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WorksheetsEXTRAORDINARIO AMPARO II
Total questions: 50
Worksheet time: 25mins
La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compone de un total de:
13 Ministros
11 Ministros
11 Magistrados
13 Magistrados
Las Salas que integran la SCJN son:
Dos: una sala civil y penal y otra administrativa y laboral
Cuatro: sala civil, sala penal, sala administrativa y sala laboral
Tres: sala civil y penal, sala administrativa y sala laboral
Una sola sala para todos los asuntos
Asuntos que son del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Distrito:
Amparo directo
Acción de inconstitucionalidad
Recurso de apelación de otro tribunal de la misma jerarquía
De los recursos de revisión, queja o inconformidad de la sustanciación del amparo
La denuncia de contradicciones de criterios y tésis ante la SCJN corresponde a:
Tribunales Colegiados de Circuito
Los Juzgados de distrito
Los Plenos regionales
Los Tribunales colegiados de distrito
Es el órgano de administración y vigilancia del Poder Judicial Federal
La SCJN
La Coordinación Jurídica
El Consejo de la Judicatura Federal
El örgano de control interno
Señala los actos de autoridad respecto de los cuales no existe un término para presentar el amparo:
En el caso de que normas que sean autoaplicativas.
Cuando se pretenda un amparo contra algún acto de autoridad que prive de derechos agrarios
Cuando se trate de actos que puedan privar de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento.
Cuando se pretenda desterrar a una persona o deportarla
El plazo genérico para presentar la demanda de amparo, a partir de la fecha en que haya surtido efectos la notificación de la resolución, sentencia o acto impugnado es de:
10 días
15 días
20 días
7 meses
Son partes en el juicio de amparo:
Actor
Demandado
Quejoso
Autoridad responsable
La primera notificación al tercero interesado debe hacerse:
Por lista
Pos oficio
Por correo certificcado
Personalmente en el domicilio señalado por el quejoso
Son causas de improcedencia del amparo las siguientes:
Contra actos de la SCJN
Contra actos del Congreso de la Unión o Comisiones
Contra normas generales o resoluciones que ponen fin a juicio
Contra actos consumados de modo irreparable
El amparo indirecto procede en los siguientes casos:
Contra normas generales
Actos emitidos por autoridades administrativas
Resoluciones de órganos judiciales que no ponen fin al juicio
Contra resoluciones o sentencias que ponen fin al juicio
Son parte importante de los requisitos de la demanda de amparo indirecto:
Las pretensiones
La autoridad o autoridades responsables
Los preceptos de derechos humanos que se consideren violados
Los conceptos de violación
El amparo indirecto se tramita ante:
La SCJN
Los tribunales colegiados de circuito
Los tribunales colegiados de distrito
Los juzgados de distrito
Una vez que se admite la demanda por el juez de distrito los pasos que siguen son:
Señalar audiencia constitucional en el plazo de 30 días siguientes
Notificar a la autoridad responsable para que emita su informe justificado
Tramitar si procede el incidente de suspensión
Correr traslado al tercero perjudicado
En el amparo indirecto se pueden presentar todos los medios de prueba a excepción de:
la confesional por posiciones
la testimonial
la presuncional
la documental
Se deben agregar copias a la demanda de amparo si se tramita de forma electrónica
verdadero
falso
Cuando el amparo se interponga por ejemplo contra una órden de aprehensión, la suspensión de acto reclamado se aplica:
solo a petición de la parte quejosa
de oficio, al ser un acto privativo de la libertad
El trámite de suspensión a petición de parte se realiza mediante:
un medio preparatorio
en conjunto con el trámite principal
un incidente, que se lleva como un trámite por cuerda separada
Es la contestación que formula la autoridad respecto a lo manifestado por el quejoso al solicitar la suspensión del acto reclamado en el cuaderno incidental.
Informe previo
Informe justificado
Incidente
Sentencia interlocutoria
Es la ley que se aplica de manera supletoria a la Ley de Amparo, como en el caso de las pruebas que pueden ofrecerse y las disposiciones sobre cómo deben de presentarse, prepararse y desahogarse.
Código Civil Federal
Código Federal de Procedimientos Civiles
Constitución Política de los Estaos Unidos Mexicanos
Es el amparo que procede contra cualquier resolución o sentencia que pone fin a un juicio, aún cuando decidan el juicio en lo principal, sin haber entrado al conocimiento del fondo de un asunto.
Amparo directo
Amparo indirecto
Recurso de revisión
Recurso de apelación
Los tres tipos de conceptos de violación que pueden ser materia del amparo directo son:
Violaciones al procedimiento
Violaciones de forma y fondo
Relativos a cuestiones de constitucionalidad y convencionalidad
Relativas a cuestiones de legalidad de normas federales
El amparo directo se presenta:
Ante el tribunal colegiado de circuito
Ante la autoridad responsable de la sentencia o resolución que se reclama
Ante la SCJN
Ante Juez de distrito
Es la autoridad competente para conocer del juicio de amparo directo:
Juzgados de distrito
Tribunales colegiados de apelación
Tribunales colegiados de circuito
la SCJN
Es la facultad que puede ejercer la SCJN, en asuntos que sean de especial interés u trascendencia, para conocer del amparo directo:
Facultad jurisdiccional
Facultad de atracción
¿Cualquier tribunal colegiado de circuito puede conocer de cualquier amparo?
Si, todos tienen competencia para conocer de cualquier amparo
No, la competencia se fija de acuerdo con la residencia de la autoridad que haya efectuado el acto reclamado y por especialización
El tercero interesado en el juicio de amparo directo es:
la autoridad que emite el acto reclamado
la contraparte del quejoso en el juicio de origen contra el que se interpone el amparo
cualquier persona cuyos derechos fundamentales hayan sido vulnerados
En el amparo directo no se desahogan pruebas en la audiencia ya que el tribunal colegiado se basa para resolver en los autos del juicio o procedimiento contra el que se interpone.
Verdadero
Falso
Las sentencias en el juicio de amparo pueden:
Conceder el amparo
Negar el amparo
Sobreseer
Ignorar
Es una institución de carácter procesal que concluye una instancia judicial por aparecer una causa que impide, ya sea su continuación, o que se resuelva la cuestión de fondo planteada en virtud de esa causa, por lo cual, no existe ninguna declaración de constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto que se reclama por parte del órgano que conoce del juicio de garantías, dejando en aptitud a la autoridad responsable para actuar dentro de sus atribuciones.
Concesión de la protección federal
Impedimentos
Sobreseimiento
Son causales de sobreseimiento en el amparo:
Desistimiento del quejoso
Que el quejoso no hubiera entregado los edictos (en los casos que requiera dicho medio de notificación al tercero interesado)
Que en las constancias de los autos del juicio de orígen apareciera que no existe el acto reclamado
Que la autoridad no sea competente
Cuando la sentencia que concede el amparo al quejoso sea de carácter positivo, la autoridad responsable deberá:
restituir al quejoso en el pleno goce del derecho violado, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación
respetar el derecho de que se trate y a cumplir lo que el mismo exija, dejando de omitir la protección a los derechos humanos del quejoso
continuar con la realización del acto reclamado, o en la omisión de protección de los derechos humanos al quejoso
Las sentencias en el amparo se ocupan solo del quejoso, es el principio de:
suplencia en la deficiencia de la queja
definitividad
de parte agraviada
de prosecución judicial
Cuando los afectados por el acto de autoridad sean menores de edad, el tribunal colegiado o en su caso la SCJN, deberá de suplir la queja en los conceptos de violación.
Verdadero
Falso
Si la autoridad responsable no cumple con la sentencia que concede la protección federal, la consecuencia puede ser:
que el tribunal colegiado ordene de nuevo su cumplimiento
que se le impongan multas a la autoridad responsable por no cumplir lo ordenado
Se da en los supuestos de que al ejecutar la sentencia resulte en un daño a la sociedad que sea mayor proporcionalmente al beneficio que reciba el quejoso
Incidente de ejecución
Incidente de cumplimiento sustituto
Incidente de liquidación
Incidente de nulidad de notificación
El incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión procede en los siguientes casos:
Cuando la autoridad responsable no cumpla con la suspensión provisional o definitiva
cuando se haya cumplido defectuosamente o de forma excesiva afectando derechos del quejoso o interesado
cuando se hubiera recibido garantía para el incidente que resulte “ilusoria” o insuficiente
cuando al cumplir la sentencia el resultado resulte en un perjuicio mayor que el beneficio que reciba el quejoso
Son violaciones al procedimiento en los juicios civiles, administrativos o laborales, que pueden dar lugar al amparo directo:
Se le hubiera citado de una forma diversa a la señalada en la ley
Se le deseche ilegalmente un incidente de nulidad
No se respete al imputado el derecho a declarar
Se le desechen pruebas legalmente ofrecidas
En los juicios del sistema penal mixto, se consideran violadas las leyes al procedimiento cuando:
Se le deseche un incidente de nulidad
Solicite un careo y no se le realice en presencia del juez
No se le suministren los datos requeridos para su defensa
La sentencia se funde en la confesión del reo
Se considerarán violaciones al procedimiento en los juicios penales del sistema oral:
La presentación de argumentos y pruebas en el juicio no se realice de manera pública, contradictoria y oral, salvo las excepciones previstas por la legislación procedimental aplicable
Intervenga en el juicio el órgano jurisdiccional que haya conocido del caso previamente;
No se faciliten al imputado todos los datos que solicite para su defensa y que consten en el procedimiento o se restrinja al imputado y a la defensa el acceso a los registros de investigación cuando el primero esté detenido o se pretenda recibirle declaración o entrevistarlo
la sentencia se funde en la confesión del reo y dicha confesión fué obtenida por cualquier medio coactivo
Son medios de impugnación procedentes en el amparo los siguientes:
Apelación
Revisión
Queja
Reclamación
El recurso que procede contra sentencias, ya sea del amparo indirecto o del directo es el de:
Queja
Revisión
Reclamación
Inconformidad
El plazo para interponer el recurso de revisión, una vez que se conoce la sentencia recaída al amparo es de:
3 días
5 días
10 días
15 días
Si una demanda de amparo indirecto es desechada, el recurso qu puedo promover es el de:
Revisión
Queja
Inconformidad
Reclamación
El plazo para interponer el recurso de queja es de:
3 días
5 días
10 días
15 días
Contra los acuerdos de trámite emitidos por el órgano jurisdiccional que conoce del amparo, el recurso que procede es el de:
Revisión
Queja
Reclamación
Inconformidad
El plazo para interponer el recurso de reclamación, una vez que se tiene conocimiento del acuerdo a impugnar y que ha surtido efectos, es de:
tres días
cinco días
diez días
quince días
Contra la forma en que se lleve a cabo la ejecutoria de la sentencia de amparo, el recurso procedente es el de:
Revisión
Queja
Reclamación
Inconformidad
El plazo para interponer el recurso de inconformidad es de:
tres días
cinco días
diez días
quince días
El amparo es:
un recurso
un medio de impugnación
