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WorksheetsExamen Modulo PATRIMONIO DEL ESTADO
Total questions: 101
Worksheet time: 3hrs 34mins
Los bienes que constituyen el patrimonio de la Nación, están regulados por
Ley General de Bienes Nacionales
Código Civil Federal
Ley Nacional de Extinción de Dominio
Ley Federal del Patrimonio Nacional
Ley de Expropiación
¿Los bienes muebles e inmuebles propiedad de las entidades se consideran bienes nacionales?
Falso
Solamente los de uso común
Sí, salvo aquellos que deriven de un proceso de extinción de dominio
Cierto
Falso, a menos que deriven de un proceso de expropiación por causa de utilidad pública
¿El lecho y el subsuelo del mar territorial y de las aguas marinas interiores, están sujetos al régimen de dominio público de los Estados?
Cierto
Falso
Sólo los de uso común
Sí, salvo que sobre de éstos se haya otorgado una concesión
No, a menos que así lo determine el Congreso de la Legislatura local
¿Los inmuebles federales considerados como monumentos arqueológicos, históricos o artísticos conforme a la ley de la materia o la declaratoria correspondiente, están sujetos al régimen de dominio público de los Estados?
Cierto
Falso
Sólo los de uso común
Respecto de los bienes de uso común
Todos los habitantes de la República pueden usar los bienes de uso común, sin más restricciones que las establecidas por las leyes y reglamentos administrativos
Todos los habitantes de la República necesitan permiso especial (concesión) usar los bienes de uso común, sin más restricciones que las establecidas por las leyes y reglamentos administrativos
No son regulados por la Ley General de Bienes Nacionales
Puede ejercerse la acción de extinción de dominio en caso de darse alguno de los supuestos del artículo 22 de la CPEUM
Previamente deben expropiarse en todos los casos
Por regla general, los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación estarán exclusivamente bajo la jurisdicción de los poderes federales
falso
cierto
sólo si están bajo la tutela de una autoridad federal
7. Las Secretarías de Seguridad Pública, de la Defensa Nacional y de Marina, así como la Fiscalía General de la República, prestarán el auxilio necesario cuando formalmente se les requiera, con el fin de salvaguardar los intereses patrimoniales de la Nación
cierto
falso
sí, previa consulta al pueblo bueno y sabio
Las entidades o los particulares que, bajo cualquier título, utilicen inmuebles sujetos al régimen de dominio público de la Federación en fines administrativos o con propósitos distintos a los de su objeto público, estarán obligados a pagar las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria. Estas contribuciones se llaman
impuestos
contribuciones de mejora
aprovechamientos
derechos
productos
Las concesiones, permisos y autorizaciones sobre bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación crean derechos reales; ya que otorgan el derecho a realizar los usos, aprovechamientos o explotaciones, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes y el título de la concesión, el permiso o la autorización correspondiente.
falso
cierto
depende del régimen jurídico al que se destinen
Sólo si se pagan oportunamente las contribuciones correspondientes
Todas las concesiones son otorgadas por alguna Secretaría del Ejecutivo Federal
Ciero
Falso
Una concesión no se otorgará si ésta provoca acaparamiento o concentración
Cierto
Falso
Sólo si la COFECE y/o IFT otorgan su aprobación
No podrán otorgarlas a favor de los servidores públicos que en cualquier forma intervengan en el trámite de las concesiones, ni de sus cónyuges o parientes consanguíneos y por afinidad hasta el cuarto grado o civiles, o de terceros con los que dichos servidores tengan vínculos privados o de negocios
cierto
falso
Es causa de rescate de las concesiones, no iniciar el uso o aprovechamiento del inmueble concesionado dentro del plazo señalado en las mismas
cierto, procede el rescate
falso, es motivo de caducidad
falso, es motivo de revocación
falso, es motivo de expropiación
Dejar de pagar en forma oportuna los derechos fijados en el título de concesión o las demás contribuciones fiscales aplicables, es causa de
revocación
rescate
expropiación
extinción
caducidad
Cuando es necesario que el Estado recupere un bien concesionado, por causas de utilidad, de interés público o de seguridad nacional y, previa indemnización se habla de la figura de
caducidad
revocación
extinción de dominio
rescate
expropiación
Es delito el seguir aprovechando un bien concesionado, después de vencida o revocada aquélla
cierto
falso
Conforme a la LGB "Patrimonio inmobiliario federal y paraestatal" es
el conjunto de inmuebles federales y aquellos propiedad de las entidades
el conjunto de inmuebles federales y aquellos propiedad de las entidades y dependencias
el conjunto de inmuebles federales y aquellos propiedad de la nación
el conjunto de inmuebles federales y aquellos propiedad del Estado
Los bienes muebles e inmuebles de los OCA´s no se consideran bienes regulados por la LBN
Cierto
Falso
No, solamente los inmuebles
Además del "régimen de dominio público", la LBN prevé que otras leyes podrán establecer una regulación específica
Cierto
Falso
La LGB se aplicará a todos los bienes nacionales, excepto a los bienes regulados por leyes específicas
Cierto
Falso
Indeterminado
Respecto a los bienes regulados en leyes específicas, se aplicará el Código Civil Federal en lo no previsto por dichos ordenamientos y sólo en aquello que no se oponga a éstos.
Cierto
Falso
Indeterminado
¿Qué significa que los bienes nacionales no puedan ser embargados?
Que los mismos siempre serán propiedad de la Nación
Que el Estado no perderá la rectoría sobre los mismos
Que los mismos no podrán ser adquiridos por usucapión
Que no pueden ser secuestrados por acreedores para garantizar los adeudos contra el Estado
¿Qué significa que los bienes nacionales sean imprescriptibles?
Que los mismos siempre serán propiedad de la Nación
Que el Estado no perderá la rectoría sobre los mismos
Que los mismos no podrán ser adquiridos por usucapión
Que no pueden ser secuestrados por acreedores para garantizar los adeudos contra el Estado
Son normas supletorias a la LBN
el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Código Federal de Procedimientos Civiles y la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Histórico
el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles
el Código Civil Federal y el Código Federal de Procedimientos Civiles
el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles
Todos los habitantes de la República pueden usar ______________________ sin más restricciones que las establecidas por las leyes y reglamentos administrativos
los bienes nacionales que no tengan un fin específico,
los bienes nacionales,
los bienes de uso común,
del patrimonio común,
Para aprovechamientos especiales sobre los bienes de uso común, no se requiere
concesión
permiso
autorización
de título alguno
Los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación estarán exclusivamente bajo la jurisdicción
de la entidad federativa en donde se encentre (en caso de inmuebles) y de la federación en caso de bienes muebles
los poderes de la federación
federal o estatal, como lo establezca la LGBN o las leyes específicas
Sólo los ___________________ serán competentes para conocer de los juicios civiles, mercantiles, penales o administrativos, así como de los procedimientos judiciales no contenciosos que se relacionen con los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, incluso cuando las controversias versen sobre derechos de uso sobre los mismos
Juzgados de Distrito
Tribunales Unitarios y Colegiados de Circuito
Tribunales Federales
Tribunales Especiales
_________________________________________ prestarán el auxilio necesario cuando formalmente se les requiera, con el fin de salvaguardar los intereses patrimoniales de la Nación
Todas las dependencias y entidades de la APF
Las Secretarías de Seguridad Pública, de la Defensa Nacional y de Marina, así como la Fiscalía General de la República
Los ciudadanos de la República
La Guardia Nacional
Los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación son inalienables, imprescriptibles e inembargables y no estarán sujetos a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional, o alguna otra por parte de terceros
salvo resolución administrativa o judicial en contrario
cierto
falso
Las concesiones, permisos y autorizaciones sobre bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación no crean derechos reales; otorgan simplemente frente a la administración y sin perjuicio de terceros, el derecho a realizar los usos, aprovechamientos o explotaciones, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes y el título de la concesión, el permiso o la autorización correspondiente
salvo resolución administrativa o judicial en contrario
cierto
falso
¿Qué es una concesión (en materia de la LGBN)?
Acción y efecto de conceder.
Institución jurídica por el cual la Administración cede a una persona facultades de uso privativo de un bien del dominio público bajo ciertas condiciones.
Otorgamiento que una empresa hace a otra, o a un particular, de vender y administrar sus productos en una localidad o país distinto
Aceptación, real o aparente, por parte del hablante, de algo que se le objeta o pudiera objetársele, dando a entender que aun así podrá sustentar victoriosamente su opinión.
¿pueden caducar las concesiones sobre bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación?
No, ni que fueran medicinas
No, la LGBN prevé la figura de la revocación, no la de la caducidad
Sí
No, los bienes nacionales son imprescriptibles
En caso de que se revoque una concesión
los bienes materia de la concesión, pero no sus mejoras y accesiones pasarán de pleno derecho al control y administración del concesionante
supongo que el concesionario estará muy triste
los bienes materia de la concesión, sus mejoras y accesiones pasarán de pleno derecho al control y administración del concesionante, sin pago de indemnización alguna al concesionario
los bienes materia de la concesión, sus mejoras y accesiones pasarán de pleno derecho al control y administración del concesionante, previa indemnización concesionario
¿Qué es el "rescate"?
Es cuando el Ejército o la Marina aplican el Plan DN III
Figura jurídica para revocar una concesión, para cuando hay una causa de revocación
Figura jurídica que consiste en la extinción de la concesión mediante indemnización, por causas de utilidad, de interés público o de seguridad nacional
Figura jurídica que consiste en la caducidad de la concesión mediante indemnización, por causas de utilidad, de interés público o de seguridad nacional
La declaratoria de rescate hará que los bienes materia de la concesión vuelvan, de pleno derecho, desde la fecha de la declaratoria, a la posesión, control y administración del concesionante y que ingresen a su patrimonio los bienes, equipos e instalaciones destinados directamente a los fines de la concesión
Parcialmente cierto, regresan los bienes nacionales, mas no los equipos e instalaciones destinados a la concesión
Cierto
Falso
Podrá autorizarse al concesionario a retirar y a disponer de los bienes, equipo e instalaciones de su propiedad afectos a la concesión, cuando los mismos no fueren útiles al concesionante y puedan ser aprovechados por el concesionario; pero, en este caso, su valor no se incluirá en el monto de la indemnización
Parcialmente cierto, ya que su valor sí debe incluirse en la indemnización
Cierto
Falso
Las concesiones
No podrán otorgarlas a favor de los servidores públicos que en cualquier forma intervengan en el trámite de las concesiones, ni de sus cónyuges o parientes consanguíneos y por afinidad hasta el cuarto grado o civiles, o de terceros con los que dichos servidores tengan vínculos privados o de negocios
Deben evitar el acaparamiento o concentración de concesiones en una sola persona
No deben afectar el interés público
Pueden otorgarse cuando no sea posible o conveniente que la Federación emprenda la explotación directa de los inmuebles de que se trate
Todas las mencionadas en este inciso
Plazo máximo para otorgar una concesión
10 año
15 años
20 años
30 años
50 años
Las concesiones sobre inmuebles federales se extinguen por
Cumplimiento del plazo
Rescate, revocación, caducidad o nulidad
desaparición del objeto de la concesión
renuncia del concesionario
Todas las señaladas, incluyendo cuando se afecte la seguridad nacional
Se entiende por caducidad de una concesión
el cumplimiento del plazo
cuando no se inicie el aprovechamiento dentro del plazo señalado
la pérdida de un derecho por no ejercerse
las concesiones no caducan, solo se revocan o rescatan
¿Cuál no es una causa de revocación de la concesión?
Dañar ecosistemas como consecuencia del uso, aprovechamiento o explotación
Dejar de cumplir con las condiciones a que se sujete el otorgamiento de la concesión o infringir lo dispuesto en esta Ley y sus reglamentos, salvo que otra disposición jurídica establezca una sanción diferente
No iniciar con el aprovechamiento en el plazo señalado en el título de la concesión
Dejar de cumplir con el fin para el que fue otorgada la concesión, dar al bien objeto de la misma un uso distinto al autorizado o no usar el bien de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley, sus reglamentos y el título de concesión
Realizar obras no autorizadas
Las dependencias que otorguen concesiones, no podrán autorizar a los concesionarios para dar en arrendamiento o comodato fracciones de los inmuebles federales concesionados
Sí, previa autorización de la Secretaría de la Función Pública
Cierto
Falso
Las dependencias que otorguen concesiones, podrán autorizar a los concesionarios para ceder los derechos y obligaciones derivados de las concesiones, siempre que el cesionario reúna los mismos requisitos y condiciones que se hubieren tomado en cuenta para su otorgamiento.
Cierto
Falso
falso, las concesiones son in tuito personae, y por ende, intransferibles
Sí, previa autorización de la Secretaría de la Función Pública
Los inmuebles federales utilizados para actos religiosos de culto público, se consideran destinados a un objeto público
Sólo en horario laboral
Sólo en días de culto religioso
Cierto
Falso
La figura de expropiación tiene origen en o inicia con:
Decreto de Expropiación
Declaratoria de Utilidad Pública
Emplazamiento
La equitativa distribución de la riqueza acaparada o monopolizada con ventaja exclusiva de una o varias personas y con perjuicio de la colectividad en general, o de una clase en particular, es una causa de utilidad pública
seguramente cabecita del algodón diría que sí
Cierto
Falso
La creación, fomento o conservación de una empresa para beneficio de la colectividad, es una causa de utilidad pública
Cierto
Falso
Karl Marx apoya esta idea
Adam Smith dice que no
Caso en que, de la publicación de la Causa de Utilidad Pública, sin procedimiento previo, se va directamente al Decreto de Expropiación Nacional
Las medidas necesarias para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la colectividad
La satisfacción de necesidades colectivas en caso de guerra o trastornos interiores; el abastecimiento de las ciudades o centros de población, de víveres o de otros artículos de consumo necesario, y los procedimientos empleados para combatir o impedir la propagación de epidemias, epizootias, incendios, plagas, inundaciones u otras calamidades públicas;
Los medios empleados para la defensa nacional o para el mantenimiento de la paz pública
Todas las respuestas de este inciso
Solamente la Ley de Expropiación regula las cusas de utilidad pública
correcto, únicamente la Ley de Expropiación prevé esta institución
incorrecto, otras leyes pueden establecer causas de utilidad pública
Las causas de utilidad pública debe basarse únicamente en criterios jurídicos
correcto, en atención al principio de legalidad
falso, debe sustentarse en criterios técnicos
es una facultad discrecional
La causa de utilidad pública debe publicarse, en el Diario Oficial de la Federación en dos ocasiones
es facultad discrecional
cierto
falso
En contra de la declaratoria de utilidad pública
procede recurso de revisión y en su caso, juicio de nulidad
solamente procede juicio de nulidad y, en su caso, amparo directo
únicamente procede amparo indirecto
Plazo que tiene el Ejecutivo Federal para emitir el Decreto de Expropiación
15 días
30 días
45 días
90 días
Puede la autoridad, ocupar (sin expropiar) un bien, por causa de utilidad pública, mediante indemnización
cierto
falso
Conforme a la CPEUM la extinción de dominio se considera confiscación, pero está constitucionalmente permitida
Cierto
Falso
¿Qué autoridad debe ejercer la acción de extinción de dominio?
Secretaría del Ramo
MP
Secretaría de la Función Pública
Poder Judicial de la Federación
La Ley Nacional de Extinción de Dominio es una Ley
General
Nacional
Federal
Terrible
Larga que topa y ancha que tapa
¿Cuál no es un hecho delictivo NO objeto de la Ley Nacional de Extinción de Dominio?
Ley Federal contra la Delincuencia Organizada
Feminicidio
Secuestro
Trata de Personas
Corrupción
¿Cuál no es un hecho delictivo NO objeto de la Ley Nacional de Extinción de Dominio?
Robo de Hidrocarburos (Huachicol)
Operaciones con recursos de procedencia ilícita
Extorsión
Encubrimiento (400 CPF)
Ninguno, todos lo son
¿Cómo se define la conducta diligente y prudente exenta de culpa en todo acto o negocio jurídico relacionado con los Bienes objeto del procedimiento de extinción de dominio?
Deber jurídico
Ética civil
Ética mercantil
Buena Fe
Deber de cuidado
¿Conforme a la LNED pueden disponerse de los bienes sujetos al procedimiento de ED aún antes de que éste culmine?
No, bajo ninguna circunstancia, ya que al ser un acto de privación, el artículo 14 constitucional exige que haya juicio previo.
No, bajo ninguna circunstancia, ya que al ser un acto de molestia, el artículo 16 constitucional exige que se sigan la formalidades esenciales del procedimiento
Sí, a través de la figura de disposición anticipada, la cual prevé que durante el proceso de extinción de dominio y, previo a la emisión de la resolución definitiva, se puede disponer de esos bienes para su uso, usufructo, asignación o aprovechamiento para programas sociales o políticas públicas prioritarias
Sí, a través de la figura de disposición anticipada, la cual prevé que durante el proceso de extinción de dominio y, previo autorización de un juez de control, se puede disponer de esos bienes para su uso, usufructo, asignación o aprovechamiento para programas sociales o políticas públicas prioritarias
Cuenta en la que la Autoridad Administradora transferirá el producto de la venta de los Bienes que causaron extinción de dominio por sentencia firme, el cual no podrá ser menor al diez por ciento del producto de la venta o bien, el monto de los recursos por Venta Anticipada que no podrá ser menor al treinta por ciento del producto de la venta
Fondo de Reserva
Fondo Contingente
Este concepto no está previsto en la LNED
Cuenta de Transferencia
Cuenta de Reserva
En el procedimiento de ED ¿quién debe demostrar la ilegítima procedencia o ilicitud de los bienes objeto del mismo?
El MP
El Juez
Cada parte debe demostrar los hechos constitutivos de su acción
Al contrario, el particular debe demostrar la legítima procedencia de aquéllos
Los peritos de los partes a través de dictámenes técnicos
La enajenación de Bienes previo a la emisión de la sentencia definitiva en materia de extinción de dominio;
Destino Previo
Devolver al Pueblo lo Robado
Venta Anticipada
Preventa
Enajenación Precautoria
Definición legal de Extinción de Dominio
es la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación con los Bienes a que se refiere la presente Ley, declarada por sentencia de la autoridad judicial, sin contraprestación, ni compensación alguna para su propietario o para quien se ostente o comporte como tal, ni para quien, por cualquier circunstancia, posea o detente los citados Bienes
es cuando se extinguen los derechos que tenga una persona en relación con los Bienes a que se refiere la presente Ley, declarada por sentencia de la autoridad judicial, sin contraprestación, ni compensación alguna para su propietario o para quien se ostente o comporte como tal, ni para quien, por cualquier circunstancia, posea o detente los citados Bienes
institución jurídica por virtud de la cual se pierden los derechos de propiedad respecto de los bienes que son producto directo o indirecto de los hechos delictivos señalados en esta Ley
es cuando se pierden los derechos de propiedad respecto de los bienes que son producto directo o indirecto de los hechos delictivos señalados en esta Ley
A pesar de que el procedimiento de ED tiene naturaleza "civil" (administrativa) el Código Nacional de Procedimientos Penales es supletorio a aquélla
Cierto
Cierto, pero solo en la preparación del ejercicio de la acción de extinción de dominio y en aquellas actuaciones a cargo del Ministerio Público
Falso
Solamente si la figura que se pretende complementar no está suficientemente regulada en la LNED
Falso, conforme al artículo 22 de la CPEUM el procedimiento de ED es autónomo e independiente al procedimiento penal
En lo relativo a la administración, enajenación y destino de los Bienes, se aplicará de manera supletoria
Código Civil Federal
Código Federal de Procedimientos Civiles
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
En relación a la regulación de Bienes, se aplicará de manera supletoria
Código Civil Federal
Código Federal de Procedimientos Civiles
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Respecto al procedimiento de ED, se aplicará de manera supletoria
Código Civil Federal
Código Federal de Procedimientos Civiles
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Toda la información que se genere u obtenga con relación a esta Ley, incluyendo aquella obtenida por el MP para la preparación de la acción de extinción de dominio, será de carácter público y se regirá en los términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y las correlativas de las Entidades Federativas, así como las demás disposiciones aplicables.
Cierto
Parcialmente cierto, ya que la información de preparación de la acción ED es de carácter reservado
Falso, toda la información que se genera con motivo de la acción de ED es de carácter reservada
Falso, toda la información que se genera con motivo de la acción de ED es de carácter confidencial
Tiene la obligación de elaborar y presentar, de manera anual, al Senado de la República, un informe sobre el ejercicio de las atribuciones de la LNED
Titular del Ejecutivo Federal
Secretario de Seguridad Ciudadana
Fiscal General de la República
Jefe del Ministerio Público especializado en Extinción de Dominio
Esta obligación no existe en la LNED
La acción de extinción de dominio procederá sobre aquellos Bienes de carácter patrimonial _____________________________, en particular, Bienes que sean instrumento, objeto o producto de los hechos ilícitos, sin perjuicio del lugar de su realización
respecto de los cuales el MP acredite su ilegítima procedencia
que hayan sido adquiridos de forma ilícita
objeto de esta Ley
cuya Legítima Procedencia no pueda acreditarse
A través de diversas operaciones financieras, con los recursos obtenidos por sus actividades delincuenciales, una banda de secuestradores logró constituir una Asociación Civil que funciona como hospital, en la cual se adquirieron materiales y equipo con los que son atendidos los pacientes (tanto los delincuentes heridos, como los pobladores de la región, a los cuales se les da atención gratuita). ¿Puede aplicarse la ED respecto del hospital y sus equipos?
No, ya que en sí mismo en el Hospital no se realiza ni está vinculada a las actividades delictivas
Sí, ya que se trata de bienes de procedencia lícita utilizados para ocultar otros bienes de origen ilícito, o mezclados material o jurídicamente con Bienes de ilícita procedencia
Sí, ya que se trata de bienes que constituyen ingresos, rentas, productos, rendimientos, frutos, accesorios, ganancias y otros beneficios derivados de los Bienes objeto de la LNED
Sí, ya que constituyen bienes que provienen de la transformación o conversión, parcial o total, física o jurídica del producto, instrumentos u objeto material de hechos ilícitos objeto de la LNED
Una banda de ladrones de vehículos estableció un lote de carros, en el que, además de vender los autos robados (remarcados) también se realizan actividades normales de compra venta de vehículos particulares (legítimos) ¿Puede aplicarse la ED respecto de los vehículos que sí son de legítima procedencia?
Sí, ya que constituyen bienes que provienen de la transformación o conversión, parcial o total, física o jurídica del producto, instrumentos u objeto material de hechos ilícitos objeto de la LNED
No, ya que en sí mismo en el lote de autos no se realizan actividades delictivas
Sí, ya que se trata de bienes de procedencia lícita utilizados para ocultar otros bienes de origen ilícito, o mezclados material o jurídicamente con Bienes de ilícita procedencia
Sí, ya que se trata de bienes que constituyen ingresos, rentas, productos, rendimientos, frutos, accesorios, ganancias y otros beneficios derivados de los Bienes objeto de la LNED
Mi abuelo era un peligroso narcotraficante, pero además era apicultor, desgraciadamente murió el mes pasado a causa de Covid19 y me heredó su granja avícola, en la que únicamente se obtiene miel de abeja y nunca se metió un peso de actividades ilícitas (cuestión que puede acreditarse). Mi abuelo supo esconder todos los productos de sus actividades ilícitas en Namibia, cuestión que se conoce pero por falta de un tratado México no puede acceder a los bienes en Namibia ¿Pueden aplicarme a mí la ED respecto de la granja avícola (yo ni conocía a mi abuelo ni sus actividades)?
Sí, ya que constituyen bienes que provienen de la transformación o conversión, parcial o total, física o jurídica del producto, instrumentos u objeto material de hechos ilícitos objeto de la LNED
No, ya que en sí mismo en la granja no se realiza ni está vinculada a las actividades delictivas y yo soy heredero de buena fe
Sí, ya que se trata de bienes de procedencia lícita utilizados para ocultar otros bienes de origen ilícito, o mezclados material o jurídicamente con Bienes de ilícita procedencia
Sí, ya que se trata de bienes de origen lícito cuyo valor es equivalente a cualquiera de los Bienes descritos en las LNED, cuando no sea posible su localización, identificación, incautación, aseguramiento o aprehensión material
Sí, ya que se trata de bienes que constituyen ingresos, rentas, productos, rendimientos, frutos, accesorios, ganancias y otros beneficios derivados de los Bienes objeto de la LNED
El procedimiento de extinción de dominio tiene ___ etapas
2: preeliminar y juicio
2: juicio y ejecución
sólo 1
3: integración, juicio y ejecución
3: averiguación previa, medida cautelar y juicio
En el procedimiento de ED, la buena fe del particular se presume
Sí, siempre
Sí, pero sólo si se cumplen determinados extremos
No
La acción de extinción de dominio es imprescriptible en el caso de Bienes que sean de origen ilícito
Cierto
Falso, prescribe en 5 años
Falso, prescribe en 10 años
Falso, prescribe en 20 años
Los elementos de la acción de extinción de dominio son:
1. La existencia de un Hecho Ilícito;
2. La existencia de algún bien de origen o destinación ilícita;
3. El nexo causal de los dos elementos anteriores, y
4. La identificación del sujeto responsable del ilícito
1. La existencia de un Hecho Ilícito;
2. La existencia de algún bien de origen o destinación ilícita;
3. El nexo causal de los dos elementos anteriores, y
4. La acción del MP ante juez competente
1. La existencia de un Hecho Ilícito;
2. La existencia de algún bien de origen o destinación ilícita;
3. El nexo causal de los dos elementos anteriores, y
4. El conocimiento que tenga o deba haber tenido el titular, del destino del bien al Hecho Ilícito, o de que sea producto del ilícito.
1. La existencia de un Hecho Ilícito;
2. La existencia de algún bien de origen o destinación ilícita;
3. El nexo causal de los dos elementos anteriores, y
4. La ausencia de buena fe y/o conocimiento que tenga el titular del destino del bien al Hecho Ilícito, o de que sea producto del ilícito.
Las facultades del Ministerio Público para demandar la extinción de dominio, caducan en el plazo de ______ a partir del día siguiente a aquel en que el Ministerio Público a cargo de un procedimiento penal, informe a la unidad administrativa de la Fiscalía responsable de ejercer la acción de extinción de dominio, de la existencia de Bienes susceptibles de la aplicación de las disposiciones de esta Ley.
5 años
10 años
20 años
nunca caducan
Solo la muerte legitima los bienes afectos a la acción de ED, sin perjuicio de los derechos de terceros de Buena Fe.
Cierto
Falso, ningún acto jurídico realizado sobre Bienes afectos a la acción de ED
Parcialmente cierto, ya que la sucesión debe ser legítima
Sólo si el heredero o legatario acredita la buena fe conforme al artículo15 de esta Ley
Si el sujeto pasivo de la acción de ED dominio, la acción puede proseguir respecto de los herederos, legatarios, causahabientes y cualquiera otra figura análoga que alegue derechos sobre los Bienes objeto de la acción.
Falso
Parcialmente falso, solo puede proseguir si éstos no demuestran su buena fe
Cierto
Parcialmente cierto, ya que el MP debe demostrar la ausencia de buena fe
La acción de extinción de dominio se ejercerá ____________________ se haya determinado la responsabilidad penal en los casos de los delitos previstos en el párrafo cuarto, del artículo 22 de la Constitución, siempre y cuando existan fundamentos sólidos y razonables que permitan inferir la existencia de Bienes cuyo origen o destino se enmarca en las circunstancias previstas en la presente Ley.
siempre que
paralelamente a
aun cuando no
concomitantemente
Si no pagaste impuestos respecto de los bienes afectos al procedimiento se pude considerar que no hay buena fe
Solo si no hay cumplimiento espontáneo
Cierto
Falso
Falso, a menos que tú mismo denuncies el hecho
Para que opere la presunción de buena fe, la LNED exige que el documento respectivo obre en instrumento público
Cierto, siempre
Sí, pero sólo cual la ley exige dicha formalidad
Falso
Parcialmente falso, solamente exige que el documento tenga fecha cierta
El demandado en el procedimiento de extinción de dominio tiene derecho a un defensor de oficio
Sí
No, no el procedimiento es civil, no penal
Solo si acredita no tener recursos para pagar un abogado
En el procedimiento de extinción de dominio, solo procede recurso de apelación hasta sentencia definitiva, en la que se hagan valer todas las impugnaciones de fondo, forma y procedimiento
Cierto
Falso
No sé
Respecto de las sentencias en el procedimiento de extinción de dominio, basta con que el Juez apoye sus puntos resolutivos en preceptos legales o principios jurídicos
Sí, ya que quedan abolidas las antiguas fórmulas de las sentencias
No, debe fundar y motivar para respetar los principios constitucionales de seguridad y legalidad jurídica
Sólo las sentencias orales
Sólo si se dicta en la propia audiencia principal
Todas las sentencias que se pronuncien en el juicio de extinción de dominio tienen a su favor la presunción de haberse pronunciado según la forma prescrita por el derecho, con conocimiento de causa y por Juez legítimo con jurisdicción para darla
Cierto
Parcialmente cierto, solo aquellas que decreten como procedente la acción de ED
Falso
Parcialmente falso, solo aquéllas que respeten los principios de congruencia interna y congruencia externa
En el procedimiento de Extinción de Dominio, existe la posibilidad de interponer apelaciones preventivas
Cierto
Falso
Las medidas cautelares solo pueden solicitarse una vez que el MP presenta su demanda en el procedimiento de Extinción de Dominio
Cierto
Falso
El MP debe acreditar siempre la necesidad de decretar una medida cautelar en el procedimiento de extinción de dominio
Cierto
Falso
El MP debe determinar con precisión el o los Bienes que pide sean objeto de la medida cautelar en el procedimiento de extinción de dominio, describiéndolos de ser posible para facilitar su identificación
Cierto
Falso
El MP debe acreditar el derecho que le asiste para pedir la medida cautelar en el procedimiento de extinción de dominio
Cierto
Falso
En el procedimiento de extinción de dominio, la disposición de los bienes solo puede hacerse hasta que causa ejecutoria la sentencia que decreta la extinción de domonio
Falso, puede haber una venta anticipada
Cierto, en atención a la naturaleza de los actos de privación prevista en el artículo 14, segundo párrafo de la CPEUM
Solo si el demandado está de acuerdo
Si en el procedimiento de extinción de dominio, el demandado omite contestar la demanda
Se le declara en rebeldía y se tiene por contestada la demanda en sentido negativo
Se le declara rebelde, pero podrá comparecer al proceso en cualquier momento y podrá hacer valer los derechos que no le hayan precluido.
Se le declara rebelde y no podrá comparecer al proceso.
En el procedimiento de extinción de dominio la depuración procesal debe hacerse
en el acuerdo de admisión
en la Audiencia Inicial
en el acuerdo que recaiga a la contestación de demanda
en la Audiencia Principal
en cualquier momento del procedimiento
En el procedimiento de extinción de dominio la fijación de la audiencia principal debe hacerse
en el acuerdo de admisión
en la Audiencia Inicial
en el acuerdo que recaiga a la contestación de demanda
en la Audiencia Principal
en el acuerdo de cierre de instrucción
En el procedimiento de extinción de dominio el desahogo de pruebas debe hacerse
en el término probatorio
en la Audiencia Inicial
en el acuerdo que recaiga a la contestación de demanda
en la Audiencia Principal
en cualquier momento del procedimiento
En el procedimiento de extinción de dominio la sentencia debe dictarse siempre en la audiencia principal
Cierto
Falso, el juez puede dictarla hasta 8 días después de la audiencia principal
Falso, el juez puede dictarla hasta 30 días después de la audiencia principal
Falso, el juez puede dictarla hasta 90 días después de la audiencia principal
Falso, el juez puede dictarla hasta 10 días después de la audiencia principal
