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CLASE 6

Total questions: 9

Worksheet time: 3mins

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Class
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1.

Concentración letal media (CL50):

a)

estimación estadística de la concentración mínima de tóxico en el aire, necesaria para matar al 50 % de una población de especies experimentales bajo condiciones controladas. Incluye la indicación de especie, sexo y edad de los animales usados en la experimentación. Se expresa en microgramos de tóxico por decímetro cúbico o en partes por millón.

b)

estimación estadística de concentración mínima de tóxico en el aire respirado durante una hora, capaz de matar dentro del lapso de 14 d, la mitad de una población compuesta al menos, por 10 animales de laboratorio. Se determina mediante una serie de ensayos controlados bajo criterios específicos y ampliamente aceptados. Se expresa en microgramos por decímetro cúbico cuando se trata de vapores o gases, con indicación de la especie, sexo y edad de los animales usados en la experimentación.

c)

sustancias que contienen microorganismos viables tales como bacterias, virus, rickettsias, parásitos y hongos, o un recombinante, híbrido o mutante, o toxinas de microorganismos de los que se sabe o se sospecha, que pueden causar enfermedades en el hombre o en los animales.

d)

NINGUNA DE LAS ANTERIORES

2.

Sustancias tóxicas (venenosas) (Clase 6.1):

a)

Son venenos que pueden dañar el cuerpo humano, en su totalidad o en parte. Debe evitarse que penetren en el cuerpo, tragándolos, respirándolos o absorbiéndolos a través de la piel.

b)

Son venenos biológicos o que pueden dañar el cuerpo humano, en su totalidad o en parte. Debe evitarse que penetren en el cuerpo, tragándolos, respirándolos o absorbiéndolos a través de la piel.

c)

Son venenos químicos o que pueden dañar el cuerpo humano, en su totalidad o en parte. Debe evitarse que penetren en el cuerpo, tragándolos, respirándolos o absorbiéndolos a través de la piel.

d)

son todas aquellas sustancias que pueden destruir o dañar de manera irreversible todo aquello con lo que entren en contacto. En el caso de las personas, ocasionan lesiones en diferentes partes del cuerpo, como ojos y piel.

3.

REQUISITOS GENERALES PARA EL TRANSPORTE

a)

Las cajas de cartón se deben estibar de manera que no se hallen expuestas en ningún momento a la intemperie o al contacto con el agua de mar.

Después de efectuadas las operaciones de descarga, los espacios que hayan sido utilizados para el transporte de sustancias de esta clase deben ser inspeccionados con el fin de cerciorarse de que no están contaminados

b)

Cuando se considere necesario que una sustancia de esta clase vaya estibada “apartada de los lugares habitables”, esta prescripción debe figurar en la ficha correspondiente de la sustancia.

c)

Las de cartón se deben estibar de manera que no se hallen expuestas en ningún momento a la intemperie o al contacto con el agua de mar.

Después de efectuadas las operaciones de descarga, los espacios que hayan sido utilizados para el transporte de sustancias de esta clase deben ser inspeccionados con el fin de cerciorarse de que no están contaminados

Cuando se considere necesario que una sustancia de esta clase vaya estibada “apartada de los lugares habitables”, esta prescripción debe figurar en la ficha correspondiente de la sustancia.

d)

NINGUNA ESO TALES REQUISITOS NO EXISTEN

4.

Precauciones generales para la estiba de sustancias tóxicas que sean a la vez líquidos inflamables

a)

No lo se la verdad esta medio dormido

b)

vehículos que lleven pasajeros, tales sustancias se deben estibar a unabuena distancia de los espacios destinados para pasajeros.

Estas sustancias se deben estibar en un espacio que no estén ventilados mecánicamente y se deben mantener lo más frescas posible durante la travesía. En general, se deben estibar «a distancia de» toda fuente de calor, como chispas, llamas, tuberías de vapor, serpentinas de calefacción, etc.

c)

En los vehículos que lleven pasajeros, tales sustancias no se deben estibar y no deben tener una distancia de los espacios destinados para pasajeros no es malo para ellos .

d)

En los vehículos que lleven pasajeros, tales sustancias se deben estibar a unabuena distancia de los espacios destinados para pasajeros.

Estas sustancias se deben estibar en un espacio ventilado mecánicamente y se deben mantener lo más frescas posible durante la travesía. En general, se deben estibar «a distancia de» toda fuente de calor, como chispas, llamas, tuberías de vapor, serpentinas de calefacción, etc.

5.

MEDIDAS QUE DEBEN TOMARSE EN EL CASO DE DAÑO DEL BULTO O DE FUGA DE LA SUSTANCIA

a)

Nada que se intoxiquen todos

b)

manipular el bulto en la medida de lo posible para verificar si esta bien

oler los paquetes contiguos para ver si están contaminados y aislar cualquiera que pueda haberse contaminado.

Informar al gerente competentes e indicarles a los países donde transitó,

c)

No manipular el bulto en la medida de lo posible

No Inspeccionar los paquetes contiguos para ver si están contaminados y aislar cualquiera que pueda haberse contaminado.

No Informar a las autoridades competentes e indicarles a los países donde transitó,

d)

No manipular el bulto en la medida de lo posible

Inspeccionar los paquetes contiguos para ver si están contaminados y aislar cualquiera que pueda haberse contaminado.

Informar a las autoridades competentes e indicarles a los países donde transitó,

6.

DESIGNACIÓN OFICIAL DEL TRANSPORTE PORQUE ES IMPORTANTE

4 lines
7.

¿QUE SUSTANCIA Y CLASE ES ?

4 lines
8.

¿ QUE SUSTANCIA Y CLASE ES?

4 lines
9.

Separado de:

a)

Significa una separación vertical u horizontal. Si las cubiertas intermedias no son resistentes al fuego y a los líquidos, sólo será aceptable la separación longitudinal, es decir, por todo un compartimiento intermedio o toda una bodega intermedia. La prescripción de este tipo de segregación significa una separación de 12 m por lo menos en sentido horizontal.

b)

La separación vertical sola no satisface esta prescripción. Entre un bulto y otro, se debe mantener una separación de 24 m en sentido longitudinal, mediando además entre ellos todo un compartimiento.

c)

En compartimientos o en bodegas distintos. Si la cubierta intermedia es resistente al fuego y a los líquidos, se podrá aceptar como equivalente a este tipo de segregación una separación vertical, es decir, la estiba efectuada en compartimientos distintos. La prescripción de este tipo de segregación significa una separación de 6 m por lo menos en sentido horizontal.

d)

Eficazmente segregado de manera que las mercancías incompatibles no puedan reaccionar peligrosamente unas con otras en caso de accidente, pero sí pueden transportarse en el mismo compartimiento o en la misma bodega, o en cubierta, a condición de establecer una separación horizontal mínima de 3 m a cualquier altura del espacio de que se trate