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WorksheetsPreguntas sobre Asociaciones y Fundaciones
Total questions: 60
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Respecto a la elección en asamblea general de los miembros del consejo directivo, se debe tener en cuenta lo siguiente:
Corresponde efectuar conforme a la normativa vigente la previa elección de un comité electoral.
La periodicidad de la elección será de un año, en principio, lo que podrá variarse en el estatuto.
Dado el interés público que media en el caso de comités no es posible la reelección de los miembros del consejo.
No hay normas imperativas al respecto en nuestro ordenamiento, sin embargo el estatuto podrá contemplar algunas.
Si el fin de un Comité deviene en contrario al orden público se procederá de la siguiente manera:
El Ministerio Público podrá solicitar judicialmente la disolución del Comité. La demanda se tramitará como proceso abreviado.
Se solicitará al Ministerio Público que determine la disolución de la entidad. Es posible, sin embargo, que apruebe una modificación del fin.
En este caso el comité por mandato normativo se disuelve de pleno derecho.
Para el caso en cuestión hay una laguna normativa que no puede integrarse con las normas sobre asociaciones al ser un supuesto de excepción.
Debido a diversas causas, el acto constitutivo de la fundación Los Claveles no ha sido inscrito. Sin embargo los administradores ya vienen realizando actividades de promoción y fomento de la entidad y gestionando parte de los bienes afectados a la finalidad propuesta. Al respecto:
Los actos de disposición que se desarrollen en el caso de una fundación no inscrita son inválidos a no ser que cuenten con la aprobación del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones.
Dichos actos son válidos. Los administradores responden ilimitadamente con sus bienes solo por las decisiones que se tomen antes de la inscripción.
Los administradores en este caso son solidariamente responsables de la conservación de los bienes afectos a la finalidad propuestas y, en su caso, de las obligaciones que se hubieren contraído.
Los administradores son solidaria e ilimitadamente responsables de la conservación de los bienes afectados. Pero no son responsables por las obligaciones de la entidad quien responde con su propio patrimonio.
Tema: Asociación, fundación y comité no inscritos : Respecto a la formalidad para constituir una asociación no inscrita, cabe afirmar:
En nuestro sistema se requiere que el acto constitutivo y los estatutos consten en escritura pública.
Para poder actuar como asociación no inscrita se hace necesario tener, por lo menos, un documento privado con firmas legalizadas ante notario.
Se requiere formalizar el inicio de actividades declarándolo mediante documento privado con firmas legalizadas.
En nuestro sistema no hay formalidad documental específica para este caso. Hay, en tal sentido, libertad de forma.
En relación a los aportes y cuotas de los asociados, en el caso de asociaciones no inscritas se puede manifestar lo siguiente:
Constituyen un fondo común de la entidad que está regulado como un patrimonio autónomo que no puede ser dispuesto en ningún caso.
Se puede excepcionalmente pedir la división y partición de dicho fondo, en caso que se decida escindir la organización.
No se puede pedir el reembolso de las aportaciones de los asociados mientras esté vigente la organización no inscrita.
Los bienes que adquiera la asociación no inscrita luego de su constitución, y antes de su inscripción, tienen un régimen especial. No se puede dividir o partir, a diferencia de lo que ocurre con los aportes de los miembros.
El Código Civil, en cuanto al régimen de asociaciones no inscritas, se pronuncia exclusivamente respecto a los siguientes temas:
Régimen, fondo común, y responsabilidad de los miembros.
Definición, fondo común, contenido del estatuto para el caso concreto.
Representación, contenido del estatuto y responsabilidad de los miembros.
Reglas para la inscripción, contenido del estatuto y gestión patrimonial.
En el caso de las asociaciones no inscritas podemos apreciar lo siguiente: I. En ellas hay una autonomía patrimonial imperfecta. II. Hay un régimen atípico de copropiedad sobre las cuotas. Así los miembros pueden disponer libremente de sus alícuotas. III. El patrimonio de estas entidades está constituido por activos, sean bienes o derechos, no pudiendo tener pasivo hasta antes de la inscripción. Al respecto son verdaderas:
Sólo I es correcta.
Sólo II es correcta.
I y III son correctas.
Ninguna es correcta.
La asociación no inscrita Señor del Mar fue creada para la orientación a pequeñas empresas. Quince días después del acuerdo constitutivo la asamblea general modifica los estatutos cambiando el fin de la entidad para dedicarse exclusivamente a la protección de animales marinos. Días después, Carlos contrata con la entidad representada por Pedro. Al revisar el poder se aprecia que el representante tiene facultadas para realizar contratos relativos a la orientación a pequeñas empresas. Carlos contrata una consultoría a cambio de mil soles. Se puede considerar al respecto los siguientes:
Los acuerdos adoptados por la asamblea general relativos a la modificación de los estatutos son válidos y, por ende, oponibles al tercero que contrata con la entidad.
Al no estar protegido por la publicidad registral ningún acto realizado por la asociación es oponible al tercero. El contrato, en tal medida, sería nulo.
AI tercero se le otorga una garantía genérica patrimonial especial para el cumplimiento de las obligaciones por parte de la asociación no inscrita.
En el caso estamos ante un supuesto de falsa representación. Éste no puede afectar los intereses de la entidad ni perjudicar al tercero. Por ende, es inválido.
¿Qué ocurre con el patrimonio en caso en que no sea posible la inscripción de una fundación no inscrita?
Los administradores tienen el deber de restituir los bienes al fundador o fundadores, o a sus herederos.
La Sala Civil de la Corte Superior correspondiente otorgará los bienes, preferentemente, a otras fundaciones de finalidades análogas.
El Consejo de Supervigilancia de Fundaciones tiene potestad para distribuir el patrimonio entre las asociaciones establecidas en la misma región.
El patrimonio, al tener su génesis en un acto de liberalidad, se asigna a la Beneficencia Pública.
¿Qué ocurre en caso en que un comité no inscrito cumpla la finalidad propuesta en el acto constitutivo?
Se debe proceder a la inscripción y ratificación de los actos para la asignación de lo recaudado a la finalidad concreta.
El Ministerio Público solicitará de oficio, o a instancia de parte, la disolución del comité y la rendición judicial de cuentas.
El consejo directivo de la entidad podrá entregar a los beneficiarios lo recaudado y, a continuación, iniciar el proceso disolutorio.
El patrimonio, al tener su génesis en un acto de liberalidad, se asigna a la Beneficencia Pública.
¿Quién representa a la asociación no inscrita en caso que comparezca en juicio?
El presidente del Consejo Directivo o quien haga sus veces.
Cualquiera de los miembros del Consejo Directivo.
Cualquiera de los asociados.
El Gerente General.
En caso que el acto constitutivo de la fundación no haya llegado a inscribirse, nuestro ordenamiento contempla a diversos sujetos legitimados para realizar las acciones para lograr dicha inscripción, entre ellos: I. El Ministerio Público. II. El Consejo de Supervigilancia de Fundaciones. III. Cualquiera que tenga legítimo interés. Al respecto, son ciertas:
Solo I.
Solo II.
Solo I y II.
Todas son verdaderas.
Conforme a nuestro ordenamiento jurídico, respecto al régimen del comité que no haya sido inscrito, se puede afirmar lo siguiente:
El marco regulatorio de estas entidades es el régimen de las asociaciones no inscritas, por remisión.
Se rige por los acuerdos de sus miembros y por las reglas de comités inscritos, en cuanto sean pertinentes.
Al ser entidades de hecho, se rige exclusivamente por las reglas de fundaciones no inscritas.
Se rige por los acuerdos de los miembros y, supletoriamente y por remisión, por las reglas de asociaciones no inscritas.
Respecto a la responsabilidad de quienes aparezcan como organizadores del comité inscrito, se puede afirmar: I. Son responsables solidarios de la conservación de los bienes. II. Son solidariamente responsables por la aplicación de lo recaudado a la finalidad. III. Son responsables solidarios de las obligaciones contraídas. Son ciertas:
Solo I y II.
Solo I y III.
Solo II y III.
Todas son verdaderas.
Si queremos efectuar la inscripción del reconocimiento de personas jurídicas (asociaciones o fundaciones) constituidas y domiciliadas en el extranjero, se requerirá acompañar a la solicitud lo siguiente: I. Certificado de vigencia de la persona jurídica extranjera u otro instrumento equivalente expedido por un funcionario o autoridad competente en su país de origen. II. El estatuto o instrumento equivalente en su país de origen. III. Acuerdo constitutivo de la inscripción de la sede en nuestro país. Son ciertas:
Solo I y II.
Solo I y III.
Solo II y III.
Todas son verdaderas.
Se quiere inscribir un poder otorgado por una fundación constituida y domiciliada en el extranjero. Al respecto se puede afirmar lo siguiente: A efectos de la inscripción se requiere de la aceptación del poder por el representante en nuestro país. /INCORRECTO/ Falso, no es necesaria la aceptación. Tal y como lo regula la normativa vigente, en este caso particular no se requerirá de la aceptación del poder. /CORRECTO/ Así está contemplado expresamente en el artículo 91 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas. No es necesario en estos casos acompañar el certificado de vigencia de la persona jurídica extranjera. /INCORRECTO/ Falso, sí es un requisito acompañar el certificado de vigencia de la entidad extranjera. Se debe acompañar declaración jurada de inicio de actividades económicas en nuestro país. /INCORRECTO/ Falso, no es necesario acompañar documento alguno al respecto.
A efectos de la inscripción se requiere de la aceptación del poder por el representante en nuestro país.
Tal y como lo regula la normativa vigente, en este caso particular no se requerirá de la aceptación del poder.
No es necesario en estos casos acompañar el certificado de vigencia de la persona jurídica extranjera.
Se debe acompañar declaración jurada de inicio de actividades económicas en nuestro país.
A efectos de la inscripción de poderes otorgados por una asociación constituida y domiciliada en el extranjero se debe adjuntar a la solicitud, de manera excluyente, algunos documentos a fin de acreditar que el otorgante del poder se encuentra debidamente facultado para actuar como representante de ésta (conforme a las leyes de su país, y al estatuto correspondiente) y otorgar poderes a su nombre. Ese documento puede ser: I. Constancia expedida por un representante legal de la persona jurídica extranjera que cumpla las funciones de fedatario, en el sentido de que el otorgante del poder se encuentra debidamente facultado. II. Certificación de la autoridad o funcionario extranjero competente de que el otorgante del poder se encuentra debidamente facultado de acuerdo con el estatuto de la persona jurídica y las leyes del país en que fue constituida. III. Declaración jurada en formato expedido por la Oficina Registral competente, relativa a la acreditación de las facultades de otorgante del poder. Son ciertas:
Solo I.
Solo II.
Solo I y II.
I, II y III.
Respecto a la inscripción del poder de una persona jurídica, sea asociación o fundación, constituida en el extranjero se puede afirmar lo siguiente: I. No se exigirá el certificado de vigencia de la persona jurídica extranjera u otro instrumento equivalente cuando conste en los antecedentes regístrales o en el título materia de calificación documentación relativa a la vigencia de la persona jurídica a la fecha de otorgamiento del poder. II. El Registrador tomará en cuenta las declaraciones y certificaciones sobre la capacidad del poderdante que obren en los antecedentes regístrales siempre que la acrediten a la fecha del otorgamiento del poder. III. El Registrador dará por cierta la vigencia de la persona jurídica extranjera cuando conste por acto administrativo efectuado por alguna autoridad administrativa nacional tal hecho. Son ciertas:
Solo I.
Solo I y II.
Solo I y III.
Solo II y III.
Sobre el contexto de compra - venta, ¿Cuál de las siguientes alternativas es incorrecta?
La compraventa es nula cuando la determinación del precio se deja al arbitrio de una de las partes.
La compraventa es nula cuando se confía la determinación del precio a un tercero a designarse posteriormente.
Es válida la compraventa si se conviene que el precio sea el que tuviere el bien en bolsa o mercado, en determinado lugar y día.
En la compraventa de bienes que el vendedor vende habitualmente, si las partes no han determinado el precio ni han convenido el modo de determinarlo, rige el precio normalmente establecido por el vendedor.
Si el precio de una transferencia se fija parte en dinero y parte en otro bien, dicho contrato, en principio se calificará:
Como uno de compraventa.
De acuerdo con la intención tácita de los contratantes.
De acuerdo con la intención manifiesta de los contratantes.
Siempre como uno de permuta.
Cuando se resuelve la compraventa por falta de entrega, el vendedor debe reembolsar al comprador lo siguiente:
Los tributos.
Gastos del contrato que hubiera pagado.
Indemnización por daños y perjuicios.
Todas las alternativas mencionadas son correctas.
"A" le vende una casa a "B". Al momento de realizarse la venta una parte del bien perece. "B" tiene derecho a:
Retractarse del contrato.
Una rebaja en el precio por el menoscabo.
Solicitar la nulidad del contrato de compraventa.
Retractarse del contrato o solicitar una rebaja en el precio por el menoscabo.
¿Qué pactos pueden integrar el contrato compraventa?
El pacto de mejor comprador.
El pacto de preferencia.
El pacto de compraventa con reserva de propiedad.
El pacto de preferencia y el de compraventa con reserva de propiedad.
Marque la alternativa falsa. Son titulares del derecho de retracto:
El copropietario, en la venta a tercero de las porciones indivisas.
El litigante, en caso de venta por el contrario del bien que se esté discutiendo judicialmente.
El propietario, en la venta del usufructo y a la inversa.
El arrendatario, conforme a la ley de la materia.
"A" vende un bien a "B". Ambos acuerdan que la entrega del bien se realice en Lima. Sin embargo, "B" solicita que la entrega se realice en Trujillo, no habiéndose pactado esta eventualidad. ¿Quién debe asumir los gastos de transporte?
El comprador.
El vendedor.
Ambos.
No se puede, tiene que entregarse en el lugar acordado.
Marque la alternativa falsa:
Pueden venderse los bienes existentes o que puedan existir, siempre que sean determinados o susceptibles de determinación y cuya enajenación no esté prohibida por la ley.
En la venta de un bien que ambas partes saben que es futuro, el contrato es eficaz desde su celebración, adquiriendo el comprador la propiedad del mismo en ese momento.
Si el comprador asume el riesgo de la cuantía y calidad del bien futuro, el contrato queda sujeto a la condición suspensiva de que llegue a tener existencia.
Si el comprador asume el riesgo de la existencia del bien, el vendedor tiene derecho a la totalidad del precio aunque no llegue a existir.
"A" vende una casa a "B", éste no conoce que el bien es de propiedad de "C". "B" puede:
Rescindir el contrato de compraventa.
Solicitar se declare la nulidad del contrato.
La venta de bien ajeno es válida, por lo tanto "B" tiene que respetar el acuerdo.
Exigir el cumplimiento del contrato a C, pues se presume la solidaridad de A y C.
Marque la alternativa correcta. Por la compraventa:
El vendedor se obliga a la entrega de un bien al comprador y éste a pagar su precio en dinero.
El vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador y éste a pagar su precio en dinero.
El vendedor se obliga a la entrega de un bien al comprador y éste a pagar su precio en dinero o a cambio de otro bien.
El vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador y éste a pagar su precio en dinero o a cambio de otro bien.
Marque la alternativa verdadera:
Los bienes muebles adquiridos en tiendas o locales abiertos al público no son reivindicables si son amparados con facturas o pólizas del vendedor.
Los bienes muebles adquiridos en tiendas o locales abiertos al público no son reivindicables si son vendidos por quien no era propietario del bien.
El propietario de un bien que se vendió en un lugar abierto al público, puede ejercitar las acciones civiles o penales contra quien lo vendió indebidamente.
Los bienes muebles adquiridos en tiendas o locales abiertos al público no son reivindicables si son amparados con facturas o pólizas del vendedor. Y queda a salvo el derecho del perjudicado para ejercitar las acciones civiles o penales contra quien lo vendió indebidamente.
Sobre la compra - venta, ¿Cuál de las siguientes alternativas es correcta?
En un contrato cuyo precio debe pagarse a plazos, el monto de la deuda contraída en moneda nacional puede estar referido a índices de reajuste automático que fije el Banco Central de Reserva del Perú, a otras monedas o a mercancías.
En la compraventa en que el precio se fija por peso, a falta de convenio, se entiende que se refiere al peso bruto.
Si se trata de bienes que tienen precio de bolsa o de mercado, se presume, a falta de indicación expresa sobre el precio, que el contrato es nulo.
Si se trata de bienes que tienen precio de bolsa o de mercado, se presume, a falta de Indicación expresa sobre el precio, que el contrato es anulable.
Habiéndole vendido “A” un bien mueble a “B”, si éste no cumple en pagar el precio ni otorga la garantía a que se obligó. Señale la alternativa correcta
“A” puede rescindir el contrato
“A” puede disponer del bien.
El contrato queda resuelto de pleno derecho
“A” puede disponer del bien. En tal caso, el contrato queda resuelto de pleno derecho.
En la compraventa de un bien con la indicación de su extensión o cabida y por un precio en razón de un tanto por cada unidad de extensión o cabida, el vendedor está obligado a entregar al comprador la cantidad indicada en el contrato. Si ello no fuese posible entonces:
El comprador está obligado a pagar lo que se halle demás
El vendedor está obligado a devolver el precio correspondiente a lo que se halle de menos.
Si el exceso o falta en la extensión o cabida del bien vendido es mayor que cuatro décimos de la indicada en el contrato, el comprador puede optar por su rescisión.
El comprador está obligado a pagar lo que se halle demás y e! vendedor está obligado a devolver el precio correspondiente a lo que se halle de menos.
Sobre el Pacto de Retroventa, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?:
Por la retroventa, el vendedor adquiere el derecho de resolver unilateralmente el contrato, sin necesidad de decisión judicial.
El pacto de retroventa permite que se imponga al vendedor, como contrapartida de la resolución del contrato, la obligación de pagar al comprador una cantidad de dinero u otra ventaja para éste.
El pacto de retroventa permite estipular la devolución por parte del vendedor, en caso de resolución del contrato, de una suma adicional además de la destinada a conservar el valor adquisitivo del precio.
unilateralmente el contrato, sin necesidad de decisión judicial; y además, permite estipular la devolución por parte del vendedor, en caso de resolución del contrato, de una suma adicional, además de la destinada a conservar el valor adquisitivo del precio.
Sobre el Derecho de Retracto, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?:
El derecho de retracto es aquél que se pacta en favor de un tercero determinado para subrogarse en el lugar del comprador y en todas las estipulaciones del contrato de compraventa.
El retrayente debe reembolsar al adquirente únicamente el precio pagado por éste.
Es improcedente el retracto en las ventas hechas por remate público.
El derecho de retracto no procede en la dación en pago.
: Sobre la entrega de frutos del bien objeto de compraventa, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?:
El vendedor nunca responde ante el comprador por los frutos del bien.
El vendedor siempre responde por los frutos del bien ante el comprador.
Cuando el comprador es culpable de la demora en la entrega del bien, el vendedor responde por los frutos sólo en caso de haberlos percibido.
El vendedor no responde ante el comprador por los frutos del bien, cuando el comprador conocía el obstáculo que demora la entrega. Responde si cuando es culpable de la demora de su entrega.
Tema: Donación
La donación queda invalidada de pleno derecho cuando:
Hecha por persona que no tenía hijos, si resulta vivo el hijo que se reputaba muerto; en caso de que el bien donado exceda la décima parte de los bienes que tuvo el donante al tiempo de hacerla.
El compromiso de donar versa sobre un bien ajeno.
Se hace a favor de quien ha sido tutor del donante.
Se tiene a favor de quien ha sido curador del donante.
Marque la alternativa incorrecta. Sobre la revocación de donación:
La facultad de revocar la donación pasa a los herederos del donante.
No produce efectos si dentro de sesenta días de hecha por el donante no se comunica en forma indubitable al donatario o sus herederos.
El donatario o sus herederos pueden contradecir judicialmente las causas de la revocación.
En el caso de donaciones remuneratorias o sujetas a cargo, su invalidación o revocación determina la obligación del donante de abonar al donatario el valor del servicio prestado o del cargo satisfecho.
Sobre la reversión de Donación, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?
Es nula.
Puede establecerse sólo a favor de tercero.
Puede establecerse sólo a favor del donante
Puede establecerse tanto a favor del donante como de tercero
Es correcto afirmar respecto al donante que ha desmejorado de fortuna:
No puede eximirse de entregar el bien
Puede eximirse de entregar el bien.
Puede reducir su donación en un 50%.
Puede eximirse de entregar el bien en la parte necesaria para sus alimentos.
Las donaciones de bienes muebles que excedan del 25% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente, deben existir:
En documento escrito de fecha cierta
Necesariamente por escritura pública.
Mediante cualquier instrumento escrito.
Mediante cualquiera de las formas permitidas por la ley, inclusive de forma verbal.
Cuando la donación se ha hecho a varias personas conjuntamente:
Se entenderá hecha por partes iguales.
No se dará el derecho de acrecer entre ellas.
Sólo cuando se trata de marido y mujer tendrán derecho a acrecer.
Todas las alternativas mencionadas son correctas
La donación de bienes inmuebles, debe hacerse mediante:
Cualquiera de las formas permitidas por ley, inclusive puede formalizarse verbalmente.
Escritura pública.
Documento privado de fecha cierta.
Cualquier instrumento escrito.
Con relación de la donación de bienes muebles con ocasión de bodas, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?:
Debe hacerse mediante escritura pública si el valor del bien excede la Unidad Impositiva Tributaria.
Debe hacerse mediante escritura pública si el valor del bien excede el 25% de la Unidad Impositiva Tributaria.
No está sujeta a formalidad alguna.
Debe inscribirse en el registro correspondiente bajo sanción de nulidad.
La donación de bienes muebles puede hacerse verbalmente cuando:
Su valor no sea superior a 100 veces el sueldo mínimo vital vigente al momento en que debió celebrarse el contrato.
Su valor no sea superior a 200 veces el sueldo mínimo vital vigente al momento en que debió celebrarse el contrato.
Su valor no sea superior a 150 veces el sueldo mínimo vital vigente al momento en que debió celebrarse el contrato.
Su valor no exceda el 25% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al momento en que se celebre el contrato.
¿Cuál de las respuestas es un efecto de la invalidación de la donación?:
El donante puede elegir entre que se le restituya el bien donado o su valor.
Si el bien se halla gravado, el donante libera el gravamen pagando la cantidad que corresponda y se subroga en los derechos del acreedor.
Únicamente si el bien hubiera sido destruido, el donatario puede entregar al donante su valor.
El donatario puede elegir entre restituir el bien donado o su valor.
Sobre los frutos de donaciones revocadas o invalidadas, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?:
Los frutos de donaciones revocadas pertenecen al donatario
Los frutos de las donaciones revocadas pertenecen al donante desde que queda consentida la revocación.
Los frutos de donaciones invalidadas, de pleno derecho pertenecen al donatario desde que se cita con la demanda de restitución del bien donado.
Los frutos de donaciones revocadas pertenecen al donante desde que se comunica en forma indubitable la revocación; mientras que los de donaciones invalidadas, de pleno derecho pertenecen al donante desde que se cita con la demanda de restitución del bien donado.
Sobre las donaciones remuneratorias o sujetas a cargo, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?:
Son nulas.
Su revocación no determina la obligación del donante de abonar al donatario el valor del servicio prestado o del cargo satisfecho.
Están sujetas a las mismas regias de validez, impuestas a las donaciones no remuneratorias o no sujetas a cargo.
En caso de invalidación de pleno derecho no determina la obligación del donante de abonar al donatario el valor del servicio prestado o del cargo satisfecho.
Caduca la donación en los siguientes casos:
Si se produce cualquiera de las causas de desheredación.
Si el donatario ocasiona intencionalmente la muerte del donante.
Si se produce cualquiera de las causas de indignidad para suceder.
Si se produce cualquiera de las causas de desheredación o si el donatario ocasiona intencionalmente la muerte del donante.
Sobre la donación hecha por matrimonio, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?:
Está sujeta a la condición de que se celebre el acto.
Caduca por causa de ingratitud.
No es revocable por causa de ingratitud.
No está sujeta necesariamente a que se celebre el acto y caduca por causa de ingratitud.
¿Cuál de las siguientes no es causa por la que el donante puede revocar la donación:
Por haberle negado sin motivo justificado los alimentos o haber abandonado al donante encontrándose éste gravemente enfermo o sin poder valerse por sí mismo.
Por haber denunciado calumniosamente al donante por delito al que la ley sanciona con pena privativa de libertad.
Por haber maltratado de obra o injuriado grave y reiteradamente al donante.
Por ingratitud hada el donante.
Sobre la renuncia al derecho de reversión, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?:
El asentimiento del donante a la enajenación de los bienes que constituyeron la donación determina la renuncia del derecho de reversión.
Tiene que ser expresa.
El asentimiento del donante a la constitución de una garantía real por el donatario no importa renuncia del derecho de reversión sino en favor del acreedor.
El asentimiento del donante a la enajenación de los bienes que constituyeron la donación determina la renuncia del derecho de reversión y, de otro lado, su asentimiento a la constitución de una garantía real por el donatario no importa renuncia del derecho de reversión sino en favor del acreedor.
Tema: Mutuo
A falta de disposición convencional sobre el pago de intereses, el mutuo:
Se presume oneroso
Se presume gratuito.
No es válido.
Se encuentra sujeto a la condición suspensiva de que se determine este elemento.
Pueden ser objeto de un contrato de mutuo:
Bienes indeterminados
Bienes consumibles.
Solamente dinero.
Bienes consumibles y dinero.
Sobre el contexto del mutuo, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?
Para que los representantes de incapaces o ausentes celebren un mutuo en representación de las personas cuyos bienes administran, deben contar con la aprobación del juez si el valor del bien mutuado excede diez veces el sueldo mínimo vital mensual.
El mutuo entre cónyuges debe hacerse por escritura pública, bajo sanción de nulidad.
Recibido el bien por el mutuatario, se presume que se halla en estado de servir para el uso a que se destinó.
Todas las alternativas mencionadas son correctas
En relación al derecho al nombre de la persona, conforme a la normativa vigente es correcto afirmar lo siguiente:
Sólo al hijo matrimonial le corresponde el primer apellido del padre y primer apellido de la madre.
Sólo al hijo extramatrimonial le corresponden el primer apellido del padre y el primero de la madre.
El hijo extramatrimonial puede llevar el apellido de la persona que lo reconozca y el del presunto progenitor cuando, por ejemplo, la madre revele el nombre de la persona con quien lo hubiera tenido.
Toda referencia al nombre de un supuesto progenitor en la partida de nacimiento se tiene por no puesta.
¿Qué resuelve si el mutuatario no pudiese devolver bien similar en especie, cantidad y calidad al que recibió:
Se resuelve el contrato de pleno derecho y tiene que pagar los daños y perjuicios ocasionados al mutuante.
Satisfará su prestación pagando el valor que tenía al momento y lugar en que debió hacerse el pago, o el valor que se les dio si fueron evaluados al momento de la celebración del contrato.
Satisfará su prestación pagando el valor que tenía al momento y lugar en que se entregó el bien.
El mutuante puede rescindir el contrato.
Cuando se presta una cantidad de dinero que debe devolverse en mercaderías o viceversa, el contrato es de:
Depósito.
Donación.
Compraventa.
Comodato.
En un contrato de Mutuo, cuando no se ha determinado el lugar de entrega de lo que se presta, en principio:
Su devolución se hará en el lugar que se acostumbre hacerlo.
Su devolución se hará en el sitio en que se encuentre el bien.
Su devolución se hará en el domicilio del mutuatario.
Su devolución se hará en el domicilio del mutuante.
Si se ha convenido que el mutuatario pague sólo cuando pueda hacerlo o tenga los medios:
El plazo será fijado por ambas partes de acuerdo a las circunstancias en las que se encuentre el mutuatario.
El plazo será fijado por el juez atendiendo a las circunstancias y siguiendo el procedimiento establecido para el juicio de menor cuantía.
El plazo será fijado por el mutuante de acuerdo a las circunstancias en las que se encuentre el mutuatario.
El plazo será fijado por el mutuatario de acuerdo a las circunstancias en las que se encuentre.
La existencia y contenido del suministro pueden probarse:
Es necesario que sea de manera verbal si es a título de liberalidad.
Si es a título de liberalidad no es necesario que conste en documento por escrito.
Únicamente puede formalizarse por escrito con firma legalizada notarialmente.
Por cualesquiera de los medios que permite la ley, y si es a título de liberalidad, debe formalizarse por escrito, bajo sanción de nulidad.
