WorksheetsMovilidad funcional
Total questions: 10
Worksheet time: 20mins
¿Cuáles son las diferentes alteraciones que puede sufrir un contrato de trabajo?
opciones de respuesta
Un contrato de trabajo no puede sufrir alteraciones. Hay que cumplir lo pactado hasta que finalice.
La única alteración que puede sufrir un contrato de trabajo es su extinción, que implica el despido o la renuncia de la parte trabajadora.
En una relación laboral se puede suspender el contrato, modificar el lugar de la prestación, modificar algunas condiciones y/ o funciones, y por supuesto extinguir la relación
En una relación laboral se puede llevar a cabo cualquier modificación excepto el salario.
¿Cuántos tipos de modificaciones de los contratos de trabajo podemos encontrar según nuestra legislación laboral (RD legislativo 2/ 2015 TRET)?
Sólo se pueden modificar los contratos de trabajo para mejorar las condiciones de la parte trabajadora
Se pueden hacer cuantas modificaciones considere la empresa, y acepte la parte trabajadora sin límite
Se pueden hacer cuantas modificaciones considere la empresa, y acepte la parte trabajadora, con el único límite de no socavar la integridad ni la dignidad de la parte trabajadora.
Se pueden modificar las funciones a realizar, el lugar de prestación del servicio, y algunas condiciones, con las limitaciones establecidas por la propia ley.
La movilidad funcional viene recogida y se ampara en el artículo...
En el artículo 39 del Estatuto de los trabajadores (RD legislativo 2/ 2015)
En los artículos 52 a) y 52 b) del Estatuto de los trabajadores (RD legislativo 2/ 2015)
En el artículo 39 y siguientes del Estatuto de los trabajadores (RD legislativo 2/ 2015)
¿Qué es la Movilidad Funcional?
Implica un cambio en el lugar de la prestación de servicios.
Implica un cambio en las condiciones horarias.
Implica un cambio en las funciones.
Todas las respuestas anteriores son verdaderas.
La movilidad funcional puede ser de dos tipos: movilidad funcional horizontal, y movilidad funcional vertical.
El enunciado de la pregunta es verdadero
El enunciado de la pregunta es falso
Si un/ a empresario/ a asigna a un auxiliar administrativo, que pase de realizar trámites de contabilidad, para pasar a hacer funciones de RRHH, estaríamos ante un caso de...
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
Movilidad funcional horizontal
Movilidad funcional vertical
Suspensión del contrato de trabajo
Si un/ a empresario/ a asigna a una jefa de cocina que pase de realizar funciones de jefa de cocina, a realizar funciones de ayudante de cocina, estaríamos ante un caso de...
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
Movilidad funcional horizontal
Movilidad funcional vertical
Suspensión del contrato de trabajo
En la Movilidad funcional vertical...
Si la persona trabajadora realiza funciones de un grupo profesional distinto al que aparece en su contrato, tendrá derecho a cobrar el salario acorde a sus funciones.
Si la persona trabajadora realiza funciones de un grupo profesional distinto al que aparece en su contrato, tendrá derecho a cobrar el salario acorde a sus funciones, sólo si son de categoría superior.
Si la persona trabajadora realiza funciones de un grupo profesional distinto al que aparece en su contrato, tendrá derecho a cobrar el mismo salario que está en su contrato aunque sea diferente.
En la movilidad funcional vertical, no hay límites temporales. La parte trabajadora tendrá que realizar funciones diferentes a las de su grupo profesional, siempre que la parte empresarial lo disponga, mientras perciba el salario adecuado
El enunciado de la pregunta es verdadero
El enunciado de la pregunta es falso
Si una persona está en un supuesto de movilidad funcional ascendente (es decir, realizando funciones superiores a aquellas por las que fue contratada), durante 7 meses seguidos
Tiene derecho a reclamar el ascenso primero a la empresa, y en caso de no dárselo la empresa, en la jurisdicción social.
No tiene derecho a reclamar el ascenso, aunque sí que le paguen por la categoría superior.
Tiene derecho a reclamar el ascenso primero a la empresa, y en caso de no dárselo la empresa, en la jurisdicción social, y a recibir además el salario del grupo profesional superior
