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WorksheetsCL- 24/05
Total questions: 20
Worksheet time: 10mins
La Ley N° 29092 (Ley de Protección al Patrimonio Cultural Paisajístico) tiene como objetivo principal:
Proteger los paisajes culturales y naturales como patrimonio.
Regular el uso de recursos hídricos.
Establecer normas para construcciones urbanas.
Regular el turismo en áreas protegidas.
La Ley N° 26821, ¿qué ámbito prioriza?
Desarrollo urbano acelerado.
Fiscalización de obras privadas.
Uso sostenible de recursos naturales.
Explotación minera en zonas protegidas.
La Ley N° 30215 crea el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). ¿Qué entidad lo administra?
Ministerio de Cultura
MINAM
SENACE
SERNANP
El Código de Ordenamiento Territorial establece:
Normas para la construcción de viviendas sociales.
Zonificación para uso industrial exclusivo.
Directrices para integrar desarrollo urbano y protección ambiental.
Sanciones por invasiones de terrenos.
La Ley N° 28296 (Ley General del Patrimonio Cultural), el Artículo 21 se refiere a
Prohibición de exportar bienes culturales.
Registro nacional de sitios arqueológicos.
Autorización previa para intervenciones en bienes culturales.
Financiamiento de proyectos de conservación.
El Artículo 22 de la Ley N° 28296 obliga a
Demoler construcciones en zonas arqueológicas.
Realizar estudios de impacto social.
Reportar hallazgos fortuitos al Ministerio de Cultura.
Contratar arqueólogos extranjeros.
El Código Penal (Artículo 226) sanciona con pena privativa de libertad a quien
Dañe o destruya bienes del Patrimonio Cultural.
Realice construcciones sin licencia municipal.
Incumpla normas de construcción antisísmica.
Contamine ríos en áreas urbanas.
Las Normas Técnicas para Excavaciones cercanas a sitios arqueológicos exigen
Monitoreo arqueológico permanente.
Uso exclusivo de maquinaria pesada.
Aprobación del Ministerio de Energía y Minas.
Contratación de seguridad privada.
La Resolución Directoral Nacional N° 774/INC (2008) declara a Vichama como
Área natural protegida.
Sitio Arqueológico
Sitio Arqueológico Monumental.
Patrimonio Cultural Inmaterial.
Según el Reglamento de la Ley N° 28296 (DS 011-2006-ED), los proyectos de conservación deben incluir:
Un plan de marketing turístico.
Un proyecto técnico avalado por el Ministerio de Cultura.
Un informe de impacto económico.
Una consulta popular obligatoria.
¿Qué norma establece sanciones por alterar el contexto original de un sitio arqueológico?
Ley N° 30215
Ley N° 29092
DS 003-2014-MC
Código Penal (Artículo 226)
El SENACE, en el marco de la Ley N° 30215, es responsable de:
Evaluar y aprobar Estudios de Impacto Ambiental (EIA).
Fiscalizar el comercio de bienes culturales.
Gestionar áreas naturales protegidas.
Registrar sitios arqueológicos.
En obras cercanas a sitios arqueológicos, según el Ministerio de Cultura, se debe:
Realizar un diagnóstico arqueológico previo.
Evitar toda intervención humana.
Solicitar permiso al gobierno regional.
Limitar la altura de las edificaciones.
Un proyecto de urbanización cerca de un sitio arqueológico requiere cumplir primero con:
Un acuerdo con la comunidad local.
La Ley N° 29092 y un EIA aprobado por SENACE.
Normas del Ministerio de Vivienda.
Solo permisos municipales.
Si durante una excavación se descubren restos arqueológicos, según la Ley N° 28296, se debe:
Suspender la obra y notificar al Ministerio de Cultura.
Continuar la obra y reportar después.
Reubicar los restos sin autorización.
Vender los hallazgos para financiar la obra.
La Ley N° 26821 prohíbe expresamente:
El uso de materiales no biodegradables.
La construcción en áreas urbanas.
Actividades que degraden ecosistemas frágiles.
La exportación de minerales.
Un arquitecto que no respete las Normas Técnicas para Excavaciones podría ser sancionado bajo:
Código Penal Artículo 226
Ley N° 30215
Ley N° 29092
DS 011-2006-ED
Vichama, al ser declarado Sitio Arqueológico Monumental, tiene como implicancia legal:
Restringir actividades no autorizadas en su perímetro.
Prohibir toda investigación científica.
Permitir construcciones turísticas sin límites.
Eliminar su financiamiento estatal.
El Artículo 5 del DS 003-2014-MC establece que las intervenciones arqueológicas deben ser solicitadas por
Empresas constructoras.
Cualquier ciudadano.
Profesionales colegiados en arqueología.
Gobiernos regionales.
La Ley N° 28296 y su reglamento priorizan
La explotación turística de sitios arqueológicos.
La conservación y investigación del patrimonio.
La privatización de zonas monumentales.
La restricción de acceso al público en zonas monumentales.
