NEW
Font size
WorksheetsCuestionario IVA
Total questions: 65
Worksheet time: 33mins
Uno de ellos no es un elemento del del impuesto (IVA):
Sujeto
Objeto
Base
Tarifa
Es conocido como el sujeto activo en la relación tributaria:
SAT
Contribuyente
Quimera
Ninguna de las respuestas
Es conocido como el sujeto pasivo en la relación tributaria:
SAT
Contribuyente
Quimera
Ninguna de las respuestas
Uno de ellos no es un acto o actividad objeto de IVA:
Enajenación de bienes
Ingresos por honorarios asimilables a salarios
Ingresos por arrendamiento
Importaciones
Estos contribuyentes puede pagar el IVA de manera trimestral, cumpliendo requisitos:
La PM RESICO
Las donatarias autorizadas
PF que obtengan ingresos por arrendamiento
Ninguna de las respuestas
Las PM deberán retener el IVA, cuando paguen la contraprestación a quien se ubique en uno de supuestos siguientes:
Paguen honorarios a una Sociedad Civil
Pague honorarios a un médico
Paguen arrendamiento a una PM
Paguen fletes a un transportista PM
Uno de los siguientes supuestos no se le debe retener el IVA:
PF que presta servicios de honorarios profesionales a una PM (S.A.)
PF que presta servicios de transporte de personal a una PM (S.A.)
PM que vende desperdicios industriales a otra PM
PF que otorga el uso o goce temporal de inmuebles a una PM
¿Cuál de las siguientes PM no está obligada a retener el IVA a una PF que le presta servicios por honorarios profesionales?
Sindicatos
Federación
Los municipios
Sociedad Anónima
Es la multa que se impone a los retenedores que no cumplan con la obligación de enterar las retenciones, será:
Una cantidad igual a la omitida
El 50% de la contribución omitida
De $18,360.00 a $36,740.00
No deducibilidad del gasto
Una de las opciones siguientes no considera la contraprestación como efectivamente cobrada, cuando:
Se recibe efectivo
Se reciben bienes
Se reciba transferencia de fondos
Se suscriba un pagaré
Uno de los siguientes actos o actividades no se grava al 0%:
Venta de ganado bovino
Venta de libros
Venta de medicinas de patente
Servicios de molienda de maíz
El derecho al acreditamiento es personal para los contribuyentes del iva y no podrá ser trasmitido por acto entre vivos, excepto tratándose de:
Fusión y escisión
Fusión
Escisión
Ninguna de las respuestas
Quien se dedique a una de las siguientes actividades, deberá considerar el IVA que pague en sus erogaciones como un gasto, porque no tiene derecho al acreditamiento:
Servicios profesionales de medicina
Venta de camarón
Arrendamiento de maquinaria para el despepite de algodón
Exportaciones
¿Es posible acreditar el IVA pagado por una importación de bienes tangibles aún cuando el bien objeto de la importación, se le deba al proveedor extranjero?
No
De manera proporcional
Sí
Ninguna de las respuestas
Cuando la fecha de pago de la contraprestación y la fecha del comprobante que la ampara, no coinciden ¿En qué mes se acredita el IVA?
En el mes en que se realiza el pago
En el mes en que se obtiene el comprobante
En el mes en que se contabilizó
Ninguna de las respuestas
En uno de los siguientes supuestos el IVA no se puede acreditar al 100%
Cuando el contribuyente obtenga ingresos por la venta de maíz
Cuando el contribuyente se dedique exclusivamente a la exportación
Cuando el contribuyente realice actos o actividades gravados al 16% y al 0%
Cuando el contribuyente realice actos o actividades gravados al 16%, al 0% y obtenga ingresos no afectos
En enero de 20XX se recibió un anticipo de un cliente y se emitió el CFDI respectivo. En abril del mismo año se acordó con el cliente en cancelar la operación y se le emitió una nota de crédito y se devolvió el anticipo, restituyendo los conceptos correspondiente.
Enero
Abril
Mayo
Junio
En enero de 20XX se realizó un anticipo a proveedores y se recibió el CFDI respectivo. En abril del mismo año se acordó con el proveedor en cancelar la operación y se recibió de dicho proveedor una nota de crédito y el anticipo, restituyéndose los conceptos correspondientes.
Enero
Abril
Mayo
Junio
En los primeros días de enero de 20XX se realizó un venta a crédito, misma que fue liquidada en marzo del mismo año, con un descuento por pronto pago, por el que se expidió una nota de crédito.
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Uno de los siguientes concepto no se considera enajenación de bienes para efectos de IVA:
El faltante en inventarios
Aportación de bienes muebles a una sociedad
Donativo en bienes no deducible
Donativo en bienes deducible
Uno de los siguientes conceptos se considera enajenación de bienes para efectos de IVA:
El sobrante en inventarios
Obsequios en especie otorgados a clientes no deducibles
Obsequios en especie otorgados a clientes deducibles
Donativo en bienes deducible
Uno de los siguientes conceptos no se considera enajenación exenta, para efectos de IVA:
Venta de arena
Venta de terreno
Venta de casa habitación
Venta de casa habitación
Uno de los siguientes conceptos se considera enajenación exenta, para efectos de IVA:
Venta de arena
Venta de tierra
Venta de inmueble utilizado como oficina
Venta de bienes muebles usados, enajenados por ama de casa
Se considera que la enajenación se realizó en territorio nacional cuando:
El bien comprado en el extranjero se vendió allá mismo.
El bien se exportó al extranjero para repararlo, estando allá, salió cliente y se vendió.
El bien se vendió a un extranjero y se envío al adquirente, desde México
Ninguna de las respuestas
También se considera que la enajenación se realizó en territorio nacional cuando:
El bien comprado en el extranjero se vendió allá mismo.
El bien de matricula mexicana, se exportó al extranjero para mantenimiento, estando allá, salió cliente y se vendió.
El bien se exportó al extranjero para repararlo, estando allá, salió cliente y se vendió.
Ninguna de las respuestas
Es el momento en que se considera realizada efectivamente la enajenación, para efectos de IVA:
Al emitir la factura
Al entregar el bien
Al momento de cobrar efectivamente la contraprestación
Se firme el contrato de compra venta.
Se le llama así al precio o la contraprestación pactados, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto.
Base de IVA
Compromiso del contrato
Resultado final
Ninguna de las respuestas
Al enajenar estos bienes, se permite restar el costo de adquisición, para determinar la base de IVA:
Maquinaria usada
Camiones usados adquiridos de PM que no trasladaron el IVA
Bicicleta usada
Autos usados adquiridos de PF que no trasladaron el IVA
Uno de los siguientes conceptos, no se considera prestación de servicios, para efectos de IVA:
El transporte de personas
Honorarios asimilables a salarios
Transferencia de tecnología
La comisión mercantil
Uno de los siguientes conceptos, se considera prestación de servicios exentos de IVA:
Transporte de bienes
Los prestados a colegiados con motivo de sus cuotas
Los prestados de manera gratuita a los accionistas de la PM que les presta el servicio
Servicios de enseñanza por instituciones que no tienen reconocimiento de la SEP
Uno de los siguientes conceptos, está gravado para IVA:
Transporte terrestre público de personas
Servicios prestado por donatarias autorizadas
Servicios de medicina prestados por un médico titulado
Transporte aéreo de personas
Se considera que la prestación del servicio se realizó en territorio nacional cuando:
Se realizó en el extranjero y se pagó desde México
Se realizó en México por un residente en el extranjero
En México se lleva a cabo el servicio, total o parcialmente, por un residente en el país
Ninguna de las respuestas
Tratándose de transporte internacional , se considera que el mismo se presta en territorio nacional cuando:
El viaje se inicie en México por un residente en el extranjero
El viaje se inicie en el extranjero y termine en México
El viaje se inicie en el extranjero y termine en extranjero
El viaje se realiza en burro
Tratándose de transportación aérea internacional de un viaje iniciado en México ¿qué porcentaje del servicio se considera prestado en México?
El 30%
El 25%
El 35%
El 50%
Se le llama así al precio o la contraprestación pactados, así como las cantidades que además se carguen o cobren a quien reciba el servicio por otros impuestos, derechos, viáticos, gastos de toda clase, reembolso de intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto.
Base de IVA
Compromiso del contrato
Resultado final
Valor de mercado
Estos servicios los proporcionan RE sin EP en México, mediante aplicaciones o contenidos en formato digital a través de Internet u otra red:
Servicios de flete
Servicios tecnológicos
Servicios digitales (SvDig)
Servicios preponderantes
Son servicios digitales (SvDig) proporcionados por RE sin EP en México, que causan el IVA:
Clubes sociales y páginas de citas ofertados de manera gratuita
Clases de carpintería por zoom, gratuitas
La descarga o acceso a películas por las que no se cobra contraprestación
La descarga o acceso a imágenes por los que se cobró una contraprestación
Se considera que la prestación del servicio digital (SvDig) prestado por RE sin Ep en México, por el que se cobra una contraprestación, se realiza en territorio nacional cuando:
El receptor del servicio se encuentra en el extranjero
El receptor le va al América
El receptor del servicio se encuentra en México
El emisor es extranjero
Tratándose de transportación aérea internacional de un viaje iniciado en México ¿qué porcentaje del servicio se considera prestado en México?
El 30%
El 25%
El 35%
El 50%
No se considera que el receptor del servicio digital (SvDig) se encuentra en México cuando:
El receptor del SvDig tiene su domicilio en el extranjero
El receptor del SvDig realice el pago atraves de un banco establecido en México
La direción IP del receptor corresponda al rango de direcciones asignadas a México
El receptor haya manifestado un número de teléfono mexicano
Uno de los siguientes conceptos, no corresponde a obligaciones fiscales de un proveedor de servicios digitales, RE sin EP en México, en materia de IVA:
Inscribirse al RFC
Calcular bimestralmente el IVA
El precio que oferte por los servicios digitales debe incluir IVA
Designar ante el SAT un representante legal
Faltar a una de las siguientes obligaciones es motivo de bloqueo de la señal del proveedor de servicios digitales, RE sin EP en México, en materia de IVA:
No proporcionar mensualmente información del número de servicios de los receptores ubicados en México
No emitir comprobantes
No ofertar en el precio, el IVA
No designar ante el SAT un representante legal
Previo al bloqueo de la señal del proveedor de servicios digitales (SvDig) del RE sin EP en México, el SAT deberá cumplir con este deber:
Notificar a los receptores de SvDig, el bloqueo de la señal
Notificar al concesionario de la red pública, el bloqueo de la señal
Instar al proveedor de SvDig, a autocorregirse
Notificar al proveedor de SvDig, resolución de incumplimiento de obligaciones
Una de ellas es una obligación adicional que deben cumplir los RE sin EP en México, que proporcionen SvDig de intermediación entre terceros
Inscribirse al RFC
Tramitar al fiel
Retener el 50% o el 100% de IVA, según sea el caso
Designar ante el SAT un representante legal
Si se da este supuesto, el proveedor que proporcione SvDig de intermediación entre terceros, deberá retener a la PF el 100% de iva, en lugar del 50%, cuando dicha PF:
No le proporcione el RFC
Le manifieste por escrito que desea una retención del 100%
No le proporcione la opinión positiva
Proporcione la CURP
La retención de IVA, que efectúe el proveedor que proporcione SvDig de intermediación entre terceros, puede considerarse como definitiva, cuando la PF no obtenga otros ingresos, excepto salarios e intereses y siempre que los ingresos por intermediación, en el ejercicio inmediato anterior:
No excedan de 200,000.00
No excedan de 300,000.00
Sean de hasta 299,000.00
No excedan de 3,500,000.00
Se entiende por uso o goce temporal de inmuebles, para efectos de IVA, a uno de los siguientes conceptos:
La prescripción
La donación
A los tiempos pervertidos
Al usufructo
Uno de los siguientes conceptos no se considera uso o goce temporal de bienes, para efectos de IVA:
El arrendamiento
El Usufructo
La Prestación de servicios de tiempos compartidos
Comodato
Uno de los siguientes conceptos no se considera uso o goce temporal de bienes exentos, para efectos de IVA:
La renta de Inmuebles destinados a CH
La renta de fincas dedicadas a fines agrícolas
Los bienes dados en arrendamiento por PM no autorizadas para recibir donativos deducibles
La renta de revistas
Se considera que el uso o goce o temporal de bienes tangibles se realizó en territorio nacional cuando:
El bien se arrendó en el extranjero
El contrato se celebró en México y en el extranjero se otorgó el uso o goce
Cuando en México se realiza su uso o goce
Ninguna de las respuestas
Es el momento en que se considera realizado efectivamente el uso o goce temporal de bienes, para efectos de IVA:
Al emitir la factura
Al entregar el bien objeto de arrendamiento
Al momento de cobrar efectivamente la contraprestación
Se firme el contrato de arrendamiento
Se le llama así al precio o la contraprestación pactados, así como las cantidades que además se carguen o cobren al arrendador por otros impuestos, derechos, gastos de mantenimiento, construcciones, reembolsos, intereses normales y moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto:
Base de IVA
Compromiso del contrato
Resultado final
Renta pactada
Uno de los siguientes conceptos no se considera importación de bienes o servicios, para efectos de IVA:
Introducción al país de bienes tangibles
La adquisición por residentes en México de bienes intangibles enajenados por residentes del extranjero
El uso o goce temporal en México de bienes intangibles proporcionados por residentes en el extranjero
Ninguna de las respuestas
Uno de los siguientes conceptos no es una importación exenta, para efectos de IVA:
Importación definitiva
Importación temporal
Introducir al país menajes de casa
Introducir al país bienes a los que se les aplique la tasa del 0%
Es uno de los momentos en que se considera efectuada la importación de bienes o servicios, para efectos de IVA:
Al pagar al proveedor extranjero
Al celebrar el contrato
Al convertirse la importación temporal en definitiva
Ninguna de las respuestas
Se le llama así al valor que se utilice para fines del IGI, adicionado con el monto de este último gravamen (el IGI) y del monto de las demás contribuciones y aprovechamientos que se tengan que pagar con motivo de la importación:
Base de IVA de bienes tangibles
Compromiso del contrato
Resultado final
Ninguna de las respuestas
Hablando de exportaciones, a uno de los siguientes conceptos no se les aplica la tasa del 0%:
Las exportaciones definitivas
El aprovechamiento en México de servicios proporcionados por otro residente en México
La enajenación de bienes intangibles por un residente en México a un residente en el extranjero
El aprovechamiento en el extranjero de servicios de asistencia técnica prestados por un residente en México
Hablando de exportaciones ¿Qué nos da la pauta para argumentar que los servicios prestados por residentes en México, sí se aprovechan en el extranjero?
Que el pago del servicio provenga de una cuenta de un banco extranjero
El dicho del prestador del servicio
El contrato de servicios
El CFDI emitido a un cliente extranjero
Devolución de IVA a turistas extranjeros procede cuando se cumplan los requisitos que señalan las disposiciones fiscales y la compra ampare un monto mínimo de:
3,000 pesos
2,000 pesos
1,500 pesos
1,200 pesos
Hablando de obligaciones en materia de IVA, uno de los siguientes conceptos no está señalado como obligación en el artículo 32 de la LIVA:
Llevar contabilidad
Expedir comprobantes fiscales
Presentar DIOT
Informar sobre el beneficiario controlador
Hablando de obligaciones en materia de IVA, estos contribuyentes están liberados de presentar la DIOT:
Quienes tributen en el RESICO
Arrendadores con ingresos mayores a 4 millones de pesos
PM del régimen general
Ninguna de las respuestas
Hablando de obligaciones en materia de IVA, estos contribuyentes están liberados de timbrar la contabilidad:
Plataformeros y cualquier PM
PF empresarios con ingresos superiores a 4 millones de pesos
RIF, RESICO y otros
PM del régimen general
Hablando de obligaciones en materia de IVA, estas PM podrán optar por no expedir CFDI (constancia de retenciones), por la retenciones de IVA que se realicen:
Las PM residentes en el extranjero
Las PM que reciban CFDI requisitado del prestador de servios
La ONU
Ninguna de las respuestas
Hablando de obligaciones en materia de IVA, en una copropiedad o sociedad conyugal obligada a pagar IVA ¿Quién es el obligado a pagar el IVA?
El representante común
Cada copropietario o consorte
Quienes pagan a la copropiedad o a la sociedad conyugal
Ninguna de las respuestas
Hablando de obligaciones en materia de IVA, los arrendadores de inmuebles deben incluir en los CFDI que expiden, el siguiente requisito:
Nombre de inquilino que habitará el inmueble
Fecha del contrato de arrendamiento
Número de predial
Nacionalidad de la persona a nombre de quien se expide el CFDI
