WorksheetsTEMA 16-17-18/2.‐ ATENCIÓ AL PÚBLICO: ACOGIDA E INFORMACIÓN AL C
Total questions: 128
Worksheet time: 1hrs 4mins
En relación a la atención al público, ¿cuál es la forma idónea de comunicación?:
La comunicación cara a cara
La comunicación por correo postal
La comunicación telefónica
La comunicación vía e-mail
Cuando el empleado público telefonea a un ciudadano, la identificación se realizará:
Al concluir la conversación
En el momento de iniciar la conversación
En cualquier momento de la conversación, y siempre si existe petición del ciudadano
Ninguna de las contestaciones anteriores es correcta, pues es preferible la conversación anónima
A efectos de identificación telefónica, cuando un empleado público recibe una comunicación exterior, la identificación se realizará:
Al concluir la conversación
En el momento de iniciar la conversación
En cualquier momento de la conversación, y siempre si existe petición del ciudadano
Tras descolgar el teléfono
Cuando el empleado público telefonea a un ciudadano, la identificación se realizará indicando de forma sucinta y claramente comprensible:
La denominación de la Unidad
La denominación de la Unidad y el objeto de la llamada
La denominación de la Unidad, el nombre y apellidos, y el objeto de la llamada
La denominación de la Unidad, el nombre y apellidos, la edad y el objeto de la llamada
El Distintivo Personal de un empleado público se usa:
Necesariamente en las funciones de asesoramiento
En las funciones de tramitación administrativa
Especialmente en las funciones de recepción
Especialmente en las funciones de recepción o información
¿Dónde se coloca el Distintivo Personal de un empleado público?:
En la manga
Prendido en la ropa
Preferentemente en la gorra, si es obligatorio usarla
Ninguna de las contestaciones anteriores es correcta
La rotulación del Distintivo Personal de los empleados públicos reflejará:
El nombre y los apellidos
El nombre y la función pública
El nombre, apellidos y la función pública
Los apellidos y la función pública
La 'distancia de respeto' en la atención al público es:
De 1,2 metros, aproximadamente
De 2 metros como mínimo
De 1,5 metros, aproximadamente
Siempre inferior a un metro
En una dependencia administrativa de uso común, el Rótulo de despacho reflejará:
La denominación más significativa de la Unidad
El organigrama de la Unidad
La denominación más significativa de la Unidad y la relación nominal del personal de la misma
El organigrama de la Unidad y la relación nominal del personal de la misma
En una dependencia administrativa de uso individual, el RÛtulo de despacho reflejar·:
El organigrama de la Unidad y la denominaciÛn del cargo o puesto de trabajo
El organigrama de la Unidad, adem·s del nombre y apellidos del empleado p ̇blico correspondiente
La denominaciÛn del cargo o puesto de trabajo
La denominación del cargo o puesto de trabajo, además del nombre y apellidos del empleado p ̇blico correspondiente
En una dependencia administrativa, el RÛtulo de Mesa deber· reflejar:
El nombre y apellidos del empleado p ̇blico
El nombre y apellidos del empleado p ̇blico, y la denominaciÛn del puesto de trabajo
El nombre y apellidos del empleado p ̇blico, y la denominaciÛn del puesto de trabajo o de la funciÛn principal que realiza
El nombre y apellidos del empleado público, y la denominación del puesto de trabajo o de la función principal que realiza si se considera esta más significativa para el ciudadano que el puesto
En una dependencia administrativa, el Rótulo de Mesa deber· ser legible:
A tres metros de distancia
A dos metros de distancia
A un metro de distancia
A cuatro metros de distancia
A efectos de facilitar información personalizada al ciudadano sobre las Unidades con las que se relaciona, podrá utilizarse:
Una tarjeta o autoadhesivo de identidad institucional
Una tarjeta de filiaciÛn
Una tarjeta de entidad
Una tarjeta de identificaciÛn
A los efectos de identificación en el exterior del espacio administrativo, estando el empleado público en el desempeño de su función, bastará la tarjeta de control del Departamento u Organismo, siempre que incluya:
FotografÌa y el nombre y los apellidos
Las denominaciones del Departamento u Organismo, nombre, apellidos, n ̇mero del documento nacional de identidad y el puesto de trabajo
Fotografìa y las denominaciones del Departamento u Organismo, nombre, apellidos, número del documento nacional de identidad y el puesto de trabajo
FotografÌa y las denominaciones del Departamento u Organismo
Es un error frecuente del ciudadano en la comunicaciÛn presencial
Confundir la oficina con una asesorÌa jurÌdica que puede tomar las decisiones por Èl y en su lugar
Todas las anteriores
Pensar que la oficina es una segunda instancia que puede interceder ante el órgano que está tramitando el asunto o incluso invadir sus compe-tencias
Tener grandes expectativas sobre la información, confundiéndola con la gestión y lo que se les proporciona les parece insuficiente o inútil
Indique cuál es un error frecuente del informador en la comunicación presencial:
Aferrarse al reglamentismo para contestar
Confundir la oficina con una asesorÌa jurÌdica que puede tomar las decisiones por Èl y en su lugar
Tener grandes expectativas sobre la informa- ción, confundiÈndola con la gestiÛn y lo que se les proporciona les parece insuficiente o in ̇til
Pensar que la oficina es una segunda instancia que puede interceder ante el Ûrgano que est· tramitando el asunto o incluso invadir sus compe- tencias
Quiénes podrán presentar iniciativas o sugerencias para mejorar la calidad de los servicios públicos?:
Solamente los ciudadanos
Solamente los interesados en procedimientos
Los ciudadanos y los empleados públicos
Solamente los perjudicados por actos admtvos.
La atención personalizada al ciudadano comprenderá las funciones siguientes:
De recepciÛn y acogida a los ciudadanos; de orientaciÛn e informaciÛn; de gestiÛn y de recep- ciÛn de las iniciativas o sugerencias
De orientaciÛn e informaciÛn; de gestiÛn; de recepciÛn de las iniciativas o sugerencias; de recepciÛn de las quejas y reclamaciones y de asis- tencia a los ciudadanos en el ejercicio del derecho de peticiÛn
De recepción y acogida a los ciudadanos; de orientación e información; de gestión; de recepción de las iniciativas o sugerencias; de recepción de las quejas y reclamaciones y de asistencia a los ciudadanos en el ejercicio del derecho de petición
De recepciÛn y acogida a los ciudadanos; de orientaciÛn e informaciÛn y de tramitaciÛn
La función administrativa de recepción y acogida a los ciudadanos:
Tiene por objeto facilitarles la orientación y ayuda que precisen en el momento inicial de su visita, y, en particular, la relativa a la localización de dependencias y funcionarios
Su finalidad es la de ofrecer las aclaraciones y ayudas de Ìndole pr·ctica que los ciudadanos requieren sobre procedimientos, tr·mites, requisi- tos y documentaciÛn para los proyectos, actuacio- nes o solicitudes que se propongan realizar, o para acceder al disfrute de un servicio p ̇blico o benefi- ciarse de una prestaciÛn
Comprender· la recepciÛn de la documentaciÛn inicial de un expediente cuando asÌ se haya dis- puesto reglamentariamente, asÌ como las actuacio- nes de tr·mite y resoluciÛn de las cuestiones cuya urgencia y simplicidad demanden una respuesta inmediata
Ninguna de las anteriores contestaciones es correcta
La función cuya finalidad es la de ofrecer las aclaraciones y ayudas de índole práctica que los ciudadanos requieren sobre procedimientos, trámites, requisitos y documentación para los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar, o para acceder al disfrute de un servicio público o beneficiarse de una prestación, se denomina:
FunciÛn de asistencia a los ciudadanos en el ejercicio del derecho de peticiÛn
FunciÛn de recepciÛn y acogida a los ciudadanos
Función de orientación e información
FunciÛn de gestiÛn
Las barreras comunicativas pueden clasificarse en:
Barreras semánticas, psicológicas, físicas y administrativas
Barreras sem·nticas y psicolÛgicas
Barreras psicolÛgicas, fÌsicas y administrativas
Barreras sem·nticas, fÌsicas y administrativas
Las barreras comunicativas que se refieren al significado de las palabras orales o escritas se denominan:
Barreras administrativas
Barreras semánticas
Barreras psicolÛgicas
Barreras fÌsicas
La distancia, el exceso de ruido o las interferencias en la radio o el teléfono son barreras:
PsicolÛgicas
Sem·nticas
Físicas
Administrativas
Qué recomendación podría ayudar al administrador (funcionario) a salvar algunos de los tipos de barreras administrativas?:
Conocimiento del significado preciso de los conceptos, para eliminar malos entendidos
Utilización de un lenguaje sencillo y directo
Aclaración anticipada de toda idea, antes de comunicarla
Todas las anteriores contestaciones son correctas
El uso de sarcasmo, la actitud despótica y la crítica punzante son algunas de las causas que con- tribuyen a formar:
Barreras comunicativas
Barreras psicológicas
Barreras sem·nticas
Barreras sociolÛgicas
A la capacidad de sumergirse en el mundo subjetivo de los demás, conectando con sus más íntimas experiencias, sensaciones y opiniones, se denomina:
SimpatÌa
Empatía
Autenticidad
Altruismo
Entre los elementos que facilitan la escucha activa se incluye:
Disposición psicológica: prepararse interior- mente para escuchar
Expresar al otro con comunicación verbal y no verbal que le escuchas
Todas las anteriores
Observar al otro: identificar el contenido de lo que dice, los objetivos y los sentimientos
Las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado han sido establecidas:
Mediante el Real Decreto 366/2007
Mediante el Real Decreto 633/2007
Mediante la Ley 39/2015
Mediante la Orden del Ministerio de Presiden- cia de 13 de octubre de 2005
29.- Por razón del medio de expresión, la informa-
ción puede ser:
Información presencial
Información escrita
Información telefónica y otros medios (Radio y
televisión, Internet, Prensa...)
Todas las anteriores contestaciones son correctas
30.- La información relativa a la identificación, fines,
competencia, estructura, funcionamiento y localiza-
ción de organismos y unidades administrativas es:
Información general
Información directa
Información particular
Información vinculante
31.- La información concerniente al estado o conte-
nido de los procedimientos en tramitación es
Información vinculante
Información reservada
Información particular
Información restringida
32.- La información referente a la tramitación de
procedimientos, a los servicios públicos y prestacio-
nes, así como a cualesquiera otros datos que los
ciudadanos tengan necesidad de conocer en sus
relaciones con las Administraciones Públicas, en su
conjunto, o con alguno de sus ámbitos de actuación
es:
Información general
Información reservada
Información particular
Información directa
33.- La información referida a los requisitos jurídicos
o técnicos que las disposiciones impongan a los
proyectos, actuaciones o solicitudes que los ciudada-
nos se propongan realizar es
Información general
Información reservada
Información vinculante
Información restringida
34.- La información referida a la identificación de las
autoridades y personal al servicio de las Administra-
ción General del Estado y de las entidades de dere-
cho público vinculadas o dependientes de la misma
bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedi-
mientos es:
Información obligada
Información reservada
Información particular
Información restringida
35.- La información referida a los datos de carácter
personal que afecten de alguna forma a la intimidad
o privacidad de las personas físicas es:
Información reservada
Información general
Información particular
Ninguna de las contestaciones anteriores es
correcta
36.- El derecho de acceso a la información pública no
podrá ser limitado cuando acceder a la información
suponga un perjuicio para:
La defensa
Las relaciones exteriores
La seguridad privada
Podrá ser limitado dicho derecho en todas los
casos anteriores
37.- La información general, ¿se facilitará obligatoriamente
a los ciudadanos?:
No, solamente a los interesados en los procedi-
mientos
Sí, sin exigir para ello la acreditación de legiti-
mación alguna
Sí, exigiendo la correspondiente acreditación de
legitimación
Sí, siempre que haya sido debidamente publicada
38.- La información que se ofrece directamente al ciudadano, mediante su presencia física en las ofici nas públicas se denomina:
Información escrita
Información presencial
Información telefónica
Información restringida
39.- Por razón de quién solicita la información, ésta puede ser:
Información de retorno
Información externa
Información interna
Todas las contestaciones anteriores son correcta
40.- ¿Qué es la información interna?:
Es la información de los ciudadanos a la Admi nistración (sugerencias, iniciativas, propuestas, quejas…)
Es la información dirigida a los ciudadanos o a los grupos en que estos se integran
Es la información que se facilita a otro órgano de la Administración
Ninguna de las anteriores contestaciones es correcta
41.- El ejercicio del derecho de acceso a la informa ción pública está regulado actualmente en:
La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público
La Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Ley 39/2015, del Procedimiento Administrati vo Común de las Administraciones Públicas
42.- La regulación legal de la cláusula de conciencia y el secreto profesional, ¿con qué derecho se relacio na?:
Con ninguno
Con el de comunicar libremente información veraz
Con el de comunicar o recibir libremente infor mación veraz por cualquier medio de difusión
Con el de comunicar o recibir libremente infor mación veraz
43.- El solicitante de información pública, ¿está obligado a motivar su solicitud de acceso a dicha información?:
No
Sí
Sí, cuando el acceso sea urgente
Sí, cuando la vaya a utilizar en beneficio propio
44.- En relación a la solicitud de acceso a la informa ción, señale la afirmación errónea:
El solicitante podrá exponer los motivos por los que solicita la información y que podrán ser teni dos en cuenta cuando se dicte la resolución
El solicitante no está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información
Los solicitantes de información podrán dirigirse a las Administraciones Públicas en cualquiera de las lenguas cooficiales del Estado en el territorio en el que radique la Administración en cuestión
La ausencia de motivación será por si sola causa de rechazo de la solicitud
45.- Será causa de inadmisión de una solicitud de información pública:
La solicitud que se refiera a información que esté en curso de elaboración o de publicación general
La solicitud relativa a información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración
La solicitud dirigida a un órgano en cuyo poder no obre la información cuando se desconozca el competente
Todas las contestaciones anteriores son correc tas
46.- Cuando la solicitud no identifique de forma suficiente la información, se pedirá al solicitante que la concrete en un plazo de:
Veinte días
Cinco días
Quince días
Diez días
47.- Si la información solicitada pudiera afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente iden tificados, se les concederá un plazo de:
Cinco días para que puedan realizar las alega ciones que estimen oportunas
Diez días para que puedan realizar las alegacio nes que estimen oportunas
Quince días para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas
Veinte días para que puedan realizar las alega ciones que estimen oportunas
48.- Serán motivadas las resoluciones de solicitudes de información pública:
Que denieguen el acceso
Que concedan el acceso parcial o a través de una modalidad distinta a la solicitada
Que permitan el acceso cuando haya habido oposición de un tercero
Serán motivadas todas las resoluciones anterio res
49.- Las resoluciones dictadas en materia de acceso a la información pública son recurribles directamen te ante:
La Jurisdicción Civil
La Jurisdicción Contencioso-administrativa
La Jurisdicción Social
La Jurisdicción Penal
50.- A los efectos de la aplicación a sus responsables del régimen disciplinario previsto en la correspon diente normativa reguladora, el incumplimiento reiterado de la obligación de resolver en plazo ten drá la consideración dexº
Infracción mínima
Infracción leve
Infracción muy grave
Infracción grave
51.- El acceso a la información pública se realizará preferentemente:
Presencialmente
Mediante vía electrónica
Por vía telefónica
Por correo postal
52.- En el ámbito de la Administración General del Estado, los servicios de información administrativa y atención al ciudadano se han regulado mediante:
Real Decreto 208/1996
Real Decreto 951/2006
Real Decreto 206/1998
Real Decreto 374/2005
53.- En relación con los procedimientos administrati vos, la función que comprende la recepción de la documentación inicial de un expediente cuando así se haya dispuesto reglamentariamente, así como las actuaciones de trámite y resolución de las cuestiones cuya urgencia y simplicidad demanden una respues ta inmediata, se denomina:
De tramitación de oficio
De gestión
De asesoramiento
De impulso administrativo
54.- La atención personalizada al ciudadano no com prende la función:
De orientación
De información
De recepción y acogida a los ciudadanos
Comprende todas las funciones anteriores
55.- Sobre la información administrativa, y como norma general, es falso que
Podrá entrañar una interpretación normativa
Tendrá exclusivamente carácter orientativo
No originará derechos ni expectativas de dere cho
No podrá lesionar directa o indirectamente derechos o intereses de los solicitantes
56.- No constituye información administrativa:
Las notificaciones oficiales de actos administra tivos
Las resoluciones
La simple publicidad corporativa
Todas las contestaciones anteriores son correc tas
57.- La información administrativa que se ofrece a los ciudadanos mediante comunicaciones por correo postal, telefónicas, electrónicas, informáticas o tele máticas es57.- La información administrativa que se ofrece a los ciudadanos mediante comunicaciones por correo postal, telefónicas, electrónicas, informáticas o telemáticas es
Virtual
Particular
General
A distancia
58.- En la atención administrativa, dentro de las actitudes primarias que condicionan de manera esencial el éxito o el fracaso de cualquier relación con los ciudadanos no se encuentra:
Condicionalidad
Empatía
Autenticidad
Consideración positiva incondicional
59.- En el ámbito de la Administración General del
Estado, las Unidades Departamentales de Informa-
ción Administrativa están presentes:
En cada Ministerio
En cada Dirección General
En cada Secretaría de Estado
En cada Secretaría General
60.- En el ámbito de la Administración General del
Estado, ¿qué órgano ostentará la Jefatura de la Uni-
dad Departamental de Información Administrativa?:
El titular de la Subsecretaría de cada Ministerio
El titular de la Dirección General que tenga
encomendada la competencia sobre la información
administrativa
El titular de la Subdirección General que tenga
encomendada la competencia sobre la información
administrativa
El titular del Servicio administrativo que tenga
encomendada la competencia sobre la información
administrativa
61.- Las unidades departamentales de información
administrativa realizarán necesariamente los si-
guientes cometidos de gestión interna:
De catalogación de publicaciones informativas,
y de publicidad y difusión de la imagen de la
información administrativa
De obtención, tratamiento y actualización per-
manente de la información, y de distribución y
difusión de la información
De obtención, tratamiento y actualización per-
manente de la información; de distribución y
difusión de la información; de catalogación de
publicaciones informativas, y de publicidad y
difusión de la imagen de la información adminis-
trativa
De obtención, tratamiento y actualización per-
manente de la información; de distribución y
difusión de la información y de catalogación de
publicaciones informativas
62.- La función de catalogación de publicaciones
informativas no lleva a cabo:
El repertorio de la propia unidad
El informe preceptivo, no vinculante, en el
proceso de la elaboración de los impresos y las
publicaciones de la unidad destinados al público
La creación y el mantenimiento de bases de
datos y catálogos de publicaciones informativas
del resto de las Administraciones públicas de
interés para la información de la unidad
La promoción de la información administrativa
de la unidad
63.- La función de publicidad y difusión de la imagen
de la información administrativa, incluye los siguien-
tes cometidos:
La promoción de la información administrativa
de la unidad
La colaboración en el diseño y mantenimiento
de la imagen de identidad en rótulos y material
impreso del Departamento
La participación en las campañas informativas
y de publicidad del Departamento, para asegurar
la coordinación en ellas de su estilo y de la imagen
de identidad
Todas las anteriores contestaciones son correc-
tas
64.- Existirán, con el carácter de oficinas centrales,
oficinas de información y atención al ciudadano
dependientes de:
Las Delegaciones del Gobierno en las Comuni-
dades Autónomas
Las Delegaciones del Gobierno en las Comuni-
dades Autónomas, de los Gobiernos Civiles y de las
Delegaciones Insulares del Gobierno
Los Gobiernos Civiles
Las Delegaciones del Gobierno en las Comuni-
dades Autónomas y de las Delegaciones Insulares
del Gobierno
65.- El acto de rogar o demandar a la Administración
que dé o haga algo, de gracia o de justicia se denomina
Reclamación
Queja
Iniciativa
Petición
66.- La aportación de ideas o iniciativas para mejorar
la calidad de los servicios administrativos es:
Una reclamación
Una queja
Una sugerencia
Una iniciativa
67.- La muestra de insatisfacción con la prestación
de algún servicio o el funcionamiento de alguna
unidad administrativa es:
Un recurso
Una queja
Una incidencia
Una reclamación
68.- El acto de pedir o exigir a la Administración lo
que alguien cree que le corresponde por derecho, se
denomina:
Reclamación
Queja
Sugerencia
Petición
69.- El Programa de quejas y sugerencias en la Ad-
ministración General del Estado ha sido regulado
por:
El Real Decreto 951/2005, por el que se esta-
blece el marco general para la mejora de la calidad
en la Administración General del Estado
El Real Decreto 208/1996, por el que se regulan
los servicios de información administrativa y
atención al ciudadano
El Real Decreto 208/1996, por el que se esta-
blece el marco general para la mejora de la calidad
en la Administración General del Estado
El Real Decreto 951/2005, por el que se regu-
lan los servicios de información administrativa y
atención al ciudadano
70.- Las peticiones se formularán por escrito, pu-
diendo utilizarse cualquier medio, incluso de carác-
ter electrónico, que permita acreditar su autentici-
dad, e incluirán necesariamente:
La identidad del solicitante, el objeto y el desti-
natario de la petición
La identidad del solicitante, la nacionalidad si la
tuviere, el lugar o el medio elegido para la práctica
de notificaciones, el objeto y el destinatario de la
petición
La identidad del solicitante y el destinatario de
la petición
La identidad del solicitante, la nacionalidad si la
tuviere, el objeto y el destinatario de la petición
71.- La administración, institución pública o autori-
dad que reciba una petición acusará recibo de la
misma y lo comunicará al interesado
Dentro de los veinte días siguientes a su recepción
Dentro de los cinco días siguientes a su recepción
Dentro de los quince días siguientes a su recepción
Dentro de los diez días siguientes a su recep-
ción
72.- Con respecto a las peticiones, señale la afirma-
ción errónea:
La declaración de inadmisibilidad será siempre
motivada
Cuando un órgano u autoridad se estime incom-
petente para el conocimiento de una petición
remitirá directamente las actuaciones al órgano
que considere competente, si ambos pertenecieran
a la misma institución, administración u organis-
mo
La declaración de inadmisibilidad deberá acor-
darse y notificarse al peticionario en los cincuenta
días hábiles siguientes al de presentación del
escrito de petición
Una vez admitida a trámite una petición, la
autoridad u órgano competente vendrán obligados
a contestar y a notificar la contestación en el plazo
máximo de tres meses a contar desde la fecha de
su presentación
73.- El soporte en el que se materializan los distintos
actos de la Administración Pública es:
La voluntad administrativa
Un acto administrativo
Un documento administrativo
Un escrito administrativo
74.- Las funciones primordiales que cumplen los
documentos administrativos son:
Función de constancia y de comunicación
Función de eficacia y de comunicación
Función de resolución y de comunicación
Función de constancia y de resolución
75.- No es una característica de los documentos
administrativos:
Son emitidos por un órgano administrativo
Producen efectos
Su emisión es válida
Todas las anteriores son características de
aquéllos
76.- Los documentos administrativos de utilización
más común en la tramitación de cualquier procedi-
miento administrativo pueden incluirse dentro de
alguna de las fases de tramitación de que consta todo
procedimiento. Esta clasificación no incluiría la
siguiente fase:
Documentos de cancelación
Documentos de terminación
Documentos de instrucción
Documentos de iniciación
77.- El documento administrativo que recoge las
decisiones adoptadas por los órganos competentes
sobre la iniciación y las cuestiones que se suscitan en la tramitación de un procedimiento antes de la
resolución del mismo se denomina
Resolución
Acuerdo
Oficio
Escrito
78.- El documento que contiene las decisiones del
órgano competente que pone fin al procedimiento
administrativo, resolviendo todas las cuestiones que
se han planteado en el mismo, se denomina
Acuerdo
Publicación
Resolución
Notificación
79.- Los documentos por los que la Administración
comunica a un interesado una resolución o un acuer-
do se denominan:
Actuaciones
Notificaciones
Acuerdos
Recusaciones
80.- El documento que se utiliza para la comunica-
ción entre órganos o unidades pertenecientes a
diferentes Administraciones Públicas, o a diferentes
entidades o departamentos, se denomina
Oficio
Escrito
Notificación
Resolución
81.- Los documentos que acreditan hechos, circuns-
tancias, juicios o acuerdos son:
Informes
Actas
Resoluciones
Oficios
82.- Los documentos que acreditan hechos o situa-
ciones de carácter administrativo que pueden surtir
efectos en un procedimiento administrativo o en las
relaciones jurídico privadas son:
Protocolos
Certificados
Acreditaciones
Resoluciones
83.- Los documentos presentados por los interesa-
dos en un procedimiento mediante el que se aportan
a los órganos responsables del mismo, datos o valo-
raciones de carácter fáctico o jurídico para su consi-
deración a las que pueden acompañarse otros docu-
mentos, son
Impugnaciones
Alegaciones
Recursos
Reclamaciones
84.- Los documentos presentados por los ciudadanos
en los que éstos impugnan un acto administrativo
que afecta a sus derechos o intereses legítimos,
solicitando su anulación por considerar que incurre
en algún defecto que lo hace objeto de nulidad o
anulabilidad, son:
Recursos
Alegaciones
Denuncias
Peticiones
85.- No es un documento administrativo de inicia-
ción de procedimientos:
Requerimiento de subsanación de defectos en
la solicitud
Petición de mejora voluntaria de la solicitud
Acuerdo de iniciación del procedimiento
Oficio de petición de informe preceptivo no
determinante
86.- No es un documento administrativo de instruc-
ción de procedimientos:
Acuerdo de apertura de un período de prueba
Acuerdo de acumulación de procedimientos
Acuerdo de tramitación de urgencia
Acuerdo de apertura del período de informa-
ción pública
87.- No es un documento administrativo de terminación
de procedimientos:
Concesión de trámite de audiencia
Acuerdo de caducidad por paralización del
procedimiento imputable al interesado
Acuerdo de la suspensión de la ejecución de un
acto
Certificación de acto presunto
88.- La Ley 39/2015, del Procedimiento Administra-
tivo Común de las Administraciones Públicas, regula
los registros en:
El artículo 38
El artículo 35
El artículo 15
El artículo 16
89.- Cada Administración dispondrá de un Registro
Electrónico General en el que se hará:
El correspondiente asiento de todo escrito que
sea presentado en cualquier unidad administrati-
va propia
El correspondiente asiento de todo documento
que sea presentado o que se reciba en cualquier
órgano administrativo, Organismo público o Enti-
dad vinculado o dependiente a éstos
El correspondiente asiento de todo escrito o
comunicación que sea presentado en cualquier
unidad administrativa propia
El correspondiente asiento de todo escrito o
comunicación que sea presentado o que se reciba
en cualquier unidad administrativa propia
90.- También se podrán anotar en el Registro Electrónico
General:
La salida de los documentos oficiales dirigidos
a otros órganos
La salida de los documentos oficiales dirigidas
a particulares
La salida de los documentos dirigidos a otros
órganos o particulares
La salida de los documentos oficiales dirigidos
a otros órganos o particulares
91.- Los Organismos públicos vinculados o depen-
dientes de cada Administración, ¿podrán disponer
de su propio registro electrónico?
No, solamente podrá establecerlo la Adminis-
tración principal
Sí, plenamente interoperable e interconectado
con el Registro Electrónico General de la Adminis-
tración de la que depende
Sí, pero subsidiario del Registro Electrónico
General de la Administración de la que depende
No, salvo que por convenio así se acuerde
92.- El Registro Electrónico General de cada Admi-
nistración funcionará:
Como un portal que facilitará el acceso a los
registros electrónicos de cada Organismo
Como una web oficial que facilitará el acceso a
la información administrativa de cada Organismo
Como una sede electrónica que facilitará el
acceso a los registros electrónicos y a la informa-
ción oficial de cada Organismo
Como un portal que facilitará el acceso a la
información oficial de cada Organismo
93.- Tanto el Registro Electrónico General de cada
Administración como los registros electrónicos de
cada Organismo cumplirán:
Con las garantías previstas en la normativa
sobre protección de datos de carácter personal
Con las garantías previstas en la legislación
sobre acceso electrónico de los ciudadanos a los
servicios públicos
Con las garantías y medidas de seguridad pre-
vistas en la legislación sobre acceso electrónico de
los ciudadanos a los servicios públicos
Con las garantías y medidas de seguridad pre-
vistas en la legislación en materia de protección de
datos de carácter personal
94.- Las disposiciones de creación de los registros
electrónicos se publicarán:
En el BOE
En el BOE y en el diario oficial correspondie
En el diario oficial correspondiente
En el BOE siempre, y en el diario oficial corres-
pondiente de forma complementaria
95.- Deberá estar disponible para consulta en la sede
electrónica de acceso al registro electrónico:
El texto íntegro de la disposición de su creación
La referencia al BOE o diario oficial donde su
haya publicado la disposición de su creación
La referencia a la disposición de su creación
La fecha de la disposición de su creación, así
como una referencia a su publicación
96.- Las disposiciones de creación de registros
electrónicos especificarán:
El órgano o unidad responsable de su gestión
El servicio administrativo responsable de su
gestión
El servicio o sección responsable de su gestión
El personal responsable de su gestión
97.- Las disposiciones de creación de registros
electrónicos especificarán:
El calendario laboral
La fecha oficial
La fecha y hora oficial
El calendario laboral, así como la fecha oficial
98.- Las disposiciones de creación de registros
electrónicos especificarán:
Los días hábiles
Los días declarados como inhábiles
Los días laborables
Los días y horas hábiles
99.- En la sede electrónica de acceso a cada registro
figurará:
La relación actualizada del personal responsa-
ble del mismo
La relación pormenorizada de requisitos de
acceso al mismo, así como el procedimiento de
subsanación de asientos
La relación actualizada de trámites que pueden
iniciarse en el mismo
La relación pormenorizada del personal res-
ponsable y de los trámites que pueden iniciarse en
el mismo
100.- Respecto de los registros que lleven los órga-
nos administrativos, los asientos:
No indicarán necesariamente la fecha del día de
la recepción o salida
Se anotarán respetando el orden temporal de
recepción de los documentos
Se anotarán respetando el orden temporal de
recepción o salida de los documentos
Ninguna de las contestaciones anteriores es
correcta
101.- Respecto de los registros que lleven los órga-
nos administrativos, una vez concluido el trámite de
registro los documentos serán cursados:
Sin dilación a sus destinatarios y a las unidades
administrativas correspondientes desde el regis-
tro en que hubieran sido recibidas
A sus destinatarios y a las unidades administra-
tivas correspondientes desde el Registro General
a la mayor brevedad posible
Sin dilación a las unidades administrativas
correspondientes
A sus destinatarios a la mayor brevedad posible
102.- El registro electrónico de cada Administración
u Organismo garantizará la constancia en cada asien-
to que se practique:
De un número
Del epígrafe expresivo de su naturaleza
De la fecha de entrada
Todas las contestaciones anteriores son correc-
tas
103.- El registro electrónico de cada Administración
u Organismo no garantizará la constancia en cada
asiento que se practique:
De la fecha y hora de su presentación
De la identificación del interesado
De la identificación del titular del órgano admi-
nistrativo remitente
Garantizará todas las cuestiones anteriores
104.- El registro electrónico de cada Administración
u Organismo garantizará la constancia en cada asien-
to que se practique:
De la persona a la que se envía
De la referencia al contenido del documento
que se registra, en su caso
Del órgano administrativo al que se envía
Garantizará todas las cuestiones anteriores
105.- En el proceso de registro de cada documento se
emitirá un recibo:
Automáticamente
Solo si lo pide el interesado
Solo i el sistema de registro permite su expedición
Solo si el órgano responsable lo establece
106.- El recibo que se expida en el proceso de regis-
tro de cada documento consistirá:
En una copia simple del documento de que se
trate
En una copia autenticada del documento de que
se trate
En una fotocopia del documento de que se trate
En un archivo digital del documento de que se
trate
107.- En el proceso de registro de cada documento se
emitirá un recibo que incluirá:
La fecha de presentación
La fecha y hora de presentación
La fecha de presentación y el número de entra-
da de registro
La fecha y hora de presentación y el número de
entrada de registro
108.- En el proceso de registro de cada documento,
¿se emitirá un recibo acreditativo de otros documen-
tos que, en su caso, acompañen al documento princi-
pal?:
No, solamente se emitirá el recibo referido al
documento principal
Sí, que garantice la literalidad de dichos documentos
Sí, que garantice la integridad y el no repudio
de dichos documentos
Sí, que garantice la literalidad y constancia de
dichos documentos
109.- Los documentos que los interesados dirijan a
los órganos de las Administraciones Públicas podrán
presentarse:
En el registro de la Administración a la que se
dirijan
En el registro de la Administración u Organismo
al que se dirijan
En el registro electrónico de la Administración
u Organismo al que se dirijan
En el registro electrónico del Organismo al que
se dirijan
110.- Los documentos que los interesados dirijan a
los órganos de las Administraciones Públicas no
podrán presentarse:
En el registro electrónico de las Entidades que
integran la Administración Local
En el registro electrónico de las Administracio-
nes de las Comunidades Autónomas
En el registro electrónico de cualquier corpora-
ción pública
Podrán presentarse en todos los registros
anteriores
111.- Los documentos que los interesados dirijan a
los órganos de las Administraciones Públicas podrán
presentarse:
En el registro de cualquier entidad del sector
público
En el registro electrónico de cualquier entidad
del sector público institucional
En el registro de cualquier entidad del sector
público empresarial
En el registro electrónico de cualquier entidad
del sector público institucional o empresarial
112.- Los documentos que los interesados dirijan a
los órganos de las Administraciones Públicas podrán
presentarse:
En las oficinas de Correos, en la forma que
legalmente se establezca
En las oficinas de Correos, en la forma que
reglamentariamente se establezca
En las oficinas de Correos, en la forma que
disponga el proveedor del servicio postal universal
En las oficinas de Correos, en la forma que
disponga cada Administración respecto de los
documentos que se dirijan a la misma
113.- Los documentos que los interesados dirijan a
los órganos de las Administraciones Públicas podrán
presentarse:
En las Embajadas de España en el extranjero,
exclusivamente
En los Consulados de España en el extranjero,
exclusivamente
En las representaciones diplomáticas de España
en el extranjero
En las representaciones diplomáticas u oficinas
consulares de España en el extranjero
114.- Los documentos que los interesados dirijan a
los órganos de las Administraciones Públicas podrán
presentarse:
En las oficinas de asistencia en materia de
registros
En las oficinas de cooperación en materia de
registros y archivos
En las oficinas colaboradoras en materia de
registros y archivos
En las oficinas de cooperación interadministra-
tiva en materia de registros y archivos
115.- Los registros electrónicos de todas y cada una
de las Administraciones deberán ser:
Totalmente transferibles
Plenamente interoperables
Plenamente conmutables
Totalmente conectables
116.- Los registros electrónicos de todas y cada una
de las Administraciones deberán garantizar:
Su compatibilidad informática e interconexión
Su compatibilidad tecnológica e implementación
Su compatibilidad informática y actualización
Su usabilidad y compatibilidad
117.- Los registros electrónicos de todas y cada una
de las Administraciones deberán garantizar:
El acceso telemático a los asientos registrales y
a los documentos que se presenten, en su caso
La transmisión automatizada de los asientos
registrales
La transmisión telemática de los asientos regis-
trales y de los documentos que se presenten en
cualquiera de los registros
La transmisión telemática de los documentos
que se presenten en cualquiera de los registros,
cuando lo consientan los interesados
118.- Los documentos presentados de manera pre-
sencial ante las Administraciones Públicas, ¿deberán
ser digitalizados?:
Sí
No, salvo que así lo acuerde el órgano responsable
del registro
No, salvo que lo solicite el interesado
Sí, salvo que se oponga el interesado
119.- Los documentos presentados de manera pre-
sencial ante las Administraciones Públicas, ¿deberán
ser digitalizados?:
No
Sí, por la oficina de asistencia en materia de
registros en la que hayan sido presentados
Sí, por el interesado, y en su defecto por la
oficina de asistencia en materia de registros en la
que hayan sido presentados
Sí, por cualquier dependencia administrativa de
la Administración responsable del registro
120.- Los documentos presentados de manera pre-
sencial ante las Administraciones Públicas, ¿deberán
ser digitalizados?:
No en todo caso
Sí, por la oficina de asistencia en materia de
registros en la que hayan sido presentados
Sí, siempre que la oficina receptora cuente con
medios técnicos para dicho proceso
Sí, si lo solicita el interesado
121.- Los documentos presentados de manera pre-
sencial ante las Administraciones Públicas deberán
ser digitalizados:
Para su incorporación al expediente adminis-
trativo, en su caso
Para su incorporación al expediente adminis-
trativo electrónico
Para su incorporación a los demás expedientes
con los que guarde relación
Para su constancia y archivo
122.- ¿Se devolverán los originales de los documen-
tos presentados de manera presencial ante las Admi-
nistraciones Públicas?:
No, quedarán en poder de las Administraciones
Públicas para que surtan los efectos correspon-
dientes
Sí, una vez digitalizados, sin perjuicio de aque-
llos supuestos en que la norma determine la custo-
dia por la Administración de los documentos
presentados
Sí, una vez digitalizados, sin perjuicio de aque-
llos supuestos en que la norma determine la custo-
dia por la Administración de los documentos
presentados o resulte obligatoria la presentación
de objetos en un soporte específico no suscepti-
bles de archivo
Sí, una vez digitalizados, sin perjuicio de aque-
llos supuestos en que la norma determine la custo-
dia por la Administración de los documentos
presentados o resulte obligatoria la presentación
de objetos o de documentos en un soporte especí-
fico no susceptibles de digitalización
123.- ¿Podrán las Administraciones establecer la
obligación de presentar determinados documentos
por medios electrónicos para ciertos procedimientos
y colectivos de personas físicas?:
No, no están previstas excepciones al régimen
general de presentación de documentos
Sí, mediante ley
Sí, reglamentariamente
Sí, mediante disposición administrativa del
órgano responsable de la gestión del registro
124.- ¿Podrán las Administraciones establecer la
obligación de presentar determinados documentos
por medios electrónicos para ciertos procedimientos
y colectivos de personas físicas?:
No
Sí, por razón de su capacidad económica o
disponibilidad de medios
Sí, por razón de su dedicación profesional u
otros motivos
Sí, por razón de su capacidad económica, técni-
ca, dedicación profesional u otros motivos
125.- ¿Podrán las Administraciones establecer la
obligación de presentar determinados documentos
por medios electrónicos para ciertos procedimientos
y colectivos de personas físicas?:
Sí, cuando quede acreditado que tienen disponi-
bilidad técnica
Sí, cuando quede acreditado que tienen acceso
y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios
Solamente con carácter excepcional
No
126.- ¿Podrán hacerse efectivos mediante transfe-
rencia dirigida a la oficina pública correspondiente
cualesquiera cantidades que haya que satisfacer en
el momento de la presentación de documentos a las
Administraciones Públicas?:
No, solamente cuando esta posibilidad esté
habilitada reglamentariamente
Sí, sin que en dicho caso exista posibilidad de su
abono por otros medios
Sí, sin perjuicio de la posibilidad de su abono
por otros medios
No, salvo que el interesado lo manifieste en el
momento de la presentación del documento co-
rrespondiente
127.- Las Administraciones Públicas deberán hacer
pública y mantener actualizada:
La relación de los empleados públicos que
prestarán asistencia para la presentación electró-
nica de documentos
La relación de los empleados públicos que
prestarán asistencia y asesoramiento para la
presentación analógica de documentos
Una relación de las oficinas en las que se presta-
rá asistencia para la presentación electrónica de
documentos
Una relación de las oficinas en las que se pres-
tará asistencia y asesoramiento para la presenta-
ción analógica de documentos
128.- No se tendrán por presentados en el registro
electrónico aquellos documentos e información:
Cuyo régimen especial establezca otra forma de
presentación
Que no se aporte en formato digital
Cuyo régimen especial aconseje otra forma de
presentación
Cuyo régimen general establezca la presenta-
ción en formato digital
