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5. De las facultades de la asamblea general

Total questions: 27

Worksheet time: 14mins

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1.
¿Cuál es el propósito de las Asambleas Generales Ordinarias según el Artículo 29?
a)
Modificar la Escritura Constitutiva del condominio.
b)
Celebrar asuntos de carácter urgente.
c)
Informar sobre el estado de la administración del condominio y tratar asuntos relacionados con el mismo
d)
Realizar obras nuevas en el condominio.
2.
¿Cuál es el período de tiempo en el que se celebrarán las Asambleas Generales Ordinarias?
a)
Semestralmente.
b)
Mensualmente.
c)
Trimestralmente
d)
Anualmente.
3.
¿Cuál de las siguientes situaciones NO justificaría la celebración de una Asamblea General Extraordinaria?
a)
Realizar obras nuevas en el condominio.
b)
Modificar la Escritura Constitutiva del condominio.
c)
Cambiar al administrador del condominio.
d)
Tratar asuntos relacionados con la cuota de mantenimiento mensual
4.
¿Cuál es el órgano máximo del condominio?
a)
El administrador del condominio.
b)
El comité de vigilancia.
c)
La Asamblea General
d)
La Delegación de la Demarcación Territorial.
5.
¿Cuál es el propósito principal de las Asambleas Generales de Condóminos del conjunto condominal, según el Artículo 30?
a)
Elegir al administrador del condominio.
b)
Tratar asuntos relacionados con la extinción voluntaria del Régimen.
c)
Elegir al Comité de Administración y el Comité de Vigilancia del conjunto condominal y tratar asuntos relacionados con las áreas comunes del conjunto condominal
d)
Cambiar las normativas de zonificación del condominio.
6.
¿Quién será el encargado de convocar a las asambleas de administradores?
a)
El Comité de Vigilancia del condominio.
b)
La Delegación de la Demarcación Territorial.
c)
El comité de administración del conjunto condominal
d)
El administrador del condominio.
7.
¿En qué tipo de asamblea se tratan asuntos de áreas internas en común que solo dan servicio o sirven a las mismas?
a)
Asambleas Generales Extraordinarias.
b)
Asambleas de administradores.
c)
Asambleas Generales de Condóminos del conjunto condominal.
d)
Asambleas de sección o grupo
8.
¿Quién presidirá las Asambleas Generales?
a)
El Administrador del condominio.
b)
El Comité de Administración.
c)
Un condómino designado por la Asamblea General
d)
El Comité de Vigilancia.
9.
Según el Artículo 31, ¿Cómo se tomarán las resoluciones en una Asamblea General?
a)
Por mayoría absoluta de votos.
b)
Por mayoría de dos tercios de votos.
c)
Por mayoría simple de votos
d)
Por unanimidad.
10.
¿Cuántos votos tendrá cada condómino en una Asamblea General?
a)
Un voto por unidad de propiedad privativa.
b)
Un voto por cada 10% del valor del condominio.
c)
Un voto por el porcentaje de indiviso que represente su unidad de propiedad privativa del valor total del condominio establecido en la Escritura Constitutiva
d)
Un voto por cada año que haya sido condómino.
11.
¿Qué información debe incluir la convocatoria para la celebración de una Asamblea General?
a)
Solo la fecha y el lugar de la Asamblea General.
b)
Quien convoca, fecha, lugar y el orden del día de la Asamblea General
c)
Solo el nombre del Administrador y el Condominio.
d)
Solo el tipo de Asamblea de que se trata y hora.
12.
¿Cuál es el quórum requerido en la primera convocatoria de una Asamblea General?
a)
100% de los condóminos.
b)
50% de los condóminos.
c)
75% de los condóminos
d)
25% de los condóminos.
13.
¿Quién tiene derecho a convocar a una Asamblea General de acuerdo al Artículo 32?
a)
Cualquier condómino.
b)
Solo el Administrador.
c)
Solo el Comité de Vigilancia.
d)
El Administrador, el Comité de Vigilancia, al menos el 20% de los condóminos o la Procuraduría
14.
¿Cuál es la diferencia entre la primera y la segunda convocatoria en términos de quórum según el Artículo 32?
a)
No hay diferencia.
b)
La segunda convocatoria requiere un 75% de asistencia.
c)
La primera convocatoria requiere un 75% de asistencia y la segunda convocatoria requiere la mayoría simple
d)
La primera convocatoria es solo para cuestiones urgentes.
e)
Opción 5
15.
¿Qué puede hacer el Administrador, el Comité de Vigilancia o los condóminos en caso de que sea necesario por la importancia de los asuntos a tratar en la Asamblea General?
a)
No pueden tomar ninguna acción adicional.
b)
Pueden solicitar la presencia de un representante de la Procuraduría.
c)
Pueden solicitar la presencia de un Notario Público o un representante de la Procuraduría.
d)
Deben cancelar la Asamblea General.
16.
¿Cuántos días de anticipación se deben notificar las convocatorias para la Asamblea General ordinaria?
a)
1 día hábil
b)
15 días naturales.
c)
7 días naturales
d)
30 días naturales.
17.
¿Qué se requiere para convocar una Asamblea General en el caso de condominios con más de 500 unidades de propiedad privativa?
a)
Al menos el 5% de los condóminos.
b)
Al menos el 10% de los condóminos.
c)
Al menos el 15% de los condóminos
d)
Al menos el 20% de los condóminos.
18.
¿Qué condóminos no tienen derecho a convocar a una Asamblea General?
a)
Todos los condóminos tienen derecho a convocar.
b)
Solo los condóminos que no tengan deudas pendientes.
c)
Los condóminos morosos e incumplidos según informe de la administración no tendrán derecho de convocar
d)
Los condóminos que no asisten regularmente a las Asambleas Generales.
19.
¿Quién tiene el poder de nombrar, contratar, fijar remuneración, ratificar y remover al Administrador Condómino o Administrador Profesional?
a)
Solo la Procuraduría.
b)
Solo los condóminos.
c)
La Asamblea General
d)
Los Comités de Vigilancia.
20.
¿Cuál es la restricción en relación con los servicios de energía eléctrica, gas y otros que la Asamblea General puede imponer según el Artículo 33?
a)
No se pueden imponer restricciones.
b)
Pueden restringirse todos los servicios sin excepción.
c)
Se pueden restringir los servicios solo en caso de morosidad en el pago de las cuotas, excepto el servicio de agua potable
d)
Solo se pueden restringir los servicios de agua potable.
21.
¿Cuál es el requisito para que los acuerdos de la Asamblea General sean válidos?
a)
Se requiere una mayoría del 90%.
b)
Se requiere unanimidad de votos.
c)
Los acuerdos deben seguir las disposiciones de la Ley, el Reglamento Interno y la Escritura Constitutiva
d)
No hay requisitos específicos para la validez de los acuerdos.
22.
¿Qué derecho conservan los condóminos o poseedores morosos en la Asamblea General?
a)
Conservan su derecho a voto pero no a voz.
b)
Conservan su derecho a voz pero no a voto.
c)
Conservan su derecho a voz y a voto
d)
No conservan ningún derecho en la Asamblea General.
23.
¿Qué función no podrán desempeñar los condóminos o poseedores morosos?
a)
No podrán ejercer su derecho a voz.
b)
No podrán ser electos como Administrador Condómino o miembros del Comité de Vigilancia
c)
No podrán pagar cuotas en la Asamblea General.
d)
Ninguna de las anteriores.
24.
¿Qué debe servir de base para las reglas que rigen la organización y funcionamiento de las formas de organización condominal?
a)
Decisiones del Administrador.
b)
Leyes estatales.
c)
Costumbres locales.
d)
Ley de propiedad en condominio de inmuebles para el Distrito Federal, su reglamento, la escritura constitutiva y su reglamento interno.
25.
¿En qué situaciones se celebrarán las sesiones del Consejo?
a)
Cuando se quiera debatir temas personales de los condóminos.
b)
Para tratar asuntos de uso común en un Conjunto Condominal o Condominio subdividido.
c)
En cualquier momento que lo desee el Administrador.
d)
Cuando haya conflictos entre condóminos.
26.
¿Quién convocará las sesiones del Consejo?
a)
El gobierno municipal.
b)
Los condóminos involucrados.
c)
El comité de administración
d)
El Administrador Condómino.
27.
¿Cuál es la restricción principal mencionada en el Artículo 36 con respecto a las decisiones tomadas en las sesiones de sección o grupo?
a)
No se pueden tomar decisiones sin la aprobación del Administrador.
b)
No pueden contradecir las decisiones de la Asamblea General del condominio.
c)
Solo pueden tomar decisiones en áreas donde no haya condóminos.
d)
Las decisiones solo pueden tomarse una vez al año.