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CP Arts 10 a 19

Total questions: 10

Worksheet time: 5mins

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1.

Derecho Penal. Código Penal. Artículo 10. ¿Según el Código Penal qué son los delitos?:

a)

Las acciones típicas, antijurídicas, culpables y punibles.

b)

Las acciones y omisiones que el Código Penal castiga.

c)

Las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley. 

d)

Cualquier acto contrario a la ley.

2.

Derecho Penal. Código Penal. Artículo 11. ¿Cuándo se entienden cometidos los delitos de resultado por omisión?: 

a)

Cuando el reo no cumple un deber genérico de actuar.

b)

Cuando el autor tiene obligación contractual de actuar.

c)

Cuando la no evitación del resultado infringe un especial deber jurídico del autor.

d)

Cuando el autor crea un riesgo precedente mediante acción u omisión.

3.

Derecho Penal. Código Penal. Artículo 12. ¿Cuándo se castigan las acciones u omisiones dolosas que previene el Código Penal?:

a)

Cuando produzcan resultados lesivos.

b)

Cuando lo disponga expresamente la Ley.

c)

En todo caso.

d)

Cuando medie culpa grave o negligencia. 

4.

Derecho Penal. Código Penal. Artículo 13. ¿Cómo se clasifican los delitos según la pena prevista en la Ley?:

a)

Leves, graves y muy graves.

b)

Leves, menos graves y graves. 

c)

Mayores y menores.

d)

Principales y accesorios.

5.

Derecho Penal. Código Penal. Artículo 14. ¿Qué efectos tiene el error vencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal?:

a)

Se castiga como imprudente.

b)

Exime de responsabilidad sólo si es inculpable.

c)

Excluye la responsabilidad criminal.

d)

Excluye la responsabilidad criminal salvo que sea negligente.

6.

Derecho Penal. Código Penal. Artículo 15. ¿A qué delitos se les puede aplicar una pena?: 

a)

Sólo al delito consumado.

b)

Al delito consumado y la tentativa.

c)

Al delito consumado y la conspiración. 

d)

Al delito consumado y la conspiración. 

7.

Derecho Penal. Código Penal. Artículo 16. ¿En qué consiste la tentativa de delito?:

a)

En la conspiración para cometer un delito imprudente.

b)

En la provocación para que otros delincan. 

c)

En la apología de acciones delictivas imprudentes.

d)

En dar principio a la ejecución del delito que luego no se consuma.

8.

Derecho Penal. Código Penal. Artículo 17. ¿Qué requisitos debe cumplir la conspiración para ser delictiva?:

a)

Basta con que dos o más personas se concierten para delinquir.

b)

Debe estar especialmente prevista como delito en la Ley.

c)

Es siempre constitutiva de delito en sí misma.

d)

No requiere ningún requisito específico para ser delictiva.

9.

Derecho Penal. Código Penal. Artículo 18. ¿Cuándo es delictiva la provocación para cometer un delito?:

a)

Cuando se realiza ante cualquier concurrencia de personas.

b)

Cuando la Ley así lo prevea expresamente.

c)

Siempre que se haga públicamente.

d)

Siempre que se haga públicamente.

10.

Derecho Penal. Código Penal. Artículo 19. ¿Son responsables criminalmente los menores de 18 años?:

a)

Sí, a partir de los 16 años.

b)

Sí, a partir de los 14 años.

c)

No, en ningún caso.

d)

Sólo en delitos muy graves.