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ARTICULO 20 al 22

Total questions: 63

Worksheet time: 32mins

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1.

Artículo 20, 1er Párrafo. ¿Cómo se causan y pagan las contribuciones?

a)

En moneda nacional. Los pagos que deban efectuarse en el extranjero se podrán realizar en la moneda del país de que se trate.

b)

En moneda nacional. Los pagos que deban efectuarse en el extranjero se podrán realizar al tipo de cambio publicado para solventar obligaciones

c)

En moneda nacional. Los pagos que deban efectuarse en el extranjero se podrán realizar en la divisa del país de que se trate.

2.

Artículo 20, 2do Párrafo. ¿Quién calcula el INPC?

a)

EL INEGI

b)

EL SAT

c)

LA SHCP

d)

EL BANCO DE MÉXICO

3.

Artículo 20, 7mo Párrafo. Medios de pago para P.F. que realicen Actividades Empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior obtuvieron hasta $2,761,229

a)

En efectivo, transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería de la Federación, tarjetas de crédito y débito o cheques personales del mismo banco, siempre que en este último caso, se cumplan las condiciones que al efecto establezca el Reglamento de este Código

b)

En efectivo, transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería de la Federación, tarjetas de crédito y débito o cheques personales del mismo banco, siempre que en este último caso, se cumplan las condiciones que al efecto establezca el SAT mediante reglas de carácter general

4.

Artículo20, 7mo Párrafo. Medios de pago para P.F. que NO realice Actividades Empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior obtuvieron hasta $473,349

a)

Artículo En efectivo, transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería de la Federación, tarjetas de crédito y débito o cheques personales del mismo banco, siempre que en este último caso, se cumplan las condiciones que al efecto establezca el Reglamento de este Código

b)

Artículo En efectivo, transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería de la Federación, tarjetas de crédito y débito o cheques personales del mismo banco y monederos electronicos siempre que en este último caso, se cumplan las condiciones que al efecto establezca el Reglamento de este Código

5.

Artículo 20, 7mo Párrafo. ¿Qué una transferencia electrónica de fondos?

a)

Artículo El pago de las contribuciones que por instrucción de los contribuyentes, a través de la afectación de fondos de su cuenta bancaria a favor de la Tesorería de la Federación, se realiza por las instituciones de crédito, en forma electrónica

b)

Artículo El pago de las contribuciones y sus accesorios que por instrucción de los contribuyentes, a través de la afectación de fondos de su cuenta bancaria a favor de la Tesorería de la Federación, se realiza por las instituciones de crédito, en forma electrónica

6.

Artículo 20, 8vo Párrafo, FRACCIÓN I. Los pagos que se hagan se aplicarán a los créditos más antiguos siempre que se trate de la misma contribución, y antes de al adeudo principal, a los accesorios en el siguiente orden.

a)

Gastos de ejecución

b)

Recargos

c)

Multas

d)

La indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del artículo 21 de este Código

7.

Artículo 20, 8vo Párrafo, FRACCIÓN II. Los pagos que se hagan se aplicarán a los créditos más antiguos siempre que se trate de la misma contribución, y antes de al adeudo principal, a los accesorios en el siguiente orden.

a)

Gastos de ejecución

b)

Recargos

c)

Multas

d)

La indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del artículo 21 de este Código

8.

Artículo 20, 8vo Párrafo, FRACCIÓN III. Los pagos que se hagan se aplicarán a los créditos más antiguos siempre que se trate de la misma contribución, y antes de al adeudo principal, a los accesorios en el siguiente orden.

a)

Gastos de ejecución

b)

Recargos

c)

Multas

d)

IV. La indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del artículo 21 de este Código

9.

Artículo 20, 8vo Párrafo, FRACCIÓN IV. Los pagos que se hagan se aplicarán a los créditos más antiguos siempre que se trate de la misma contribución, y antes de al adeudo principal, a los accesorios en el siguiente orden.

a)

Gastos de ejecución

b)

Recargos

c)

Multas

d)

La indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del artículo 21 de este Código

10.

Artículo 20, 13vo Párrafo. ¿Cuál es un medio de pago de contribuciones que podrá tener asociado el pago de comisiones a cargo del fisco Federal ?

a)

Para el caso de las tarjetas de crédito y débito

b)

Para el caso de las tarjetas de crédito y monederos electronicos

c)

Para el caso de las tarjetas de débito y monederos electronicos

d)

Para el caso de las tarjetas de crédito unicamente

11.

Artículo 20 Bis, 1er Párrafo, FRACCIÓN I. El Índice Nacional de Precios al Consumidor a que se refiere el segundo párrafo del artículo 20 de este Código, que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se sujeta a lo siguiente.

a)

Artículo Se cotizarán cuando menos los precios en 30 ciudades, las cuales estarán ubicadas en por lo menos 20 entidades federativas. Las ciudades seleccionadas deberán en todo caso tener una población de 20,000 o más habitantes, y siempre habrán de incluirse las 10 zonas conurbadas o ciudades más pobladas de la República.

b)

Artículo Se cotizarán cuando menos los precios en 30 ciudades, las cuales estarán ubicadas en por lo menos 21 entidades federativas. Las ciudades seleccionadas deberán en todo caso tener una población de hasta 20,000 habitantes, y siempre habrán de incluirse las 10 zonas conurbadas o ciudades más pobladas de la República.

c)

Artículo Se cotizarán cuando menos los precios en 30 ciudades, las cuales estarán ubicadas en por lo menos 20 entidades federativas. Las ciudades seleccionadas deberán en todo caso tener una población de 20,000 o más habitantes, y siempre habrán de incluirse las 15 zonas conurbadas o ciudades más pobladas de la República.

12.

Artículo 20 Bis, 1er Párrafo, FRACCIÓN II. El Índice Nacional de Precios al Consumidor a que se refiere el segundo párrafo del artículo 20 de este Código, que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se sujeta a lo siguiente.

a)

Artículo Deberán cotizarse los precios correspondientes a cuando menos 1000 productos y servicios específicos agrupados en 250 conceptos de consumo, los cuales abarcarán al menos 35 ramas de los sectores agrícola, ganadero, industrial y de servicios, conforme al catálogo de actividades económicas elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía

b)

Artículo Deberán cotizarse los precios correspondientes a cuando menos 10,000 productos y servicios específicos agrupados en 250 conceptos de consumo, los cuales abarcarán al menos 35 ramas de los sectores agrícola, ganadero, industrial y de servicios, conforme al catálogo de actividades económicas elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía

c)

Artículo Deberán cotizarse los precios correspondientes a cuando menos 1000 productos y servicios específicos agrupados en 250 conceptos de consumo, los cuales abarcarán al menos 25 ramas de los sectores agrícola, ganadero, industrial y de servicios, conforme al catálogo de actividades económicas elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía

13.

Artículo 20 Bis, 1er Párrafo, FRACCIÓN II. El Índice Nacional de Precios al Consumidor a que se refiere el segundo párrafo del artículo 20 de este Código, que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se sujeta a lo siguiente.

a)

Artículo Deberán cotizarse los precios correspondientes a cuando menos 1000 productos y servicios específicos agrupados en 250 conceptos de consumo, los cuales abarcarán al menos 35 ramas de los sectores agrícola, ganadero, industrial y de servicios, conforme al catálogo de actividades económicas elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía

b)

Artículo Deberán cotizarse los precios correspondientes a cuando menos 10,000 productos y servicios específicos agrupados en 250 conceptos de consumo, los cuales abarcarán al menos 35 ramas de los sectores agrícola, ganadero, industrial y de servicios, conforme al catálogo de actividades económicas elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía

c)

Artículo Deberán cotizarse los precios correspondientes a cuando menos 1000 productos y servicios específicos agrupados en 250 conceptos de consumo, los cuales abarcarán al menos 25 ramas de los sectores agrícola, ganadero, industrial y de servicios, conforme al catálogo de actividades económicas elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía

14.

Artículo 20 Bis, 1er Párrafo, FRACCIÓN III. El Índice Nacional de Precios al Consumidor a que se refiere el segundo párrafo del artículo 20 de este Código, que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se sujeta a lo siguiente.

a)

Tratándose de alimentos las cotizaciones de precios se harán como mínimo tres veces durante cada mes. El resto de las cotizaciones se obtendrán una o dos veces mensuales

b)

Tratándose de alimentos las cotizaciones de precios se harán como mínimo tres veces durante cada mes. El resto de las cotizaciones se obtendrán una o más veces mensuales

c)

Tratándose de alimentos las cotizaciones de precios se harán como mínimo dos veces durante cada mes. El resto de las cotizaciones se obtendrán una o más veces mensuales

15.

Artículo 20 Bis, 1er Párrafo, FRACCIÓN IV. El Índice Nacional de Precios al Consumidor a que se refiere el segundo párrafo del artículo 20 de este Código, que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se sujeta a lo siguiente.

a)

Artículo Las cotizaciones de precios con las que se calcule el Índice Nacional de Precios al Consumidor de cada mes, deberán corresponder al período anterior de que se trate.

b)

Artículo Las cotizaciones de precios con las que se calcule el Índice Nacional de Precios al Consumidor de cada mes, deberán corresponder al período de que se trate.

c)

Artículo Las cotizaciones de valores con las que se calcule el Índice Nacional de Precios al Consumidor de cada mes, deberán corresponder al período de que se trate.

16.

Artículo 20 Bis, 1er Párrafo, FRACCIÓN V. El Índice Nacional de Precios al Consumidor a que se refiere el segundo párrafo del artículo 20 de este Código, que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se sujeta a lo siguiente.

a)

El Índice Nacional de Precios al Consumidor de cada mes se calculará utilizando la fórmula de Laspeyres.

b)

El Índice Nacional de Precios al Consumidor de cada periodo se calculará utilizando la fórmula de Laspeyrres.

c)

El Índice Nacional de Precios al Consumidor de cada mes se determina utilizando la fórmula de Lazpeyres.

d)

El Índice Nacional de Precios al Consumidor de cada mes se calculará utilizando la fórmula de Laspeyress.

17.

Artículo 20 Bis, 1er Párrafo, Fracción V 2do Párrafo. En la Formula de Laspeyres se aplicarán ponderadores para cada rubro del consumo familiar considerando los conceptos siguientes:

a)

Artículo Alimentos, bebidas y tabaco; ropa, calzado y accesorios; vivienda; muebles, aparatos y enseres domésticos; salud y cuidado personal; transporte; educación y esparcimiento; otros servicios.

b)

Artículo Alimentos, bebidas y tabaco; ropa, calzado y accesorios; vivienda; muebles, aparatos y enseres domésticos; salud y cuidado personal; transporte; educación y esparcimiento; y servicios profesionales

c)

Artículo Alimentos, bebidas y tabaco; ropa, calzado y accesorios; vivienda; muebles, aparatos y enseres domésticos; salud y cuidado personal; transporte; educación y esparcimiento; otros productos

18.

Artículo 21, 1er Párrafo. Cuando no se cubran las contribuciones o los aprovechamientos en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales

a)

Su monto se actualizará desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, además deberán pagarse recargos por concepto de indemnización al fisco federal por la falta de pago oportuno

b)

Su valor se actualizará desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, además deberán pagarse recargos por concepto de indemnización al fisco federal por la falta de pago oportuno

c)

Su monto se actualizará desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se pague, además deberán pagarse recargos por concepto de indemnización al fisco federal por la falta de pago oportuno

19.

Artículo 21 3er Párrafo. En los casos de garantía de obligaciones fiscales a cargo de terceros

a)

Los recargos se causarán sobre el monto de lo requerido y hasta el límite de lo garantizado, cuando no se pague dentro del plazo legal

b)

Los recargos se causarán sobre el monto de lo requerido y hasta el límite de lo garantizado, cuando no se pague dentro del plazo

c)

Los recargos se causarán sobre el monto de lo requerido y hasta el límite de lo garantizado, y no se pague dentro del plazo estipulado

d)

Los recargos se causarán sobre el valor de lo requerido y hasta el límite de lo garantizado, cuando no se pague dentro del plazo legal

20.

Artículo 21, 4to Párrafo. ¿Cuándo el pago de una contribución hubiera sido menor al que corresponda?

a)

Los recargos se computarán sobre la diferencia.

b)

Los recargos se computarán sobre el saldo insoluto

c)

Los recargos se computarán de cualquier forma

d)

los recargos no se computarán sobre la diferencia.

21.

Artículo 21, 5to Párrafo. ¿Cómo se determinan los recargos?

a)

Los recargos se causarán por cada mes o fracción que transcurra a partir del día en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe

b)

Los recargos se calcularan por cada mes o fracción que transcurra a partir del día en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe

c)

Los recargos se causarán por cada mes o fracción que transcurra a partir del día en que cayo en mora y hasta que el mismo se efectúe

d)

Los recargos se calcularan por cada mes o fracción que transcurra a partir del día en que cayo en mora y hasta que el mismo se efectúe

22.

Artículo 21, 6to Párrafo. Un contribuyente determino que debe pagar $200.00 mxn por concepto de recargos, pero el SAT determino que debían ser $300.00 mxn. ¿Qué debe hacer las autoridad ?

a)

Esta deberá aceptar el pago y procederá a exigir el remanente

b)

Esta deberá aceptar el pago y procederá a garantizar el remanente

c)

Esta deberá aceptar la determinacion del contribuyente y el pago

d)

Esta negara la determinación del contribuyente y procederá a exigir el pago

23.

Artículo 21, 7mo Párrafo. ¿Bajo que casos no le es aplicable la indemnización del 20% por cheque sin fondos?

a)

Acredite fehacientemente, con las pruebas documentales procedentes, que se realizó el pago o que dicho pago no se realizó por causas exclusivamente imputables a la institución de crédito.

b)

Acredite fehacientemente, con las pruebas documentales procedentes, que se realizó el pago o que dicho pago se realizó por causas exclusivamente imputables a la institución de crédito.

c)

Acredite veridicamente con las pruebas documentales procedentes, que se realizó el pago o que dicho pago no se realizó por causas exclusivamente imputables a la oficina recaudadora

d)

Acredite veridicamente, con las pruebas documentales procedentes, que se realizó el pago o que dicho pago no se realizó por causas exclusivamente imputables a la institución de crédito.

24.

Artículo 21, 7mo Párrafo. ¿Qué pasa si no se cubre el pago de una contribución y su indemnización del 20% por un cheque sin fondos y tampoco se demuestra que tal omisión de pago fue responsabilidad de la Institución de Crédito ?

a)

La autoridad fiscal requerirá y cobrará el monto del cheque, la indemnización mencionada y los demás accesorios que correspondan, mediante el procedimiento administrativo de ejecución, sin perjuicio de la responsabilidad que en su caso procediere.

b)

La autoridad fiscal solicitara se garantize el monto del cheque, la indemnización mencionada y los demás accesorios que correspondan, mediante el procedimiento administrativo de ejecución, sin perjuicio de la responsabilidad que en su caso procediere.

c)

La autoridad fiscal requerirá y cobrará el monto del cheque, sin la indemnización mencionada y los demás accesorios que correspondan, mediante el procedimiento administrativo de ejecución, sin perjuicio de la responsabilidad que en su caso procediere.

d)

La autoridad fiscal requerirá y cobrará el monto del cheque, la indemnización mencionada y los demás accesorios que correspondan, mediante el procedimiento administrativo de ejecución, sin perjuicio de la responsabilidad que en su caso proceda.

25.

Artículo 21, 9no Párrafo. ¿Cómo se calculan los recargos para los aprovechamientos?

a)

De conformidad con lo dispuesto en este artículo sobre el total del crédito fiscal, excluyendo los propios recargos, los gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere este artículo. No causarán recargos las multas no fiscales.

b)

De conformidad con lo dispuesto en este artículo sobre el total del crédito fiscal, excluyendo la actualización, los gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere este artículo. No causarán recargos las multas no fiscales.

c)

De conformidad con lo dispuesto en este artículo sobre el total del crédito fiscal, excluyendo los propios recargos, los gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere este artículo. Solo se causarán recargos por las multas fiscales.

d)

De conformidad con lo dispuesto en este artículo sobre el total del crédito fiscal, excluyendo los propios recargos, los gastos de ejecución, las sanciones y la indemnización a que se refiere este artículo. No causarán recargos las multas no fiscales.

26.
  1. Artículo 21, 8vo Párrafo. Artículo ¿Qué sucede si se obtiene autorización para pagar en plazos o parcialidades?

a)

Se causarán además los recargos que establece el artículo 66 de este Código, por la parte diferida

b)

Se causarán además los recargos que establece el artículo 67 de este Código, por la parte diferida

c)

Se determinaran además los recargos que establece el artículo 66 de este Código, por la parte diferida

d)

Se determinaran además los recargos que establece el artículo 67 de este Código, por la parte diferida

27.

Artículo 21, Párrafo decimoprimero. En ningún caso las autoridades fiscales podrán liberar a los contribuyentes de...

a)

La actualización de las contribuciones o reducir total o parcialmente los recargos correspondientes.

b)

La actualización de los impuestos o reducir total o parcialmente los recargos correspondientes.

c)

La actualización de las contribuciones o reducir total o parcialmente los recargos causados

d)

La actualización y sanciones de las contribuciones o reducir los parcialmente los recargos correspondientes.

28.

Artículo 22, 1er Párrafo. ¿Que cantidades devolveran las autoridades fiscales ?

a)

Las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales

b)

Las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las disposiciones fiscales

c)

Las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las declaraciones correspondientes

d)

Las cantidade por pago de lo indebido y las que procedan conforme a las leyes fiscales

29.

Artículo 22, 1er Párrafo. ¿Si es procedente una devolución por pago de lo indebido por una contribución retenida a quien se le hace la devolución ?

a)

Se efectuará a los contribuyentes a quienes se les hubiera retenido la contribución de que se trate.

b)

Se efectuará a los contribuyentes a quienes se les impuso la obligación de haber retenido la contribución de que se trate.

c)

Se realizara a los contribuyentes a quienes se les hubiera retenido la contribución que fue pagada indebidamente.

d)

Se realizara a los contribuyentes a quienes se les hubiera retenido la contribución de que se trate.

30.

Artículo 22, 1er Párrafo. ¿Si es procedente una devolución por pago de lo indebido por una contribución de IVA trasladado a quien se le hace la devolución ?

a)

La devolución por pago de lo indebido se efectuará a las personas que hubieran pagado el impuesto trasladado a quien lo causó, siempre que no lo hayan acreditado

b)

La devolución por pago de lo indebido se realizara a las personas que hubieran pagado el impuesto trasladado a quien lo causó, siempre que no lo hayan acreditad

c)

la devolución por pago de lo indebido o que proceda conforme a ley, se efectuará a las personas que hubieran pagado el impuesto trasladado a quien lo causó, siempre que no lo hayan acreditad

d)

La devolución que proceda conforme a ley se efectuará a las personas que hubieran pagado el impuesto trasladado a quien lo causó, siempre que no lo hayan acreditad

31.

Artículo 22, 3er Párrafo. ¿Qué requisito principal debo de cubrí si tengo un saldo a favor de ISR Anual de P.M. y deseo solicitarlo en devolución?

a)

Presentar la declaración provisional que genero el saldo a favor

b)

Mandar la Solicitud de devolución mediante buzón tributario y esperar 40 días para que se efectué 

c)

Mandar la Solicitud de devolución mediante los medios que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria

d)

Presentar declaración del ejercicio en que se genero el Saldo a Favor

32.

Artículo 22, 3er Párrafo. ¿Bajo que supuesto se podrá solicitar la devolución del saldo a favor sin que se haya presentado la declaración del ejercicio?

a)

Cuando se trate del cumplimiento de una resolución o sentencia firmes, de autoridad competente, en cuyo caso, podrá solicitarse la devolución independientemente de la presentación de la declaración

b)

Cuando se trate del cumplimiento de una resolución o sentencia firmes, de autoridad judicial, en cuyo caso, deberá solicitarse la devolución independientemente de la presentación de la declaración

c)

Cuando se trate del cumplimiento de una resolución y sentencia firmes, de autoridad competente, en tal caso, podrá solicitarse la devolución indistintamente de la presentación de la declaración

33.

Artículo 22, 4to Párrafo. Si el pago de lo indebido se hubiera efectuado en cumplimiento de un acto de autoridad, ¿Se puede solicitar aun así la devolución?

a)

Artículo Si pero el derecho a la devolución en términos del artículo 22 nace cuando dicho acto se anule.

b)

Artículo El derecho a la devolución en términos del artículo 21 nace cuando dicho acto se anule lisa y llanamente

c)

Artículo No existe derecho a la devolución en términos del artículo 22 nace salvo cuando dicho acto se anule llanamente

34.

Artículo 22, 5to Párrafo. ¿Cuáles son las 2 situaciones por las cuales no se interrumpe la prescripción de la obligación de devolver contribuciones?

a)

Cuando sea 1. Solicitud no Presentada y 2. Solicitud Desistida

b)

Cuando sea 1. Solicitud no Presentada y 2. Solicitud Desestimada

c)

Cuando sea 1. Solicitud no Presentada y 2. Gestiones De Cobro

d)

Cuando sea 1. Solicitud Desistida y 2. Gestiones De Cobro

35.

Artículo 22, 6to Párrafo. ¿Qué tipo de Requerimiento establece este párrafo y como funciona ?

a)

Requerimiento por Errores en la Solicitud de Devolución de Saldo a Favor, se puede efectuar durante todo el plazo de los 40 días

b)

Requerimiento por Errores en la Solicitud de Devolución de Saldo a Favor, se puede efectuar durante todo el plazo de los 10 dias

c)

Requerimiento por Errores en la Solicitud de Compensación de Saldo a Favor, se puede efectuar durante todo el plazo de los 40 días

d)

Requerimiento por Errores en la Solicitud de Compensación de Saldo a Favor, se puede efectuar durante todo el plazo de los 10

36.

Artículo 22, 7mo Párrafo. ¿Cuántos requerimientos para verificar la procedencia de la devolución puede hacer la autoridad ?

a)

Dos Requerimientos

b)

Tres Requerimientos

c)

Un solo Requerimiento

d)

Hasta cuatro Requerimientos

37.

Artículo 22, 8vo Párrafo. ¿Qué sucede cuando en la solicitud de devolución únicamente existan errores aritméticos en la determinación de la cantidad solicitada?

a)

Las autoridades fiscales devolverán las cantidades que correspondan, sin que sea necesario presentar una declaración complementaria.

b)

Las autoridades fiscales devolverán las cantidades que correspondan, y compensaran la diferencia sin que sea necesario presentar una declaración complementaria.

c)

las autoridades fiscales compensaran las cantidades que correspondan, y devolverán la diferencia sin que sea necesario presentar una declaración complementaria.

38.

Artículo 22, 8vo Párrafo. ¿Qué sucede si las autoridades fiscales podrán devolver una cantidad menor a la solicitada por los contribuyentes con motivo de la revisión efectuada a la documentación aportada?

a)

En este caso, la solicitud se considerará negada por la parte que no sea devuelta, salvo que se trate de errores aritméticos o de forma.

b)

En tal caso, la solicitud se considerará improcedente por la parte que no sea devuelta, salvo que se trate de errores aritméticos o de fondo.

c)

En este caso, la solicitud se considerará negada por la parte que no sea devuelta, salvo que se trate de omisiones aritméticas o de forma.

39.

Artículo 22, 8vo Párrafo. En el caso de que las autoridades fiscales devuelvan la solicitud de devolución a los contribuyentes. ¿Qué consideraciones tiene para el contribuyente?

a)

Se considerará que ésta fue negada en su totalidad. Para tales efectos, las autoridades fiscales deberán fundar y motivar las causas que sustentan la negativa parcial o total de la devolución respectiva.

b)

Se considerará que ésta fue negada en su totalidad. Para tales efectos, las autoridades fiscales deberán fundamentar y motivar las causas que sustentan la negativa parcial o total de la devolución respectiva.

40.

Artículo 22, 8vo Párrafo. Si las autoridades fiscales soliciten los datos, informes, y documentos, a que se refiere el séptimo párrafo ( 1er y 2do Requerimiento) del presente artículo.

a)

Se considerará que ésta fue negada en su totalidad. Para tales efectos, las autoridades fiscales deberán fundar y motivar las causas que sustentan la negativa parcial o total de la devolución respectiva.

b)

Se considerará que ésta fue negada en su totalidad. Para tales efectos, las autoridades fiscales deberán fundamentar y motivar las causas que sustentan la negativa parcial o total de la devolución respectiva.

41.

Artículo 22, 9no Párrafo. En el caso de que las autoridades fiscales devuelvan la solicitud de devolución a los contribuyentes. ¿Qué consideraciones tiene para el contribuyente?

a)

Se considerará que ésta fue negada en su totalidad. Para tales efectos, las autoridades fiscales deberán fundar y motivar las causas que sustentan la negativa parcial o total de la devolución respectiva.

b)

Se considerará que ésta fue negada en su totalidad. Para tales efectos, las autoridades fiscales deberán fundamentar y motivar las causas que sustentan la negativa parcial o total de la devolución respectiva.

42.

Artículo

  1. 22, 10mo Párrafo. A Don Luis el ultimo día en que se debía de responder al 2do requerimiento por una solicitud de devolución, se le inicio una vistita domiciliaria por esa misma solicitud. ¿Aún debe de responder al requerimiento o tiene un plazo mayor para hacerlo ?

a)

La Obligación Perdura Pero se suspenden los plazos para responder hasta que se autorice la devolución

b)

La Obligación Perdura Pero se suspenden los plazos para responder hasta que se emita una resolución 

c)

La Obligación y los plazos para responder se suspenden hasta que se emita una resolución 

d)

La obligación se suspende pero los plazos siguen corriendo

43.

Artículo 22, Párrafo Decimosegundo. ¿Desde cuándo debe actualizarse la devolución que proceda por parte del fisco federal?

a)

Desde el mes en que se presentó la solicitud de devolución.

b)

Desde el mes en que se autorizó la devolución.

c)

Desde el mes en que se realizó el pago de lo indebido o se presentó la declaración que contenga el saldo a favor.

d)

Desde el mes en que se efectuó el depósito bancario.

44.

Artículo 22, Párrafo Decimosegundo. ¿Hasta qué momento se actualiza la devolución?

a)

Hasta el mes siguiente a la autorización.

b)

Hasta el mes en que la devolución esté a disposición del contribuyente.

c)

Hasta el mes en que se notifique la resolución

d)

Hasta el mes en que se firme el depósito.

45.

Artículo 22, Párrafo Decimosegundo. ¿A partir de cuándo se considera que la devolución está a disposición del contribuyente en caso de depósito?

a)

A partir de que se autoriza el depósito.

b)

A partir de la fecha en que el SAT notifique la devolución

c)

A partir de la fecha en que la autoridad efectúe el depósito en la institución financiera señalada en la solicitud de devolución.

d)

A partir de que el contribuyente consulte su cuenta.

46.

Artículo 22, Párrafo Decimotercero. ¿Qué debe contener el acto administrativo que autoriza la devolución?

a)

Solo la cantidad a devolver.

b)

Solo la actualización

c)

La actualización y los intereses que en su caso procedan.

d)

El monto total sin cálculos.

47.

Artículo 22, Párrafo Decimotercero. ¿En qué fecha deben calcularse la actualización e intereses que procedan en el acto administrativo?

a)

A la fecha de la solicitud.

b)

A la fecha en que se emita dicho acto.

c)

A la fecha de la devolución.

d)

A la fecha de la autorización del SAT.

48.

Artículo 22, Párrafo Decimotercero. ¿En qué plazo máximo debe estar la devolución a disposición del contribuyente desde la autorización?

a)

Un mes.

b)

Quince días.

c)

Diez días hábiles.

d)

Dos meses

49.

Artículo 22, Párrafo Decimotercero. ¿Qué derecho tiene el contribuyente si durante ese mes se publica un nuevo índice nacional de precios al consumidor?

a)

Puede impugnar la devolución.

b)

Puede solicitar una auditoría.

c)

Puede solicitar la devolución de la actualización correspondiente.

d)

Puede presentar otra declaración.

50.

Artículo 22, Párrafo Decimotercero. ¿Cómo se obtiene el factor para la actualización que corresponda con motivo de un nuevo INPC mencionada en este párrafo?

a)

Sumando el índice de precios al consumidor del mes en curso

b)

Aplicando el factor del artículo 17-A y restando la unidad.

c)

Multiplicando el saldo a favor por el nuevo índice.

d)

Utilizando la fórmula del artículo 22.

51.

Artículo 22, Párrafo Decimocuarto. Durante el periodo en que se consideraba debidamente efectuada una devolución, surgió con un nuevo INPC y contribuyente solicito la devolución de la actualización. ¿En qué plazo debe ponerse a disposición del contribuyente la devolución de la actualización?

a)

Antes de cumplirse los 60 días naturales

b)

Dentro de un plazo de cuarenta días siguientes a la fecha en la que se presente la solicitud de devolución correspondiente.

c)

Dentro de un plazo de veinte días siguientes a la fecha en la que se presente la solicitud de devolución correspondiente.

d)

Antes de cumplirse los 60 días hábiles.

52.

Artículo 22, Párrafo Decimocuarto. ¿Qué sucede si la entrega se efectúa fuera del plazo mencionado?

a)

Se cancela la devolución.

b)

Se impone una sanción al contribuyente.

c)

Las autoridades fiscales pagarán intereses.

d)

No se considera actualizable.

53.

Artículo 22, Párrafo Decimocuarto. ¿Sobre qué monto se calculan los intereses por devolución extemporánea?

a)

Sobre el total del crédito fiscal

b)

Sobre el monto de la devolución actualizado.

c)

Sobre la diferencia entre saldo a favor y devolución.

d)

Sobre el total sin actualizar.

54.

Artículo 22, Párrafo Decimoquinto. ¿Qué implica que las autoridades fiscales procedan a la devolución sin ejercer facultades de comprobación?

a)

Que la devolución es irrevocable

b)

Que la orden de devolución no implicará resolución favorable al contribuyente.

c)

Que la devolución no requiere autorización.

d)

Que la devolución se convierte en crédito fiscal

55.

Artículo 22, Párrafo Decimoquinto. ¿Qué sucede si se realiza una devolución que no precediera ?

a)

Se cancela automáticamente.

b)

Se causarán recargos en los términos del artículo 21

c)

Se causarán recargos en los términos del artículo 22

d)

Se reembolsa en partes

56.

Artículo 22, Párrafo Decimoquinto. ¿Sobre qué montos se causan recargos si la devolución no procedía?

a)

Solo sobre el capital devuelto.

b)

Sobre las cantidades actualizadas, tanto por las devueltas indebidamente como por los posibles intereses pagados por las autoridades fiscales.

c)

Sobre las cantidades actualizadas, tanto por las devueltas indebidamente como por los posibles recargos pagados por las autoridades fiscales.

d)

Solo sobre el impuesto omitido.

57.

Artículo 22, Párrafo Decimosexto. ¿En qué términos prescribe la obligación de devolver?

a)

En los términos y condiciones que el contribuyente indique

b)

En los mismos términos y condiciones que el crédito fiscal.

c)

En los mismos tiempos y condiciones que el crédito fiscal.

d)

En función del tipo de contribución.

58.

Artículo 22, Párrafo Decimosexto. ¿Qué efecto tiene la solicitud de devolución presentada por el particular?

a)

Se considera como gestión de cobro que interrumpe la prescripción.

b)

Se considera como gestión de cobro que interrumpe la caducidad

c)

Se considera como gestión de cobro e interrumpe la prescripción.

d)

Se considera como gestión de cobro e interrumpe la caducidad.

59.

Artículo 22, Párrafo Decimosexto. ¿Cuándo no se interrumpe la prescripción por la solicitud de devolución?

a)

Cuando el particular se desista de la solicitud.

b)

Cuando el particular se desista de la devolución

c)

Cuando el contribuyente se desista de la solicitud.

d)

Cuando el contribuyente se desista de la devolución.

60.

Artículo 22, Párrafo Decimoséptimo. ¿Cuántas y de qué formas puede hacerse la devolución conforme al artículo?

a)

3 formas

1.-Por resolución administrativa.

2.-De oficio

3.-A petición del interesado.

b)

3 formas

1.-Por resolución administrativa.

2.-Por juicio

3.-A petición del interesado.

c)

2 formas

1.-A petición del interesado.

2.-Por juicio

d)

2 formas

1.-De oficio o

2.- A petición del interesado.

61.

Artículo 22, Párrafo Decimoctavo. ¿Qué puede establecer el SAT mediante disposiciones de carácter general?

a)

Que la devolución se retrase por tiempo indefinido

b)

Que no obstante que se ordene el ejercicio de las facultades de comprobación, regirán los plazos establecidos por el párrafo séptimo.

c)

Que no obstante que se ordene el ejercicio de las facultades de comprobación, regirán los plazos establecidos por el párrafo sexto.

d)

Que se elimine el derecho a devolución en algunos casos.

62.

Artículo 22, Párrafo Decimonoveno. ¿Cómo se formulan los requerimientos que formule la autoridad según este artículo?

a)

En documento digital que se notificará al contribuyente a través del su buzón tributario.

b)

En documento digital que se notificará al contribuyente a través del buzón tributario.

c)

En documento digital que se notificará al contribuyente a través de los medios de contacto del buzón tributario.

63.

Artículo 22, Párrafo Decimonoveno. ¿Cómo debe atender el contribuyente los requerimientos formulados?

a)

Los requerimientos a que se refiere este artículo se formularán por la autoridad fiscal en documento digital que se notificará al contribuyente a través del buzón tributario, el cual deberá responderse por los contribuyentes mediante este medio de comunicación.

b)

Los requerimientos a que se refiere este artículo se formularán por la autoridad fiscal en documento digital que se notificará al contribuyente a través del buzón tributario, el cual deberá atenderse por los contribuyentes mediante este medio de comunicación.

c)

Los requerimientos a que se refiere este párrafo se formularán por la autoridad fiscal en documento digital que se notificará al contribuyente a través del buzón tributario, el cual pude atenderse por los contribuyentes mediante este medio de comunicación.