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WorksheetsCuestiones sobre la sociedad conyugal
Total questions: 58
Worksheet time: 3hrs 37mins
Explique qué pasa con los bienes de la sociedad conyugal una vez que ella se disuelve
¿Qué hay en la SC?
¿A título de que se pagan estas recompensas la SC al cónyuge o al revés?
¿Qué sucede si la mujer renuncia a los gananciales?
¿Cómo se divide el pasivo social?
¿Qué se presume en la filiación?
¿Qué establece el art. 76 CC sobre la concepción?
¿Qué implica el concubinato de la madre con el supuesto padre según el art. 210 CC?
¿Qué se requiere para que se considere la posesión notoria del estado civil de hijos?
Nombre, trato y fama
Solo el nombre
Solo el trato
Solo la fama
¿Cuánto tiempo debe mantenerse la apariencia de hijo para que se considere posesión notoria?
Tres meses
Cinco años
Diez años
Un año
¿Qué se considera determinante en materia de filiación?
La situación económica de los padres
El cuidado del hijo
La cantidad de hijos
La edad de los padres
¿Quién es el titular de la relación directa y regular del hijo?
El padre que no tiene el cuidado personal
La madre que tiene el cuidado personal
Los abuelos
El juez
¿Qué se entiende por relación directa y regular?
¿Cómo se determina quien ejerce el cuidado personal?
¿Cuáles son los orígenes de la separación de bienes?
¿Qué se busca con el artículo 229-2 respecto a los abuelos?
¿Qué ocurre si los padres acuerdan el cuidado personal del hijo?
¿Qué criterios tiene el juez para decidir sobre el cuidado personal?
¿Qué se establece en el art. 225 inc. 3 respecto al cuidado personal?
¿Qué puede hacer el juez en relación al cuidado personal según el art. 226?
¿Cómo decide el juez? el juez tiene un listado de criterios que les ayudan a decidir cuál es el interés superior del niño. Este listado fue introducido por el art. 225-2 CC
Si el juez fija un cuidado personal debe fijar la RDR.
El art. 225-2 CC nos sirve como una herramienta para que el juez justifique sus decisiones y el catálogo de criterios es amplio, por ejemplo, papá que nunca contribuyó en la mantención del hijo pero decide volver de un tiempo y demanda el cuidado personal del hijo, esta letra le dice al juez que considere la conducta de esta persona, pudiendo hacerlo, ya que si una persona durante tiempo estuvo cesante no se aplicará esta norma, pero le dice al juez que lo considere y el otro criterio al que puede recurrir es a la opción expresada por el hijo, ya que en la medida que el niño va ganando madurez su opinión debe ser cada vez más relevante al momento de la decisión del juez.
El juez al señalar que tanto la madre como el padre se encuentran inhabilitados tiene que buscar a otro titular, y los titulares que va a buscar van a ser con preferencia los consanguíneos más próximos y en especial los ascendientes.
Si el juez tiene antecedentes de violencia contra el hijo va a restringirá el ejercicio de este derecho, porque supone poner en riesgo la integridad y seguridad del menor.
La liquidación es uno de los efectos de la disolución de la sociedad conyugal.
La partición o liquidación de la SC se produce cuando la SC ya es una comunidad.
Lo que hay que tener presente en la liquidación de la SC es que en esta situación el art. 1766 CC hace aplicable a la liquidación de la SC las normas de partición de la comunidad hereditaria.
La liquidación es un conjunto de operaciones destinadas a separar los bienes de los cónyuges y de la sociedad, a dividir las utilidades denominadas gananciales y a dividir el pago de los pasivos.
En primer lugar, se debe saber qué es lo que hay en la SC y para esto se hace mediante la 'fracción de inventario', es decir, se someten a un inventario todos los bienes que están en el patrimonio.
En segundo lugar, el partidor debe saber cuánto valen los bienes, y para ello se usa, por ejemplo, la tasación de una casa.
El partidor sabe que hay bienes que ingresaron, pero con cargo a pagar la recompensa, sabe también que durante la SC probablemente se pagó una deuda personal de alguno de los cónyuges.
Esas recompensas se pagan a título de acreedor, no de dueño, porque la recompensa es un crédito, por lo tanto, la SC es deudora del cónyuge o el cónyuge deudor de la SC.
En el retiro de los bienes propios en el pago de las recompensas hay que destacar una norma que señala que, aunque la mujer renuncie a los gananciales, esta tiene derecho al retiro de los bienes propios y al pago de las recompensas.
Al final lo que queda una vez que los cónyuges han retirado sus bienes propios y se han pagado las recompensas, es realmente lo que se debe partir entre ellos, dividir en mitades para el pago de los gananciales.
Por último, está la división del pasivo, en principio el pasivo social también se divide por mitad, pero a propósito del pago de las deudas la mujer tiene un importante beneficio, el beneficio de emolumento, en atención a que es el marido el que administro la SC.
¿Cuál es su ámbito aplicación? Hijos de filiación matrimonial y no matrimonial, con un excepción que es la restricción que establece el art. 203 CC, es decir, que cuando el padre o madre se han opuesto en el juicio de filiación de manera que fue necesario demandar y el padre o madre se oponga la determinación de la filiación y finalmente son determinados como padre o madre, en esos casos mantiene todas sus obligaciones con respecto del hijo, pero pierden todos sus derechos y entre ellos los derechos emanados de la patria potestad. Como en esos casos el padre o la madre no ejercen la patria potestad es necesario designar un curador.
¿Cómo se determina a los titulares de la patria potestad? Hay una determinación convencional, es decir primero nos estamos al acuerdo de las partes y a falta de acuerdo corresponde conjuntamente el ejercicio (padre y madre), y siempre, en cualquier caso haya o no acuerdo, sea que lo ejerzan en conjunto o no, el juez puede determinar a otro titular de la patria potestad, según el art. 244 CC.
El art. 245 CC nos dicen que si los padres viven separados la patria potestad corresponderá a aquel que tiene el cuidado personal del hijo. Esta regla cambia la regla general que establece el art. 244 CC de que a falta de acuerdo ambos padres ejercen conjuntamente.
Atributos de la patria potestad: Confiera el derecho legal de goce sobre los bienes del hijo: según los arts. 250 a 255 CC, es decir, el padre o madre tiene un derecho real de goce que consiste en lo mismo que un derecho real de usufructo, de la posibilidad de hacerse dueño de los frutos.
Atributos de la patria potestad: Confiera el atributo de la administración de los bienes del hijo.
Atributos de la patria potestad: Confiera el atributo de la representación del hijo tanto judicial como extrajudicial.
Principios de los tribunales de familia 1) Oralidad (Art. 10 Ley 19.968): A diferencia de lo que ocurre en materia civil, aquí el procedimiento es oral (salvo excepciones). Una importante excepción es la demanda, la demanda ante los Tribunales de Justicia es escrita (en el procedimiento ordinario). Los incisos segundo y tercero se refieren a casos o situaciones en que el Tribunal tiene que dejar constancia de aquello que ocurrió oralmente. El problema con la oralidad es que, si bien es más rápido y ágil, no queda registro, y eso no puede ser, lo que indica el inciso segundo es que el tribunal debe tener una forma de dejar constancia de lo que va ocurriendo en este procedimiento oral. La forma en que esto ocurre es a través de las grabaciones de audio y las actas.
2) Concentración (art. 11 Ley 19.968): Audiencias continuas y sucesivas hasta la conclusión del juicio. Límites a la postergación, suspensión y reprogramación de audiencias.
3) Principio de inmediación.
¿Cuáles son los límites a la postergación, suspensión y reprogramación de audiencias según el art. 11 de la Ley 19.968?
¿Qué implica el principio de inmediación según el art. 12 de la Ley 19.968?
¿Cómo se manifiesta la actuación de oficio del Tribunal de Familia según el art. 13 de la Ley 19.968?
¿Cuál es el objetivo del principio de colaboración según el art. 14 de la Ley 19.968?
¿Cuál es la regla general sobre la publicidad en los Tribunales de Familia según el art. 15 de la Ley 19.968?
¿Qué se busca con el principio del interés superior de NNA y el derecho a ser oído según el art. 16 de la Ley 19.968?
¿Cuáles son las clases de divorcio según la legislación mencionada?
Divorcio por culpa
Divorcio por cese de convivencia
Divorcio por separación
Divorcio por mutuo acuerdo
¿Qué condiciones deben cumplirse para el divorcio por cese de convivencia según el art. 55 de la Ley 19.947?
¿Cuáles son los requisitos para que el cónyuge pueda demandar el divorcio?
Que exista cese de la convivencia
Que el cese haya durado 3 años por lo menos
Que el cónyuge demandante del divorcio haya cumplido con su deber de alimento
¿Qué es la cláusula de dureza en el contexto del divorcio?
¿Cuáles son los requisitos para la solicitud de divorcio de común acuerdo?
Que exista cese de la convivencia
Que el cese haya durado 1 año por lo menos
Presentar un acuerdo que regule de manera completa y suficiente sus relaciones mutuas y con respecto a los hijos
¿Cuál es el presupuesto fundamental de la compensación económica?
¿Qué se entiende por menoscabo económico en la compensación económica?
