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Delitos Aduaneros

Total questions: 20

Worksheet time: 11mins

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1.

Las infracciones y los delitos aduaneros, tienen múltiples diferencias, en relación a ello, señalar la respuesta incorrecta:

a)

Uno se encuentra regulado por la Ley General de Aduana y el otro por su norma especial.

b)

Ambos se encuentran regidos por criterios subjetivos y objetivos.

c)

Uno sigue un proceso ante la Administración Aduanera y el Tribunal fiscal y el otro un proceso penal ante Indecopi.

d)

Tienen un efecto Resarcitorio, al permitir la indemnización del daño causado.

2.

Una de las principales diferencias entre una infracción y el delito aduanero:

a)

Son la gravedad de sanciones y el tipo delictivo.

b)

La penalización que se aplica por el Tribunal Fiscal.

c)

Las sanciones se aplican a las infracciones y la penalización a los delitos aduaneros.

d)

En todas las infracciones se aplican criterios subjetivos.

3.

Los delitos aduaneros se sancionan según la gravedad:

a)

Leves

b)

Graves

c)

Muy graves

d)

ninguna anterior

4.

Los delitos aduaneros son acciones ilícitas que causan daño a la Administración Aduanera, y son considerados como tal, los siguientes:

a)

Contrabando e Incautación aduanera

b)

Receptación aduanera y Comiso

c)

Contrabando, comiso e incautación

d)

Defraudación de renta de aduanas, receptación aduanera y Contrabando

5.

El delito de Contrabando se manifiesta cuando el que se sustrae, elude o burla el control aduanero, ingresa mercancías del extranjero o las extrae del territorio nacional, no las presenta para su verificación o reconocimiento físico, por ello la siguiente NO es considerada una modalidad de Contrabando: 

a)

Internar mercancías de una zona de tratamiento aduanero especial hacia el resto del territorio nacional sin el pago previo de los tributos diferenciales.

b)

Simular ante la SUNAT una operación de comercio exterior con la finalidad de obtener un incentivo o beneficio económico.

c)

Disponer de las mercancías de la zona primaria sin haberse autorizado legalmente su retiro por la Administración Aduanera.

d)

Intentar introducir al territorio nacional mercancías con burla del control aduanero utilizando cualquier documento aduanero ante la Administración Aduanera.

6.

El financiamiento es un delito aduanero, que causa daño a la Administración Aduanera, en relación a ello, se estará ejecutando este delito cuando:

a)

Se apertura una cuenta bancaria, para recaudar aportes para fines aduaneros.

b)

Incentivar económicamente la delación ante la autoridad aduanera.

c)

Realizar cualquier acción destinada a proporcionar los medios económicos necesarios para promover o incentivar la comisión de delitos aduaneros.

d)

Se promueve la recaudación de dinero, en las zonas francas para combatir el contrabando

7.


Los transportistas individuales o particulares, que utilicen su vehículo para la comisión de las infracciones administrativas se les sanciona con Internamiento del vehículo por un período de 60 días calendario. En este caso se estarían aplicando:

a)

Sanciones jurídicas que corresponden aplicar en la defraudación de rentas.

b)

Sanciones tributarias que sirven para recuperar el vehículo a favor del Estado.

c)

Sanciones penales de mínima gravedad por tratarse del transportista.

d)

Sanciones administrativas vinculadas a delitos aduaneros.

8.


El delito de Contrabando, tiene diferentes manifestaciones como delito autónomo para su ejecución, una de las siguientes NO es tipificada como delito de contrabando:

a)

Internar mercancías de una zona franca o zona geográfica nacional de tratamiento aduanero especial o de alguna zona geográfica nacional de menor tributación y sujeta a un régimen especial arancelario hacia el resto del territorio nacional sin el cumplimiento de los requisitos de Ley o el pago previo de los tributos diferenciales.

b)

Sobrevaluar o subvaluar el precio de las mercancías, variar la cantidad de las mercancías a fin de obtener en forma ilícita incentivos o beneficios económicos establecidos en la legislación nacional, o dejar de pagar en todo o en parte derechos antidumping o compensatorios.

c)

Consumir, almacenar, utilizar o disponer de las mercancías que hayan sido autorizadas para su traslado de una zona primaria a otra, para su reconocimiento físico, sin el pago previo de los tributos o gravámenes.

d)

Extraer, consumir, utilizar o disponer de las mercancías de la zona primaria delimitada por la Ley General de Aduanas o por leyes especiales sin haberse autorizado legalmente su retiro por la Administración Aduanera.

9.


El siguiente acto, es considerado una circunstancia agravante, en la comisión de un delito aduanero:

a)

Las mercancías objeto del delito no constituyan armas de fuego, municiones, explosivos, elementos nucleares, diesel, gasolinas, gasoholes, abrasivos químicos o materiales afines, sustancias o elementos que por su naturaleza, cantidad o características puedan  afectar o sean nocivas a la salud, seguridad pública o el medio ambiente.

b)

Los tributos u otros gravámenes o derechos antidumping o compensatorios no cancelados o cualquier importe indebidamente obtenido en provecho propio o de terceros por la comisión de los delitos aduaneros, sean menores a cuatro Unidades Impositivas Tributarias.

c)

Se cometiere, facilite o evite su descubrimiento o dificulte u obstruya la incautación de la mercancía objeto material del delito mediante el empleo de violencia física o intimidación en las personas o fuerza sobre las cosas.

d)

No interviene en el hecho en calidad de autor, instigador o cómplice primario un funcionario público o servidor de la Administración Aduanera o un integrante de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional a las que por mandato legal, se les confiere la función de apoyo y colaboración en la prevención y represión de los delitos tipificados en la presente Ley.

10.


El Contrabando fraccionado es un delito aduanero, que debe presentar el siguiente componente:

a)

Se ejecuta de manera sistemática, por una cuantía superior a 2 (dos) UIT, en forma fraccionada.

b)

El Contrabandista utiliza a varias personas, todas con un monto superior a 2 UIT, pero menor a 4 UIT.

c)

Se ejecuta de manera sistemática, por una cuantía superior a las 4 UIT, en un solo acto o de forma fraccionada.

d)

Se ejecuta por varias personas buscando que no superen las 4 UIT en cada cruce de fronteras

11.

El delito de Defraudación de Renta de Aduana, afecta a la recaudación tributaria, una de las siguientes alternativas, no es considerada una forma de cometer este delito.

a)

Importar mercancías amparadas en documentos falsos o adulterados o con información falsa en relación con el valor, calidad, cantidad, peso, especie, antigüedad, origen u otras características como marcas, códigos, series, modelos, que originen un tratamiento aduanero o tributario más favorable al que corresponde a los fines de su importación.

b)

Simular ante la administración aduanera total o parcialmente una operación de comercio exterior con la finalidad de obtener un incentivo o beneficio económico o de cualquier índole establecido en la legislación nacional.

c)

Sobrevaluar o subvaluar el precio de las mercancías, variar la cantidad de las mercancías a fin de obtener en forma ilícita incentivos o beneficios económicos establecidos en la legislación nacional, o dejar de pagar en todo o en parte derechos antidumping o compensatorios.

d)

Conducir en cualquier medio de transporte, hacer circular dentro del territorio nacional, embarcar, desembarcar o transbordar mercancías, sin haber sido sometidas al ejercicio de control aduanero.

12.

Una empresa exportadora ha logrado obtener la restitución de derechos simulando el encargo de producción a terceros. La SUNAT lo fiscaliza y detecta este acogimiento indebido, que es calificado como:

a)

Fraude en la tramitación de procedimientos administrativos

b)

Defraudación de rentas de aduana

c)

Contrabando

d)

Receptación Aduanera

13.

La Defraudación de Renta de Aduana, es un delito aduanero que afecta a la recaudación tributaria, y se manifiesta presumiblemente, en la siguiente circunstancia:

a)

Producto de un reconocimiento físico y luego de practicado el boletín químico, se encuentra que la mercancía presenta una subvaluación aduanera por menos de 4 UIT.

b)

Producto de un reconocimiento físico y luego de practicado el boletín químico, se encuentra que la mercancía presenta una subvaluación aduanera por mas de 1 UIT.

c)

Producto del reconocimiento físico, se encuentra mercancía no declarada.

d)

Producto del reconocimiento físico, se encuentra mercancía siniestrada por valor mayor a 4 UIT.

14.

Es considerada una sanción administrativa impuesta a la persona que transporta mercancías de manera ilícita sin pasar por los controles aduaneros:

a)

Se suspenderá la licencia de conducir por un año.

b)

Se aplicará una multa, por una suma equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar.

c)

Si trabaja para una empresa de transportes, se suspenderá la licencia de conducir por 5 años.

d)

Todas las afirmaciones son verdaderas

15.

¿Cuál es el objetivo principal de la Ley de Delitos Aduaneros (Ley 28008) en Perú, modificado por el Decreto Legislativo 1542?

a)

Proteger los derechos de propiedad intelectual

b)

Regular la libre competencia en el comercio exterior

c)

Exigir se cumpla con el pago de los aranceles aduaneros

d)

Combatir el contrabando y la defraudación aduanera

16.

¿Qué medidas puede tomar la SUNAT para prevenir delitos aduaneros?

a)

Incrementar los aranceles

b)

Realizar inspecciones aduaneras

c)

Otorgar mayores beneficios fiscales

d)

Establecer nuevos acuerdos comerciales

17.

¿Qué se entiende por "defraudación de rentas de aduanas" en el contexto de la Ley de Delitos Aduaneros?

a)

Declarar correctamente el valor de la mercancía

b)

Importar bienes de manera legal

c)

Evadir el pago de tributos aduaneros o acceder a beneficios de manera indebida

d)

Cumplir con algunos requisitos de importación

18.

Mientras no concluya el proceso judicial, la SUNAT puede disponer en forma anticipada, de las mercancías e instrumentos comprendidos en los delitos aduaneros, sin que ninguna autoridad pueda impedirlo, bajo responsabilidad.

En este caso, antes de la disposición de lo incautado, la SUNAT pone en conocimiento del Juez y del Fiscal que conocen la causa para que, de ser necesario, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes realicen o dispongan las acciones que estimen pertinentes a efecto de perennizar los medios de prueba.

a)

Verdadero

b)

Falso

19.

NO puede ser destruida en forma anticipada y bajo responsabilidad, la mercancía que a continuación se detalla:

a)

Carece de valor comercial

b)

Es nocivo para la salud o el medio ambiente

c)

Atenta contra la moral, el orden público y la soberanía nacional

d)

Smartphone, dron y tablets no declarados

20.

La SUNAT puede adjudicar en forma anticipada lo incautado, en los siguientes supuestos:

a)

Los equipos o aparatos de telefonía, así como las maquinarias, equipos y material de uso educativo

1.

Ministerio de Educación

b)

Los medios de transporte terrestre, sus partes y piezas e inclusive aquellos prohibidos o restringidos

2.

Gobierno Central, Regional y Local

c)

El diesel, gasolinas y gasoholes

3.

INDECI, Bomberos Voluntarios

d)

Armas, municiones, explosivos y artículos conexos de uso civil

4.

SUCAMEC

e)

Los alimentos de consumo humano, prendas de vestir y calzado

5.

Ministerio de la Mujer y MIDIS