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INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO 2.0

Total questions: 22

Worksheet time: 1hrs 6mins

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1.

Pertenecen a las disciplinas fundamentales del derecho.

a)

La filosofía del derecho y la jurisprudencia técnica

b)

La historia del derecho, el derecho comparado y la sociología jurídica.

2.

Pertenecen a las disciplinas auxiliares del derecho.

a)

La filosofía del derecho y la jurisprudencia técnica

b)

La historia del derecho, el derecho comparado y la sociología jurídica.

3.

Estudia la determinación del concepto de derecho y los valores que el orden jurídico positivo debe realizar.

a)

La filosofía del derecho.

b)

La axiología jurídica.

4.

Estudia los valores a cuya realización debe aspirar el orden jurídico positivo. Para la mayoría de los autores, es la justicia la finalidad suprema de éste.

a)

La filosofía del derecho.

b)

La axiología jurídica.

5.

Se han formado con la finalidad de compartir y discutir diversos razonamientos lógicos y métodos sobre conceptos abstractos relacionados con la humanidad y el contexto que nos rodea.

a)

Corrientes filosóficas.

b)

Iusnaturalismo

c)

Positivismo

d)

Idealismo

6.

Esta doctrina apoya la idea de que existe una serie de derechos que son propios del ser humano, sin distinción alguna, y que son anteriores a los derechos humanos y los derechos naturales establecidos como parte de un orden social.

a)

Corrientes filosóficas.

b)

Iusnaturalismo

c)

Positivismo

d)

Idealismo

7.

Se basa en la idea de centrarse en la ciencia objetiva y las leyes de la investigación.

a)

Corrientes filosóficas.

b)

Iusnaturalismo

c)

Positivismo

d)

Idealismo

8.

Es una corriente que se caracteriza por interpretar el mundo como algo dual, de esta manera se accede a las ideas a través del conocimiento y de la sensibilidad.

a)

Corrientes filosóficas.

b)

Iusnaturalismo

c)

Positivismo

d)

Idealismo

9.

Es una exposición de las reglas jurídicas que pertenecen a un ordenamiento temporal y espacialmente circunscrito.

a)

Aspecto sistémico de la jurisprudencia técnica.

b)

Aspecto práctico de la jurisprudencia técnica.

10.

Es el arte de la interpretación y aplicación de las normas (legales o consuetudinarias) que lo integran.

a)

Aspecto sistémico de la jurisprudencia técnica.

b)

Aspecto práctico de la jurisprudencia técnica.

11.

Todo precepto jurídico encierra un sentido, pero este no siempre se halla manifestado con claridad. En tal hipótesis, el interprete se ve obligado a desentrañar la significación de la misma.

a)

Interpretación

b)

Integración

c)

Vigencia

d)

Retroactividad

e)

Conflicto de leyes

12.

Se presenta cuando una cuestión sometida al conocimiento de un juez no se encuentre prevista en el ordenamiento positivo. Si existe una laguna debe el juzgador llenarla.

a)

Interpretación

b)

Integración

c)

Vigencia

d)

Retroactividad

e)

Conflicto de leyes

13.

Llegado el momento de la aplicación puede presentarse el problema que consiste en determinar si los preceptos que prevén el caso sometido a la consideración del juez, están vigentes o han sido derogados.

a)

Interpretación

b)

Integración

c)

Vigencia

d)

Retroactividad

e)

Conflicto de leyes

14.

Una de las cuestiones más arduas que pueden surgir en el momento de la aplicación, estriba en saber si una disposición legislativa puede aplicarse a situaciones legislativas concretas, nacidas bajo el imperio de una ley anterior.

a)

Interpretación

b)

Integración

c)

Vigencia

d)

Retroactividad

e)

Conflicto de leyes

15.

A estos se les conoce con el nombre de problemas sobre aplicación de las leyes en el espacio, para distinguirlos de los relativos a la aplicación de las normas jurídicas en el tiempo (retroactividad).

a)

Interpretación

b)

Integración

c)

Vigencia

d)

Retroactividad

e)

Conflicto de leyes

16.

Derecho publico es el que atañe a la conservación de la cosa romana; privado el que concierne a la utilidad de los particulares. A esta concepción se le conoce con el nombre de teoría del interés en juego.

a)

Teoría Romana

b)

Teoría de la naturaleza de la relación

c)

Tesis de Roguin

17.

Una relación es de coordinación cuando los sujetos que en ella figuran encuéntrense colocado en un plano de igualdad, como ocurre, verbigracia, si dos particulares celebran un contrato de mutuo o de compraventa.

a)

Teoría Romana

b)

Teoría de la naturaleza de la relación

c)

Tesis de Roguin

18.

Si existe una legislación especial establecida con el propósito de regular la relación, ésta es de derecho publico; si por el contrario el órgano estatal se somete a la legislación ordinaria la relación es de índole privada.

a)

Teoría Romana

b)

Teoría de la naturaleza de la relación

c)

Tesis de Roguin

19.

No le interesa lo que según los Códigos deba hacerse en tales o cuales circunstancias, sino mas bien le importa el contenido real de las relaciones jurídicas entre los hombres.

a)

Sociología del Derecho

b)

Historia del Derecho

c)

Derecho Comparado

d)

Economía Política

20.

Es una disciplina cuyo objeto consiste en el conocimiento de los sistemas jurídicos del pasado.

a)

Sociología del Derecho

b)

Historia del Derecho

c)

Derecho Comparado

d)

Economía Política

21.

Este Derecho debe resolver los accidentales y divisivas diferencias en los sistemas jurídicos de los pueblos que se encontraran en etapas de desarrollo cultural y económico similares.

a)

Sociología del Derecho

b)

Historia del Derecho

c)

Derecho Comparado

d)

Economía Política

22.

Es la ciencia de los fines y de los medios, dicho en otras palabras, son los procesos mediante los cuales el gobierno intenta regular o incrementar su economía y los fines para alcanzarlos, así como satisfacer las necesidades de los miembros de la población.

a)

Sociología del Derecho

b)

Historia del Derecho

c)

Derecho Comparado

d)

Economía Política