WorksheetsOPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR
Total questions: 10
Worksheet time: 10mins
Según la LGA, el transportista internacional está obligado a presentar:
El manifiesto consolidado y los documentos del agente de carga en cada tramo de transporte
El manifiesto de carga y documentos equivalentes conforme al medio de transporte utilizado
La guía aérea, packing list y certificado de origen antes del levante aduanero
El agente de carga internacional, a diferencia del operador de transporte multimodal, debe:
Emitir conocimiento multimodal y asumir responsabilidad sobre el total del transporte
Coordinar la movilización de carga sin emitir conocimiento de embarque directo
Consolidar, emitir House B/L y facilitar la logística sin ejecutar transporte físico
¿Qué condición NO es obligatoria para ser Operador Económico Autorizado (OEA)?
Tener solvencia financiera comprobada
Estar inscrito como contribuyente domiciliado en Perú
Poseer un sistema adecuado de registros contables y logísticos
El almacén temporal, según la normativa aduanera, debe:
Contar con instalaciones dentro de una distancia exacta de 2 km del terminal internacional
Tener autorización expresa para reubicar mercancías en abandono legal
Garantizar el monitoreo en línea mediante cámaras con acceso para Aduanas
El despachador oficial solo puede gestionar:
Despachos cuyo valor FOB no supere los USD 5,000
Despachos aduaneros de entidades estatales
Envíos de entrega rápida bajo el régimen de tránsito aduanero
¿Qué operador necesita autorización del MTC y de SUNAT?
Empresa de entrega rápida
Empresa de servicio postal
Almacén aduanero
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta respecto al régimen de importación para consumo?
Está sujeto al pago de tributos y cumplimiento de formalidades
Permite realizar el despacho directo cuando el valor FOB no supera USD 2,000
Exige intervención de agente de aduanas incluso por debajo de los límites legales
¿Cuál de los siguientes sujetos puede actuar como despachador de aduana?
Bróker internacional con RUC activo
Dueño o consignatario con operaciones menores a los límites fijados
Almacén aduanero habilitado por el MTC
El artículo 19 del DL 1433 clasifica como operadores de comercio exterior a:
Solamente los que intervienen físicamente en el transporte internacional
Solo los titulares de autorización expresa de la SUNAT
Toda persona natural o jurídica autorizada que intervenga directa o indirectamente
Un bróker internacional en Perú:
Requiere inscripción en el Registro Único de Aduanas para ejercer como agente
Está legalmente habilitado por SUNAT para emitir documentos de transporte
No requiere autorización SUNAT, pero debe cumplir obligaciones tributarias
