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WorksheetsEl contrato de compraventa internacional
Total questions: 10
Worksheet time: 5mins
Según la Convención de Viena, la oferta surtirá efecto:
Cuando llegue al destinatario.
Cuando se manifieste, aunque no haya llegado al destinatario.
Cuando se envíe por correo electrónico.
Ninguna es cierta.
El contrato de compraventa es obligatorio que:
Conste por escrito.
Es conveniente que conste por escrito pero no es obligatorio.
Siempre es verbal.
Ninguna es cierta.
Una contraoferta según el Convenio de Viena es:
La respuesta a una oferta que pretenda ser una aceptación y que contenga adiciones, limitaciones u otras modificaciones.
Será la misma oferta.
No se menciona la contraoferta en el Convenio de Viena.
Ninguna es cierta.
La aceptación podrá ser:
Retirada, si su retiro llega al oferente antes que la aceptación haya surtido efecto o en ese momento.
Nunca se puede retirar.
Retirada, pero sólo cuando lo considere el vendedor.
Ninguna es cierta.
La Convención de Viena, considera internacional una compraventa cuando:
Las partes tienen distintas nacionalidades, aunque residan en el mismo país.
Los establecimientos de los contratantes estén ubicados en países distintos, when la mercancía salga de un país y tenga la entrada en otro país o la combinación de lo anterior.
Hay que hacer constar en el contrato la nacionalidad.
Ninguna es cierta.
Según el Convenio de Viena, hay una serie de mercaderías, que no pueden ser objeto del contrato de compraventa internacional:
No es cierta esta afirmación, pueden serlo todas las mercaderías.
Pueden serlo todas las mercaderías que estén en el comercio de los hombres, siempre que sean licitas, posibles y determinadas o susceptibles de determinación, pero hay una serie de exclusiones.
Solo las cosas muebles.
Las muebles e inmuebles sin limitación.
El contrato se perfecciona:
En el momento de surtir efecto la aceptación de la oferta conforme a lo dispuesto en la Convención de Viena.
Cuando se realiza por escrito.
a y b son ciertas.
Cuando se leen las condiciones del contrato.
La Convención de Viena, no regula todos los aspectos del contrato internacional de mercaderías, regula tan solo:
La formación del contrato y derechos y deberes del comprador y vendedor.
No regula estos aspectos, deja libertad a las partes.
Ninguna es cierta.
La validez del contrato y los efectos que dicho contrato pueda producir sobre la propiedad de las mercaderías vendidas.
La oferta podrá:
Revocarse, hasta que se perfeccione el contrato, si la revocación llega al destinatario antes que este haya enviado la aceptación.
No podrá revocarse nunca.
Siempre se puede revocar.
Ninguna es cierta.
El contrato de compraventa internacional de mercaderías está regulado:
Es un contrato que no tiene ninguna regulación y no puede ser por escrito.
Puede ser verbal o por escrito, pero no tiene regulación.
Puede ser verbal o escrito, pero está regulado por lo pactado en el propio contrato, por los Convenios internacionales o por la legislación del estado de las partes, si así lo han establecido en el contrato.
Solo por lo pactado por las partes en el contrato.
