimiento expreso del dueño del predio sirviente
B. con dos declaraciones extra proceso de testigos de la constitución del gravamen
C. por simples actos que evidencien la servidumbre
D. con sentencia judicial
Pedro compra los derechos herenciales de María en la sucesión y le adjudican un Lote. Es correcto afirmar que el
A. título es la Ley y el modo la sucesión
B. título es la compraventa y el modo la cesión
C. título es la compraventa y el modo la tradición
D. no hay título ni tampoco modo
El artículo 685 del Código Civil define la ocupación, como el modo de adquirir el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie. De esta forma de adquirir el dominio deben excluirse
A. pesca
B. bienes vacantes y mostrencos
C. animales salvajes
D. tesoros
El Código de Recursos Naturales Renovables señala que no se considerará como aluvión una franja lateral a los ríos correspondiente a
A. 10 metros
B. 20 metros
C. 30 metros
D. 40 metros
Nuestro Código Civil define aluvión como el aumento de la ribera de un río o lago por el lento e imperceptible retiro de las aguas. Hoy es necesario para la adjudicación de dicha franja de terreno
A. Concepto previo del ANT
B. Consignar a órdenes del Tesoro Nacional el valor correspondiente a la indemnización
C. Una ocupación superior a siete años
D. Sentencia favorable del Juez Civil de Circuito
Juan compra un inmueble según consta en escritura pública No. 9878 de enero 15 de 2011 La escritura pública a la fecha no ha sido registrada ni tampoco se ha verificado la entrega. En este caso
A. existe título y modo
B. hay título, pero hace falta el modo porque no se ha verificado la entrega
C. Se creó el título, pero hace falta el modo porque la escritura pública no se ha registrado
D. no existe título porque la escritura pública no se ha registrado
María, propietaria del predio “Belmonte” ha atravesado por más de 30 años el predio “El Rosal” propiedad de Luís, para tener acceso a la vía pública. Luís nunca obstaculizó el paso de María, pues consideró tal acto de tolerancia como un simple favor. En este caso resulta jurídicamente acertado afirmar que
A. María adquirió la servidumbre por una prescripción adquisitiva de 10 años
B. no existe servidumbre porque es necesaria la Escritura Pública y su registro
C. María adquirió la servidumbre en virtud del acuerdo privado al que llegaron
D. no existe servidumbre porque faltó el pago de la indemnización
Pedro como arrendatario de un inmueble deja de pagar la renta y ante la actitud descuidada del propietario en forma pacífica y callada desarrolla actos de señor y dueño que le permiten acumular, según informa, 5 años de posesión. En este caso es
A. irregular porque su posesión es mala fe y tiene 5 años de posesión
B. regular porque cuenta con justo título y tiene 5 años de posesión
C. regular porque tiene animus y corpus
D. que no existe posesión
Claudia como poseedora irregular de un inmueble realizó mejoras útiles durante los 10 años de posesión. Pablo, propietario del inmueble, inicia acción reivindicatoria y sus pretensiones prosperan, siendo condenada Claudia a la restitución del bien. En la situación planteada
A. debe Pedro reconocer las mejoras útiles realizadas en el bien en cualquier tiempo
B. no está obligado Pedro a reconocer las mejoras porque Claudia es poseedora de mala fe
C. Pedro debe reconocer las mejoras útiles realizadas por la poseedora después de contestar la demanda
D. no está obligado pedro a reconocer las mejoras porque tratándose de bien inmueble las mejoras son sólo necesarias o de radicación suntuaria.
La acción reivindicatoria es definida por nuestro Código Civil como la “que tiene el dueño de una cosa singular, de que no está en posesión, para que el poseedor de ella sea condenado a restituirla” (art. 946 del C.C.). Cuando el demandante es el poseedor regular, la acción se conoce como publiciana (art. 951 del C.C.). Es requisito de esta acción que el
A. demandante tenga por lo menos un año de posesión
B. demandado no tenga igual o mejor derecho que el demandante
C. despojo haya sido violento
D. ejerza en un tiempo no superior a un (1) año
El derecho real de usufructo consiste en la facultad de gozar de una cosa con cargo de conservar su forma y sustancia, y de restituir a su dueño, si la cosa no es fungible; o con cargo de volver igual cantidad y calidad del mismo género, o de pagar su valor si la cosa es fungible”. Nuestro legislador señaló expresamente que se encuentra prohibido la constitución de usufructos
A. sucesivos
B. simultáneos
C. por escritura pública
D. Con inventario solemne y el otorgamiento de caución
El derecho real de usufructo difiere del derecho real de uso en que
A. es personalísimo y el de usufructo no
B. es perpetuo y el de usufructo no
C. se impone la obligación de conservación y el de usufructo no
D. su constitución es siempre gratuita y el de usufructo no
Frente al termino de duración del usufructo, es válido a afirmar que se establece por voluntad de las partes
A. y ante el silencio de estas, será por 10 años
B. siempre y por toda la vida del usufructuario
C. única y exclusivamente
D. y el silencio de estas, será vitalicio
Señale cuál de los siguientes enunciados NO corresponde a una de las facultades del usufructuario
A. percibir los frutos Naturales
B. recibir los aumentos por accesión
C. aprovecharse de minas y canteras
D. modificar las servidumbres pasivas
Cuando el Propietario del predio sirviente adquiere el dominio del predio dominante mediante compraventa, dicho proceder genera para la servidumbre su
A. extinción por confusión
B. interrupción
C. adquisición por prescripción
D. conversión en usufructo
Solo son susceptibles de adquirirse por prescripción las servidumbres
A. continuas e inaparentes
B. continúas y aparentes
C. discontinuas
D. legales y naturales
Una de las diferencias que se encuentran entre los Derechos Reales de usufructo y de servidumbre frente a su constitución bajo plazo o condición, consiste en que
A. la servidumbre como usufructo puede constituirse bajo plazo o condición
B. solo las servidumbres pueden constituirse bajo plazo o condición
C. el usufructo puede constituirse bajo plazo o condición
D. las servidumbres pueden constituirse bajo plazo
Carlos Arias acude ante usted el día de hoy (27 de Julio de 2012), para que lo asesore. Le manifiesta que es propietario de un 50 % de un inmueble y que el otro 50 % es propiedad de la señora Nohemí Sanín, quien desde hace 9 años se fue del país y se desentendió por completo de las cargas económicas del bien; le manifiesta igualmente que él tiene la posesión pacifica, publica e ininterrumpida de la totalidad del bien y que está interesado en adquirir el bien por prescripción para ser propietario de la totalidad del mismo; de acuerdo a los hechos narrados, usted procede a
A. aceptar y llevar el caso y demanda a la mayor brevedad posible como quiera que reúne todos los requisitos de Ley para adquirir el bien por prescripción
B. señalarle que debe completar un periodo de 10 años para demandar ya que al ser copropietario solo puede demandar la prescripción extraordinaria
C. Indicarle que debe completar un periodo de 20 años para demandar ya que al ser copropietario solo puede demandar la prescripción ordinaria
D. manifestarle que debe completar un periodo de 15 años para demandar ya que al entrar en vigencia la Ley 791 de 2002 se dio un tránsito legislativo
Para que un poseedor pueda ejercer una de las acciones posesorias en caso de verse privado de su posesión por parte de un tercero, debe acreditar siquiera sumariamente una posesión
A. superior a cinco años y justo título
B. ininterrumpida a cinco años y justo título
C. por lo menos durante un año e ininterrumpida
D. Con justo título única y exclusivamente
La posesión regular se compone de
A. solo justo título
B. animus y corpus
C. buena fe, animus y corpus
D. buena fe y justo título
Las Cosas incorporales se dividen en
A. muebles e inmuebles
B. inmuebles por destinación e inmuebles por adhesión
C. derechos reales y personales
D. inmuebles por destinación e inmuebles por adhesión
El Derecho de Bienes es un área perteneciente al Derecho civil a través del cual se instituyen los bienes corporales e incorporales que hacen parte del patrimonio de una persona natural o jurídica, y establece las facultades positivas y negativas que tiene el propietario, poseedor o mero tenedor sobre ellos. Un ejemplo de bien incorporal está representado en
A. los derechos de autor
B. el real hipotecario
C. el prendario
D. en el de habitación
Para el derecho civil colombiano, existen cosas en sentido general y cosas en sentido particular. Un ejemplo de cosa en sentido general que está íntimamente relacionado con la fuerza mayor es
A. el vehículo cuando carece de dueño y causa un daño
B. la tormenta eléctrica que causa daño a un peatón
C. aquel bien inmueble mostrenco inanimado
D. un bien inmueble baldío de propiedad de una empresa
Una cosa en sentido particular es apropiable por el ser humano, razón por la cual se hace alusión a “cosa – cosa” y a “cosa – bien”. Una cosa es catalogada igualmente bien cuando
A. La cosa hace parte del patrimonio de la persona natural o jurídica
B. el bien es fungible y consumible pero no es animado
C. la cosa está catalogada en sentido general
D. la corporalidad de la cosa es tangible para los sentidos
Uno de los factores que determinan si el contrato es de mutuo o de comodato, íntimamente relacionado con el derecho civil bienes es la fungibilidad del bien objeto del acto jurídico. El siguiente es un bien no fungible, inanimado y corporal
A. un perro que ladra todo el día
B. una vaca de propiedad de la señora María
C. una Coca-Cola sin azúcar
D. la espada de Simón Bolívar
En el derecho colombiano, existen modos de extinción de derechos y de adquirir obligaciones civiles o mercantiles. Uno de los modos de adquirir derechos es la denominada
prescripción adquisitiva o usucapión, que para bienes muebles está establecida en
A. extraordinaria 5 años y ordinaria 2 años
B. ordinaria 2 años y extraordinaria 5 años
C. extraordinaria 1 año y extraordinaria 10 años
D. ordinaria 3 años, extraordinaria 10 años
En el derecho colombiano, existen modos de extinción de derechos y de adquirir obligaciones civiles o mercantiles. Uno de los modos de adquirir derechos es la denominada prescripción adquisitiva o usucapión, que para bienes inmuebles está establecida en
A. ordinaria 3 años, extraordinaria 10 años que requiere justo título y aprehensión física
B. extraordinaria 10 años y ordinaria 5 años y se requiere justo titulo y buena fe
C. ordinaria 2 años y extraordinaria 5 años y se requiere que opere la caducidad de la acción
D. extraordinaria 1 año y extraordinaria 10 años siempre que el mero tenedor esté de acuerdo
Los bienes se dividen en corporales e incorporales. Un ejemplo de un bien corporal inanimado y no consumible es un edificio destinado para la vivienda. Un ejemplo de bienes incorporales es el siguiente:
A. los derechos reales de autor de una obra académica
B. las garantías reales de la propiedad intelectual
C. los bienes sometidos al régimen de propiedad horizontal
D. las marcas y las patentes de invención
Los bienes incorporales están representados en derechos no perceptibles por el ser humano. Es el ejemplo de los créditos y las servidumbres activas donde existe un predio dominante y un predio sirviente. En este sentido, dos tipos de servidumbre son los siguientes
A. agua y de hipoteca
B. vía y de luz
C. vehículo y su prenda respectiva
D. usucapio y la de uso
Los bienes inmuebles por naturaleza se pueden convertir en inmuebles por destinación. Es el caso de las piedras extraídas de una cantera las cuales, al ser vendidas, por una ficción del legislador se convierten en bienes
A. inmuebles por anticipación
B. muebles por anticipación
C. materiales utilizables en la construcción
D. inmuebles por naturaleza
Las cosas pueden ser corporales e incorporales. Las primeras —las corporales— son percibidas por los sentidos. Los siguientes son algunos de los modos de adquirir el dominio sobre estas cosas
A. prescripción, posesión, adjudicación y remisión
B. sucesión, pago de lo debido y accesión
C. ocupación, condonación y caducidad
D. accesión, ocupación y prescripción adquisitiva
Los títulos valores se definen como documentos necesarios para
A. legitimar el ejercicio del derecho que en ellos se manifiesta.
B. legitimar el ejercicio del derecho que en ellos se incorpora.
C. incorporar el ejercicio del derecho que en ellos se manifiesta.
D. incorporar el ejercicio del derecho que en ellos se incorpora.
Los títulos valores se presumen
A. originales
B. legítimos
C. auténticos
D. autónomos
Se entiende por signatario en un título valor el
A. que firma
B. que lo protesta
C. beneficiario
D. que lo autoriza
Los requisitos generales de todo título valor son la firma del
A. beneficiario y la mención del derecho incorporado
B. beneficiario y la mención del derecho incorporado
C. creador y la mención del derecho incorporado
D. creador y la mención del derecho legitimado
Los títulos valores a la orden se transfieren con
A. el simple endoso
B. con la simple entrega
C. el endoso y la entrega
D. el endoso y la inscripción
Se entiende por legítimo tenedor a quien tiene el titulo valor de acuerdo con las leyes de
A. creación
B. circulación
C. emisión
D. legitimación
Son clases de endoso
A. a la orden y al portador
B. a ruego y a la orden
C. en propiedad y a la orden
D. en propiedad y en procuración
Si a una persona se le extravía un título valor, deberá iniciar un proceso judicial a través del cual se
A. cancele y reponga el titulo valor
B. cancele y renueve el titulo valor
C. reponga el título valor
D. renueve el titulo valor
La autonomía de los títulos valores se predica de
A. el derecho de hacer el recobro de los dineros pagados o abonados
B. el derecho de realizar el cobro de los títulos valores por vía judicial
C. la independencia del título valor al transferirse, frente al negocio causal
D. la independencia del título valor al integrarse, frente al negocio causal
Cuando en el endoso se omita colocar la fecha se entiende, que el titulo fue endosado el día en que el
A. endosante hizo entrega del mismo al beneficiario
B. deudor hizo entrega del mismo al endosatario
C. girado hizo entrega del mismo al endosatario
D. endosante hizo entrega del mismo al endosatario
El aval es una garantía
A. real
B. personal
C. autónoma
D. literal
La garantía del cumplimiento de una obligación incorporada en un título valor se realiza por medio de
A. el endoso
B. la hipoteca
C. la fianza
D. el aval
Los requisitos esenciales de la letra de cambio aparte de la mención del derecho incorporado y la firma del creador sON
A. la orden incondicional de pagar una suma de dinero, el nombre del girado, la forma de vencimiento y la mención de ser pagadera a la orden o al portador
B. la promesa incondicional de pagar una suma de dinero, el nombre del girado, la forma de vencimiento y la mención de ser pagadera a la orden o al portador
C. la orden incondicional de pagar una suma de dinero, el nombre del girador, la forma de vencimiento y la mención de ser pagadera a la orden o al portador
D. la orden incondicional de pagar una suma de dinero, el nombre del girado, la fecha de vencimiento y la mención de ser pagadera a la orden o al portador
Algunas clases de firma aplicables a los títulos valores son
A. de testigos y firma de los ciegos
B. a ruego y firma de los ciegos
C. de ciegos y firma eléctrica
D. a ruego y firma eléctrica
La premisa que establece que para exigir la obligación de un título valor únicamente se puede hacer con el original del título valor corresponde a la característica de la
A. incorporación
B. autonomía
C. literalidad
D. legitimación
Cuando se hace un endoso en procuración el derecho que se otorga al endosatario es
A. hacerse dueño del título valor
B. ser poseedor del título valor
C. realizar el cobro del título valor
D. endosar en propiedad el titulo valor
Los títulos valores con vencimiento a la vista se deben presentar para su pago dentro
A. el mes siguiente al día de su creación
B. del año siguiente al día de su vencimiento
C. del mes siguiente al día de su vencimiento
D. del año siguiente al día de su creación
Cuando en una letra de cambio como forma de vencimiento se coloca una fecha se entiende que la forma de vencimiento es
A. día cierto e indeterminado
B. día cierto después de la fecha
C. día cierto y determinado
D. vencimientos ciertos y sucesivos
Cuando dentro de un título valor se encuentra una firma a la que no se le puede dar un significado, la ley entiende que se trata de
A. un aval
B. un endoso
C. una sesión
D. la aceptación
Si en una letra de cambio como forma de vencimiento se coloca cuando muera Gurrumina se trata de un vencimiento
A. a día cierto y determinado
B. día cierto después de la vista
C. a día cierto e indeterminado
D. día cierto después de la fecha
Si en una letra de cambio como forma de vencimiento se consigna “seis meses después del día de creación de este título valor” se entiende que el vencimiento es
A. a la vista
B. a la presentación
C. día cierto después de la vista
D. día cierto después de la fecha
