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LEY GENERAL DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

LEY GENERAL DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

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43 Slides • 27 Questions

1

Ley General de los derechos de las niñas, niños y adolescentes

By aconahd Docente

media

2

ARTÍCULO 2

Para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las autoridades realizarán las acciones y tomarán medidas, de conformidad con los principios establecidos en la presente Ley. Para tal efecto, deberán:

I. Garantizar un enfoque integral, transversal y con perspectiva de derechos humanos en el diseño y la instrumentación de políticas y programas de gobierno;

II. Promover la participación, tomar en cuenta la opinión y considerar los aspectos culturales, éticos, afectivos, educativos y de salud de niñas, niños y adolescentes, en todos aquellos asuntos de su incumbencia, de acuerdo a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez, y

III. Establecer mecanismos transparentes de seguimiento y evaluación de la implementación de políticas, programas gubernamentales, legislación y compromisos derivados de tratados internacionales en la materia.

media

3

Artículo 3

La Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, concurrirán en el cumplimiento del objeto de esta Ley, para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas en materia de ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como para garantizar su máximo bienestar posible privilegiando su interés superior a través de medidas estructurales, legales, administrativas y presupuestales.

media

4

Artículo 13

Para efectos de la presente Ley son derechos de niñas, niños y adolescentes, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:

media

5

Niñas, niños y adolescentes deberán disfrutar de una vida plena en condiciones acordes a su dignidad y en condiciones que garanticen su desarrollo integral.

15

Las, niños y adolescentes tienen derecho a que se les preserve la vida, a la supervivencia y al desarrollo.

Las autoridades de la Federación deberán llevar a cabo las acciones necesarias para garantizar el desarrollo y prevenir cualquier conducta que atente contra su supervivencia, así como para investigar y sancionar efectivamente los actos de privación de la vida.

14

Artículo

media

6

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que se les asegure prioridad en el ejercicio de todos sus derechos, especialmente a que:

I. Se les brinde protección y socorro en cualquier circunstancia y con la oportunidad necesaria;

II. Se les atienda antes que a las personas adultas en todos los servicios, en igualdad de condiciones, y

III. Se les considere para el diseño y ejecución de las políticas públicas necesarias para la protección de sus derechos.

17

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la paz, a no ser privados de la vida en ninguna circunstancia, ni ser utilizados en conflictos armados o violentos.

16

Artículo

media

7

Multiple Select

ARTÍCULOS QUE HABLAN SOBRE LA IMPORTANCIA DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

1

14

2

15

3

16

4

17

8

Multiple Select

ARTÍCULOS QUE HABLAN SOBRE LA IMPORTANCIA DE GARANTIZAR EL DESARROLLO INTEGRAL EN NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

1

14

2

15

3

16

4

17

9

Artículo 19. Niñas, niños y adolescentes, en términos de la legislación civil aplicable, desde su nacimiento, tienen derecho a:

I. Contar con nombre y los apellidos que les correspondan, así como a ser inscritos en el Registro Civil respectivo de forma inmediata y gratuita, y a que se les expida en forma ágil y sin costo la primer copia certificada del acta correspondiente, en los términos de las disposiciones aplicables;

II. Contar con nacionalidad, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales;

III. Conocer su filiación y su origen, en la medida de lo posible y siempre que ello sea acorde con el interés superior de la niñez, y

IV. Preservar su identidad, incluidos el nombre, la nacionalidad y su pertenencia cultural, así como sus relaciones familiares.

10

Draw

Considerando la información del artículo 19 fracción I, II, III y IV, elabora un dibujo que te ayude a recordarlo fácilmente.

11

IMPORTANTE

Cuando haya procesos o procedimientos que deriven en cambio de apellidos de niñas, niños y adolescentes, éstos tendrán el derecho a opinar y a ser tomados en cuenta, conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.

La falta de documentación para acreditar la identidad de niñas, niños y adolescentes no será obstáculo para garantizar sus derechos.

media

12

Artículo 20

Niñas, niños y adolescentes de nacionalidad extranjera que se encuentren en territorio nacional, tienen derecho a comprobar su identidad con los documentos emitidos por la autoridad competente u otros medios previstos en la Ley de Migración y demás disposiciones aplicables.

En los casos en que niñas, niños o adolescentes cumplan con los requisitos para obtener la nacionalidad mexicana, se les brindarán todas las facilidades a efecto de darles un trato prioritario.

media

13

Artículo 21

Para efectos del reconocimiento de maternidad y paternidad de niñas, niños y adolescentes, así como en relación con los derechos y obligaciones derivados de la filiación y parentesco, se estará a la legislación civil aplicable. Ante la negativa de la prueba de paternidad o maternidad, la autoridad competente, salvo prueba en contrario, presumirá que es el padre o la madre respectivamente.

media

14

Fill in the Blanks

15

Artículo 22

Niñas, niños y adolescentes no podrán ser separados de las personas que ejerzan la patria potestad o de sus tutores y, en términos de las disposiciones aplicables, de las personas que los tengan bajo su guarda y custodia, salvo que medie orden de autoridad competente, en la que se determine la procedencia de la separación, en cumplimiento a la preservación del interés superior de la niñez, de conformidad con las causas previstas en las leyes y mediante el debido proceso en el que se garantice el derecho de audiencia de todas las partes involucradas. En todos los casos, se tendrá en cuenta la opinión de niñas, niños y adolescentes conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.

media

16

Artículo 22

Los casos en que las personas que ejerzan la patria potestad, por extrema pobreza o por necesidad de ganarse el sustento lejos del lugar de residencia, tengan dificultades para atender a niñas, niños y adolescentes de manera permanente, no serán considerados como supuestos de exposición o estado de abandono, siempre que los mantengan al cuidado de otras personas, libres de violencia y provean su subsistencia.

media

17

Artículo 22

Las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán políticas de fortalecimiento familiar para evitar la separación de niñas, niños y adolescentes de su entorno familiar y para que, en su caso, sean atendidos a través de las medidas especiales de protección que dispone el artículo 26.

18

Artículo 36

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho al acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

media

19

Artículo 37, acciones para garantizar la igualdad sustantiva

media

20

Drag and Drop

I. ​ ​
la perspectiva de género en todas sus actuaciones y procurar la utilización de un lenguaje no sexista en sus documentos oficiales;
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
Transversalizar
Favorecer
Promover

21

Drag and Drop

II.
, políticas públicas a través de Acciones afirmativas tendientes a eliminar los obstáculos que impiden la
y de oportunidades a la
, a la
y a la
entre niñas, niños y adolescentes;
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
Diseñar, implementar y evaluar programas
igualdad de acceso
alimentación
educación
atención médica

22

Drag and Drop

III.
acciones específicas para alcanzar
de ​ costumbres , ​ tradiciones , ​ prejuicios , roles y estereotipos
o de cualquier otra índole que estén basadas en la idea de
;
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
Implementar
la eliminación
sexistas
inferioridad

23

Drag and Drop

IV. ​ ​
dirigidas de manera preferente a niñas y adolescentes que pertenezcan a grupos y regiones con mayor
o que enfrenten
de
para el
contenidos en esta Ley;
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
rezago educativo
condiciones económicas y sociales
Establecer medidas
desventaja
ejercicio de los derechos

24

Drag and Drop

V.
los
que orienten al Estado mexicano hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado,
de las
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
Establecer
mecanismos institucionales
promoviendo el empoderamiento
niñas y adolescentes

25

Drag and Drop

VI.
permanentes de sensibilización de los
de niñas y adolescentes.
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
Desarrollar campañas
derechos

26

Artículo 39

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a no ser sujetos de discriminación alguna ni de limitación o restricción de sus derechos, en razón de su origen étnico, nacional o social, idioma o lengua, edad, género, preferencia sexual, estado civil, religión, opinión, condición económica, circunstancias de nacimiento, discapacidad o estado de salud o cualquier otra condición atribuible a ellos mismos o a su madre, padre, tutor o persona que los tenga bajo guarda y custodia, o a otros miembros de su familia.

media

27

Artículo 39

Asimismo, las autoridades están obligadas a llevar a cabo medidas especiales para prevenir, atender y erradicar la Discriminación Múltiple de la que son objeto niñas, niños y adolescentes en situación de exclusión social, en situación de calle, afrodescendientes, peores formas de trabajo infantil o cualquiera otra condición de marginalidad.

28

Artículo 43

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en un medio ambiente sano y sustentable, y en condiciones que permitan su desarrollo, bienestar, crecimiento saludable y armonioso, tanto físico como mental, material, espiritual, ético, cultural y social.

media

29

Artículo 44

Corresponde a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, la obligación primordial de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida suficientes para su sano desarrollo. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, coadyuvarán a dicho fin mediante la adopción de las medidas apropiadas.

media

30

Artículo 46

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.

media

31

Artículo 50

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad de conformidad con la legislación aplicable, con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en relación con los derechos de niñas, niños y adolescentes, se coordinarán a fin de:

32

Artículo 50

I. Reducir la morbilidad y mortalidad;

II. Asegurar la prestación de la asistencia médica y sanitaria que sean necesarias a niñas, niños y adolescentes, haciendo hincapié en la atención primaria;

III. Promover en todos los grupos de la sociedad y, en particular, en quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, de niños, niñas y adolescentes, los principios básicos de la salud y la nutrición, las ventajas de la lactancia materna, la higiene y el saneamiento ambiental y las medidas de prevención de accidentes;

IV. Adoptar medidas tendentes a la eliminación las prácticas culturales, usos y costumbres que sean perjudiciales para la salud de niñas, niños y adolescentes;

media

33

Artículo 50

V. Desarrollar la atención sanitaria preventiva, la orientación a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, y la educación y servicios en materia de salud sexual y reproductiva;

VI. Establecer las medidas tendentes a prevenir embarazos de las niñas y las adolescentes;

VII. Asegurar la prestación de servicios de atención médica respetuosa, efectiva e integral durante el embarazo, parto y puerperio, así como para sus hijas e hijos, y promover la lactancia materna exclusiva dentro de los primeros seis meses y complementaria hasta los dos años, así como garantizar el acceso a métodos anticonceptivos.

media

34

Artículo 50

VIII. Combatir la desnutrición crónica y aguda, sobrepeso y obesidad, así como otros trastornos de conducta alimentaria mediante la promoción de una alimentación equilibrada, el consumo de agua potable, el fomento del ejercicio físico, e impulsar programas de prevención e información sobre estos temas;

IX. Fomentar y ejecutar los programas de vacunación y el control de la niñez y adolescencia sana para vigilar su crecimiento y desarrollo en forma periódica;

X. Atender de manera especial las enfermedades respiratorias, renales, gastrointestinales, epidémicas, cáncer, VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual e impulsar programas de prevención e información sobre éstas;

35

Artículo 50

XVI. Establecer medidas tendentes a que en los servicios de salud se detecten y atiendan de manera especial los casos de niñas, niños y adolescentes con problemas de salud mental;

XVII. Establecer medidas para la detección temprana de discapacidades a efecto de prevenir y reducir al máximo la aparición de nuevas discapacidades y asegurar los mayores niveles de atención y rehabilitación, y

XVIII. Proporcionar el acceso a los bienes, servicios, ayudas técnicas y rehabilitación que requieren niñas, niños y adolescentes con discapacidad.

36

Open Ended

Según el artículo 50 de la Ley General De Los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes ¿para qué se coordinaran las autoridades en materia de salud?.

37

Bienvenidos

media

Todo esfuerzo que haces, aunque aparentemente sea pequeño, vale.

38

media

Quiziz

39

Artículo 53

Cuando exista duda o percepción si una niña, niño o adolescente es persona con discapacidad, se presumirá que es una niña, niño o adolescente con discapacidad.

Niñas, niños y adolescentes con discapacidad tienen derecho a la igualdad sustantiva y a disfrutar de los derechos contenidos en la presente Ley, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales y demás leyes aplicables.

40

Niña o niño con discapacidad

Son niñas, niños o adolescentes con discapacidad los que por razón congénita o adquirida presentan una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones con los demás.

media

41

Las niñas, niños y adolescentes con discapacidad tienen derecho a vivir incluidos en la comunidad, en igualdad de condiciones que las demás niñas, niños y adolescentes.

media

42

Artículo 57, educación de calidad e igualdad sustantiva.

Quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, tendrán derecho a intervenir en la educación que habrá de darse a niñas, niños y adolescentes.

NNyA tienen derecho a una educación de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos humanos y de igualdad sustantiva, que garantice el respeto a su dignidad humana.

media

43

Drag and Drop

I. Proporcionar la
que niñas, niños y adolescentes requieran para su pleno desarrollo, para lo cual, los programas respectivos deberán considerar la
y
;

Drag these tiles and drop them in the correct blank above
atención educativa
edad, madurez, circunstancias particulares
tradiciones culturales

44

Drag and Drop

III. Establecer medidas para garantizar la
de la educación
y para procurar la accesibilidad
,
y
a la educación, sin discriminación;
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
gratuidad
pública obligatoria
material
económica
geográfica

45

Drag and Drop

IV. Establecer las condiciones necesarias para fortalecer la
tales como la
, la disposición de la infraestructura y
adecuados para el aprendizaje y para las prácticas de enseñanza, la evaluación docente, entre otras;
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
calidad educativa,
relevancia y pertinencia del currículo
equipamiento

46

Draw

V. Destinar

recursos humanos, materiales y presupuestarios adecuados y suficientes para

garantizar la educación de calidad

47

Reorder

Reordenar las fracciones VI, VII, VIII, IX y X del artículo 57 en la LGDNNA

Adaptar el sistema educativo a las condiciones, intereses y contextos específicos de niñas, niños y adolescentes para garantizar su permanencia en el sistema educativo;

Establecer acciones afirmativas para garantizar el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes de grupos y regiones con mayor rezago educativo, dispersos o que enfrentan situaciones de vulnerabilidad por circunstancias específicas de carácter socioeconómico, físico, mental, de identidad cultural, origen étnico o nacional, situación migratoria o bien, relacionadas con aspectos de género, preferencia sexual, creencias religiosas o prácticas culturales;

Prestar servicios educativos en condiciones óptimas, entendida ésta como el conjunto de instalaciones indispensables con que debe contarse en cada escuela para el buen desempeño de la tarea docente y el logro del aprendizaje que coadyuve al pleno desarrollo de los educandos;

Implementar mecanismos para la atención, canalización y seguimiento de los casos que constituyan violaciones al derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes

Fomentar la convivencia escolar armónica y la generación de mecanismos para la discusión, debate y resolución pacífica de conflictos;

1
2
3
4
5

48

TODAS Y TODOS CONTRA EL ACOSO ESCOLAR. GUÍA PARA DOCENTES DE EDUCACIÓN BÁSICA

XII. Se elaboren protocolos de actuación sobre situaciones de acoso o violencia escolar para el personal y para quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia;

media

49

XIV. Adoptar medidas para responder a las necesidades de niñas, niños y adolescentes con aptitudes sobresalientes, de tal manera que se posibilite su desarrollo progresivo e integral, conforme a sus capacidades y habilidades personales;

XIII. Garantizar el pleno respeto al derecho a la educación y la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, desarrollando y aplicando normas y reglamentos que eviten su discriminación y las condiciones de accesibilidad en instalaciones educativas, proporcionen los apoyos didácticos, materiales y técnicos y cuenten con personal docente capacitado;.

XV. Establecer mecanismos para la expresión y participación de niñas, niños y adolescentes, conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez que permita atender y tomar en cuenta sus intereses y preocupaciones en materia educativa;

50

Match

Une el siguiente

Contribuir a garantizar la permanencia y conclusión de la educación obligatoria de niñas, niños y adolescentes y para abatir el ausentismo, abandono y deserción escolares

Administrar la disciplina escolar de modo compatible con la dignidad humana, impidiendo la imposición de medidas de disciplina que no estén previamente establecidas, sean contrarias a la dignidad humana o atenten contra la vida o la integridad física o mental de niñas, niños y adolescentes

Erradicar las prácticas pedagógicas discriminatorias o excluyentes que atenten contra la dignidad humana o integridad, especialmente los tratos humillantes y degradantes

Educar a niñas, niños y adolescentes en el respeto al medio ambiente, inculcando en ellos la adopción de estilos de vida sustentables, así como concientizarlos sobre las causas-efectos del cambio climático

Inculcar en niñas, niños y adolescentes la cultura de la paz y la educación cívica

XVI

XVII

XVIII

XIX

XX

51

media

Artículo 58 Fines de la educación

52

Drag and Drop

I. Fomentar en niñas, niños y adolescentes los
, la
, la
y el
, así como a las
y opiniones diversas
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
valores fundamentales
cultura de la paz
educación cívica
respeto de la identidad propia
diferencias culturales

53

Drag and Drop

II. Desarrollar la
, las
y las
de niñas, niños y adolescentes
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
personalidad
aptitudes
potencialidades

54

Drag and Drop

III. Inculcar a niñas, niños y adolescentes sentimientos de
a su escuela, comunidad y nación, así como su
activa en el proceso educativo y
en términos de las disposiciones aplicables
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
identidad y pertenencia
participación
actividades cívicas

55

Drag and Drop

IV. Orientar a niñas, niños y adolescentes respecto a la
, las oportunidades de
y las posibilidades de
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
formación profesional
empleo
carrera

56

Drag and Drop

V. Apoyar a niñas, niños y adolescentes que sean víctimas de
y la atención especial de quienes se encuentren en
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
maltrato
situación de riesgo

57

VI. Prevenir el delito y las adicciones, mediante el diseño y ejecución de programas

media
media

58

Drag and Drop

VII. Emprender, en cooperación con quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como con grupos de la comunidad, la
, organización y desarrollo de
que sean de
para niñas, niños y adolescentes
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
planificación
actividades extracurriculares
interés

59

Drag and Drop

VIII. Promover la
conforme a su
, el
, cognoscitivo y
de las niñas, niños y adolescentes que le permitan a niñas, niños y adolescentes ejercer de manera i
sus derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en las leyes y los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
educación sexual integral
nformada y responsable
edad
desarrollo evolutivo
madurez,

60

Drag and Drop

IX. Promover el valor de la
, de la
y de la
de las personas ante ésta, propiciar la
, de la
, la educación cívica y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones, así como el conocimiento de los derechos humanos y el respeto a los mismos, y
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
justicia
observancia de la ley
igualdad
cultura de la legalidad
paz

61

Drag and Drop

X. Difundir los
de niñas, niños y adolescentes y las formas de
con que cuentan para
.
Drag these tiles and drop them in the correct blank above
derechos humanos
protección
ejercerlos

62

Artículo 60

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho al descanso, al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad, así como a participar libremente en actividades culturales, deportivas y artísticas, como factores primordiales de su desarrollo y crecimiento.

media

63

Artículo 60

Quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes deberán respetar el ejercicio de estos derechos y, por lo tanto, no podrán imponerles regímenes de vida, estudio, trabajo o reglas de disciplina desproporcionadas a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez, que impliquen la renuncia o el menoscabo de los mismos.

media

64

Draw

Artículo 62 Libertad Laica Artículo 63 Disfrute de lengua, cultura, usos, costumbres, prácticas culturales, religión

65

Artículo 64 expresión

Difundir la información institucional y la promoción de los derechos en la lengua indígena local.

Garantizar que niñas, niños y adolescentes con discapacidad cuenten con los sistemas de apoyo para ejercer su derecho a la libertad de expresión, acceso a la información y sistema de apoyo para la expresión de su voluntad.

media

66

Derecho a ser escuchados y tomados en cuenta en los asuntos de su interés, conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.

71

Libre acceso a la información

65

Artículos

media

67

Niñas, niños y adolescentes también tienen derecho a que las diferentes instancias gubernamentales, en los tres órdenes de gobierno, les informen de qué manera su opinión ha sido valorada y tomada en cuenta su solicitud.

74

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a participar, a ser escuchados y tomados en cuenta en todos los procesos judiciales y de procuración de justicia donde se diriman controversias que les afectan, en los términos señalados por el Capítulo Décimo Octavo.

73

ARTÍCULOS

media

68

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la intimidad personal y familiar, y a la protección de sus datos personales

76

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a asociarse y reunirse, sin más limitaciones que las establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

75

ARTÍCULOS

69

No podrán ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia; tampoco de divulgaciones o difusiones ilícitas de información o datos personales, incluyendo aquélla que tenga carácter informativo a la opinión pública o de noticia que permita identificarlos y que atenten contra su honra, imagen o reputación.

ARTÍCULOS 76

media

70

Se considerará violación a la intimidad de niñas, niños o adolescentes cualquier manejo directo de su imagen, nombre, datos personales o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación que cuenten con concesión para prestar el servicio de radiodifusión y telecomunicaciones, así como medios impresos, o en medios electrónicos de los que tenga control el concesionario o medio impreso del que se trate, que menoscabe su honra o reputación, sea contrario a sus derechos o que los ponga en riesgo, conforme al principio de interés superior de la niñez.

ARTÍCULOS 77

Ley General de los derechos de las niñas, niños y adolescentes

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