WorksheetsDerechos del Contribuyente
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Worksheet time: 13mins
Algunos de los derechos de los contribuyentes, son:
Formular consultas ante la autoridad fiscal
Que PRODECON atienda sus quejas
Solicitar la devolución de saldos a favor o del pago de lo indebido
Conservar la documentación y realizar un registro contable electrónico
Cuáles de estos documentos tiene derecho el contribuyente a no proporcionar a la autoridad fiscal, porque ésta ya los tiene?
Las declaraciones anuales o mensuales o de pagos provisionales
Los contratos celebrados
Los estados de cuenta bancarios o de instituciones financieras
Los títulos accionarios de los socios de la empresa
Cuando no se presenta la declaración anual del ISR o un pago mensual del IVA, el plazo de la caducidad, en términos del artículo 67, CFF, es de:
3 años
10 años
5 años
2 años
En el artículo 2, de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente
Se establece como derecho, ser tratado con respeto y consideración por la autoridad
Se establece como derecho que las actuaciones de la autoridad, sean lo menos onerosa para el contribuyente
Se establece como derecho, No proporcionar documentos o informes que ya tiene en su poder la autoridad
Se establece como derecho que la visita domiciliaria se concluya anticipadamente
La aclaración, como derecho del contribuyente, que regula el CFF:
Debe formularse a través de la ficha de trámite 253/CFF
Es con relación a las multas que norman los artículos 41, fracciones I y III, 78, 79 y 81, fracciones I, II y VI del CFF
Se tiene un plazo de 6 días para comparecer
Es con relación a las multas que norman el artículo 69-B, CFF
En materia del derecho a la defensa del contribuyente:
Se puede interponer el recurso de revocación que establece el artículo 116, CFF
Se tiene un plazo de 30 días para interponerlo
Debe utilizarse la ficha de trámite 192/CFF para interponer el recurso de revocación
Se tiene un plazo de 15 días para interponerlo
Si un contribuyente aplica los coeficientes de utilidad sobre ingresos omitidos de 3 millones de pesos y la autoridad le niega el derecho a que aplique dichos coeficientes, diremos que se viola el derecho:
A ser tratado con respeto y consideración
A que las actuaciones de la autoridad sean lo menos onerosa posible
A que se le informe el derecho a la autocorrección
La negativa ficta se configura:
Por contestar negativamente la autoridad
Por el silencio de la autoridad, en un plazo de 3 meses y debe entenderse como respuesta negativa
Por contestar afirmativamente la autoridad
Por omisión del contribuyente
La caducidad como derecho del contribuyente:
Consiste en la extinción del crédito fiscal en 5 años
Consiste en la extinción de las facultades de la autoridad fiscal para determinar crédito fiscales
Tiene un plazo general y uno especial sino se presenta declaración anual o pago mensual
Se norma por el artículo 67, CFF
PRODECON puede defender gratuitamente al contribuyente:
En asuntos cuyo monto no exceda de treinta veces el salario mínimo del Distrito Federal (UMA) elevado al año
En asuntos cuyo monto no exceda de diez veces el salario mínimo del Distrito Federal (UMA) elevado al año
En asuntos cuyo monto no exceda de quince veces el salario mínimo del Distrito Federal (UMA) elevado al año
En asuntos cuyo monto no exceda de sesenta veces el salario mínimo del Distrito Federal (UMA) elevado al año
Algunas fichas de trámite para solicitar la devolución, son:
13/CFF “Solicitud de Devolución de cantidades a favor de otras Contribuciones¨
10/CFF Solicitud de Devolución de saldos a saldos a favor del IVA.
15/CFF “Solicitud de Devolución del IEPS por crédito diesel
9/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR.
Cuál es el plazo para que se configure la negativa ficta, según el artículo 34, CFF:
un mes
dos meses
tres meses
cuatro meses
La reconsideración administrativa como derecho del contribuyente:
Se regula por el artículo 34, CFF
Exige como requisito que no se haya interpuesto medio de defensa
Se regula por el artículo 36, CFF
No constituye instancia, por lo que si se niega no proceden medio de defensa fiscales
El contribuyente tiene derecho a presentar queja ante PRODECON:
Cuando considere que una autoridad fiscal federal esté violando sus derechos
Cuando considere que una autoridad fiscal federal esté violando sus derechos, siempre que la cuantía del asunto no rebase de 30 veces el SMG (UMA) elevado al año
Cuando considere que una entidad federativa, actuando como autoridad fiscal federal coordinada, esté violando sus derechos
Cuando considere que una autoridad fiscal federal, incluyendo al IMSS y al INFONAVIT, esten violando sus derechos
El derecho de petición en materia fiscal tiene como sustento:
El artículo 8, CPEUM
Artículo 22, CFF
El artículo 34 y 34-A, CFF
Artículo 16, CPEUM
Los saldos a favor que tiene el contribuyente:
Se regulan por el artículo 22, CFF
Prescriben en 5 años, a partir que resultó el saldo a favor
Se regulan por el artículo 23, CFF
Prescriben en 5 años a partir que se presentó la declaración respectiva
La visita domiciliaria, se puede concluir en forma anticipada:
En términos del artículo 36, CFF
Cuando el contribuyente esté obligado a presentar dictamen de estados financieros
De acuerdo con el artículo 47, CFF
Cuando el contribuyente haya fallecido
Las consultas que se formulen a las autoridades fiscales:
Deben versar sobre situaciones reales y concretas
Deben formularse electrónicamente a través de la ficha de trámite 188/CFF
Se regulan por los artículos 18, 18-A y 34, CFF
Se regulan por el artículo 36, CFF
Si un contribuyente persona moral, presentó su declaración anual del ejercicio fiscal del 2013, el 28 de marzo del 2014, significa que la caducidad de las facultades se configura:
El 28 de marzo de 2017
El 31 de marzo del 2018
El 28 de marzo de 2019
El 1 de abril de 2018
