WorksheetsLEY ORGÁNICA DE LA ARMADA DE MÉXICO
Total questions: 66
Worksheet time: 17hrs 30mins
Es una institución militar nacional, de carácter permanente, cuya misión es emplear el poder naval de la Federación para la defensa exterior y coadyuvar en la seguridad interior del país; en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella derivan y los tratados internacionales
LA ARMADA DE MÉXICO
LA SECRETARIA DE MARINA
LA SEMAR
LA SECRETARIA DE SEGURIDAD NACIONAL
Es una atribuciones de la Armada de México:
EJECUTAR LOS PLANES DE ACCIÓN NACIONAL EN MATERIA DE DESARROLLO SOCIAL
PARTICIPAR EN MARCHAS PUBLICAS EN CONTRA DE LOS DERECHOS HUMANOS
SER PARTE DE LA SEGURIDAD PUBLICA DEL ESTADO
ORGANIZAR, ADIESTRAR, ALISTAR, EQUIPAR Y OPERAR A LAS FUERZAS QUE LA CONSTITUYEN PARA EL CUMPLIMIENTO DE SU MISIÓN Y EJERCICIO DE SUS FUNCIONES
Es una atribuciones de la Armada de México:
COOPERAR EN EL MANTENIMIENTO DEL ORDEN CONSTITUCIONAL DEL ESTADO MEXICANO
PARTICIPAR EN MARCHAS PUBLICAS EN CONTRA DE LOS DERECHOS HUMANOS
SER PARTE DE LA SEGURIDAD PUBLICA DEL ESTADO
EJECUTAR LOS PLANES DE ACCIÓN NACIONAL EN MATERIA DE DESARROLLO SOCIAL
Es una atribuciones de la Armada de México:
PLANEAR, DIRIGIR Y MANEJAR LA MOVILIZACIÓN DEL PAÍS EN CASO DE GUERRA; FORMULAR Y EJECUTAR, EN SU CASO, LOS PLANES Y ÓRDENES NECESARIOS PARA LA DEFENSA DEL PAÍS Y DIRIGIR Y ASESORAR LA DEFENSA CIVIL
PARTICIPAR EN MARCHAS PUBLICAS EN CONTRA DE LOS DERECHOS HUMANOS
SER PARTE DE LA SEGURIDAD PUBLICA DEL ESTADO
REALIZAR ACCIONES PARA SALVAGUARDAR LA SOBERANÍA Y DEFENDER LA INTEGRIDAD DEL TERRITORIO NACIONAL EN EL MAR
Es una atribuciones de la Armada de México:
ADQUIRIR Y FABRICAR ARMAMENTO, MUNICIONES, VESTUARIO Y TODA CLASE DE MATERIALES Y ELEMENTOS.
INTERVENIR EN LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS PARA LA PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO, CON OBJETO DE QUE NO INCLUYA LAS ARMAS PROHIBIDAS EXPRESAMENTE POR LA LEY Y AQUELLAS QUE LA NACIÓN RESERVE PARA EL USO EXCLUSIVO DEL EJÉRCITO, ARMADA Y GUARDIA NACIONAL
EJERCER FUNCIONES DE GUARDIA COSTERA PARA MANTENER EL ESTADO DE DERECHO EN LAS ZONAS MARINAS MEXICANAS
EJECUTAR LOS PLANES DE ACCIÓN NACIONAL EN MATERIA DE DESARROLLO SOCIAL
Es una atribuciones de la Armada de México:
OTORGAR LAS CONCESIONES Y PERMISOS EN MATERIA DE RADIODIFUSIÓN Y RESOLVER, EN SU CASO, SOBRE SU PRÓRROGA, REFRENDO O MODIFICACIÓN, ASÍ COMO DECLARAR ADMINISTRATIVAMENTE SU CADUCIDAD, NULIDAD, RESCISIÓN O REVOCACIÓN
INTERVENIR EN EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS PARA EXPEDICIONES O EXPLORACIONES CIENTÍFICAS EXTRANJERAS O INTERNACIONALES EN EL TERRITORIO NACIONAL
SER PARTE DE LA SEGURIDAD PUBLICA DEL ESTADO
SALVAGUARDAR LA VIDA HUMANA MEDIANTE OPERACIONES DE BÚSQUEDA Y RESCATE EN LAS ZONAS MARINAS MEXICANAS, AGUAS INTERNACIONALES Y EN TODAS AQUÉLLAS EN LAS QUE EL MANDO SUPREMO LO ORDENE
Este personal se caracteriza por su estabilidad en el servicio.
MILICIA PERMANENTE
MILICIA AUXILIAR
MILICIA CONJUNTA
MILICIA ESTABLE
Este Pertenecerá a la milicia permanente
EL EGRESADO DE LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN A QUIEN SE LE EXPIDA EL DESPACHO DE GUARDIAMARINA O PRIMER MAESTRE.
PERSONAL QUE SE CONTRATE CON NIVEL LICENCIATURA
TODO EL PERSONAL DE OFICIALES
EL PERSONAL QUE SE CONTRATE PRESENTANDO CARTA DE PASANTE
Este Pertenecerá a la milicia permanente
TODO EL PERSONAL DE OFICIALES
PERSONAL QUE SE CONTRATE CON NIVEL LICENCIATURA
EL QUE HABIENDO CAUSADO ALTA COMO MARINERO, OBTENGA POR ASCENSOS SUCESIVOS EL GRADO DE PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE Y HAYA CUMPLIDO ININTERRUMPIDAMENTE CUATRO AÑOS DE SERVICIO
EL PERSONAL QUE SE CONTRATE PRESENTANDO CARTA DE PASANTE
Este Pertenecerá a la milicia permanente
EL PERSONAL DE CAPITANES DE TODOS LOS CUERPOS Y SERVICIOS
EL QUE HABIENDO CAUSADO ALTA COMO MARINERO, OBTENGA POR ASCENSOS SUCESIVOS EL GRADO DE PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE Y HAYA CUMPLIDO ININTERRUMPIDAMENTE CUATRO AÑOS DE SERVICIO.
TODO EL PERSONAL DE OFICIALES
EL QUE HABIENDO CAUSADO ALTA COMO MARINERO, OBTENGA POR ASCENSOS SUCESIVOS EL GRADO DE PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE Y HAYA CUMPLIDO ININTERRUMPIDAMENTE 15 AÑOS DE SERVICIO
El que cause alta en la Armada como Oficial de la milicia auxiliar, cuando sus servicios se consideren necesarios a juicio del Alto Mando, y reúna sin interrupción el tiempo de 7 años.
TENIENTE DE FRAGATA
PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE
TENIENTE DE NAVÍO
TENIENTE DE CORBETA
El que cause alta en la Armada como Oficial de la milicia auxiliar, cuando sus servicios se consideren necesarios a juicio del Alto Mando, y reúna sin interrupción el tiempo de 7 años.
TENIENTE DE FRAGATA
PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE
TENIENTE DE NAVÍO
TENIENTE DE CORBETA
El que cause alta en la Armada como Oficial de la milicia auxiliar, cuando sus servicios se consideren necesarios a juicio del Alto Mando, y reúna sin interrupción el tiempo de 9 años.
TENIENTE DE FRAGATA
PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE
TENIENTE DE NAVÍO
TENIENTE DE CORBETA
Será de la milicia permanente el que cause alta en la Armada como Oficial de la milicia auxiliar, cuando sus servicios se consideren necesarios a juicio del Alto Mando, y reúna sin interrupción el tiempo de 7 años.
TENIENTE DE FRAGATA
PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE
TENIENTE DE NAVÍO
TENIENTE DE CORBETA
Será de la milicia permanente el que cause alta en la Armada como Oficial de la milicia auxiliar, cuando sus servicios se consideren necesarios a juicio del Alto Mando, y reúna sin interrupción el tiempo de 4 años.
TENIENTE DE FRAGATA
PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE
TENIENTE DE NAVÍO
TENIENTE DE CORBETA
Será de la milicia permanente el que cause alta en la Armada como Oficial de la milicia auxiliar, cuando sus servicios se consideren necesarios a juicio del Alto Mando, y reúna sin interrupción el tiempo de 5 años.
TENIENTE DE FRAGATA
PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE
TENIENTE DE NAVÍO
TENIENTE DE CORBETA
Será de la milicia permanente el que cause alta en la Armada como Oficial de la milicia auxiliar, cuando sus servicios se consideren necesarios a juicio del Alto Mando, y reúna sin interrupción el tiempo de 9 años.
TENIENTE DE FRAGATA
PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE
TENIENTE DE NAVÍO
TENIENTE DE CORBETA
El personal que se contrate presentando carta de pasante de nivel licenciatura tendrá un plazo de __________________, contado a partir de la fecha en que cause alta en el servicio activo de la armada de México, para presentar el título y cédula profesional que corresponda. De no hacerlo, causará baja y no podrá ser reenganchado.
SEIS MESES
UN AÑO
DOS AÑOS
UN SEMESTRE
El personal de la milicia permanente, núcleo o escala de los diferentes servicios, podrá obtener los distintos grados conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Ascensos de la Armada de México o realizando estudios DE LICENCIATURA acordes a su profesión, por su cuenta y sin perjuicio del servicio, podrá obtener el grado de:
TENIENTE DE FRAGATA
PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE
TENIENTE DE NAVÍO
TENIENTE DE CORBETA
El personal de la milicia permanente, núcleo o escala de los diferentes servicios, podrá obtener los distintos grados conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Ascensos de la Armada de México o realizando estudios con especialidad o maestría acordes a su profesión, por su cuenta y sin perjuicio del servicio, podrá obtener el grado de:
TENIENTE DE FRAGATA
PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE
TENIENTE DE NAVÍO
TENIENTE DE CORBETA
El personal de la milicia permanente, núcleo o escala de los diferentes servicios, podrá obtener los distintos grados conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Ascensos de la Armada de México o realizando estudios con segunda especialidad afín o doctorado acordes a su profesión, por su cuenta y sin perjuicio del servicio, podrá obtener el grado de:
TENIENTE DE FRAGATA
PRIMER MAESTRE O EQUIVALENTE
TENIENTE DE NAVÍO
TENIENTE DE CORBETA
Es el personal es el que presta sus servicios en forma temporal mediante contrato, así como los cadetes y alumnos de las escuelas de la Armada.
MILICIA ADJUNTA
MILICIA TEMPORAL
MILICIA AUXILIAR
MILICIA PERMANENTE
El personal de la milicia auxiliar podrá ascender por adecuación de grado al haber realizado estudios de nivel técnico profesional, por su cuenta acordes a su profesión sin perjuicio del servicio y que sean de utilidad para la Armada, pudiendo obtener los grados de
TENIENTE DE CORBETA
SEGUNDO MAESTRE
TERCER MAESTRE
PRIMER MAESTRE
El personal de la milicia auxiliar podrá ascender por adecuación de grado al haber realizado estudios de técnico superior universitario, por su cuenta acordes a su profesión sin perjuicio del servicio y que sean de utilidad para la Armada, pudiendo obtener los grados de
TENIENTE DE CORBETA
SEGUNDO MAESTRE
TERCER MAESTRE
PRIMER MAESTRE
El personal de la milicia auxiliar podrá ascender por adecuación de grado al haber realizado estudios de técnico profesional con especialidad, por su cuenta acordes a su profesión sin perjuicio del servicio y que sean de utilidad para la Armada, pudiendo obtener los grados de
TENIENTE DE CORBETA
SEGUNDO MAESTRE
TERCER MAESTRE
PRIMER MAESTRE
El personal de la milicia auxiliar podrá ascender por adecuación de grado al haber realizado estudios de licenciatura, por su cuenta acordes a su profesión sin perjuicio del servicio y que sean de utilidad para la Armada, pudiendo obtener los grados de
TENIENTE DE CORBETA
SEGUNDO MAESTRE
TERCER MAESTRE
PRIMER MAESTRE
Son aquellas personas de nacionalidad extranjera que se encuentran realizando estudios en los establecimientos educativos de la Armada de México.
No serán considerados como personal de la Armada de México, pero quedan sujetos a la reglamentación interna de los establecimientos educativos.
CADETES EXTRANJEROS
BECARIOS
ESTUDIANTES DE OTRAS NACIONALIDADES
ALUMNOS EXTRANJERO S
Están constituidos por personal egresado de la Heroica Escuela Naval Militar, quien podrá realizar las especialidades que resulten necesarias para la Armada de México, en los términos previstos en el Plan General de Educación Naval.
LOS NÚCLEOS DE LOS CUERPOS
LOS SERVICIOS
TODOS LOS CUERPOS Y SERVICIOS
LOS NÚCLEOS DE LOS SERVICIOS
Están constituidos por personal profesional procedente de establecimientos educativos superiores de la Armada de México, o de otras instituciones de educación superior tanto nacionales como extranjeras. Los estudios en estas últimas, para su reconocimiento, deberán ser revalidados por la Secretaría de Educación Pública.
LOS NÚCLEOS DE LOS CUERPOS
LA ESCALA TÉCNICO PROFESIONAL DE LOS CUERPOS Y SERVICIOS
TODOS LOS CUERPOS Y SERVICIOS
LOS NÚCLEOS DE LOS SERVICIOS
Está integrada por el personal que haya realizado estudios en escuelas reconocidas por la Secretaría de Educación Pública, de nivel técnico profesional, con una duración mínima de tres años lectivos y que obtengan el título o diploma y la cédula profesional correspondiente.
LOS NÚCLEOS DE LOS CUERPOS
LA ESCALA TÉCNICO PROFESIONAL DE LOS CUERPOS Y SERVICIOS
TODOS LOS CUERPOS Y SERVICIOS
LOS NÚCLEOS DE LOS SERVICIOS
Es un requisito para ingresar a la Armada de México
TENER AL MENOS DOS NACIONALIDADES
TENER EL SERVICIO MILITAR
SER MEXICANO POR DERECHO
SER MEXICANO POR NACIMIENTO;
Es un requisito para ingresar a la Armada de México
NO CONTAR CON ANTECEDENTES PENALES POR DELITOS DOLOSOS O INTENCIONALES, Y
TENER EL SERVICIO MILITAR
SER MEXICANO POR DERECHO
CONTAR CON MAS DE DOS NACIONALIDADES
Es un requisito para ingresar a la Armada de México
TENER EL SERVICIO MILITAR
SER MEXICANO POR DERECHO
ESTAR EN PLENO GOCE Y EJERCICIO DE LOS DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS;
CONTAR CON MAS DE DOS NACIONALIDADES
Como se efectúa el reclutamiento del personal de la Armada de México, tanto del personal de cadetes y alumnos, como el personal de la milicia auxiliar
MEDIANTE CONTRATO DE REENGANCHE VOLUNTARIO
MEDIANTE UN CONTRATO VOLUNTARIO
MEDIANTE UN CONTRATO MILITAR
MEDIANTE CONTRATO DE ENGANCHE VOLUNTARIO
Tiene por objeto proporcionar al personal los principios doctrinarios navales, conocimientos y habilidades para el cumplimiento de sus funciones dentro de la Armada de México, en los términos establecidos por las disposiciones legales y reglamentarias.
LA EDUCACIÓN MILITAR
LA EDUCACIÓN NAVAL
LA FORMACIÓN NAVAL
LA FORMACIÓN MILITAR
Como se conforma la educación naval de acuerdo a los niveles educativos:
ADIESTRAMIENTO, CAPACITACIÓN , FORMACIÓN Y POSGRADO
TÉCNICO, TÉCNICO PROFESIONAL, LICENCIATURA, MAESTRÍA Y DOCTORADO.
LICENCIATURA, ESPECIALIDAD Y POSGRADO
ESTUDIOS DE TÉCNICO ESCALA, HASTA DOCTORADOS NÚCLEOS
El personal designado para efectuar cursos por cuenta de la Armada, ajenos a la misma, en planteles nacionales, se comprometerá a prestar sus servicios un tiempo equivalente a __________________el que duren sus estudios.
TRES VECES
CUATRO VECES
DOS VECES
EL DOBLE
El personal designado para efectuar cursos por cuenta de la Armada, ajenos a la misma, en planteles extranjeros, se comprometerá a prestar sus servicios un tiempo equivalente a __________________el que duren sus estudios.
TRES VECES
CUATRO VECES
DOS VECES
EL DOBLE
El personal seleccionado para efectuar cursos en establecimientos educativos de la Armada de México, deberá firmar un contrato en el que se establezca la obligación de servir en la misma por un término ___________al de la duración de sus estudios.
TRES VECES
DOS VECES
IGUAL
CUATRO VECES
Expedirá el título profesional, diploma o constancia correspondiente a los nacionales o extranjeros que concluyan estudios en los establecimientos de educación naval, en los términos en que lo señalen las disposiciones aplicables.
EL CESNAV
LA UNINAV
LA SEP
LA ARMADA DE MÉXICO
Operar y mantener las unidades aeronavales, de superficie y de infantería de marina, armas, armamento marinero, maquinaria naval y las que se requieran en la profesión naval, es una función que corresponde a:
AL PERSONAL NÚCLEO
AL PERSONAL DE LOS SERVICIOS
AL PERSONAL DE LOS CUERPOS
PERSONAL DE OFICIALES DE LA ARMADA DE MÉXICO
Desempeñar los cargos y comisiones que se requieran para el cumplimiento de la misión y ejercicio de las atribuciones de la Armada, es una función que corresponde:
AL PERSONAL NÚCLEO
AL PERSONAL DE LOS SERVICIOS
AL PERSONAL DE LOS CUERPOS
PERSONAL DE OFICIALES DE LA ARMADA DE MÉXICO
Ejercer los cargos y comisiones inherentes a su servicio o especialidad, es una función que corresponde:
AL PERSONAL NÚCLEO
AL PERSONAL DE LOS SERVICIOS
AL PERSONAL DE LOS CUERPOS
PERSONAL DE OFICIALES DE LA ARMADA DE MÉXICO
Realizar las actividades correspondientes a su profesión, especialidad u oficio, es una función que corresponde:
AL PERSONAL DE LOS SERVICIOS
AL PERSONAL NÚCLEO
AL PERSONAL DE LOS CUERPOS
PERSONAL DE OFICIALES DE LA ARMADA DE MÉXICO
En general el personal de la Armada de México podrá encontrarse en alguna de las situaciones siguientes:
REBAJADO Y/O ENCAMADO
VACACIONES Y PERMISO
ACTIVO, RESERVA, O RETIRO
A DISPOSICIÓN, EN SITUACIÓN ESPECIAL, EN DEPÓSITO
El personal se encuentra en servicio activo cuando está:
REBAJADO Y/O ENCAMADO
VACACIONES Y PERMISO
ACTIVO, RESERVA, O RETIRO
A DISPOSICIÓN, EN SITUACIÓN ESPECIAL, EN DEPÓSITO PRESTANDO SU SERVICIO.
En esta situación esta el personal en espera de órdenes para que le sea asignado cargo o comisión, y el personal que pase a esta situación por resolución de Órgano de Disciplina en los términos que dispone la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México.
EN DEPÓSITO
CON LICENCIA
A DISPOSICIÓN
EN SITUACIÓN ESPECIAL
Tendrá la facultad para suspender o dar por terminada la situación a disposición a todo aquel personal que se encuentre en esta situación por resolución de Órgano de Disciplina.
LA JUNTA NAVAL
EL CONSEJO DEL ALMIRANTAZGO
EL ALTO MANDO
EL MANDO SUPREMO
En que situación se encuentra el personal que haya sido comisionado en otras dependencias e instituciones federales, estatales y municipales
EN DEPÓSITO
CON LICENCIA ILIMITADA
SITUACIÓN ESPECIAL
A DISPOSICIÓN
En que situación se encuentra el personal que esté sujeto a proceso y el que, cumpliendo condena, no haya sido destituido por sentencia.
SITUACIÓN ESPECIAL
CON LICENCIA ILIMITADA
EN DEPÓSITO
A DISPOSICIÓN
En que situación se encuentra el personal de almirantes y capitanes de navío que lo soliciten, siempre que se les conceda por el Alto Mando por un tiempo máximo de tres años ininterrumpidos o en fracciones.
El personal que se encuentre en esta situación permanecerá sin comisión en el lugar que señale, sin derecho a percibir sobrehaberes ni a ser propuesto para ascenso.
SITUACIÓN ESPECIAL
CON LICENCIA ILIMITADA
EN DEPÓSITO
A DISPOSICIÓN
Es la licencia que se concede a solicitud del interesado, hasta por quince días por año calendario, en periodos de 24 a 72 horas cada una, con la finalidad de resolver asuntos personales. A quien se le conceda percibirá haberes, sobrehaberes y demás percepciones económicas
LICENCIA POR ENFERMEDAD
LICENCIA ORDINARIA
LICENCIA MENOR
LICENCIA EXTRAORDINARIA
Es la licencia que se concede a partir de las 96 horas y hasta por seis meses, a solicitud del interesado, quedando sujeto a las siguientes normas:
I. Hasta por un mes, percibirá haberes, sobrehaberes y demás percepciones económicas;
II. Hasta por tres meses, percibirá únicamente haberes, y
III. En las licencias mayores de tres meses, no percibirá haberes, sobrehaberes, compensaciones, ni demás percepciones económicas.
LICENCIA POR ENFERMEDAD
LICENCIA ORDINARIA
LICENCIA MENOR
LICENCIA EXTRAORDINARIA
es aquella que se concede al personal para separarse temporalmente del servicio por un periodo de seis meses y un día hasta un año, únicamente si es para asuntos particulares
LICENCIA POR ENFERMEDAD
LICENCIA ORDINARIA
LICENCIA ILIMITADA
LICENCIA EXTRAORDINARIA
es aquella que se concede al personal de acuerdo al dictamen de la autoridad médica competente, hasta por seis meses.
Se dará por terminada cuando el interesado sea dado de alta o hasta que se expida el certificado de incapacidad permanente.
LICENCIA POR ENFERMEDAD
LICENCIA ORDINARIA
LICENCIA ILIMITADA
LICENCIA EXTRAORDINARIA
Es la licencia podrá otorgarse al personal por el tiempo que sea necesario, siempre y cuando sea para el desempeño de cargos de elección popular.
LICENCIA ILIMITADA
LICENCIA ORDINARIA
LICENCIA POR EDAD LIMITE
LICENCIA EXTRAORDINARIA
Esta licencia se concede a los miembros de la Armada de México con veinte, o más años de servicios efectivos que estén próximos a ser colocados en situación de retiro, dispuesto en el artículo 25 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
LICENCIA ILIMITADA
LICENCIA ORDINARIA
LICENCIA POR EDAD LIMITE
LICENCIA EXTRAORDINARIA
Quien solicite esta licencia no percibirá haberes, sobrehaberes, compensaciones, ni demás percepciones económicas, ni será ascendido mientras se encuentre gozando de la misma.
LICENCIA POR ENFERMEDAD
LICENCIA ORDINARIA
LICENCIA ILIMITADA
LICENCIA EXTRAORDINARIA
De quien es facultad otorgar, modificar o cancelar las licencias establecidas en la presente ley, conforme a lo dispuesto por el reglamento respectivo.
DEL MANDO SUPREMO
DEL ALTO MANDO
DE LOS MANDOS SUPERIORES EN JEFE
DEL ESTADO MAYOR GENERAL
Es la separación definitiva del servicio activo y procederá:
BAJA
RETIRO
DESERCIÓN
RESERVA
No se concederá baja, licencia ilimitada, extraordinaria ni pase a depósito, por solicitud del interesado cuando el país se encuentre en ___________________________________ o por necesidades del servicio.
DESASTRES NATURALES
ESTADO DE ALERTA
ESTADO DE EMERGENCIA
PLAN MARINA
Que tipo de reserva se integra con el personal de Almirantes, capitanes y oficiales en situación de retiro y los oficiales que hayan causado baja del servicio activo por solicitarla
SEGUNDA RESERVA
TERCERA RESERVA
PRIMERA RESERVA
RESERVA MERCANTE
La primera reserva se integra con personal físicamente apto de clases y marinería que hayan causado baja del activo por solicitarla, hasta la edad de ________________
TREINTA Y SEIS AÑOS
CUARENTA Y SEIS AÑOS
CINCUENTA Y SEIS AÑOS
TREINTA Y CUATRO AÑOS
Que tipo de reserva se integra con el personal de Oficiales, clases y marinería del Servicio Militar Nacional, hasta las edades de treinta y seis, treinta y tres y treinta años, respectivamente
SEGUNDA RESERVA
PRIMERA RESERVA
TERCERA RESERVA
RESERVA MERCANTE
Podrá llamar a la primera o segunda reserva, en su totalidad, en parte o conjuntamente para efectuar ejercicios o comprobar su existencia.
EL MANDO SUPREMO
LA CÁMARA DE SENADORES
EL CONGRESO DE LA UNIÓN
EL ALTO MANDO
Es facultad del Alto Mando ejercitar el ___________________________en el activo al personal que se encuentre considerado en la causal de retiro por edad límite y sean necesarios sus servicios, en tanto no se hayan girado las órdenes de baja del servicio activo y alta en situación de retiro.
DERECHO DE SERVICIO
DERECHO DE RETENCIÓN
DERECHO DE NO CAUSAL DE BAJA
DERECHO DE CONTENCIÓN
