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WorksheetsDecreto 104/2018
Total questions: 42
Worksheet time: 1hrs 24mins
El Plan de actuación para la mejora (PAM) se recoge en el...
Artículo 10
Artículo 12
Artículo 14
DECRETO 104/2018 ...
de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano
de 5 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano
de 24 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano
La Organización de la respuesta educativa para la inclusión se recoge en el...
Capítulo I
Capítulo II
Capítulo III
Capítulo IV
Detección e identificación de necesidades del alumnado
Artículo 11
Artículo 12
Artículo 13
Artículo 14
Medidas de respuesta educativa para la inclusión
Artículo 11
Artículo 12
Artículo 13
Artículo 14
El proyecto educativo como eje vertebrador de la respuesta a la inclusión
Artículo 11
Artículo 12
Artículo 13
Artículo 14
En el Decreo 104/2018 encontramos referencias a los 4 niveles de respuesta a la inclusión en...
Capítulo II, Artículo 14. Medidas de respuesta educativa para la inclusión.
Capítulo III, Artículo 13. Medidas de respuesta educativa para la inclusión.
Capítulo III, Artículo 14. Medidas de respuesta educativa para la inclusión.
Las técnicas de evaluación deben permitir que cada alumna/o pueda demostrar sus puntos fuertes, la capacidad potencial de aprendizaje, las estrategias, las competencias y el rendimiento.
Artículo 16. Principios generales de la evaluación del alumnado en el marco de una escuela inclusiva
Artículo 15. Principios generales de la evaluación del alumnado en el marco de una escuela inclusiva
Artículo 15. Principios generales de la evaluación del alumnado
Artículo 16. Principios generales de la evaluación del alumnado
Artículo 15. Principios generales de la evaluación del alumnado en el marco de una escuela inclusiva
La evaluación no es un acontecimiento aislado, sino que se enmarca en la historia escolar de la alumna o el alumno y la tiene en cuenta, así como tiene en consideración los elementos del contexto escolar, familiar y social que intervienen e influyen.
La evaluación es un acontecimiento aislado que se enmarca en la historia escolar de la alumna o el alumno y la tiene en cuenta, así como tiene en consideración los elementos del contexto escolar, familiar y social que intervienen e influyen.
Artículo 15. Principios generales de la evaluación del alumnado en el marco de una escuela inclusiva
La evaluación debe garantizar la titulación del alumnado o la acreditación de las competencias alcanzadas, con el fin de mejorar sus posibilidades de inserción sociolaboral.
La evaluación debe facilitar la titulación del alumnado o la acreditación de las competencias alcanzadas, con el fin de mejorar sus posibilidades de inserción sociolaboral.
Artículo 15. Principios generales de la evaluación del alumnado en el marco de una escuela inclusiva
La evaluación final debe permitir la revisión de las medidas y de los ajustes introducidos, de acuerdo con los objetivos propuestos, para su modificación, adaptación o introducción de otras medidas o ajustes, siempre con la finalidad de conseguir una educación inclusiva.
La evaluación continua debe permitir la revisión de las medidas y de los ajustes introducidos, de acuerdo con los objetivos propuestos, para su modificación, adaptación o introducción de otras medidas o ajustes, siempre con la finalidad de conseguir una educación inclusiva.
La Orientación educativa, psicopedagógica y profesional en el marco de la escuela inclusiva queda recogida en el...
CAPÍTULO VI, Artículos 29 al 33
CAPÍTULO VI, Artículos 29 al 32
CAPÍTULO V, Artículos 29 al 33
CAPÍTULO V, Artículos 29 al 32
Artículo 29.7 La orientación: La orientación educativa y profesional forma parte de la función docente y se integra en el proceso educativo a través de diferentes ámbitos de actuación:
La docencia, la tutoría y los DO/SPEs
La docencia, la tutoría y los equipos de orientación especializados
La docencia, la tutoría y los servicios especializados de orientación
Artículo 29.9 La orientación se estructura y se organiza en:
Diferentes niveles de actuación, en que los profesionales trabajan de manera coordinada, en colaboración y de forma complementaria.
La acción tutorial, la intervención especializada de carácter psicopedagógico y el asesoramiento específico proporcionado al profesorado, al alumnado y a sus familias.
Las dos son correctas.
Los procesos de transición están recogidos en el...
Capítulo III. Artículo 16. Procesos de transición
Capítulo IV. Artículo 16. Procesos de transición
Capítulo V. Artículo 16. Procesos de transición
Los centros ordinarios, excepcionalmente, podrán introducir medidas de flexibilización en el inicio o la duración de las diferentes etapas educativas para alumnado con NEE, AACC, de incorporación tardía y otras necesidades, siempre que favorezca su desarrollo y su integración socioeducativa.
Artículo 21. Escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
Artículo 22. Escolarización y compensación de desigualdades
La orientación debe propiciar la elección de itinerarios académicos y profesionales libres de estereotipos de género y otros condicionantes culturalmente arraigados que puedan suponer cualquier tipo de discriminación en el acceso a los estudios o al mercado laboral
CAPÍTULO VI. OEPP en el marco de la escuela inclusiva, Artículo 29. La orientación
CAPÍTULO VI. OEPP en el marco de la escuela inclusiva, Artículo 30. Objetivos de la OEPP
CAPÍTULO VI. OEPP en el marco de la escuela inclusiva, Artículo 31. Orientación a lo largo de la vida
CAPÍTULO VI. OEPP en el marco de la escuela inclusiva, Artículo 32. Estructura de la OEPP
El alumnado que, por enfermedad, medidas de carácter judicial u otras razones de carácter excepcional, no puede asistir al centro educativo, recibirá la atención educativa adecuada, con carácter compensatorio en...
Unidades pedagógicas hospitalarias, atención domiciliaria, centros de reeducación y escolarización transitoria en educación a distancia.
UET cuando existan problemas graves de salud mental con informes técnicos, médicos y educativos que lo justifiquen.
Unidades pedagógicas hospitalarias, atención domiciliaria, centros de reeducación, escolarización transitoria en la educación a distancia y UET cuando existan problemas graves de salud mental con informes técnicos, médicos y educativos que lo justifiquen.
Los centros establecerán, en colaboración con entidades locales de la protección del menor y de acuerdo con la Administración, procedimientos para detectar situaciones de riesgo de abandono temprano de escolarización e implantarán medidas de intervención educativa y cooperación con el entorno sociocomunitario que incidan sobre los factores de riesgo
CAPÍTULO IV. Escolarización.
Artículo 20. Criterios generales
CAPÍTULO IV. Escolarización.
Artículo 21. Escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
CAPÍTULO IV. Escolarización.
Artículo 22. Escolarización y compensación de desigualdades
El Artículo 24. Continuidad en los estudios postobligatorios, recoge:
Se establecerán medidas para facilitar continuidad educativa y acceso a los estudios postobligatorios de acuerdo con capacidades e intereses
Alumnado con NEAE que lo requieran, adaptaciones a pruebas de acceso FP, de régimen especial o PAU.
Se establecerán medidas para facilitar continuidad educativa y acceso a estudios postobligatorios de acuerdo con capacidades e intereses, y para el alumnado con NEAE adaptaciones de pruebas de acceso.
El consejo orientador se menciona en el Decreto 104/2018 en...
Artículo 25. Alumnado que finaliza la Educación Secundaria Obligatoria sin la obtención del título
Artículo 16. Procesos de transición
Artículo 24. Continuidad en los estudios postobligatorios
Los artículos 16, 24 y 25.
Artículo 26. Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en el Bachillerato
Los centros realizarán las adaptaciones pertinentes y facilitarán las medidas y los apoyos necesarios para que el alumnado con NEAE pueda cursar dichos estudios
Los centros deben dar respuesta a las diferentes necesidades del alumnado a través de itinerarios adaptados a los diferentes ritmos, estilos de aprendizaje y situaciones personales, que pueden implicar la flexibilización en la duración de la etapa
Las dos son correctas
Artículo 18. Personal y materiales de apoyo
Toda la comunidad educativa, incluyendo al alumnado y a las familias y a los agentes o entidades del contexto sociocomunitario, constituyen apoyos personales para facilitar el desarrollo de la respuesta a las necesidades del alumnado
Los centros docentes, de acuerdo con las necesidades del alumnado, deben disponer de personal especializado de apoyo con las funciones de atención especializada al alumnado y de orientación y asesoramiento al profesorado y a las familias.
Ambas son correctas
En los centros de educación especial el alumnado podrá permanecer hasta los 21 años, hecho que puede prolongarse hasta los 24 años si el centro dispone de programas formativos o cualquier otro programa que la normativa prevea para este alumnado
CAPÍTULO IV. Escolarización.
Artículo 20. Criterios generales
CAPÍTULO IV. Escolarización.
Artículo 21. Escolarización del alumnado con NEAE
CAPÍTULO IV. Escolarización.
Artículo 23. Centros de educación especial
Artículo 23. Centros de educación especial. Como centros de recursos y apoyo a la comunidad educativa, deben desarrollar las tareas complementarias siguientes:
Asesorar profes centros ordinarios en al alumnado NEE (sesiones informativas, actuaciones formativas y reuniones de coordinación)
Consulta en temas relacionados con apoyos materiales y equipamiento didáctico: documentos curriculares, TIC para alumnado con NEE...
Colaborar en valoración y seguimiento utilización de productos de apoyo y sistemas de comunicación en CO
Colaborar con SEO en propuesta o revisión modalidad de escolarización alumnado NEE
Todas son correctas
La identificación previa a la escolarización de las condiciones y circunstancias de vulnerabilidad se realizará por los servicios con competencias en sanidad, igualdad y políticas inclusivas, que deberán poner la información en conocimiento de los SEO, para que determinen las necesidades educativas del alumnado y pueda articularse la respuesta educativa más adecuada desde el mismo momento en que se inicie la escolaridad.
Capítulo VI. Orientación educativa, psicopedagógica y profesional en el marco de la escuela inclusiva
Artículo 30. Objetivos de la OEPP
CAPÍTULO III Organización de la respuesta educativa para la inclusión.
Artículo 13. Detección e identificación de necesidades del alumnado
El plan de actuación personalizado (PAP) se menciona en el Decreto 104/2018 en...
Artículo 13. Detec. e ident. de necesidades del alum. Identificación NEAE -> SEO, si requieren respuesta personalizada e individualizada con medidas curriculares extraordinarias o apoyos especializados, preceptivo ESPP e ISPP que determine intensidad y duración apoyos y orientaciones para elaborar PAP
Artículo 14. Medidas de respuesta educativa para la inclusión. Es el documento que concreta las medidas del IV nivel, se ha de elaborar a partir de la propuesta efectuada en el ISPP.
Aparece en ambos artículos, aunque en el artículo 14 se define con más detalle.
El Capítulo VI. Orientación educativa, psicopedagógica y profesional en el marco de la escuela inclusiva, está compuesto por...
Artículo 29. La orientación
Artículo 30. Objetivos de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional
Artículo 31. Orientación a lo largo de la vida
Artículo 32. Estructura de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional
Los cuatro artículos.
Principios generales de la evaluación del alumnado en el marco de una escuela inclusiva
Artículo 15
Artículo 16
Artículo 17
Artículo 14
Escolarización
Capítulo IV
Capítulo V
Capítulo III
Capítulo II
Escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
Artículo 21
Artículo 20
Artículo 22
Escolarización y compensación de desigualdades
Artículo 21
Artículo 20
Artículo 22
Inclusión del alumnado en las enseñanzas postobligatorias y de transición a la vida adulta
Capítulo V
Artículo 24 al 28
Capítulo V. Artículo 24 al 28
Alumnado que finaliza la Educación Secundaria Obligatoria sin la obtención del título
Artículo 25
Artículo 26
Artículo 27
Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en el Bachillerato
Artículo 25
Artículo 26
Artículo 27
Alumnado con NEAE en la FP y enseñanzas de régimen especial
Artículo 25
Artículo 26
Artículo 27
La orientación
Artículo 29
Artículo 30
Artículo 31
Artículo 32
Objetivos de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional
Artículo 29
Artículo 30
Artículo 31
Artículo 32
Orientación a lo largo de la vida
Artículo 29
Artículo 30
Artículo 31
Artículo 32
Estructura de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional
Artículo 29
Artículo 30
Artículo 31
Artículo 32
Continuidad en los estudios postobligatorios
Artículo 22
Artículo 23
Artículo 24
Personal y materiales de apoyo
Artículo 16
Artículo 17
Artículo 18
Artículo 19
