WorksheetsEvaluación Final Seminario FECPRP
Total questions: 33
Worksheet time: 29mins
Las Alcaldía, las Gobernaciones y sus entidades del sector central o descentralizado hacen parte de la rama (a) del poder público en Colombia.
Hacen parte del nivel descentralizado de la Administración Distrital, Municipal y Departamental del sector público en Colombia:
Las Empresas Industriales y Comerciales del Estado
Las Secretarías de Despacho
El Alcalde o Gobernador
Los Establecimientos Públicos
Las Secretaría de Despacho, los Departamentos Administrativos, las Oficinas Asesoras pertenecen a:
El Nivel Central de la Rama Ejecutiva en el Orden Nacional
El Nivel Central de la Rama Ejecutiva en el Orden Territorial
El Nivel Descentralizado de la Rama Ejecutiva en el Orden Nacional
El Nivel Descentralizado de la Rama Ejecutiva en el Orden Territorial
Es indispensable conocer el territorio en el que desarrolla unas funciones y competencias especificas la entidad pública con la que quiero establecer o fortalecer un vinculo comercial, si deseo conocer los aspectos demográficos, sociales, económicos y ambientales del territorio (distrito, municipio o departamento) ¿Cuál seria la plataforma o web a consultar?
SICODIS
Mapa Inversiones
Terridata
Censo 2018
En el ejercicio de descubrimiento y conocimiento previo del cliente, clave para el desarrollo del proceso de relacionamiento y negocios exitosos, es indispensable conocer como esta organizada la entidad y cuales son entes descentralizado (de existir), ¿a dónde recurrir para encontrar esta información?
Terridata
KPT
Web de la Entidad Territorial
Geoportal
Se dice que conocer los entes descentralizados de una entidad territorial me permitiría ampliar mis oportunidades de negocio en un territorio determinado, ¿por qué?
Descubro nuevos clientes potenciales para el banco
La cantidad de entes descentralizados que tenga la entidad, me ayuda a saber que tan eficiente es
Me da claridad sobre como funciona de manera integral el sector público en el distrito, municipio o departamento
Es irrelevante para el desarrollo de mis funciones y los propósitos del Banco
Los Esquemas Asociativos Territoriales (EAT) son acuerdos de voluntades entre entidades territoriales o asociaciones de entidades territoriales, con el fin de alcanzar objetivos comunes. ¿Cuáles de los siguientes EAT han sido pensados para que se den solo entre departamentos, por lo que no sería posible que dos o más municipios se agrupen bajo este tipo de esquemas?
Asociación de Entidades Territoriales
Regiones Administrativas y de Planificación (RAP)
Regiones Entidades Territoriales (RET)
Provincias Administrativas y de Planificación (PAP)
Identificar los Esquemas Asociativos Territoriales (EAT) en mi zona, me permitirá ampliar mis oportunidades de negocio, pues estos constituyen clientes potenciales para el Banco.
Verdadero, los EAT son clientes potenciales para el Banco
Falso, los EAT NO son clientes potenciales para el Banco
Las transferencias representan un importante porcentaje en los ingresos de la mayor parte de las entidades territoriales en Colombia, especialmente en los Municipios de Categorías menores. Ellas hacen parte de:
Los Ingresos Corrientes - Tributarios
Los Ingresos Corrientes - No Tributarios
Los Recursos de Capital
Son tributos del orden Distrital y Municipal:
El Impuesto de renta y complementarios
El Predial Unificado
El Impuesto al consumo de cervezas y licores
Industria y Comercio, avisos y tableros
Las transferencias que reciben las entidades territoriales del SGP y SGR son fundamentales para la inversión en los distritos, municipios y departamentos, además pueden generar oportunidades de negocio para la banca, por lo que es importante conocer su distribución en los territorios. ¿Cuál es la plataforma que presenta información agregada y detallada, correspondiente a las distribuciones de los recursos del SGP y SGR?
SISFUT
SICODIS
CIEE
SUIFP
Los recursos de las entidades públicas procedentes de Operaciones de Crédito Público, hacen parte de:
Los Ingresos Corrientes
Los Recursos de Capital
Las Contribuciones Especiales
El gasto público se divide en tres componentes o secciones, ellos son:
Gastos personales, Gastos generales y Transferencias
Gastos personales, Servicio de la deuda e Inversión
Gastos de funcionamiento, Servicio de la deuda e Inversión
Gastos personales, Gastos generales e Inversión
En Colombia, la ley ha determinado un límite de gastos de funcionamiento, que establece el porcentaje máximo de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación (ICLD) que pueden utilizar los distritos, municipios y departamentos para este tipo de gastos; dicho porcentaje lo establece la categoría de la entidad.
Verdadero
Falso
Los recursos del SGR no hacen parte del
Presupuesto General de la Nación (PGN), debido a que cuenta con su propio esquema presupuestal, con un presupuesto bienal que va del 1 de enero y al 31 de diciembre del año siguiente a su inicio.
Verdadero
Parcialmente Cierto, el presupuesto si es bienal, pero el SGR si pertenece al PGN
Falso
Para ser financiados con recursos del SGR, los proyectos deben incorporarse en el Plan de Desarrollo Territorial (PDT) en un capítulo independiente denominado: "Inversiones con cargo al SGR"; dado a que para el cuatrienio actual los PDT ya fueron aprobados y no incluyeron este capitulo independiente, los Alcaldes están en la obligación de construirlo de manera participativa e incorporarlo al PDT mediante decreto. ¿hasta que fecha tienen plazo para hacerlo?
30 de enero de 2021
31 de diciembre de 2021
1 de enero de 2022
30 de junio de 2021
Tras un debate legislativo de más de un año y medio, mediante la Ley 2056 de 2020, se reformo el SGR; destaca dentro de los cambios la ampliación de la asignación para los departamentos, distritos y municipios productores, a través de las llamadas Asignaciones Directas. Con la nueva ley, los municipios productores pasaron de recibir una regalía del 11% al (a) %.
Con los cambios en el SGR, la asignación para inversión local será manejada directamente por los Municipios. ¿Cuál es el porcentaje y cuales son los beneficiarios de esta asignación del SGR?
15% para los Municipios más Pobres
15% para los Municipios Productores
20% para los Municipios más Pobres
20% para los Municipios Productores
La Ley 2056 de 2020, establece que en adelante la Asignación para Inversión Regional será del 34% del total de los ingresos corrientes del SGR y se distribuirá una parte para el manejo directo de los Departamentos y otra, para distribución mediante la presentación de proyectos de impacto regional ante el OCAD regional correspondiente. Del 34% mencionado, ¿Qué porcentaje corresponde a los Departamentos?
50% para Departamentos; 50% para OCAD Regionales.
60% para Departamentos; 40% para OCAD Regionales.
80% para Departamentos; 20% para OCAD Regionales.
La Asignación para la Paz corresponde al 7% de los recursos corrientes del SGR y el 70% de sus rendimientos financieros (con excepción de los generados por las asignaciones directas), y busca financiar proyectos de inversión para la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. Son beneficiarios de estos recursos:
Los Municipios PDET
Todos los Municipios del País
Los Municipios Productores
Los Municipios más Pobres
El articulo 42 de Ley 2056 de 2020, señala que: "las entidades territoriales podrán contratar Operaciones de Crédito Público con cargo al Sistema General de Regalías (...)”, no obstante lo limita a:
Asignaciones para Inversión Local y para Inversión Regional
Asignaciones Directas
Asignación para Inversión Regional 40%, CTeI, Ambiente, Paz y Cormagdalena
Asignaciones Directas, para Inversión local, y para Inversión Regional 60%
La Ley 2056 de 2020, señala como restricciones para la celebración de Operaciones de Crédito Público con Cargo al SGR, las siguientes:
Solo las entidades beneficiarias de asignación para inversión local e inversión regional podrán contratar operaciones de crédito público.
No se podrán contratar en el último año del periodo de
gobierno.
Por regla general, el pago del servicio de la deuda NO puede superar el periodo de gobierno del respectivo alcalde o gobernador, ni superar 2 bienalidades.
La suma de las operaciones de crédito público y las vigencias
futuras aprobadas no podrán exceder el 50% de la proyección anual del Plan de Recursos.
Instrumento técnicos y normativo de planeación y
gestión de largo plazo; Conjunto de acciones y políticas, administrativas y de planeación física, que orientan el desarrollo del territorio, y que regula la utilización, ocupación y transformación del espacio físico urbano y rural. ¿Cuál su denominación y su vigencia?
Plan de Desarrollo Territorial (PDT), 4 años.
Plan Sectorial, 15 años.
Plan de Ordenamiento Territorial (POT), 12 años.
Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP), 10 años.
Los planes de desarrollo son documentos que sirven de base y proveen los lineamientos estratégicos de las políticas públicas formuladas por el Presidente de la República, los gobernadores o los alcaldes. Son un instrumento formal y legal por medio del cual se trazan los objetivos del Gobierno en el mediano plazo (4 años). Integran como mínimo un componente diagnostico, uno estratégico y programático y uno financiero, y están disponible para consulta ciudadana en la página web de cada entidad territorial y en el (a) .
Nombre y vigencia del actual Plan Nacional de Desarrollo:
Pacto por Colombia; Pacto por la Equidad 2018-2022
Todos por un nuevo País 2018-2022
Prosperidad para Todos 2020-2023
Pacto por la Equidad 2019-2022
De acuerdo a la jerarquía temporal y teniendo en cuenta algunos de los más relevantes instrumentos de planeación del desarrollo y programación presupuestal, el orden de estos sería así: i) Planes Sectoriales y Políticas Públicas - más de 10 años, ii) Planes de Ordenamiento Territorial - 12 años, iii) MFMP - 10 años, iv) Planes de Desarrollo - 4 años, v) POAI - 1 año, vi) Presupuesto - 1 año
Falso
Verdadero
En la gestión presupuestal en Colombia, convergen dos regímenes presupuestales independientes, cada uno con sus propios principios, características, reglas y procedimientos. El primero, constituido por el Estatuto Orgánico del Presupuesto, en el que se encuentra el Presupuesto General de la Nación (PGN), el Presupuesto de las Entidades Territoriales, y el Presupuesto de las
Empresas y Sociedades de economía mixta; y el segundo conformado por el
Sistema General de Participaciones - SGP
Sistema General de Regalías - SGR
Presupuesto de la Nación
El Presupuesto General de la Nación y el Presupuesto de las Entidades Territoriales se aprueba mediante Ley de la República tramitada ante el Congreso de la República, y Ordenanza Departamental o Acuerdo Municipal discutida en la Asamblea y el Concejo respectivamente. Dicha aprobación se da:
En el Segundo semestre del año inmediatamente anterior a la vigencia del presupuesto aprobado
En el primer semestre del mismo año de la vigencia del presupuesto aprobado
En el primer mes del mismo año de la vigencia del presupuesto aprobado
En el primer semestre del año siguiente de la vigencia del presupuesto aprobado
Para el cálculo de la capacidad de endeudamiento antes del una nueva operación de crédito público se tienen en cuenta las vigencias futuras aprobadas y los saldos de la deuda que tiene actualmente la entidad territorial, por regla general esta información debería estar disponible en:
El Plan de Desarrollo Territorial
El Plan Indicativo
El Presupuesto
El Marco Fiscal de Mediano Plazo
El calculo de la Medición de Desempeño Municipal (MDM), mide, compara y ordena municipios, teniendo en cuenta su capacidad de gestión y sus resultados de desarrollo, considerando sus capacidades iniciales. Tiene dos componentes de evaluación:
Gestión y Resultados
Gestión y Capacidad Financiera
Resultados y Gestión Financiera
Gestión de resultados y Gestión Fiscal
El Índice de Desempeño Fiscal (IDF) es una medición de la gestión financiera de las entidades territoriales que da cuenta de la sostenibilidad financiera a la luz de la
viabilidad fiscal, la capacidad de generación de recursos propios, el endeudamiento, los niveles de inversión y la capacidad de gestión financiera en los municipios y departamentos del país. Se mide a través de dos dimensiones, cada una con un peso ponderado determinado:
Resultado Fiscales 80% y Gestión Financiera 20%
Gestión 80% y Resultados 20%
Resultado Fiscales 60% y Gestión Financiera 40%
Gestión 50% y Resultados 50%
A través del (a) puedo acceder a los resultados de Índice de Desempeño Fiscal (IDF), la Medición de Desempeño Municipal (MDM), las Operaciones Efectivas de Caja (OEC), Viabilidad Fiscal, y el Cumplimiento de Requisitos Legales.
Tres claves para la gestión comercial y el relacionamiento con las entidades territoriales:
Conocer el Territorio
Conocer la Entidad Territorial
Conocer la Estructura del Ministerio de Hacienda
Conocer la realidad financiera y el desempeño de la entidad
