WorksheetsEvaluacion 4to año J. V. "Gestión de Ambiental"
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Worksheet time: 13mins
¿cual de estas opciones contiene los objetivos de la Ley Nacional del Ambiente?
la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, la planificación y control del uso de los recursos naturales, la promoción de la educación ambiental y la participación ciudadana en la gestión ambiental
la privatización de los espacios naturales
la reducción de la participación ciudadana en la gestión ambiental
la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, la planificación y control del uso de los recursos naturales, la promoción de tecnologías y la exclusión de los ciudadanos en la mejora del ambiente
Indicar cuales son los objetivos de la Ley 25.675
¿Qué es el impacto ambiental?
Es el efecto que produce la actividad humana sobre el medio ambiente. También los efectos que produce una catástrofe natural.
El impacto ambiental solo afecta a una pequeña parte del medio ambiente.
El impacto ambiental no tiene relación con las acciones humanas.
El impacto ambiental se refiere a los efectos positivos de las acciones humanas sobre el medio ambiente.
¿Cómo es el procedimiento para medir el impacto ambiental?
¿Qué es el daño ambiental?
Es toda alteración que modifica en forma negativa el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos.
Indique como esta organizado la estructura de las organizaciones (COFEMA y Consejo Prov. del M. A.)
COFEMA:
. Presidente
(Representante de la provincia de Misiones)
. Vicepresidente
(Representante de la provincia de Santiago del Estero)
. Secretaría Ejecutiva
Nación
Titular: Subsecretaría de Ambiente
Alterno: Dirección Nacional Articulación.
. NOA
Titular: Provincia de Catamarca
Alterno: Provincia de Tucumán
. NEA
Titular: Provincia de Chaco
Alterno: Provincia de Entre Ríos
Centro
Titular: Provincia de Córdoba
Alterno: Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Cuyo
Titular: Provincia de San Luis
Alterno: Provincia de La Rioja
Patagonia Norte
Titular: Provincia de La Pampa
Alterno: Provincia de Río Negro
Patagonia Sur
Titular: Provincia de Chubut
Alterno: Provincia de Santa Cruz
C. Prov. del M.A:
. Secretaría de Ambiente;
. Representantes de la Legislatura Provincial;
. Representantes del Municipio de Ushuaia
. Representantes del Municipio de Tolhuin
. Representantes del Municipio de Rio Grande
. Representantes de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego
. Representantes del Centro Austral de Investigaciones Científicas
. Representantes de las organizaciones no gubernamentales (ONG) ambientalistas
COFEMA:
Actuar como órgano de consulta del Poder Ejecutivo Provincial;
b) proponer normas de coordinación de las actuaciones que deban cumplir los diferentes organismos gubernamentales que tienen competencia en relación con la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente;
c) colaborar en la formulación de los programas anuales relativos al ambiente, de los distintos organismos del Gobierno Provincial;
d) presentar al Poder Ejecutivo de la Provincia un informe anual sobre su gestión y los resultados obtenidos;
e) dictar su reglamento interno.
Indicar cuales son las direcciones generales de la gestión ambiental de la provincia del Tierra del Fuego A. e I.A.S.
. DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD Y CONSERVACIÓN
. DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y GESTIÓN DE AMBIENTES FORESTALES
. DIRECCIÓN DE CAMBIO CLIMÁTICO Y VIGILANCIA ATMOSFÉRICA
. DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN COMUNITARIA
. DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HÍDRICOS
. DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN AMBIENTAL
. DIRECCION GENERAL DEL MANEJO DEL FUEGO
. Coordinar el Consejo Provincial de Medio Ambiente (CPMA),
. Ejercer, por sí o asistir a quien ejerza la representación de la Provincial ante el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).
. Acompañar a los municipios de la Provincia en sus procesos de crecimiento y desarrollo para que los mismos se encuadren dentro de los lineamientos del desarrollo sostenible.
. Diseñar, implementar y ejecutar acciones tendientes a desarrollar las herramientas técnicas y políticas que permitan trabajar en la reducción progresiva y eficiente de los impactos de las actividades humanas en el cambio climático con instrumentos y programas de Mitigación y Adaptación.
. Participar en la generación, desarrollo y mantenimiento de un sistema de información estratégica estadístico y territorial, que contribuya a la construcción y estimación de indicadores socioeconómicos a fin de Evaluar la sustentabilidad y competitividad de los sistemas productivos contemplados, formular políticas para impulsar el desarrollo equilibrado de los distintos sectores productivos provinciales así como la utilización de los mismos para la evaluación de resultado de las acciones emprendidas por el Ministerio.
. Evaluar ambientalmente y fiscalizar todas las formas de contaminación que puedan surgir de proyectos públicos o privados, y promover procesos y tecnologías de producción más limpias.
. Ejercer las facultades de poder de policía para controlar las actividades de caza y pesca deportiva, entre otras.
. DIRECCION DE LA BIODIVERSIDAD
. DIRECCION DE VIALIDAD
. DIRECCION DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE T.D.F.A. e I.A.S.
. DIRECCION DE EMPLEO DE LA MUNICIPALIDAD
. DIRECCION DE LA CREATIVIDAD DE LA GEOGRAFIA.
. DIRECCION DE CONTROL DE RESIDUOS.
. DIRECCION DE RESIDUOS TOXICOS DE LA CIUDAD.
. DIRECCION Y SECRETARIA DE LA ESCUELA JULIO VERNE.
Nombrar cuales son las funciones la Secretaria de Ambiente de la Provincia
Reunirse con los municipios para dialogar sobre el trato del medio ambiente en la ciudad y zonas aledañas.
. Ejercer la Autoridad de Aplicación de la Ley Provincial N°55 Preservación, Conservación, Defensa y mejoramiento del medio ambiente, Ley Provincial n°105 de Residuos Peligrosos, Ley Provincial N°869 . Ordenamiento y conservación de los Bosques Nativo, Ley Provincial N°1126 Ley marco de Gestión Integral de los Recursos Hídricos y Ley Provincial N°272 de creación del Sistema Provincial de áreas Protegidas.
. Coordinar el Consejo Provincial de Medio Ambiente (CPMA),
. Ejercer, por sí o asistir a quien ejerza la representación de la Provincial ante el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).
. Acompañar a los municipios de la Provincia en sus procesos de crecimiento y desarrollo para que los mismos se encuadren dentro de los lineamientos del desarrollo sostenible.
. Diseñar, implementar y ejecutar acciones tendientes a desarrollar las herramientas técnicas y políticas que permitan trabajar en la reducción progresiva y eficiente de los impactos de las actividades humanas en el cambio climático con instrumentos y programas de Mitigación y Adaptación.
. Participar en la generación, desarrollo y mantenimiento de un sistema de información estratégica estadístico y territorial, que contribuya a la construcción y estimación de indicadores socioeconómicos a fin de Evaluar la sustentabilidad y competitividad de los sistemas productivos contemplados, formular políticas para impulsar el desarrollo equilibrado de los distintos sectores productivos provinciales así como la utilización de los mismos para la evaluación de resultado de las acciones emprendidas por el Ministerio.
. Evaluar ambientalmente y fiscalizar todas las formas de contaminación que puedan surgir de proyectos públicos o privados, y promover procesos y tecnologías de producción más limpias.
. Ejercer las facultades de poder de policía para controlar las actividades de caza y pesca deportiva, entre otras.
Respetar las leyes nacionales sobre medio ambiente y producción agropecuaria de la provincia.
Responder, ejercer, evaluar las practicas medioambientales.
Identificar cuales son las Áreas Protegidas en la Provincia T.D.F.A. e I.A.S.
. RESERVA CULTURAL-NATURAL PLAYA LARGA
. RESERVA PROVINCIAL DE USO MÚLTIPLE LAGUNA NEGRA.
. RESERVA COSTA ATLÁNTICA.
. RESERVA PROVINCIAL DE USO MÚLTIPLE RÍO VALDÉZ.
. RESERVA PROVINCIAL ECOLÓGICA, HISTÓRICA Y TURÍSTICA ISLA DE LOS ESTADOS.
. ÁREA NATURAL PROTEGIDA PENÍNSULA MITRE.
. ÁREA NATURAL PROTEGIDA VINCIGUERRA Y VALLE DEL ARROYO CHICO.
. PARQUE NACIONAL ANSENUZA.
. PARQUE NACIONAL EL LEONCITO.
. RESERVA NATURAL EDUCATIVA CERRO PISTARINI.
. RESERVA NATURAL SILVESTRE MARISMAS DEL TUYU.
. RESERVA NATURAL EXTRICTA SAN ANTONIO.
. PARQUE NACIONAL ACONQUIJA.
. RESERVA NATURAL SILVESTRE PARQUE FEDERAL CAMPO SAN JUAN.
. RESERVA NATURAL EL NOGALAR DE LOS TOLDOS.
. RESERVA NACIONAL PIZARRO.
. PARQUE NACIONAL LOS GLACIARES.
. PARQUE NACIONAL PERITO MORENO.
. RESERVA NATURAL ISLA DE LOS ESTADOS Y ARCHIPIELAGO DE AÑO NUEVO.
Nombrar y explicar los Instrumentos de Gestión Ambiental.
¿QUE ES UN AREA PROTEGIDA?
Área es una zona enmarcada por una similitud en cuanto a características donde habitan y se desarrollan un grupo de especies protegidas.
Un área protegida es un espacio donde existe un control de un grupo de guardias que conforman un comando militar.
Un Área protegida es una superficie de tierra y/o de mar especialmente dedicada a la protección y mantenimiento de la diversidad biológica y de los recursos naturales y culturales asociados. Su manejo se realiza a través de normas legales, planificación, educación y sensibilización pública, y otras medidas. También se denominan áreas de conservación o unidades de conservación.
Área es una zona delimitada, y proteger es la accion de evitar que realicen un daño sobre una cosa y/o persona.
Unir las siguientes imágenes de áreas protegidas según corresponda:
RESERVA CULTURAL-NATURAL PLAYA LARGA
RESERVA CORAZÓN DE LA ISLA
Rva. Prov. ISLA DE LOS ESTADOS
RESERVA LAGUNA NEGRA
Las Categorías de áreas del Sistema Provincial son:
Ambientes de Conservación Biótica.
Ambientes de Conservación y Producción.
Ambientes de conservación cultural y natural.
Ambientes de Conservación Paisajística y Natural
Ambientes de protección contra fumigación de insectos.
Ambientes de conservación antropológicos.
Ambientes para la modernización urbanística.
Ambientes de conservación de residuos cloacales.
¿Por qué son importantes las Áreas Protegidas?
. Sostienen comunidades humanas y muestran cómo los pueblos pueden vivir en armonía con la naturaleza, a través de actividades desarrolladas en forma sustentable (como la pesca, el uso forestal o ganadero, la recolección).
. Son esenciales para la conservación de la naturaleza, la supervivencia de especies en peligro de extinción y para el resguardo del patrimonio cultural.
. Proveen agua y aire puro.
. Sostienen un sin fin de especies vegetales y animales conservando el habitad.
. Proveen de sistemas de alimentos necesarios para la vida humana.
. Ofrecen un ambiente propicio para la implantación de tecnológicas para las fabricas y la producción.
. Proveen agua potable y sistema de riego.
. Son esenciales para el cultivo de hortalizas.
. Resguardan el material genético de la naturaleza, para su uso en medicina y el mejoramiento de cultivos y animales domésticos.
. Resguardan el material genético de la naturaleza, para su uso en medicinas y en el mejoramiento de cultivos y animales domésticos.
. Ofrecen lugares prístinos para que las personas pueden estar en contacto con la naturaleza.
. Protegen las bellezas geográficas.
. Son lugares propicios para la educación ambiental e investigaciones.
¿Qué expresa la Ley 386/89 (Sustancias químicas)?
Se prohíbe la recepción, el deposito, el procesamiento, la utilización y/o distribución de elementos tóxicos que configuren riesgo presente o futuro para la alimentación del ser humano y el de las focas.
Se prohíbe la recepción, el depósito, el procesamiento, la utilización y/o la distribución de elementos tóxicos que configuren riesgo presente o futuro para la salud y la vida de las personas, la fauna y la flora.
Se prohíbe la recepción, el depósito, el procesamiento, la utilización y/o la distribución de elementos tóxicos que configuren riesgo presente o futuro para la salud y la vida de los macrófagos en el suelo de turberas.
Se prohíbe la recepción, el depósito, el procesamiento, la utilización y/o la distribución de elementos tóxicos que configuren riesgo presente o futuro para la salud y la vida de las personas, las turberas y el aire.
¿Qué describe "EL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y AMBIENTE DISPONDRÁ EXCEPCIONES A LA LEY PROVINCIAL N° 1457 DE “EMERGENCIA AMBIENTAL POR INCENDIOS FORESTALES”?
El ministerio de producción y Ambiente resuelve aprobar los procedimientos y requerimientos mínimos para el otorgamiento de excepciones a la prohibición de hacer fuego prevista en el artículo 7° de la Ley Provincial N° 1457.
En todos los casos, la documentación deberá ser presentada a través del correo electrónico despachoambientetdf@gmail.com de la Secretaría de Ambiente, adjuntando el formulario de declaración jurada correspondiente acompañado de una nota ampliatoria donde podrá aportar información que considere relevante sobre la actividad.
Las excepciones otorgadas tendrán un plazo de vigencia, pudiendo ser modificadas, suspendidas o revocadas por la autoridad ambiental, en función de las condiciones meteorológicas u otras razones justificadas. El otorgamiento de la autorización excepcional obligará al/los solicitantes a adoptar todos los recaudos necesarios para evitar situaciones de riesgo por el uso del fuego, y que, en caso de ocurrir incendios, deberán poner a disposición los medios y recursos necesarios para su combate y posterior extinción.
La Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, reconoce y defiende los valores y servicios ecosistémicos de su vasto territorio. Por ello, asigna al Estado la responsabilidad de su conservación para el beneficio de los habitantes presentes y futuros.
Los servicios ecosistémicos son los beneficios que los ecosistemas brindan a los seres humanos, como la provisión de alimentos, agua, aire limpio y regulación del clima.
¿Cuáles son las principales funciones de la DIRECCIÓN DE CAMBIO CLIMÁTICO Y VIGILANCIA ATMOSFÉRICA?
Fiscalización, control y prevención de la contaminación en los recursos hídricos
Mapeo, monitoreo y conservación del agua y las cuencas hídricas
Uso eficiente y calidad del agua
Manejo de los recursos ictícolas continentales
Administrar el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos (FNECBN) creado por Ley Nacional N° 26.331
Actualizar el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) según Ley Provincial N° 869 y su decreto reglamentario.
Gestionar el funcionamiento de la Comisión Consultiva de Bosques Nativos (CCBN).
Participación en el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA): Comisión Nacional de Bosques Nativos y Comisión Nacional del Ordenamiento Ambiental del Territorio.
Promover el Ordenamiento Ambiental del Territorio y generar un sistema de información ambiental.
Evaluar los planes de manejo, conservación y cambio de uso del suelo.
Monitorear y evaluar el estado de los bosques nativos y los recursos naturales provinciales.
Gestionar la información en el Sistema Integrado de Información Forestal (SIIF) de la Nación.
Control y fiscalización dentro de las Áreas Naturales Protegidas de la Provincia.
Control y erradicación de especies exóticas invasoras.
Confección, realización y colocación de cartelería informativa dentro de las Reservas Provinciales.
Rescate y traslado de Fauna Nativa en casos debidamente coordinados con otras áreas
Delimitación de Áreas Protegidas de los terrenos Fiscales, mapeo y monitoreo general a través de imágenes satelitales.
Creación y constitución de senderos.
Elaborar el Inventario de Gases de Efecto Invernadero (GEI) Provincial.
Identificar y analizar los riesgos derivados del Cambio Climático.
Formular planes provinciales de adaptación y mitigación frente a distintos escenarios de Cambio Climático.
Promover la vinculación con organismos que desarrollan actividades técnico científicas relacionadas con el Cambio Climático en la Antártida.
Promover normativa sobre Cambio Climático.
