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EXPERIENCIA DE APRENDIZAJE 5 ACTIVIDAD 1

EXPERIENCIA DE APRENDIZAJE 5 ACTIVIDAD 1

Assessment

Presentation

Social Studies

1st Grade

Practice Problem

Easy

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Juan Pino

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17 Slides • 8 Questions

1

DESARROLLO PERSONAL CIUDADANIA Y CIVICA

EXPERIENCIA DE APRENDIZAJE 6 ACTIVIDAD 1

by Juan Carlos Huamancayo

2

EXPERIENCIA DE APRENDIZAJE 5 ACTIVIDAD 1

​Analizamos el cumplimiento de nuestro derecho a la salud y proponemos sugerencias para su cumplimiento considerando el bien común

Competencia: Convive y participa democráticamente en la búsqueda del bien común.

​Objetivo de la sesión: analizar el cumplimiento de su derecho a la salud y en caso contrario proponer sugerencias para su cumplimiento teniendo en cuenta el bien común.

3

​Lista de cotejo:

  1. Explica que es la salud

  2. ​Fundamenta porque la salud es un derecho de todos

  3. Explica con ejemplos su percepción acerca de si su derecho a la salud se cumple o no

  4. ​Propone sugerencias fundamentadas para que el artículo 7 de la constitución llegue a cumplirse

4

​EL DERECHO A LA SALUD

​La salud es un derecho consagrado en distintas Constituciones del mundo

​Está en:

  • el más alto nivel normativo

    ​diversas normas internacionales de protección de los DD.HH.

Actualmente es un DD.HH.

​Tiene preeminencia en cualquier Estado de derecho constitucional

5

La Organización Mundial de la Salud la define como un “bienestar físico, mental y social y no meramente la ausencia de enfermedad”.

La salud tiene una concepción amplia, y debe ser interpretada de forma extensiva, no restrictiva.

6

La salud es un

  • derecho inherente al ser humano.

  • derecho constitucional

  • derecho humano.

La persona goza del derecho a la salud por su sola condición de ser humano.

Si hay un derecho esencial para la supervivencia ese es el derecho a la salud.

7

El derecho a la salud es:

  • universal,

  • indivisible,

  • integral,

  • irrenunciable e inalienable,

  • inviolable

  • progresivo.

8

Poll

Según tu experiencia personal crees que en Lima el derecho a la salud es integral, se vincula con otros derechos como la vida, la dignidad, y están coordinados

SI

NO

A VECES

9

Poll

Según tu experiencia personal crees que en Lima el derecho a la salud es inviolable porque el Estado garantiza su defensa

SI

NO

A VECES

10

Poll

Según tu experiencia personal crees que en Lima el derecho a la salud es progresivo, porque su ámbito de protección es cada vez mayor, no se limita ni se restringe

SI

NO

A VECES

11

​El horizonte hacia la protección del derecho a la salud debe generar que cada Estado regule las acciones destinadas a garantizar su

  • acceso

  • calidad

  • oportunidad

  • disponibilidad

  • aceptabilidad

12

Poll

Según tu experiencia personal dirías que en Lima el derecho a la salud tiene accesibilidad es decir el Estado cuenta con suficientes establecimientos de salud con condiciones adecuadas.

SI

NO

A VECES

13

Poll

Según tu experiencia personal crees que en Lima el derecho a la salud tiene accesibilidad, los servicios de salud están al alcance de todos, no se discrimina a nadie y la geografía no impide llegar a ellos.

SI

NO

A VECES

14

Poll

Según tu experiencia personal dirías que en Lima los servicios de salud son equitativos, todos acceden al servicio sin importar su condición social

SI

NO

A VECES

15

Poll

Según tu experiencia personal crees que en Lima el derecho a la salud goza de aceptabilidad, se respeta la cultura de las personas.

SI

NO

A VECES

16

Poll

Según tu experiencia personal crees que en Lima el derecho a la salud goza de calidad, los establecimientos, bienes y servicios son óptimos, los profesionales idóneos y equipos en optimas condiciones.

SI

NO

A VECES

17

​El artículo 25° numeral 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos regula que:

“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo,enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”.

18

El artículo 12° del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales recoge que: “1. El derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. 2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para: a) La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños; b) El mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente; c) La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas; d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad”.

19

El artículo XI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre señala que:

“Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que permitan los recursos públicos y los de la comunidad”.

20

​El artículo 10° del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales recoge que: “1. Toda persona tiene derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social. 2. Con el fin de hacer efectivo el derecho a la salud los Estados partes se comprometen a reconocer la salud como un bien público y particularmente a adoptar las siguientes medidas para garantizar este derecho: a. la atención primaria de la salud, entendiendo como tal la asistencia sanitaria esencial puesta al alcance de todos los individuos y familiares de la comunidad; b. la extensión de los beneficios de los servicios de salud a todos los individuos sujetos a la jurisdicción del Estado; c. la total inmunización contra las principales enfermedades infecciosas; d. la prevención y el tratamiento de las enfermedades endémicas, profesionales y de otra índole; e. la educación de la población sobre la prevención y tratamiento de los problemas de salud, y f. la satisfacción de las necesidades de salud de los grupos de más alto riesgo y que por sus condiciones de pobreza sean más vulnerables”.

21

El Estado es responsable de garantizar el pleno acceso a las prestaciones de salud.

Esencialmente, la Constitución peruana y la Ley General de Salud recogen con claridad este rol del Estado.

22

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, en la observación general 14, desarrolla el derecho a la salud reconocido en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, para lo cual  considera la presencia de los siguientes elementos:

disponibilidad

accesibilidad

aceptabilidad

calidad.

23

​El Tribunal Constitucional peruano ha considerado que el Estado debe jugar un rol activo en beneficio del derecho a la salud.

Así, enfatiza en que “el Estado debe adoptar todas las medidas posibles para que, bajo los principios de continuidad en la prestación del servicio, eficacia,

eficiencia, solidaridad y progresividad, etc., se haga viable su eficacia en la práctica, de manera tal que todas las prestaciones requeridas por una persona en determinada condición de salud sean garantizadas de modo efectivo y eficaz”.

24

El derecho a la salud no puede quedarse en el reconocimiento constitucional o en alguna ley en general, sino debe contar con regulación sectorial.

No hay discusión en que todos buscan un sistema de salud óptimo para su población, porque es un ideal que todos tengan acceso a un sistema sanitario de calidad. Este es un ideal en todo el mundo. Sin embargo, la interrogante es cómo se logra.

La realidad demuestra que incluso los países menos desarrollados, y con un sistema sanitario con carencias, consagran a la salud como un derecho constitucional y humano, pero no cuentan con mecanismos eficaces que garanticen su protección.

El derecho a la salud no puede quedarse en el reconocimiento constitucional o en alguna ley en general, sino debe contar con regulación sectorial.

No hay discusión en que todos buscan un sistema de salud óptimo para su población, porque es un ideal que todos tengan acceso a un sistema sanitario de calidad.

Este es un ideal en todo el mundo.

Sin embargo, la interrogante es cómo se logra.

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La realidad demuestra que incluso los países menos desarrollados, y con un sistema sanitario con carencias, consagran a la salud como un derecho constitucional y humano, pero no cuentan con mecanismos eficaces que garanticen su protección.

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