NEW
Font size
WorksheetsSERVICIOS DE INVERSIÓN
Total questions: 26
Worksheet time: 16mins
Según las Disposiciones en materia de Servicios de Inversión, será un Cliente Sofisticado:
Aquella persona física de nacionalidad mexicana, que mantenga en promedio durante los últimos doce meses, inversiones en valores, por un monto igual o mayor a 3’000,000 de UDIS, o haya obtenido en cada uno de los últimos dos años, ingresos brutos anuales iguales o mayores a 1’000,000 de UDIS.
Aquella persona, que mantenga en promedio durante los últimos doce meses, inversiones en valores, por un monto igual o mayor a 1’500,000 de UDIS, o haya obtenido en cada uno de los últimos dos años, ingresos brutos anuales iguales o mayores a 500,000 de UDIS.
Aquella persona, que mantenga en promedio durante los últimos doce meses, inversiones en valores, por un monto igual o mayor a 3’000,000 de UDIS, o haya obtenido en cada uno de los últimos dos años, ingresos brutos anuales iguales o mayores a 1’000,000 de UDIS.
Aquella persona, que mantenga en promedio durante los últimos doce meses, inversiones en valores, por un monto igual o mayor a 3’000,000 en Moneda Nacional, o haya obtenido en cada uno de los últimos dos años, ingresos brutos anuales iguales o mayores a 1’000,000 de UDIS.
Seleccione del siguiente listado algunas obligaciones de las Entidades Financieras o Los Asesores en Inversiones en la prestación de servicios de inversión: 1.-Proporcionar la Guía de servicios de inversión. 2.-Implementar mecanismos y procedimientos para la difusión de información. 3.-Celebrar contratos de intermediación bursátil en los que sean cotitulares de las cuentas de sus clientes. 4.-Proporcionar recomendaciones a los clientes y ejecutar operaciones al amparo del servicio de ejecución de operaciones.
1,4
3,4
3,2
1,3
Las Entidades Financieras o los Asesores en Inversiones que proporcionen el servicio de gestión de inversiones deben realizar lo siguiente, EXCEPTO:
Guardar evidencia testimonial del personal que acredite que en la prestación de este servicio, la realización de las operaciones no es razonable.
Determinar el perfil de sus clientes y de los productos financieros.
Ajustarse a la política para la diversificación de las carteras de inversión de sus clientes.
Realizar la evaluación de la razonabilidad de las operaciones que efectúe.
¿En dónde deberá realizarse la divulgación de las comisiones para la prestación de Servicios de Inversión?
A través del Prospecto de Colocación
A través del Prospecto de Información
A través de la Guía de Servicios de Inversión
A través de la justificación de cada recomendación
Son algunos de los aspectos mínimos que deben incluir las Entidades Financieras o Asesores en Inversiones en el marco general de actuación para proporcionar el servicio de gestión de inversiones, EXCEPTO:
Las estrategias de inversión
La periodicidad en que las Entidades Financieras o los Asesores en Inversiones informarán al cliente de su actuación
Los mecanismos para la recepción y atención de reclamaciones disponibles para los clientes.
El tipo de operaciones con valores que podrá realizar
Seleccione del siguiente listado algunos de los aspectos mínimos que deben incluirse en el marco general de actuación para proporcionar el servicio de gestión de inversiones: 1.- Las comisiones, así como los costos y cualquier otro cargo o contraprestación relacionados con los servicios de inversión. 2.- La política que se seguirá ante condiciones de alta volatilidad en los mercados financieros. 3.- El tipo de operaciones con valores que podrá realizar. 4.- Los mecanismos para la recepción y atención de reclamaciones que se encuentran disponibles para los clientes. 5.- La distinción entre la información histórica y la que tenga el carácter de estimaciones. 6.- Las estrategias de inversión que se seguirán.
3, 4, 5
2, 3, 6
1, 2, 5
1, 4, 6
Es la prestación habitual y profesional en favor de clientes, de Asesoría de Inversiones o Gestión de Inversiones:
Servicios de Inversión Recomendados
Servicios de Inversión no Asesorados
Servicios de Inversión Personalizados
Servicios de Inversión Asesorados
¿Cómo se le llama, a las recomendaciones generalizadas con independencia del perfil del cliente, sobre los servicios que la propia Entidad Financiera proporcione?
Comercialización o Promoción
Servicios Asesorados
Asesoría en Inversiones
Estrategias de Inversión
La advertencia al cliente referente a que las operaciones solicitadas no provendrán de una recomendación personalizada y la reiteración del cliente de la solicitud de contratar este tipo de servicio, son algunos de los requisitos para la prestación de servicios de:
Inversión asesorados
Comercialización o promoción
Ejecución de operaciones.
Gestión de inversiones
Tratándose de clientes considerados Inversionistas Institucionales o Clientes Sofisticados, para la elaboración del perfil, las Entidades Financieras y Asesores en Inversiones sólo estarán obligados a conocer:
Sus objetivos de inversión
Su nivel de tolerancia al riesgo
Sus ingresos anuales
Los montos a invertir
¿Cuál es el resultado del análisis de cada Producto Financiero que realizan las Entidades Financieras y los Asesores en Inversiones?
El perfil del Producto Financiero
La rentabilidad que genera dicho producto
La situación financiera de la Entidad Financiera
El perfil del cliente
¿Quién debe aprobar la Guía de Servicios de Inversión que haya sido elaborada por las Entidades Financieras y Asesores en Inversiones, de manera previa a su utilización?
El responsable de supervisar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Servicios de Inversión
El Comité de Auditoría independiente
El Consejo de Administración
El Comité Responsable del Análisis de los Productos Financieros
Es la toma de decisiones de inversión por cuenta de los clientes a través de la administración de cuentas que realice la Entidad Financiera o el Asesor en Inversiones, al amparo de contratos de intermediación bursátil, fideicomisos, comisiones o mandatos, en los que en todo caso se pacte el manejo discrecional:
Asesoría en Inversiones
Gestión de Inversiones
Gestión Discrecional de Posiciones Activas
Estrategias de Inversión
¿ Las personas que pretendan ser consideradas como Clientes Sofisticados deberán?
Comprobar mediante estados de cuenta o declaraciones fiscales, que cuentas con los montos señalados por las disposiciones, ya sea de inversiones o ingresos.
Realizar una declaratoria en escrito libre que cumplen con las características de los Clientes Sofisticados
Suscribir una carta en el formato contenido en el Anexo 1, Apartado A de las disposiciones de carácter general aplicables
Invertir como monto inicial de sus contratos, la cantidad de 3,000,000 de unidades de inversiones
Los clientes para que las Entidades Financieras o los Asesores en Inversiones puedan ofrecerles estrategias estandarizadas deberán:
Declarar que no tienen conocimientos o experiencia previos en materia financiera
Declarar que no tienen conocimientos o experiencia previos en materia financiera
Invertir montos similares en la apertura de contratos
Contar con perfiles de inversión semejantes
Son elementos para determinar el perfil del cliente, excepto:
La discrecionalidad en las inversiones
Situación y capacidad financiera del cliente
Objetivos de inversión del cliente
Conocimientos y experiencia del cliente
El perfil del cliente se deberá confirmar:
Por lo menos una vez cada cinco años
Por lo menos una vez cada dos años
En todo momento
De manera trimestral
Las siguientes conductas constituyen prohibiciones de las Entidades Financieras en la prestación de servicios de inversión no asesorados:
Proporcionar al cliente elementos de opinión o juicios de valor respecto de los productos financieros
Utilizar expresiones o términos, que inviten al cliente a tomar decisiones de inversión respecto de productos financieros
Emplear vocablos o expresiones en la información que proporcionen, relativa a productos financieros, como la mejor opción en interés del cliente de que se trate o bien, aquella que pudiera satisfacer sus necesidades de inversión en particular
Todas son correctas
I. Los valores, instrumentos financieros derivados, operaciones de reporto, garantías, préstamo de valores y efectivo que conformen la cartera de inversión de sus clientes, así como los gastos y comisiones de intermediación incurridos en la realización y ejecución de toda operación efectuada en el periodo al que se refiere la información; II. El resultado del cálculo del Rendimiento de la Cartera de Inversión, así como el Rendimiento de la Cartera de Inversión Neto; III. El diferencial por valuación de cada uno de los valores, instrumentos financieros derivados, operaciones de reporto, garantías y préstamo de valores. Son elementos de:
La guía de servicios de inversión
La guía de servicios de inversión
Perfil del Producto
El Estado de Cuenta
Las Entidades Financieras y los Asesores en Inversiones deberán asegurarse de que el perfilamiento de los Productos Financieros se encuentre actualizado:
Al menos una vez cada dos años
Al menos una vez cada semestre
Al menos una vez al año
En todo momento
La prestación de servicios de inversión deberá realizarse por las Entidades Financieras a través de:
Casa de bola certificadas para celebrar operaciones con el público de asesoría, promoción, compra y venta de valores
Instituciones de crédito certificadas para celebrar operaciones con el público de asesoría, promoción, compra y venta de valores
Personas morales certificadas para celebrar operaciones con el público de asesoría, promoción, compra y venta de valores
Personas físicas certificadas para celebrar operaciones con el público de asesoría, promoción, compra y venta de valores
¿Qué tipo de clientes se considerará que cuentan con la capacidad financiera para hacer frente a los riesgos inherentes de las operaciones con valores o instrumentos financieros derivados, así como con los conocimientos y experiencia necesaria para entenderlos?
Clientes que no sean inversionistas institucionales o clientes sofisticados
Clientes empresariales
Inversionistas personales morales
Inversionistas institucionales o clientes sofisticados
Determinar los lineamientos y límites para la composición de las carteras de inversión considerando las características de los valores y los perfiles de inversión de los clientes, es una función que debe realizar:
El Consejo de Administración de la Entidad Financiera
La CNBV
El Comité Responsable del Análisis de Productos Financieros
El Director General de la Entidad Financiera
Conductas prohibidas de la Entidad Financiera en las emisiones de valores en las que actúen ya sea con el carácter de Líder Colocador o como Miembros del Sindicato Colocador excepto:
No podrán realizar operaciones por cuenta propia, cuando existan instrucciones de clientes
No podrán cobrar comisión alguna al cliente, aún cuando se haya establecido previamente
No podrán asignarle valores a un precio distinto al de la oferta pública
No podrán obtener un diferencial entre la tasa acordada por el cliente y la pactada por la emisora
Dentro de la Entidad Financiera ¿quién deberá aprobar políticas y lineamientos pobre la prestación de Servicios de Inversión para evitar en general la existencia de conflictos de interés?
El Director General
El Controlador Normativo
El Consejo de Administración
El Consejo supervisor de Servicios de inversión
El análisis contenido en los Reportes de Análisis debe reflejar exclusivamente el punto de vista de:
Los Analistas responsables de su elaboración
La Casa de Bolsa o Institución Financiera que presta los Servicios de Inversión
El Comité responsable del Análisis de los Productos Financieros
El Responsable de supervisar el cumplimiento de los Servicios de Inversión
