Worksheets10.20 - REPASO PREGUNTAS AÑOS ANTERIORES
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De conformidad con la Ley 39/2015, ¿Cómo se debe aplicar el cómputo de plazos en el procedimiento de responsabilidad patrimonial?
Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que estos son naturales.
Los plazos expresados en días se contarán a partir del día en el que tenga lugar la notificación o publicación del acto que se trate.
Cuando los plazos se señalen por horas, se entienden que estas son hábiles, siendo hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil.
Cuando los plazos se hayan señalado por días hábiles por el Derecho de la Unión Europea, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones.
Teniendo en cuenta que una indemnización reclamada por un particular en un procedimiento de responsabilidad patrimonial contra el organismo asciende a 50.000 euros, indique la respuesta correcta:
Corresponde resolver al Consejo de Ministros.
La indemnización procedente no podrá ser, en ningún caso, abonada mediante pagos periódicos.
El particular deberá ser indemnizado por lesiones consecuencia del funcionamiento anormal del servicio público aun en el caso de fuerza mayor.
Será preceptivo solicitar Dictamen del Consejo de Estado.
De conformidad con la Ley 39/2915, cuando resulte eficaz, proporcionado y necesario para la consecución de los fines propios del procedimiento, y de manera motivada, podrán incluirse trámites adicionales o distintos a los contemplados en esta Ley:
Solo mediante Ley.
En ningún caso.
Por Real Decreto del Consejo de Ministros.
Por Orden Ministerial de Hacienda y Función Pública.
Señale la afirmación correcta respecto del plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa, en un procedimiento iniciado de oficio, el cual se contará, de conformidad con lo que establece el articulo 21, de la Ley 39/2015:
Desde la fecha de la notificación del acuerdo de inicio al interesado.
Desde la fecha del acuerdo de iniciación.
Desde la fecha de la denuncia administrativa.
Desde la fecha de la primera actuación de la Administración con el interesado.
Señale la afirmación correcta respecto del plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa, en los iniciados a solicitud del interesado, el cual se contará, de conformidad con lo que establece el articulo 21, de la Ley 39/2015:
Desde la fecha de la notificación del acuerdo de inicio al interesado.
Desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación.
Desde la fecha de la denuncia administrativa.
Desde la fecha de la primera actuación de la Administración con el interesado.
De conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, la competencia de este orden se extiende al conocimiento y decisión de las cuestiones prejudiciales e incidentales no pertenecientes al orden administrativo, directamente relacionadas con un recurso contencioso-administrativo, a excepción de las de carácter:
Civil y mercantil.
Administrativo y contractual.
Contable y financiero.
Constitucional y penal.
Según lo establecido en la Ley 39/2015, señale la respuesta correcta:
Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Los actos administrativos que no pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos en alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos en alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó o potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado.
Los actos administrativos que no pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos en alzada o en reposición ante el órgano superior jerárquico del que los dictó.
De conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 39/2015, NO forman parte del expediente administrativo:
Los informes preceptivos.
Los informes solicitados antes de la resolución definitiva.
Las alegaciones del interesado.
La información de carácter auxiliar.
De conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, NO estarán legitimados para interponer recurso contencioso-administrativo contra la actividad de una
Administración Pública:
Los órganos de la misma y los miembros de sus órganos colegiados, salo que una Ley lo autorice expresamente.
El Ministerio Fiscal.
Cualquier ciudadano, cuando sea en ejercicio de la acción popular, en los casos expresamente previstos por las Leyes.
Las personas físicas o jurídicas que ostenten un derecho o interés legítimo.
De acuerdo con el artículo 105 de la CE:
Una Ley Orgánica regulará el procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la audiencia del interesado.
La Ley regulará el procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la audiencia del interesado.
La Ley regulará el procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, en todo caso, la audiencia del interesado.
Una Ley Orgánica regulará el procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, en todo caso, la audiencia del interesado
De acuerdo con el artículo 105 de la CE, la ley regulará, el acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo:
En lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado.
La averiguación de los delitos.
La intimidad de las personas.
Todas son correctas.
La Ley 39/2015, establece que contra el acuerdo de acumulación de procedimientos:
No cabe recurso alguno.
Cabe recurso de alzada.
Cabe recurso potestativo de reposición.
Cabe recurso extraordinario de revisión.
Según la Ley 39/2015, es una causa de inadmisión del recurso administrativo:
El error en la calificación del recurso por parte del recurrente, siempre que se deduzca su verdadero carácter.
Haber transcurrido el plazo para la interposición del recurso.
Ser incompetente el órgano administrativo.
No motivar adecuadamente la razón por la que se impugna el acto recurrido.
Según la Ley 39/2015, es una causa de inadmisión del recurso administrativo:
Ser incompetente el órgano administrativo, cuando el competente perteneciera a otra Administración Pública.
Carecer de legitimación el recurrente.
Carecer el recurso manifiestamente de fundamento.
Haber transcurrido el plazo para la interposición del recurso.
Tratarse de un acto no susceptible de recurso.
Todas son correctas.
De conformidad con la Ley 39/2015, la Administración está obligada dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación salvo en determinadas excepciones legales. Una de dichas excepciones legales es:
La caducidad del procedimiento.
La prescripción.
La desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento.
La terminación del procedimiento por pacto o convenio.
De acuerdo con el jurisprudencia artículo 41, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía.
Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios no electrónicos, salvo que el interesado resulte obligado a recibirlas por medios electrónicos.
Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos, pero en ningún caso se podrá obligar al interesado a recibirlas por esta vía.
Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios no electrónicos, salvo que el interesado haya optado por ser notificado mediante medios electrónicos.
Según la Ley 39/2015, señale la respuesta correcta respecto de los sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento.
La admisión de sistemas basados en certificado electrónico reconocido o cualificado de sello electrónico conllevará la admisión de los sistemas de clave concertada y de los sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica.
La admisión de los sistemas basados en certificado electrónico reconocido o cualificado de sello electrónico conllevará la admisión de los sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, pero no los sistemas de clave concertada.
La admisión de los sistemas de clave concertada conllevará la admisión de los sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica y sistemas basados en certificado electrónico reconocido o cualificado de sello electrónico.
La admisión de sistemas basados en certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica conllevará la admisión de los sistemas de clave concertada.
Según el articulo 12, de la Ley 39/2015, si algún interesado NO dispone de los medios electrónicos necesarios:
Su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo deberá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso de sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello.
Su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo no podrá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso de sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello.
Su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello.
El expediente no se tramitará por no disponer de los medios electrónicos necesarios.
Según lo establecido en el artículo 26 de la Ley 39/2015, para ser considerados válidos, los documentos electrónicos administrativos deberán:
Contener información de cualquier naturaleza archivada en soporte papel.
Haber sido válidamente emitidos por un órgano judicial.
Incorporar una referencia administrativa del documento.
Incorporar los metadatos mínimos exigidos.
Señala la respuesta correcta conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el archivo electrónico de documentos.
Pueden almacenarse por medios electrónicos exclusivamente los documentos emitidos por medios electrónicos.
Los documentos electrónicos solo podrán conservarse en el mismo formato a partir de que se originó el documento.
Se asegurará en todo caso que los datos contenidos en documentos electrónicos no puedan ser trasladados a otros formatos y soportes.
Los medios o soportes en que se almacenen los documentos asegurarán la identificación de los usuarios y el control de accesos.
Según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tendrán la consideración de documento público administrativo:
Las copias de documentos privados siempre que su autenticidad haya sido comprobada.
Los documentos válidamente emitidos por los órganos de las Administraciones Públicas.
Los documentos autorizados por un Notario.
Los documentos válidamente emitidos por un órgano judicial.
Según la Ley 39/2015, a los efectos del cómputo de plazos en los registros electrónicos:
Permitirán la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones todos los días del año durante las horas de 9:00 a 21:00.
Con carácter general, no permitirán la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones en días inhábiles.
La presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.
La presentación en un día inhábil se entenderá realizada expresamente como fuera de plazo, salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.
Según el articulo 68, de la Ley 39/2015, si la solicitud de iniciación de un procedimiento administrativo NO reúne los requisitos legalmente exigidos:
Se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días naturales, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
Se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
Se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, presente una nueva solicitud.
Se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días naturales, presente una nueva solicitud.
Según el articulo 68, de la Ley 39/2015, si la solicitud de iniciación de un procedimiento administrativo NO reúne los requisitos legalmente exigidos:
Se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días naturales, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
Se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
Se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, presente una nueva solicitud.
Se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días naturales, presente una nueva solicitud.
Según el articulo 47, de la Ley 39/2015, los actos de las Administraciones Públicas que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional:
Serán anulables.
Serán irregularidades no invalidantes.
Serán nulos de pleno derecho.
Serán susceptibles de convalidación.
Según el articulo 47, de la Ley 39/2015, los actos de las Administraciones Públicas que dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio:
Serán anulables.
Serán irregularidades no invalidantes.
Serán nulos de pleno derecho.
Serán susceptibles de convalidación.
Según el articulo 48, de la Ley 39/2015, los actos de la Administración que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder.
Serán anulables.
Serán irregularidades no invalidantes.
Serán nulos de pleno derecho.
Serán susceptibles de convalidación.
Según el articulo 47, de la Ley 39/2015, los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición.
Serán anulables.
Serán irregularidades no invalidantes.
Serán nulos de pleno derecho.
Serán susceptibles de convalidación.
