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WorksheetsSustancias Psicoactivas
Total questions: 14
Worksheet time: 15mins
En caso de resultado de presunto positivo, ¿Se debe aplicar el protocolo indicado por el laboratorio que en este momento posee el Grupo de Medicina Aeronáutica, como referencia para el procesamiento de las pruebas de presuntos positivos?
SI
NO
En caso de resultado de presunto positivo el evaluador debe pegar la etiqueta del sello de seguridad sobre la tapa con:
El nombres de la persona a quien se le realizó la prueba y la fecha de la prueba
Nombres y apellidos completos de la persona a quien se le realizó la prueba, documento de identificación y la fecha de la prueba
Nombres y apellidos completos del evaluador, documento de identificación de quien se le realizó la prueba y la fecha de la prueba
Documento de identificación y la fecha de la prueba
Los resultados presuntos positivos deben ser confirmados por otro método de prueba, por lo que se debe enviar el vaso de la muestra de orina con la etiqueta del sello de seguridad intacta a un laboratorio especializado y autorizado para su confirmación
SI
NO
En el caso de ser funcionario de la AEROCIVIL se debe reportar a:
Coordinador o supervisor del personal aeronáutico
Coordinador o supervisor del personal aeronáutico, Grupo Seguridad y Salud en el Trabajo, Grupo de Juzgamiento Disciplinario
Coordinador o supervisor del personal aeronáutico, Grupo Seguridad y Salud en el Trabajo, Grupo de Juzgamiento Disciplinario y Grupo Investigaciones y Sanciones a las Infracciones de la Secretaría de Autoridad Aeronáutica
Grupo Seguridad y Salud en el Trabajo, Grupo de Juzgamiento Disciplinario y Grupo Investigaciones y Sanciones a las Infracciones de la Secretaría de Autoridad Aeronáutica
En caso de presentarse un adulterante positivo en la tira correspondiente no se repite el procedimiento y se adjunta la evidencia
SI
NO
Al repetir la prueba positiva para adulterante, no se debe permitir que la persona evaluada consuma agua; es posible que consuma una bebida caliente, pero en lo posible no debe ingerir bebidas ni alimentos, hasta tanto no se recolecte la nueva muestra biológica
SI
NO
Es correcto afirmar que si en la segunda prueba resulta nuevamente con adulterante positivo se debe comunicar con la médica que esté disponible en el Grupo de Medicina Aeronáutica
SI
NO
Cuando se presente una prueba con resultado positivo para adulterante y positivo para alguna de las sustancias psicoactivas, NO se realiza el mismo procedimiento que se aplica cuando se presenta un positivo para adulterante
SI
NO
Cuando se presente un resultado inválido, se debe repetir el procedimiento con otro dispositivo de prueba y se procede a reenvasar la muestra biológica por parte del evaluado, objeto del tamizaje
SI
NO
Es importante que a la prueba que dio resultado inválido:
Se pida reposición
Se envíe al proveedor, para la respectiva reposición
Se deje solo la notificación
Se le tome foto y se envíe al proveedor, para la respectiva reposición
Si el personal aeronáutico, se niega a firmar el Acta de Positivo de Sustancias Psicoactivas, no se hace firma del acta y se deja la observación
SI
NO
Para pruebas presuntamente positivas se debe llevar a cabo el procedimiento de Cadena de Custodia. Se deben diligenciar tres (3) formatos. CADENA DE CUSTODIA DEL LABORATORIO COLCAN, FORMATO DE REMISIÓN DE MUESTRAS TOXICOLÓGICAS DE DHM Y EL FORMATO DE CONSENTIMIENTO EXPRESO DE LA AEROCIVIL
SI
NO
Para llevar a cabo los confirmatorios de las pruebas presuntamente positivas, inicialmente se debe llevar a cabo el procedimiento de Cadena de Custodia. Posteriormente, se le debe entrega al mensajero una copia de cada uno de los documentos, en tanto que los originales quedan en posesión del evaluador
SI
NO
En caso que el personal aeronáutico solicite que se realice una contraprueba se debe:
Realizar el embalaje de la prueba que salió positivo y remitir al laboratorio junto con los formatos establecidos para tal fin
Se realiza la contraprueba conforme al primer procedimiento, utilizando otro vaso y otra muestra biológica (orina) y se remite el segundo vaso, debido a que el resultado dio negativo
Se realiza la contraprueba conforme al primer procedimiento, utilizando otro vaso y otra muestra biológica (orina) y se remite los dos vasos, a pesar que el segundo tamizaje su resultado dio negativo
No se permite, porque solo se debe remitir el presunto positivo para confirmatorio al laboratorio
