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WorksheetsBloque 1: Preguntas tipo test
Total questions: 150
Worksheet time: 1hrs 15mins
Tipo test, Bloque 1. Tienen potestad tributaria:
Solo el estado mediante ley
El estado, las comunidades autónomas y las corporaciones locales
Solo el estado y las comunidades autónomas
Ninguna es correcta
Tipo test, Bloque 1. Los ingresos públicos son:
Solo los ingresos tributarios
Solo los ingresos tributarios y patrimoniales
Los ingresos tributarios, patrimoniales y los procedentes del recurso al crédito
Ninguna es correcta
Tipo test, Bloque 1. El principio de capacidad económica:
Se opone a la discriminación en el tratamiento ante situaciones iguales
Prohíbe las discriminaciones o privilegios
Exige que la contribución aumente en proporción superior al incremento de la riqueza
Es la regla básica en el reparto o distribución de la carga tributaria
Tipo test, Bloque 1. Las contribuciones especiales:
No son tributos
Son tributos cuya finalidad es la financiación de obras de inversión
Son tributos basados en el principio del beneficio
B y C son correctas
Tipo test, Bloque 1. Son precios públicos:
Las contraprestaciones exigidas por el uso especial de dominio público
Las contraprestaciones exigidas por la prestación de servicios públicos obligatorios
Las contraprestaciones exigidas por la prestación de servicios públicos en régimen de monopolio
Las contraprestaciones exigidas por la prestación de servicios públicos distintos de los que dan lugar a la exacción de tasas
Tipo test, Bloque 1. Observando los siguientes casos: Caso A. obras en el interior de un inmueble que utiliza como sede de su actividad económica Caso B. construcción de un parque de bomberos por el ayuntamiento Caso C. uso de una residencia de ancianos municipal con precio inferiores a las restantes Caso D. concesión de la licencia de apertura de una farmacia ¿En cuál de los supuestos anteriores el ayuntamiento podrá cobrar una tasa?
En el caso a, b y d
En el caso a y d
En el caso c y d
En ninguna de las anteriores
En relación con la anterior, ¿En cuál de los supuestos anteriores el ayuntamiento podrá cobrar un precio público?
En el caso b y c
En el caso b
En el caso c
En ninguna de las anteriores
¿Por cuál de los siguientes servicios prestados por las entidades locales no podría exigirse en ningún caso una tasa municipal?
Balneario municipal
Expedición de certificado de empadronamiento
Por la prestación del servicio de limpieza de la vía pública
Por la prestación del servicio de extinción de incendios
El devengo del tributo
Coincide siempre con el momento en el que se exige el pago del tributo
Es el momento en el que se produce el nacimiento de la obligación tributaria principal
En los tributos instantáneos no coincide con la realización del hecho imponible
Es el elemento espacial del hecho imponible
Observe los siguientes casos: Caso a. Colocación de mesas para el consumo de comida en dominio público Caso b. Instalación de una red de distribución de aguas que, además de beneficiar al interés general, beneficia a un inmueble en particular Caso c. Recogida de residuos por parte de la empresa pública destinada a ello Caso d. Licencia de obras otorgada por el ayuntamiento ¿En cuál de los supuestos anteriores el ayuntamiento podrá cobrar una tasa?
En el caso a, b y d
En el caso c y d
En el caso a y d
En el caso b
¿En cuál de los supuestos anteriores podrá cobrar el ayuntamiento una contribución especial?
En el caso b y c
En el caso b
En el caso c
En el caso a y d
El tributo extrafiscal
No está admitido en nuestro ordenamiento
No es compatible con el principio de capacidad económica
Es admisible en nuestro ordenamiento jurídico sin ninguna limitación
Solo se admite si atiende a la realización de principios o fines constitucionales
¿Puede recurrirse al amparo por vulneración del principio de igualdad tributaria?
Sí, en todo caso, al tratarse de un derecho fundamental
No, una ley tributaria nunca puede vulnerar el derecho fundamental a la igualdad
Sí, pero únicamente cuando se acredite que la vulneración del derecho a la igualdad se ha producido por una discriminación subjetiva ante la ley tributaria
No, en materia tributaria sólo cabe cuestión de inconstitucionalidad
Con arreglo al principio de legalidad
Los ayuntamientos pueden no exigir en su término municipal el IAE
El consejo de ministros puede modificar, en un real decreto ley los tipos de IVA
Las tasas municipales se aprueban mediante ordenanza por el pleno del ayuntamiento
El gobierno de Andalucía podría establecer un impuesto propio mediante decreto
Las corporaciones locales tienen potestad para:
Establecer beneficios fiscales sólo en los impuestos municipales
Requieren la autorización al gobierno para establecer beneficios fiscales en los impuestos municipales
Establecer beneficios fiscales en los tributos municipales
Regular los beneficios fiscales previamente establecidos por ley
El ayuntamiento de Almonte ha decidido reducir al mínimo la imposición como medida de reactivación municipal. A tal fin ¿Qué impuesto puede dejar de exigir a sus ciudadanos?
Impuesto sobre incrementos de valor de los terrenos de naturaleza urbana
Impuesto de vehículos de tracción mecánica
Impuesto de actividades económicas
Impuesto sobre bienes inmuebles
Los impuestos
Se vinculan siempre a una contraprestación concreta por parte de la administración
Pueden ser tasas, contribuciones especiales y tributos
Son tributos que no se vinculan a la realización de una actividad específica o la prestación de un servicio por parte de la administración
Tienden, de manera fundamental, a incidir en las conductas morales de los sujetos
La ley de presupuestos generales del estado
Ninguna de las anteriores es correcta
Se aprueba por el gobierno teniendo en cuenta las enmiendas de las cortes generales
Pueden crear tasas, pero no impuestos
No pueden crear tasas ni contribuciones especiales, pero puede modificarlos con limitaciones
Caso c. El ayuntamiento cobra por el servicio de recogida de basura, que gestiona una empresa concesionaria. Caso d. El ayuntamiento cobra por la compra de adoquines en un polvero municipal. ¿En cuál de los supuestos anteriores el ayuntamiento cobra una prestación patrimonial pública no tributaria?
En el caso c
En el caso b
En el caso a
En el caso d
¿Cuál es el elemento que diferencia entre las distintas categorías tributarias?
El periodo impositivo
Las distintas administraciones públicas con poder tributario
Los sujetos obligados
El hecho imponible
El Derecho Financiero
Es la rama del derecho privado que regula la actividad de las entidades financieras
Ninguna de las anteriores es correcta
Tiene como objeto propio y exclusivo la reglamentación de los ingresos públicos
Es el sistema de normas y principios que ordenan la actividad financiera pública
Conforme a la doctrina del tribunal constitucional, el derecho financiero
Su adecuación a la normativa civil debe ser enjuiciada atendiendo a los principios constitucionales
Puede dejar de tomar en consideración de forma absoluta la normativa civil
Debe atender de forma incondicionada a la normativa civil
Ninguna de las anteriores es correcta
Acerca de las funciones del principio de capacidad económica, señale la respuesta FALSA:
A la hora de configurar nuevos tributos no limita al legislador
Sirve de programa u orientación a la acción para el legislador
Sirve de fundamento al deber de contribuir
Se predica tanto del sistema tributario en su conjunto, como de cada tributo individualmente considerado
La igualdad de todos los ciudadanos ante el pago de los tributos
Comporta que todos los contribuyentes tienen iguales deudas tributarias
Permite desigualdades que sean objetivas, proporcionadas y justificables
Excluye la posibilidad de que dos contribuyentes sean tratados de distinto modo
Exige que todos los ciudadanos tengan que contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de manera proporcional a su capacidad económica
Indique cuál de los supuestos siguientes NO es conforme con las exigencias del principio de legalidad:
La LPGE fija el tipo de interés de demora
El modelo o formulario de declaración del IVA se ha regulado por orden ministerial
Se establece en un reglamento que las plataformas como Airbnb deberán practicar una retención sobre los pagos en que sean intermediarias
El tipo de gravamen de un impuesto local se determinará por ordenanza fiscal, dentro de los límites marcados por la LRHL estatal
Las contestaciones a consultas tributarias escritas:
Son vinculantes para todos los órganos estatales de gestión tributaria
Vinculan a los tribunales económicos-administrativos
Tan solo tienen efecto respecto de aquellos contribuyentes que las plantean que, en caso de no estar de acuerdo, pueden plantear recurso contra las mismas
Sientan criterios interpretativos obligatorios para todos los que aplican tributos
El ayuntamiento cobra por la ocupación de la vía pública por cajeros automáticos. ¿Qué tipo de ingreso público es?
Un precio público
Una tasa
Un impuesto
Una contribución especial
La progresividad de los tributos exigida por la constitución:
No vendría respetada si en el IRPF pagará más que proporcionalmente quien más tiene
Está limitada por la no confiscatoriedad que prohíbe impuestos que graben el patrimonio
Exige que pague más que proporcionalmente quien más tiene, pero no impide la existencia de tributos proporcionales ya que se predica del conjunto del sistema tributario
Todas las respuestas anteriores son incorrectas
Las normas tributarias:
Se aplican conforme a su sentido técnico, jurídico o usual, según proceda
Se aplican conforme a principios restrictivos de interpretación de orden tributario
Se interpretan de acuerdo con su naturaleza restrictiva de derechos
Todas las afirmaciones son incorrectas
Los tributos que establezcan las comunidades autónomas
Pueden recaer sobre hechos imponibles gravados por el estado, con la adecuada compensación económica
No pueden recaer sobre hechos imponibles gravados por el estado
Pueden recaer sobre hechos imponibles gravados por el estado
Pueden recaer sobre hechos imponibles gravados por entes locales
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Con fecha 24 de enero de 2019 se ha publicado una modificación de la Ley del IRPF que, según se dispone en la misma, entrará en vigor el mismo día de su publicación. Indica la respuesta correcta.
Dicha modificación afectará al IRPF de 2018, que se autoliquidó en 2019.
Dado que el IRPF es un impuesto instantáneo, dicha modificación se aplicará con posterioridad a la entrada en vigor de la misma.
Todas las respuestas son falsas.
Debido a que el IRPF es un impuesto periódico, y salvo razones que justifiquen lo contrario, dicha modificación se aplicará al período impositivo siguiente.
El presupuesto constituye:
Una autorización de ingresos y gastos.
Una autorización de gastos y una previsión de ingresos.
Una previsión de gastos y una autorización de ingresos.
El establecimiento de la cifra máxima de gasto público, desglosada en líneas de gasto y acompañada de la previsión de ingresos.
Las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario:
Ninguna es correcta.
Son solo las recibidas por servicios públicos gestionados de manera indirecta.
Puede ser por cualquiera de los servicios anteriores.
Son solo las recibidas por servicios públicos gestionados de forma directa mediante personificación privada.
El impuesto es:
La única categoría tributaria en cuya ordenación se tiene en cuenta la capacidad económica.
Todas las afirmaciones son incorrectas.
El único tributo sometido al principio de legalidad.
El tributo en cuyo hecho imponible no se contempla actividad administrativa alguna.
Indica cuál de los siguientes ingresos públicos no tienen carácter coercitivo:
Precios públicos.
Tasas.
Prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias.
Contribuciones especiales.
Las tasas y las contribuciones especiales:
Las tasas nacen por la utilización por el sujeto del dominio público o porque la administración le presta un servicio en ciertas condiciones.
Ninguna de las anteriores es cierta.
Son lo mismo, unas en la administración estatal y otras en la local.
Las contribuciones especiales son cantidades adicionales para ingresar sobre cada tasa.
El importe de los precios públicos
Es fijado libremente, con independencia de los costes económicos que genere
Debe venir establecido en una norma con rango de ley
Debe cubrir como máximo los costes económicos originados por el servicio
Debe cubrir como mínimo los costes económicos originados por el servicio
El ministro de hacienda
En ningún caso, ni por expresa delegación, tiene potestad normativa en materia tributaria
Puede reglamentar la estructura y procedimientos internos de su departamento
Puede aprobar reales decretos legislativos que refundan la normativa de un tributo
Puede aprobar un reglamento que desarrolle una ley de bases
Las tasas locales por prestaciones de servicio
Su importe puede exceder del coste real o previsible del servicio o actividad de que se trate
Su importe no puede exceder del coste real o previsible del servicio o actividad de que se trate
Su importe está constituido, como máximo, por el 90% del coste del servicio
Se exige que se cubran íntegramente los costes directos e indirectos del servicio prestado por la administración
Las contestaciones a consultas tributarias escritas
Tan solo tienen efectos respecto de aquellos contribuyentes que las plantean que, en caso de no estar de acuerdo, pueden plantear recurso contra las mismas
Vinculan a los tribunales económico-administrativos
Son vinculantes para todos los órganos estatales de gestión tributaria
Sientan criterios interpretativos obligatorios para todos los que aplican tributos
Señala la respuesta falsa
Los tributos se aplicarán conforme a los criterios de residencia o territorialidad que establezca la ley en cada caso. En su defecto, los tributos de carácter personal se exigirán conforme al criterio de residencia y los demás tributos conforme al criterio de territorialidad
Los puntos de conexión solo deslindan a nivel extraterritorial
Los puntos de conexión buscan evitar la doble o nula tributación
La norma tributaria española puede en ocasiones tener efectos extraterritoriales
En el ámbito de las competencias del Estado, la facultad de dictar disposiciones interpretativas o aclaratorias de las leyes corresponde a:
Ministro de Hacienda
Administraciones públicas y órganos de administración tributaria a los que se refiere el 88.5 LGT (Dirección general de tributos)
Presidente del gobierno
a y b son correctas
En cuanto a la calificación cuál es la falsa:
La Administración puede rectificar la calificación y exigir el tributo conforme a la naturaleza del negocio que considera realizado sin necesidad de acudir al auxilio judicial
La Administración puede rectificar la calificación y exigir el tributo conforme a la naturaleza del negocio que considera realizado, pero para ello debe acudir al auxilio judicial
Si un acto o contrato presenta algún defecto que afecte a su validez o eficacia, no afectará a su tratamiento tributario, para así evitar la elusión del tributo, a no ser que una de las partes acuda al Tribunal
a y c son falsas
La analogía:
Está absolutamente prohibida
Está permitida para todo siempre que sea in bonam partem
Está prohibida en el ámbito tributario para todos aquellos aspectos que están cubiertos por el principio de legalidad (hecho imponible, a las exenciones y las bonificaciones…)
Todas son incorrectas
Los requisitos que deben darse para hablar de un conflicto en la aplicación de la norma son:
Artificialidad y Ausencia de motivo económico válido, doble test concurrente (se tienen que dar ambas condiciones)
Artificialidad y Ausencia de motivo económico válido, doble test no concurrente (puede darse una de ellas)
Artificialidad, Ausencia de motivo económico válido (doble test concurrente) y en cuanto a los requisitos procedimentales, un dictamen vinculante de una comisión central
Artificialidad, Ausencia de motivo económico válido (doble test concurrente) y en cuanto a los requisitos procedimentales, no es obligatorio el dictamen vinculante de una comisión central
Indique cuál de las siguientes afirmaciones es correcta
El contribuyente puede o no realizar el hecho imponible
En el contribuyente también concurre siempre la condición de retenedor y obligado a realizar ingresos a cuenta en todos los tributos
El contribuyente es una figura que tiene que aparecer en todos los tributos
El contribuyente y el sustituto son figuras que tienen que aparecer en todos los tributos
Un tributo instantáneo, pero de declaración periódica
Es un tributo que se devenga en unidad de acto y se declara de forma periódica, como el IVA, cuya autoliquidación se presenta mensual o trimestralmente
Es todo aquel tributo que se declara periódicamente todos los años, como el IRPF
No existe este tipo de tributos, pues los tributos instantáneos no pueden ser declarados periódicos
Ninguna respuesta es correcta
Son tributos instantáneos:
Ninguna respuesta es correcta
Los que se devengan en unidad de acto
Los que se liquidan en una fecha concreta y determinada
Los que se devengan el primer día del periodo impositivo
En los procedimientos de aplicación de los tributos:
La carga de la prueba recae sobre los particulares
Ninguna es correcta
La carga de la prueba recae sobre quien haga valer su derecho
La carga de la prueba recae sobre la Administración
En un procedimiento iniciado por el obligado tributario las notificaciones se practican:
En el domicilio social
En el domicilio indicado por el obligado tributario
En el centro de trabajo
Donde desarrolle su actividad
El plazo máximo que tiene la Administración tributaria para resolver en los procedimientos de gestión es:
El que fije la normativa reguladora del procedimiento sin que pueda exceder de seis meses
El que fije la normativa reguladora del procedimiento, sin límite temporal
Seis meses
12 meses
Señala la correcta
La aplicación de tributos comprende todas las actividades administrativas dirigidas a la información y asistencia de los obligados tributarios y a la gestión, inspección y recaudación, así como las actuaciones de los obligados tributarios en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y la asistencia mutua
La aplicación de tributos comprende todas las actividades administrativas dirigidas a la información y asistencia de los obligados tributarios y a la gestión, inspección y recaudación, pero no las actuaciones de los obligados tributarios en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ni la asistencia mutua
La aplicación de tributos comprende todas las actividades administrativas dirigidas a la información y asistencia de los obligados tributarios y a la gestión, inspección y recaudación, así como las actuaciones de los obligados tributarios en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, pero nunca la asistencia mutua
ninguna es correcta
La competencia territorial en la aplicación de los tributos se atribuye:
Siempre al órgano que se determine por la Administración Tributaria, en desarrollo de sus facultades de organización, mediante disposición que deberá ser objeto de publicación en el boletín oficial correspondiente
Al órgano que se determine por la Administración Tributaria, en desarrollo de sus facultades de organización, mediante disposición que deberá ser objeto de publicación en el boletín oficial correspondiente. En defecto de disposición expresa, la competencia se atribuirá al órgano funcional inferior en cuyo ámbito territorial radique el domicilio fiscal del obligado tributario
Al órgano que determine la Dirección general de tributos
ninguna es correcta
Conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, el Derecho Financiero...
Ninguna de las respuestas anteriores es correcta
Debe atender de forma incondicionada a la normativa civil
Su adecuación a la normativa civil debe ser enjuiciada atendiendo a los principios constitucionales
Puede dejar de tomar en consideración de forma absoluta la normativa civil
El principio de generalidad:
Se opone a la discriminación en el tratamiento ante situaciones iguales
Prohíbe las discriminaciones o privilegios
Exige que la contribución aumente en proporción superior al incremento de riqueza
Es la regla básica en el reparto o distribución de la carga tributaria
El principio de progresividad:
Se opone a la discriminación en el tratamiento ante situaciones iguales
Prohíbe las discriminaciones o privilegios
Exige que la contribución aumente en proporción superior al incremento de riqueza
Es la regla básica en el reparto o distribución de la carga tributaria
El principio de legalidad tributaria:
Se opone a la discriminación en el tratamiento ante situaciones iguales
Prohíbe las discriminaciones o privilegios
Exige la necesidad de una ley formal para el establecimiento de tributos
Es la regla básica en el reparto o distribución de la carga tributaria
En el caso de reserva de ley exigida por el principio de legalidad tributaria:
Estamos en una reserva de ley absoluta
Alcanza al establecimiento y a los elementos esenciales del tributo
Alcanza al establecimiento de exenciones fiscales
b y c son correctas
¿Cuál es el destino o finalidad fundamental del tributo?
La financiación de los intereses de la Deuda Pública
Conseguir determinadas finalidades de política comercial
La financiación de los gastos públicos o necesidades colectivas
Ninguna es correcta
El hecho imponible de la tasa incluye como elemento central una actividad de la Administración que afecta o beneficia especialmente a determinados sujetos. ¿En qué consiste esa actividad?
En una autorización de un uso especial del dominio público.
En la realización de una obra pública.
En la prestación de un servicio público.
a y c son correctas.
Según la doctrina, el impuesto se caracteriza:
Por la estructura de su hecho imponible, en la que no existe referencia alguna a actividades o servicios de la Administración.
Por la estructura de su hecho imponible, en la que existe referencias a actividades de la Administración.
Por la estructura de su hecho imponible, en la que existe referencia a servicios de la Administración.
Ninguna es correcta.
Una de las notas fundamentales del tributo es la “coactividad”, ¿cómo la definirías?
Establecimiento unilateral de la obligación de pago por parte del poder público sin el concurso de la voluntad del sujeto llamado a satisfacerla.
Establecimiento unilateral de la obligación de pago por parte del poder público con el concurso de la voluntad del sujeto llamado a satisfacerla.
Consiste en el hecho de que la prestación económica es exigida por el ente público debido a la realización del hecho imponible definido en la norma legal.
a y c son correctas.
La venta de un inmueble por un particular da lugar al devengo...
Del IRPF, del IVA y del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).
Del IRPF, del ITPAJD y del IIVTNU.
Del ISD y del IIVTNU.
Del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del ITPAJD y del IIVTNU.
Los sujetos pasivos de los impuestos que se devengan en la pregunta anterior son:
El vendedor del IRPF, del IVA y IIVTNU.
El vendedor del IRPF y del IIVTNU, y el comprador del ITPAJD.
El vendedor del ISD y del IIVTNU.
El comprador del IBI, del ITPAJD y del IIVTNU.
En la Ley de Presupuesto para 2017, aprobada el 2 de febrero de 2017 se modifica determinados aspectos del IRPF para el período impositivo de 2017...
Se trata de una norma retroactiva absoluta.
Se trata de una norma con retroactividad relativa.
No es una norma retroactiva.
Se trata de una norma con aplicación diferida.
(Continuación) Esta actuación...
Está prohibida en nuestro ordenamiento jurídico.
Está admitida, en todo caso, en nuestro ordenamiento jurídico.
Requeriría una ponderación de sus circunstancias justificativas y la seguridad jurídica.
Requeriría exigencias cualificadas de interés general.
Una DIRECTIVA de la UE que contenga una norma contraria a otra del derecho interno de un estado miembro:
No se aplicará por aplicación del principio de primacía del derecho nacional sobre el derecho comunitario.
Sólo se aplicará si la directiva es recepcionada en el ordenamiento interno mediante el instrumento normativo adecuado.
Se aplicará de modo inmediato, al ser una norma de derecho primario, sin necesidad de acto de recepción en el ordenamiento interno del estado miembro.
Se aplicará, aunque el estado miembro incumpla su obligación de transposición al ordenamiento interno en el plazo indicado, por aplicación de la doctrina del “efecto directo” desarrollada por el TJUE.
¿Por cuál de los siguientes servicios prestados por las entidades locales NO podría exigirse en ningún caso una tasa municipal?
Instalación de Alumbrado Público.
Colocación de mercadillo en el rastrillo de la localidad.
Emisión de Certificado de Últimas voluntades.
Compraventa de un local en el municipio.
Según la LGT la analogía:
Está prohibida en nuestro ordenamiento jurídico.
No se admitirá para extender más allá de sus términos estrictos al ámbito del hecho imponible, exenciones y demás beneficios.
Está permitida solo para colmar lagunas.
a y c son correctas.
El principio de capacidad económica consiste en:
Es el criterio básico de justicia tributaria.
Da contenido a los principios de igualdad, progresividad y generalidad.
Es un mandato del legislador a la hora de seleccionar los hechos imponibles que van a gravarse.
Todas las respuestas son correctas.
Un REGLAMENTO de la Unión Europea que contenga una norma contraria a otra del derecho interno de un estado miembro:
No se aplicará por aplicación del principio de primacía del derecho nacional sobre el derecho comunitario.
Solo se aplicará si el reglamento es recepcionado en el ordenamiento interno mediante el instrumento normativo adecuado.
Se aplicará de modo inmediato, al ser una norma de derecho primario, sin necesidad de acto de recepción en el ordenamiento interno del estado miembro.
Se aplicará, aunque el estado miembro incumpla su obligación de transposición al ordenamiento interno en el plazo indicado, por aplicación de la doctrina del efecto directo desarrollada por el TJUE.
La simulación:
Nunca conllevará sanción.
Sólo conlleva sanción en aquellos casos en los que la simulación sea en diferido.
La sanción será equivalente a lo defraudado.
Conlleva sanción.
¿Cuándo desaparecen las normas tributarias en nuestro ordenamiento jurídico?
Por el transcurso del plazo, en el caso de normas de carácter temporal.
Por el transcurso del plazo, en el caso de normas de duración indefinida.
Por su derogación, en caso de normas de duración indefinida.
Tanto a como b son correctas.
Cuando en un procedimiento sea necesario entrar en un domicilio protegido por la CE para efectuar un determinado registro:
Es necesario el consentimiento del obligado tributario.
Deberá ser autorizado por la autoridad judicial.
Será necesario el consentimiento del obligado tributario o bien la autorización judicial, atendiendo a lo dispuesto en el art.113 LGT
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 114 LGT.
Derecho Financiero y Tributario:
Disciplina que tiene por objeto el estudio sistemático de las normas que regulan los recursos económicos que el Estado y los demás entes públicos pueden emplear para el cumplimiento de sus fines, así como el procedimiento jurídico de percepción de los ingresos y de ordenación de los gastos y los pagos que se destinan al cumplimiento de los servicios públicos
El Derecho Financiero es la parte del ordenamiento jurídico que regula la actividad financiera del sector público. La actividad financiera es la actividad encaminada a la obtención de ingresos y realización de gastos, con los que atender a la satisfacción de las necesidades públicas.
A y b son correctas.
Ninguna es correcta
Características de la actividad financiera:
Derecho de los ingresos– derecho tributario y otros ingresos.
Ninguna de las respuestas es correcta.
Derecho de los gastos– derecho presupuestario.
Es una actividad pública; Es una actividad medial o instrumental de segundo grado; Es una actividad jurídica.
La actividad financiera:
institución o sector del ordenamiento jurídico equivalente al concepto de Derecho Financiero.
Es una actividad política.
La política fiscal busca no solo la obtención de ingresos, sino también intervenir en la marcha de la economía.
Ordenación de los gastos y los pagos que se destinan al cumplimiento de los servicios públicos”.
La Hacienda Pública:
El sujeto de la actividad financiera es la Hacienda Pública.
Hay varios puntos de vista: estático u objetivo; dinámico o funcional; subjetivo; Normativo y disciplina científica.
Todas las anteriores son correctas.
Ninguna es correcta.
Según el artículo 5.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: “La Hacienda Pública estatal está constituida por el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico cuya titularidad corresponde a la Administración General del Estado y a sus organismos autónomos”. ¿Qué indica este concepto de Hacienda Pública estatal?
Que agrupa derechos y obligaciones económicas cuyo titular es la Administración General del Estado y sus organismos autónomos.
Que se limita únicamente a los ingresos de la Administración General del Estado.
Que pertenece en exclusiva a las comunidades autónomas y sus entes locales.
Que solo comprende obligaciones y no derechos de contenido económico.
La Hacienda Pública: actividad de los entes públicos o procedimiento a través del cual esos derechos y obligaciones de contenido económico se convierten en ingresos y gastos.
Estático u objetivo.
Subjetivo.
Dinámico o funcional.
Disciplina científica.
Organización o parte del aparato administrativo de los entes públicos que llevan a cabo la actividad financiera de los mismos”. (Martínez Lago)
Dinámico o funcional.
Disciplina científica.
Subjetivo.
Normativo.
Institución o sector del ordenamiento jurídico equivalente al concepto de Derecho Financiero.
Dinámico o funcional.
Subjetivo.
Normativo.
Disciplina científica.
La Hacienda Pública o Ciencia de la Hacienda se entiende como disciplina científica de índole económica que se identifica con el concepto de Derecho Financiero.
Disciplina científica.
Estático u objetivo.
Subjetivo.
Normativo.
El Derecho Tributario:
Es la parte del ordenamiento jurídico que tiene por objeto el establecimiento y aplicación de los tributos. Sainz de Bujanda, distinguen, a su vez, entre: Derecho Tributario material: normas jurídicas que regulan la relación jurídico-tributaria. Derecho Tributario formal: la aplicación de los tributos en sentido amplio.
Es una parte o rama del Derecho Financiero. Para muchos autores es sin duda la rama más importante.
Todas las respuestas son correctas.
Es tradicional distinguir dentro del Derecho Tributario entre: Parte General: aspectos materiales y formales del tributo. Parte Especial: distintas modalidades de tributos.
El poder financiero:
Límites impuestos en la Constitución: principios, mandatos y valores.
Prohibición de doble imposición. Lealtad institucional.
Competencias constitucionales y potestades administrativas de que gozan los entes públicos territoriales, representativos de intereses primarios, para establecer un sistema de ingresos y gastos.
Normativo.
Características del Poder Financiero:
Se desvincula del concepto de soberanía, que no reside en el Estado. Artículo 1.2 CE.
Todas las respuestas son correctas.
Se entiende como conjunto de competencias y potestades administrativas.
El ordenamiento jurídico las atribuye, las distribuye y las somete a límites.
Los principios constitucionales:
“La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico (…)”. Artículo 5.1 de la Ley Orgánica. 6/1985, del 1 de julio, del Poder Judicial. Tiene valor normativo positivo (aplicabilidad directa) y negativo (eficacia derogatoria de normas contrarias).
Los principios constitucionales en materia tributaria se recogen en el artículo 31 CE que establece:
Estos principios, gozan de máximo nivel normativo, son de aplicación directa, y vinculan a todos los ciudadanos y a los poderes públicos (artículo 9 CE).
Todas son correctas.
Los principios constitucionales en materia tributaria se recogen en el artículo 31 CE que establece:
«Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.»
Alcanza a las personas físicas y jurídicas, españolas y extranjeras, residentes y no residentes, dentro de los límites del principio de territorialidad.
Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
Sí implica la prohibición de bonificaciones o exenciones discriminatorias y no justificadas.
Principios constitucionales:
Generalidad; igualdad, progresividad y no confiscación.
Las respuestas a, c y d son correctas.
Capacidad económica, de reserva de ley.
Justicia material del gasto.
Alcanza a las personas físicas y jurídicas, españolas y extranjeras, residentes y no residentes, dentro de los límites del principio de territorialidad. Sí implica la prohibición de bonificaciones o exenciones discriminatorias y no justificadas.
Principio de generalidad.
Principio de igualdad.
Principio de capacidad económica.
Principio de progresividad y no confiscación.
Tiene su fundamento legal en los artículos 14 y 31 CE. Contra la lesión de este principio tributario fundada en elementos objetivos (art. 31 CE) no cabe recurso de amparo. Sí procederá en caso de discriminación basada en elementos subjetivos, ya que cae bajo la órbita del artículo 14 CE.
Principio de generalidad.
Principio de progresividad y no confiscación.
Principio de capacidad económica.
Principio de igualdad.
Atendiendo al profesor Martín Delgado: Aquella característica de un sistema tributario según la cual a medida que aumenta la riqueza de los sujetos pasivos, aumenta la contribución en proporción superior al incremento de riqueza. Se predica respecto sistema tributario en general y no respecto de cada una sus figuras impositivas. Tiene su límite en lo no confiscatorio y se fundamenta en el reconocimiento constitucional del derecho de propiedad (artículo 33 CE).
Principio de progresividad y no confiscación.
Principio de generalidad.
Principio de igualdad.
Principio de capacidad económica.
Es, a la vez, presupuesto y límite para la exigencia de tributación y la manifestación de riqueza. Otras consideraciones de este principio: titularidad de patrimonio; obtención de renta; Consumo de bienes; tráfico o circulación de riqueza. No está sometida a gravamen y el tributo no puede recaer sobre materias u objetos que no constituyan manifestaciones de este principio:
Principio de igualdad.
Principio de capacidad económica.
Justicia material del gasto público.
Principio de reserva de ley.
El mínimo vital (conjunto de bienes que se consideran indispensables para mantener la vida del individuo) está exento de tributación.
Principio de reserva de ley.
Principio de justicia material del gasto público.
Principio de capacidad económica.
Principio de igualdad.
Ese principio se desglosa en dos aspectos: Asignación equitativa de los recursos públicos; Eficiencia y economía en la programación y ejecución del gasto público. En cuanto al primer aspecto, hay que tener en cuenta que, tradicionalmente, la doctrina define la equidad como justicia aplicada al caso concreto. Para deslindar lo que se considera un gasto justo conforme al actual modelo de Estado Social, Bayona de Pergordo apunta tres criterios: Que garantice un nivel mínimo de satisfacción de las necesidades públicas; Ausencia de discriminaciones; Interdicción de la arbitrariedad.
Justicia material del gasto público.
Principio de reserva de ley.
Principio de igualdad.
Ninguna es correcta.
En cuanto a la aplicación de los principios de eficacia y economía a la programación y ejecución del gasto público, para Martín Queralt “Supone la incorporación al aparato administrativo de técnicas de gestión operativa propias en muchos casos del sector privado, sin que ello vaya en detrimento de las necesarias cautelas puestas por el ordenamiento al actuar administrativo.”
Principio de reserva de ley.
Principio de igualdad.
Justicia material del gasto público.
A diferencia de la equidad en el gasto público, no se trata de principios de justicia material, sino de principios económico-financieros, instrumentales, que buscan la racionalidad en la gestión de los gastos públicos.
Principio de reserva de ley.
Principio de igualdad.
Principio de capacidad económica.
Principio de justicia material del gasto público.
Originalmente tuvo como finalidad evitar la discrecionalidad tanto en el establecimiento de los tributos como en la ordenación de los gastos. Guarda íntima relación con los principios de jerarquía normativa y seguridad jurídica; y es garantía del derecho de propiedad.
Principio de igualdad.
Principio de capacidad económica.
Principio de reserva de ley.
Principio de generalidad.
El principio de reserva de ley opera a varios niveles.
Reserva de ley orgánica. Artículos 93 y 157.3 CE.
Enumeración de las fuentes del Derecho Financiero: valor y especialidades.
La a y la d son correctas.
Reserva de ley ordinaria. Artículos 31 y 133 CE, 8 LGT (entre otros).
Aparecen reguladas en el artículo 7 LGT.
Por las normas que dicte la Unión Europea.
Por las disposiciones reglamentarias dictadas en desarrollo de las normas anteriores.
Las fuentes del ordenamiento financiero.
Por los tratados o convenios internacionales que contengan cláusulas de naturaleza tributaria.
Los tributos se regirán:
Por la Constitución. Por los tratados o convenios internacionales que contengan cláusulas de naturaleza tributaria y, en particular, por los convenios para evitar la doble imposición, en los términos previstos en el artículo 96 de la Constitución.
Por las normas que dicte la Unión Europea y otros organismos internacionales o supranacionales a los que se atribuya el ejercicio de competencias en materia tributaria de conformidad con el artículo 93 de la Constitución.
Por esta Ley, por las Leyes Reguladoras de cada tributo y por las demás leyes que contengan disposiciones en materia tributaria.
Por las disposiciones reglamentarias dictadas en desarrollo de las normas anteriores y, específicamente en el ámbito tributario local, por las correspondientes ordenanzas fiscales.
Todas son correctas.
Los Tratados Internacionales:
Ninguna es correcta.
C y D son correctas.
Aparecen regulados en los artículos 96.1, 93 y 94 CE. Tratados para los que se necesita previa autorización de la Cortes Generales. Distinguimos entre: Tratados que afecten a derechos y deberes fundamentales (Ej. Convenios para evitar la doble imposición y convenios para evitar la evasión fiscal) y Tratados que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública.
Los tratados que requieren previa autorización mediante Ley Orgánica. Sería el caso del Tratado para la incorporación a la UE, por el que se le ceden a esta institución diversas competencias en materia financiera y tributaria.
En atención al principio de reserva de ley, una parte muy importante de la normativa financiera se encuentra regulada en normas con rango de ley. Además del Estado, las Comunidades Autónomas pueden dictar leyes dentro del ámbito de sus competencias.
Leyes y normas con rango de ley: la Ley de Presupuestos. El Decreto-ley: aspectos excluidos de regulación.
Ley de Presupuestos.
Los reglamentos.
Ordenanzas fiscales, reguladoras de los tributos propios.
Es una ley ordinaria cuyo contenido mínimo son las previsiones de ingresos y habilitaciones de gastos. Pero, además, según el artículo 134.7 CE “La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.” Para ello se requiere que guarde una relación directa con los ingresos o gastos o con criterios de política general y que no suponga una restricción ilegítima de las competencias del poder legislativo. (Martín Queralt)
Leyes y normas con rango de ley: la Ley de Presupuestos. El Decreto- ley: aspectos excluidos de regulación.
Los reglamentos.
Ley de Presupuestos.
Los Tratados Internacionales.
En cuanto al procedimiento legislativo en materia tributaria, hay también algunas especialidades:
B y C son correctas.
Las leyes financieras suelen tramitarse por el procedimiento legislativo ordinario.
La Ley de Presupuestos tiene preferencia para su tramitación en las Cortes Generales, se debate en el Senado por el procedimiento de urgencia, y no puede aprobarse por Comisión. La materia tributaria queda excluida de iniciativa legislativa popular. (Artículo 87.3 CE)
B y C son falsas.
El Decreto-Ley:
Aparece regulado en el artículo 86 CE. “1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos- leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general”.
A y C son correctas.
El sentir de la doctrina, entre ellos Pérez Royo, Martín Queralt y Palao, es que quedan excluidos del Decreto-ley tanto la “regulación del régimen general, como los elementos esenciales de los tributos que incidan en la determinación de la carga tributaria.”
A y C son incorrectas.
En el Ámbito Autonómico:
Los Estatutos de Autonomía respectivos contienen disposiciones relativas al ejercicio de la potestad reglamentaria. Pero mención especial merecen las normas reglamentarias financieras locales.
Las Entidades Locales carecen de potestad legislativa, pero articulan su margen de autonomía tributaria a través de: Ordenanzas fiscales, reguladoras de los tributos propios; Ordenanzas generales, de gestión, recaudación e inspección. Podrán dictar disposiciones interpretativas y aclaratorias de las mismas.
Las respuestas a y b son correctas.
Ninguna respuesta es correcta.
Órdenes interpretativas y otras disposiciones administrativas:
Las órdenes interpretativas se regulan en el artículo 12.3 LGT. No existen disposiciones semejantes en otras ramas del Derecho, por ello su naturaleza jurídica, alcance y nivel de vinculación son discutidas por la doctrina.
Podemos afirmar: No tienen valor normativo, ni capacidad para innovar el ordenamiento jurídico, a pesar de su publicación en el BOE. Como disposiciones interpretativas retrotraen sus efectos al momento de la entrada en vigor de la norma interpretada. No vinculan a los Tribunales de Justicia, pero sí a la Administración que las dicta.
Los órganos de la Administración Tributaria también dictan otra clase de disposiciones administrativas tales como Circulares, Instrucciones... que están dirigidas a los órganos jerárquicamente dependientes. A pesar de su gran difusión, también carecen de valor normativo, no vinculan a los Tribunales de Justicia ni a los administrados y pueden también ser utilizadas por éstos como criterios para la interpretación.
Las respuestas anteriores son correctas.
El Derecho Supletorio:
"Tendrán carácter supletorio las disposiciones generales del derecho administrativo y los preceptos del derecho común". (Artículo 7.2 LGT)
La referencia al derecho administrativo se entiende referida en todo caso a la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La referencia al Derecho Común se entiende de manera preferente, aunque no excluyente al Derecho Civil, cuyo artículo 4.3 CC ya establecía que "las disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en las materias reguladas por otras Leyes".
Ninguna respuesta es correcta.
las respuestas a y b son correctas.
Para que sea fuente del derecho deben cumplirse los requisitos del artículo 1.3 CC. No obstante, en el ámbito tributario eso no es suficiente. El principio de reserva de ley impide que la costumbre pueda ser fuente del derecho financiero.
La costumbre.
El precedente administrativo.
La jurisprudencia complementaria.
Los principios generales del Derecho.
En tanto no es vinculante para el administrado, tampoco puede considerarse fuente del derecho financiero. Aunque puede alegarlo como criterio para la interpretación en cuanto le sea favorable.
La costumbre.
El precedente administrativo.
Los principios generales del derecho.
La jurisprudencia complementaria.
En los términos del artículo 1.4 CC y según la doctrina, son: fundamento del ordenamiento jurídico, criterio para la interpretación y fuente del derecho para el caso de insuficiencia de ley y costumbre.
La costumbre.
El precedente administrativo.
Los principios generales del derecho.
La jurisprudencia complementaria.
La jurisprudencia complementará al ordenamiento jurídico:
En tanto no es vinculante para el administrado, tampoco puede considerarse fuente del derecho financiero. Aunque puede alegarlo como criterio para la interpretación en cuanto le sea favorable.
En los términos del artículo 1.6 del Código Civil. No existen a este respecto especialidades para el Derecho Financiero, ni con respecto a la doctrina del Tribunal Supremo, ni a la del Tribunal Constitucional, ni a la del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En los términos del artículo 1.4 CC y según la doctrina, son: fundamento del ordenamiento jurídico, criterio para la interpretación y fuente del derecho para el caso de insuficiencia de ley y costumbre.
Ninguna respuesta es correcta.
Eficacia de las normas tributarias: ámbito espacial y temporal
En el ámbito espacial, los criterios de sujeción a las normas tributarias se recogen en el artículo 11 LGT que establece: “Los tributos se aplicarán conforme a los criterios de residencia o territorialidad que establezca la Ley en cada caso. En su defecto, los tributos de carácter personal se exigirán conforme al criterio de residencia y los demás tributos conforme al criterio de territorialidad que resulte más adecuado a la naturaleza del objeto gravado”.
La eficacia temporal de las normas tributarias resulta del artículo 10 LGT: “Las normas tributarias entrarán en vigor a los veinte días naturales de su completa publicación en el Boletín Oficial que corresponda, si en ellas no se dispone otra cosa, y se aplicarán por plazo indefinido, salvo que se fije un plazo determinado”.
Salvo que se disponga lo contrario, las normas tributarias no tendrán efecto retroactivo y se aplicarán a los tributos sin período impositivo devengados a partir de su entrada en vigor y a los demás tributos cuyo período impositivo se inicie desde ese momento. No obstante, las normas que regulen el régimen de infracciones y sanciones tributarias y el de los recargos tendrán efectos retroactivos respecto de los actos que no sean firmes cuando su aplicación resulte más favorable para el interesado".
Las respuestas anteriores son correctas.
Distinguimos en el precepto una primera parte referida a la entrada en vigor de las leyes. Es acorde con el artículo 2.1 del Código Civil y no supone ninguna especialidad para el ámbito tributario. En el segundo párrafo se regula el cese de la vigencia de las leyes tributarias. Tampoco supone ninguna especialidad en el ámbito tributario y recoge la regulación prevista en los artículos 2.2 y 2.3 CC y artículo 9.3 CE. En relación con este último, sí se recoge de manera explícita la posibilidad de dar efecto retroactivo a las disposiciones favorables. Esto debe entenderse siempre que no entren en conflicto con otros principios constitucionales como el de seguridad jurídica o interdicción de la arbitrariedad.
La interpretación de las normas tributarias.
La analogía.
La simulación.
Eficacia de las normas tributarias: Ámbito espacial y temporal.
La interpretación de las normas tributarias:
Siguiendo a Pérez Royo, la interpretación es entendida como “actividad de carácter cognoscitivo cuyo objeto es averiguar el sentido o alcance de una norma jurídica, y constituye un momento necesario en el proceso de aplicación de la misma.”
La propia Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria dedica el Título I, Capítulo II, Sección 3a, a la “Interpretación, Calificación e Integración”. Esta Sección incluye cinco artículos: Artículo 12: interpretación de las normas tributarias. Artículo 13: calificación. Artículo 14: prohibición de la analogía. Artículo 15: conflicto en la aplicación de la norma tributaria. Artículo 16: simulación.
Ambas respuestas son correctas.
Ninguna respuesta es correcta.
El artículo 12 LGT establece que:
Las normas tributarias se interpretarán con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 3 del Código Civil. En tanto no se definan por la normativa tributaria, los términos empleados en sus normas se entenderán conforme a su sentido jurídico, técnico o usual, según proceda. En el ámbito de las competencias del Estado, la facultad de dictar disposiciones interpretativas o aclaratorias de las leyes y demás normas en materia tributaria corresponde de forma exclusiva al ministro de Hacienda y Administraciones Públicas y a los órganos de la Administración tributaria a los que se refiere el artículo 88.5 de esta Ley. Las disposiciones interpretativas o aclaratorias dictadas por el ministro serán de obligado cumplimiento para todos los órganos de la Administración tributaria. Las disposiciones interpretativas o aclaratorias dictadas por los órganos de la Administración tributaria a los que se refiere el artículo 88.5 de esta Ley tendrán efectos vinculantes para los órganos y entidades de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos. Las disposiciones interpretativas o aclaratorias previstas en este apartado se publicarán en el boletín oficial que corresponda. Con carácter previo al dictado de las resoluciones a las que se refiere este apartado, y una vez elaborado su texto, cuando la naturaleza de las mismas lo aconseje, podrán ser sometidas a información pública.
Ninguna respuesta es correcta.
Corresponde a los criterios del Título Preliminar de la LEC.
Las respuestas anteriores son correctas.
Este precepto contiene tres normas:
Remite a los criterios de interpretación contenidos en el Título Preliminar del CC.
Se refiere a disposiciones de aclaración o interpretación de normas.
Las respuestas anteriores son correctas.
La interpretación de las normas tributarias:
Las normas tributarias se interpretarán con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1 del art. 3 del Código Civil”.
Y dicho artículo establece que “Las normas se interpretarán según el sentido propio de las palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y la finalidad de aquellas.”
Todas las respuestas son correctas.
Se trata de un precepto que no aparece, en cambio, en otras normas ni del Derecho Privado, ni del Público. El motivo es, para Pérez Royo, la vinculación a la tradición o al precedente de la LGT original.
Métodos de interpretación de las normas tributarias distintos de los generales.
Ambas respuestas son falsas.
Interpretación restrictiva o literal de la norma tributaria, basada en su carácter odioso y restrictivo de la libertad individual (in dubio contra fiscum). Interpretación restrictiva de la norma de exención, basada en su carácter excepcional respecto de las normas que regulan el hecho imponible (in dubio pro fiscum).
Interpretación económica, según la cual “al interpretar las normas tributarias ha de tenerse en cuenta su finalidad, su significado económico y la evolución de las circunstancias” (Ordenanza Tributaria alemana de 1919, parágrafo 4o).
Ambas respuestas son verdaderas.
Cuál de las siguientes respuestas es incorrecta:
“No se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales.”
La segunda de las normas sobre interpretación contenidas en el artículo 12 LGT responde también a un tema clásico en la interpretación de las normas jurídicas: La determinación del sentido que debe atribuirse a los vocablos con significado no unívoco, por ser susceptibles de diversas acepciones según el tipo de lenguaje que se emplee: el lenguaje vulgar o usual o el correspondiente a una determinada disciplina científica o técnica. La LGT prevé que, si la cuestión no está resuelta directamente por la norma que, al emplear un término susceptible de diversas acepciones, especifica en cuál de ellas lo usa; la interpretación al intérprete.
Para Martín Queralt existen dos supuestos muy claros que justifican una calificación autónoma por parte de la normativa tributaria: La novedad de la institución. Por otro lado no existen otras definiciones en otras ramas del Derecho. Razones estrictamente fiscales. De no producirse esta interpretación autónoma no se conseguirían los resultados queridos por el legislador tributario.
La última de las normas de la LGT sobre interpretación, que implica lo relativo a disposiciones interpretativas dictadas por la Administración.
La analogía:
Otro criterio de interpretación que ha merecido la consideración de la doctrina, ponderando su contenido y límites, es la prohibición de analogía que recoge el artículo 14 LGT. Dicho precepto establece que: “No se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales.”
El concepto de analogía es el que resulta de los términos del artículo 4 del Código Civil, cuando establece que “Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecia identidad de razón.”
Según la doctrina mayoritaria, la prohibición de analogía en el ámbito tributario tiene su razón de ser en que los aspectos esenciales del tributo están sujetos al principio de reserva de ley. Por ello, a contrario sensu, la analogía es admisible en aquellas partes del ordenamiento tributario que no aparezcan expresamente reservadas a la ley. Si bien, como afirma De Castro, la analogía no puede identificarse nunca con la creación ex novo de derecho o de reglas aplicables a un determinado supuesto.
Las respuestas anteriores son correctas.
Ambas respuestas son correctas.
La analogía:
Para Pérez Royo el único límite es el mismo que el que procede respecto de cualquier norma jurídica, es decir, la estructura de su presupuesto de hecho.
Martín Queralt da un paso más, llegando a afirmar que la analogía está admitida en el Derecho Tributario con carácter general, y sólo será inaplicable cuando esté expresamente prohibida: “ámbito del hecho imponible, exenciones y los demás beneficios e incentivos fiscales.” Esta opinión ha sido admitida tanto por la doctrina administrativa como por la jurisprudencia.
Ambas respuestas son correctas.
Ambas respuestas son incorrectas.
La simulación:
La LGT contempla explícitamente dos supuestos de desviación en la correcta interpretación y aplicación de las normas tributarias: la simulación y el conflicto en la aplicación de la norma tributaria.
La simulación supone la creación de una apariencia jurídica, bien con el fin de encubrir la realidad (simulación absoluta) o bien para poner de relieve la existencia de una realidad distinta (simulación relativa). La existencia de simulación será declarada por la Administración tributaria en el acto de liquidación.
Según el artículo 16 LGT, esa declaración producirá efectos exclusivamente tributarios. Los principales efectos de la simulación son: El hecho imponible gravado será el efectivamente realizado. Se exigirán intereses de demora y sanción.
Las respuestas a, b y c son correctas.
Para Palao Taboada la aplicación del concepto de fraude de ley aplicado al ámbito tributario es:
La consecución de un resultado económico por medios jurídicos distintos de los normales, medios jurídicos que natural y primariamente tienden al logro de fines diversos y que no están gravados o lo están en medida más reducida que aquellos medios jurídicos normales o usuales.”
El concepto de fraude de ley aparece recogido en el artículo 6.4 del Código Civil.
Ninguna respuesta es correcta.
Ambas respuestas son correctas.
El fraude de ley tributaria:
Atendiendo al artículo 15 LGT “Conflicto en la aplicación de la norma”, supone una interpretación forzada de la misma. Una interpretación literal; pero
Esta circunstancia se produce según el artículo 15 LGT, en los actos o negocios jurídicos: Que individualmente considerados o en su conjunto sean notoriamente artificiosos o impropios para la consecución del resultado obtenido. Cuando de su utilización no resulten efectos jurídicos o económicos relevantes, distintos del ahorro fiscal y de los efectos que se hubieran obtenido con los actos o negocios propios o usuales. Los efectos de la apreciación del fraude de ley son: Se exigirá el tributo aplicando la norma que hubiera correspondido a los actos o negocios usuales o propios o eliminando las ventajas fiscales obtenidas. Se liquidarán intereses de demora.
Las respuestas anteriores son falsas.
Las respuestas anteriores son correctas.
La economía de opción:
El Tribunal Constitucional en la sentencia 46/2000, de 17 de febrero, define la economía de opción como “la posibilidad de elegir entre varias alternativas legalmente válidas dirigidas a la consecución de un mismo fin, pero generadoras las unas de alguna ventaja adicional respecto de las otras”. Según Ferreiro, las conductas alternativas deben ser: Lícitas, válidas y reales. Se entenderá que lo son cuando no se aprecie simulación, fraude de ley, no vayan contra el espíritu de la misma ni persigan un resultado prohibido por aquella. Económicamente equivalentes.
Las respuestas A y C son incorrectas.
Como apuntan Bayona de Pergordo y Soler Rocha la distinción entre el fraude de ley y la economía de opción es en ocasiones difícil y discutida. En cualquier caso, el límite infranqueable será siempre el del artículo 13 LGT. “Las obligaciones tributarias se exigirán siempre con arreglo a la naturaleza jurídica del hecho, acto o negocio realizado, cualquiera que sea la forma o denominación que los interesados le hubieran dado, y prescindiendo de los defectos que pudieran afectar a su validez.”
Las respuestas A y C son correctas.
“Las acciones y omisiones tipificadas en las leyes no darán lugar a responsabilidad por infracción tributaria en los siguientes supuestos (…) cuando se haya puesto la diligencia necesaria en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Entre otros supuestos, se entenderá que se ha puesto la diligencia necesaria cuando el obligado tributario haya actuado amparándose en una interpretación razonable de la norma (…).”
La interpretación razonable de la norma aparece recogida en el apartado 2, letra d, del artículo 179 LGT, que regula el principio de responsabilidad en materia de infracciones tributarias.
El artículo 179 LGT continúa enumerando otros supuestos de empleo de diligencia necesaria, que suponen acomodarse a los criterios de interpretación manifestados por la Administración tributaria a través de diversos medios.
El profesor Simón Acosta señala en el artículo 179 LGT que no puede interpretarse a contrario sensu, considerando que toda actuación que contradiga el parecer de la Administración debe implicar, por sí sola, una actuación negligente y, consecuentemente, sancionable.
Las respuestas anteriores son correctas.
La interpretación razonable de la norma: a) se presenta como ese margen que queda al obligado tributario para realizar una labor hermenéutica que le permita justificar la adaptación que ha realizado de la norma a su situación particular. b) Tal y como señala la Dirección General de Tributos, Instrucción 1/1999 “Por interpretación razonable se entiende aquella que esté respaldada por una fundamentación objetiva, sin que a tal efecto sea suficiente cualquier tipo de alegación contra la postura sostenida por la Administración”.
No hay ninguna respuesta correcta.
Las respuestas a y b son verdaderas.
Existen abundantes pronunciamientos tanto de los tribunales de justicia como del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) en cuanto a los supuestos en los que se admite apelar a una interpretación razonable de la norma, y que son:
Cuando se trate de una norma novedosa y sin precedentes. Cuando existan pronunciamientos discrepantes de Tribunales económico- administrativos y tribunales de justicia.
Se hayan planteado reiterados recursos sobre la norma. Se aprecie complejidad en la norma o ésta no se pronuncie expresamente.
a y b son verdaderas.
a y b son falsas.
Información y asistencia al contribuyente:
La interpretación y aplicación de las normas resulta a menudo una labor compleja para el contribuyente. La Administración tributaria le presta, por ello, información y asistencia.
No por la propia bondad de la Administración tributaria sino en cumplimiento de la obligación recogida en el artículo 85 LGT.
Y que se deriva del correlativo “Derecho (del obligado tributario) a ser informado y asistido por la Administración tributaria sobre el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones”. (Artículo 34. 1.a. LGT).
Las respuestas anteriores son correctas.
Los mecanismos que la Administración pone al servicio del ciudadano son, entre otros, y según la enumeración del artículo 85 LGT:
Publicaciones; Comunicaciones y actuaciones de información. Contestaciones a consultas escritas; Actuaciones previas de valoración.
A y C son incorrectas.
Certificados tributarios y asistencia en la realización de declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones de datos.
A y C son correctas.
El Derecho Financiero:
Es una rama del Derecho Administrativo.
También se le denomina Derecho Tributario.
Es una rama del Derecho dotada de autonomía científica.
Regula la actividad financiera del sector privado.
¿Cuáles son las ramas del Derecho Financiero?
Derecho Tributario y Derecho Presupuestario.
Parte General y Parte Especial.
Derecho Administrativo y Derecho del Gasto Público.
Finanzas públicas y finanzas privadas.
El Derecho Tributario material:
Trata del procedimiento para la recaudación de ingresos públicos
Trata de las distintas figuras impositivas.
Es una rama del Derecho con autonomía científica.
Trata de la regulación del concepto y contenido de los tributos con exclusión de los procedimientos tributarios.
La Hacienda Pública.
Es un concepto unívoco.
Es el nombre con el que se conoce a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o AEAT.
Es un concepto que admite varias acepciones.
Es un concepto tomado de la ciencia económica.
La autonomía científica del Derecho Financiero:
Está unánimemente admitida por la doctrina.
Tiene algunos oponentes entre los que destaca MARTIN QUERALT.
Está admitida por la mayoría de la doctrina.
El Derecho Financiero es una rama del Derecho Administrativo.
La normativa que regula los ingresos públicos y la normativa que regula los gastos públicos:
Han de estar inspiradas en los principios de justicia y racionalidad.
No tiene relación entre sí.
Pertenecen a distintos sectores del ordenamiento jurídico.
Todas las respuestas son incorrectas.
La actividad financiera en la Antigüedad y la Edad Media.
Era muy intensa.
La actividad financiera surge a raíz de la revolución francesa.
Era escasa.
Estaba inspirada en el principio de capacidad económica.
Los Estados buscan incrementar sus ingresos públicos:
En la medida en que la situación económica hace crecer los recursos de las economías privadas.
Porque los gastos derivados del estado social van aumentando.
Para obtener un superávit que guardan para las situaciones de crisis económica.
Para poder subir los sueldos de los políticos.
La mayor parte de los gastos públicos se cubren:
Mediante ingresos tributarios.
Mediante sanciones y multas de tráfico.
Mediante ingresos procedentes de empresas públicas.
Mediante emisión de deuda pública.
El Derecho Tributario regula:
Solo los procedimientos tributarios
Solo el tributo y sus fuentes normativas.
Solo las distintas figuras impositivas.
Ninguna respuesta es correcta.
El poder financiero.
Se fundamenta en la idea de soberanía.
Es un conjunto de competencias y potestades administrativas
Aparece expresamente definido en la Constitución.
No está sometido al principio de legalidad.
El poder financiero.
No está sometido a límites.
Solo está sometido a límites derivados del Texto Constitucional.
Encuentra su legitimación y límites en el ordenamiento jurídico.
Todas las respuestas son falsas.
Los límites al poder financiero derivados de los Tratados Internacionales tienen por finalidad:
Garantizar la doble imposición internacional.
Evitar la doble imposición internacional.
Garantizar ingresos suficientes a los Estados miembros de la Unión Europea.
Poner límites a la recaudación de impuestos por parte de los Estados.
¿Cuál de las siguientes facultades no está incluida dentro de las competencias del poder financiero estatal?
Regular la emisión de deuda pública.
Establecer criterios básicos informadores del sistema tributario de las Comunidades Autónomas.
Establecer el sistema tributario de los entes locales.
Todas las anteriores están incluidas dentro del poder financiero estatal.
El principio de igualdad en relación con la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas significa garantizar a los ciudadanos en todo el territorio nacional.
Igualdad en las posiciones jurídicas fundamentales.
Tratamiento jurídico uniforme de los derechos y deberes.
Que las cargas fiscales no sean distintas por razón del territorio
Todas las respuestas son correctas.
Las relaciones en el orden tributario entre el Estado español y la Comunidad Foral de Navarra, es mediante:
Concierto económico.
Sistema de cupo.
Convenio económico.
No es cierta ninguna de las anteriores
Las entidades territoriales tienen:
Poder financiero limitado.
Facultades administrativas.
Poder de gestión, pero no de regulación.
Autonomía financiera.
