
TERRITORIALES 2
Authored by Jean Durán
Social Studies
Professional Development
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1.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
2 mins • 2 pts
La investigación disciplinaria tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la decisión de apertura. Este término podrá prorrogarse hasta en otro tanto, cuando en la misma actuación se investiguen varias faltas o a dos (2) o más servidores o particulares en ejercicio de función pública y culminará con el archivo definitivo o la notificación de la formulación del pliego de cargos. Si hicieren falta pruebas que puedan modificar la situación jurídica del disciplinable, los términos previstos se prorrogaran hasta por tres (3) meses más. Conforme a la definición anterior, si después de vencido el termino, no ha surgido prueba que permita formular cargos, se debe:
Archivar definitivamente la actuación.
Otorgar otro tiempo igual al inicialmente estipulado.
Oficiar nuevamente al investigado, con el fin de encontrar nuevas pruebas.
2.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
30 sec • 2 pts
La investigación disciplinaria tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la decisión de apertura. Este término podrá prorrogarse hasta en otro tanto, cuando en la misma actuación se investiguen varias faltas o a dos (2) o más servidores o particulares en ejercicio de función pública y culminará con el archivo definitivo o la notificación de la formulación del pliego de cargos. Si hicieren falta pruebas que puedan modificar la situación jurídica del disciplinable, los términos previstos se prorrogaran hasta por tres (3) meses más. Conforme al caso anterior, cuando se adelante investigación por una falta disciplinaria en la que hubieren intervenido varios servidores públicos y solamente se identificare uno o algunos de ellos, en esa situación, se podrá:
Realizar una investigación individual a cada involucrado, sin romper la unidad procesal.
Decretar la nulidad parcial de la actuación procesal.
Romper la unidad procesal, sin perjuicio de que las actuaciones puedan unificarse posteriormente para proseguir su curso bajo una misma cuerda.
3.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
30 sec • 2 pts
La investigación disciplinaria tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la decisión de apertura. Este término podrá prorrogarse hasta en otro tanto, cuando en la misma actuación se investiguen varias faltas o a dos (2) o más servidores o particulares en ejercicio de función pública y culminará con el archivo definitivo o la notificación de la formulación del pliego de cargos. Si hicieren falta pruebas que puedan modificar la situación jurídica del disciplinable, los términos previstos se prorrogaran hasta por tres (3) meses más. Conforme al caso anterior, cuando la ruptura de la unidad procesal no afecta las garantías constitucionales del disciplinado, se deberá:
Entender que no genera nulidad.
Explicar que genera nulidad.
Verificar que solo se genera nulidad, cuando las garantías son concebibles.
4.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
30 sec • 2 pts
La investigación disciplinaria tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la decisión de apertura. Este término podrá prorrogarse hasta en otro tanto, cuando en la misma actuación se investiguen varias faltas o a dos (2) o más servidores o particulares en ejercicio de función pública y culminará con el archivo definitivo o la notificación de la formulación del pliego de cargos. Si hicieren falta pruebas que puedan modificar la situación jurídica del disciplinable, los términos previstos se prorrogaran hasta por tres (3) meses más. Conforme al caso anterior, el hecho de adelantar procesos independientes para conductas en las que se presenta conexidad procesal:
Genera nulidad.
No genera nulidad.
Solo genera nulidad, cuando los procesados así lo permitan.
5.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
30 sec • 2 pts
Usted hace parte de la oficina de control interno de la entidad, y debe apoyar los procesos disciplinarios que se adelantan como consecuencia de conductas de funcionarios de la entidad. Por esta razón debe conocer los procedimientos asociados. Conforme al caso anterior, usted debe verificar el contenido de una decisión que ordena abrir una investigación disciplinaria, razón por la cual debe:
Verificar la identidad del posible autor, la relación de los hechos disciplinariamente relevantes, la información sobre los beneficios de la confesión o aceptación de cargos, la orden de informar y de comunicar esta decisión.
Verificar la identidad del posible autor, la relación de los hechos disciplinariamente relevantes, la información sobre la decisión conforme a la investigación, la orden de informar y de comunicar esta decisión.
Verificar la identidad del posible autor, la relación de los hechos disciplinariamente relevantes, la información sobre los beneficios de la confesión o aceptación de cargos, la orden de acatamiento de la decisión.
6.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
30 sec • 2 pts
Usted hace parte de la oficina de control interno de la entidad, y debe apoyar los procesos disciplinarios que se adelantan como consecuencia de conductas de funcionarios de la entidad. Por esta razón debe conocer los procedimientos asociados. Conforme al caso anterior, si la investigación disciplinaria se inicia por la oficina de control disciplinario interno, se debe:
Dar aviso inmediato a la vice procuraduría general de la nación y al funcionario competente de esa entidad o de la personería correspondiente, para que decida sobre el ejercicio del poder disciplinario preferente.
Preguntar a la vice procuraduría general de la nación y al funcionario competente de esa entidad o de la personería correspondiente, para que autorice sobre la admisión de la investigación.
Dar aviso al representante legal de la entidad, con el fin de realizar el correspondiente seguimiento.
7.
MULTIPLE CHOICE QUESTION
30 sec • 2 pts
Usted hace parte de la oficina de control interno de la entidad, y debe apoyar los procesos disciplinarios que se adelantan como consecuencia de conductas de funcionarios de la entidad. Por esta razón debe conocer los procedimientos asociados. Conforme al caso anterior, si la investigación disciplinaria se inicia por la Procuraduría General de la Nación o las personerías distritales o municipales, el funcionario de esa entidad debe:
Elevar una copia a la Fiscalía General de la Nación, con el fin de que se haga seguimiento sobre posibles responsabilidades penales que puedan surgir.
Verificar posibles rupturas en el proceso, teniendo en cuenta que es un ente externo quien adelanta la diligencia.
Comunicar al jefe del órgano de control disciplinario interno, con la advertencia de que deberá abstenerse de abrir investigación disciplinaria por los mismos hechos o suspender la inmediatamente, y remitir el expediente original a la oficina competente de la Procuraduría.
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