
SEGUNDA EVALUACION TEMAS SELECTOS DE FISCAL 8-12-2023
Authored by Lilia Carolina Avilés Heredia
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1.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
45 sec • 1 pt
¿En qué caso los contribuyentes personas físicas podrán optar por no presentar declaración anual en los términos establecidos por el artículo 152 de la LISR?:
Cuando únicamente obtenga ingresos acumulables por salarios e intereses, cuya suma no exceda de $500,000.00 y el interés real no exceda de $10,000.00, respectivamente
Cuando únicamente obtenga ingresos acumulables por salarios e intereses, cuya suma no exceda de $500,000.00 y el interés real exceda de $100,000.00, respectivamente
Cuando únicamente obtenga ingresos acumulables por salarios e intereses, cuya suma no exceda de $400,000.00 y el interés real no exceda de $10,000.00, respectivamente
Cuando únicamente obtenga ingresos acumulables por salarios e intereses, cuya suma no exceda de $400,000.00 y el interés real no exceda de $100,000.00, respectivamente
2.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
45 sec • 1 pt
Las personas físicas podrán deducir los pagos por honorarios médicos y dentales, así como, los gastos hospitalarios cuando sean:
Pagadas en el año de calendario de que se trate mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos o mediante tarjetas de crédito, de débito o de servicios, a instituciones o personas residentes en el país.
Pagadas mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos o mediante tarjetas de crédito, de débito o de servicios, a instituciones o personas residentes en el país.
Pagadas en el año de calendario de que se trate mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos o mediante tarjetas de crédito, de débito o de servicios.
Pagadas mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, a instituciones o personas residentes en el país.
3.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
45 sec • 1 pt
Las personas físicas podrán deducir los pagos por honorarios por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición cuando:
Sean erogados en beneficio del contribuyente, su cónyuge y para sus ascendientes o descendientes en línea recta o para la persona con quien viva en concubinato
Sean prestados por personas con título profesional legalmente expedido y erogados en beneficio del contribuyente, su cónyuge y para sus ascendientes o descendientes en línea recta o para la persona con quien viva en concubinato
Sean prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes y erogados en beneficio del contribuyente, su cónyuge y para sus ascendientes o descendientes o para la persona con quien viva en concubinato
Sean prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes y erogados en beneficio del contribuyente.
4.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
30 sec • 1 pt
Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar las erogaciones por concepto de honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos o mediante tarjetas de crédito, de débito o de servicios , cuando:
Se efectúen en poblaciones o en zonas rurales con servicios financieros.
Se efectúen en poblaciones o en zonas rurales sin servicios financieros.
Se efectúen en poblaciones o en zonas ubicadas en el extranjero y no cuenten con servicios financieros.
Se efectúen en poblaciones o en zonas ubicadas en el extranjero.
5.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
1 min • 1 pt
Los donativos otorgados a instituciones de enseñanza serán deducibles siempre que cumplan con todos los requisitos siguientes:
Que sean establecimientos públicos o de propiedad de particulares que tengan autorización o REVOE en los términos de la Ley General de Educación, se destinen a la adquisición de bienes de inversión, a la investigación científica o desarrollo de tecnología, así como a gastos de administración hasta por el monto, en este último caso, señale el RISR y siempre que se trate de donaciones onerosas o remunerativas.
Que exclusivamente sean establecimientos públicos que tengan autorización o REVOE en los términos de la Ley General de Educación, se destinen a la adquisición de bienes de inversión, a la investigación científica o desarrollo de tecnología, así como a gastos de administración hasta por el monto, en este último caso, señale el RISR y siempre que se trate de donaciones no onerosas ni remunerativas.
Que exclusivamente sean establecimientos propiedad de particulares que tengan autorización o REVOE en los términos de la Ley General de Educación, se destinen a la adquisición de bienes de inversión, a la investigación científica o desarrollo de tecnología, así como a gastos de administración hasta por el monto, en este último caso, que señale el RISR y siempre que se trate de donaciones onerosas y remunerativas.
Que sean establecimientos públicos o de propiedad de particulares que tengan autorización o REVOE en los términos de la Ley General de Educación, se destinen a la adquisición de bienes de inversión, a la investigación científica o desarrollo de tecnología, así como a gastos de administración hasta por el monto, en este último caso, que señale el RISR y siempre que se trate de donaciones no onerosas ni remunerativas.
6.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
30 sec • 1 pt
Las personas físicas podrán deducir las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en las subcuentas de aportaciones complementarias de retiro, en los términos de la Ley del SAR, hasta por un monto de:
El 10% de los ingresos acumulables en el ejercicio, sin que excedan del equivalente a quince UMAS anuales.
El 10% de los ingresos acumulables en el ejercicio, sin que excedan del equivalente a cinco UMAS anuales.
El 5% de los ingresos acumulables en el ejercicio, sin que excedan del equivalente a quince UMAS anuales.
El 5% de los ingresos acumulables en el ejercicio, sin que excedan del equivalente a cinco UMAS anuales.
7.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
1 min • 1 pt
Las personas físicas podrán deducir los donativos no onerosos ni remunerativos otorgados a las entidades federativas, hasta por un monto del:
4% de los ingresos acumulables que sirvan de base para calcular el ISR del contribuyente en el ejercicio en el que se efectúa la deducción, antes de las deducciones personales del artículo 151 de la LISR.
7% de los ingresos acumulables que sirvan de base para calcular el ISR del contribuyente en el ejercicio en el que se efectúa la que se efectúa la deducción, antes de las deducciones personales del artículo 151 de la LISR.
4% de los ingresos acumulables que sirvan de base para calcular el ISR del contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquel en el que se efectúa la deducción, antes de las deducciones personales del artículo 151 de la LISR.
El 7% de los ingresos acumulables que sirvan de base para calcular el ISR del contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquel en el que se efectúa la deducción, antes de las deducciones personales del artículo 151 de la LISR.
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