IMPUTACIÓN OBJETIVA

IMPUTACIÓN OBJETIVA

1st - 3rd Grade

14 Qs

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IMPUTACIÓN OBJETIVA

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1st - 3rd Grade

Hard

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Jonathan Delgado

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14 questions

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1.

MULTIPLE SELECT QUESTION

1 min • 1 pt

(Selección múltiple)


Los niveles de la Teoría de la Imputación Objetiva son:

* Relación de causalidad.

* Creación de un riesgo jurídico penalmente relevante para el bien jurídico.

* Aportación del riesgo.

* Cursos causales hipotéticos.

* Concreción del riesgo en el resultado.

* El alcance del tipo.

Todas las anteriores.

2.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

1 min • 1 pt

Para determinar si una conducta determinada encaja o no en un tipo penal de resultado, lo primero que se debe verificar es:

1) Que el comportamiento suponga un peligro para el bien jurídico.

2) Que ese peligro para el bien jurídico, por no estar tolerado, merezca la atención del derecho penal.

3) 1 y 2 son correctas.

4) Verificar si la consecuencia producida está vinculada desde una perspectiva causal con la acción desplegada, esto es, si existe un nexo causa a efecto entre ambas.

3.

MULTIPLE SELECT QUESTION

1 min • 1 pt

"La teoría de la conditio sine qua non" se podría definir de la siguiente manera:

Una acción es causa de un resultado si, suprimida mentalmente su realización, éste no se hubiera producido.

Todas las condiciones del resultado tienen idéntica y equivalente calidad causal.

Toda condición es causa desde la perspectiva penal, si según la experiencia general, de forma habitual produce el resultado.

4.

MULTIPLE SELECT QUESTION

1 min • 1 pt

Para que la conducta sea imputable en el plano objetivo, es necesario que suponga un riesgo típicamente relevante, lo que a su vez comporta dos exigencias:

A) Que el comportamiento suponga un peligro para el bien jurídico (aportación del riesgo).

B) Que el riesgo por no estar tolerado merezca la atención del derecho penal (el riesgo permitido).

C) A y B son correctas

D) La relación de causalidad y El alcance del tipo.

5.

MULTIPLE CHOICE QUESTION

1 min • 1 pt

NO habrá imputación objetiva por ausencia de "la creación de un riesgo jurídico penalmente relevante para el bien jurídico" en los siguientes casos:

Casos de disminución del riesgo.

Casos de falta de creación de un riesgo o de creación de riesgos insignificantes.

Casos de cursos causales hipotéticos.

Casos de riesgo permitido.

Todas las anteriores.

6.

MULTIPLE SELECT QUESTION

1 min • 1 pt

Cuando el agente realiza comportamientos normales o cotidianos, que carecen de significación jurídico penal por realizarse en un contexto de normalidad, se está ante:

Casos de reemplazo del riesgo.

Acciones que no suponen una creación significativa de riesgo en el plano jurídico.

Disminución del riesgo.

Casos de falta de creación de un riesgo o de creación de riesgos insignificantes.

7.

MULTIPLE SELECT QUESTION

1 min • 1 pt

El intendente Bayona, quien se encuentra en persecución de dos personas que hurtaron un vehículo que acababa de ingresar a un taller mecánico para que repararan sus frenos, decide dispara a la cabeza del conductor con el fin de detener la marcha del vehículo, pues este no tenía frenos.


¿Al intendente Bayona le es imputable objetivamente la muerte del conductor del vehículo?

No, pues el Intendente Bayona buscaba disminuir el riesgo que significa conducir un vehículo sin frenos.

No, pues el riesgo creado por el Intendente Bayona no se concreta en el resultado "muerte" del conductor del vehículo.

Si, pues el Intendente Bayona no debilita el peligro existente, sino que lo reemplaza por otro.

Si, pues su actuar no se encuentra cobijado por una de las causales de exclusión de la conducta.

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