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Normativa

Total questions: 79

Worksheet time: 1hrs 11mins

Name
Class
Date
1.
Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre
a)
Se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo
b)
Prohíbe taxativamente el consumo de bebida alcohólicas a los bomberos mientras están de servicio
c)
Señalización óptica de los vehículos. Luz de alarma para vehículos de servicio de urgencia y especiales. Definiciones, características técnicas y ensayos.
d)
La Dirección General de Protección Civil aprobó una clasificación general para ser utilizada en todo el territorio nacional por los Servicios de Bomberos para que, a partir de esa fecha, comenzaran a ser utilizados en la elaboración de los Partes Unificados de Actuación de Ios Servicios contra Incendios y de Salvamento
2.
Ley de Gestión de Emergencias
a)
Se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo
b)
Prohíbe taxativamente el consumo de bebida alcohólicas a los bomberos mientras están de servicio
c)
Señalización óptica de los vehículos. Luz de alarma para vehículos de servicio de urgencia y especiales. Definiciones, características técnicas y ensayos.
d)
La Dirección General de Protección Civil aprobó una clasificación general para ser utilizada en todo el territorio nacional por los Servicios de Bomberos para que, a partir de esa fecha, comenzaran a ser utilizados en la elaboración de los Partes Unificados de Actuación de Ios Servicios contra Incendios y de Salvamento
3.
UNE 26150-13:1977 (anulada)
a)
Se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo
b)
Prohíbe taxativamente el consumo de bebida alcohólicas a los bomberos mientras están de servicio
c)
Señalización óptica de los vehículos. Luz de alarma para vehículos de servicio de urgencia y especiales. Definiciones, características técnicas y ensayos.
d)
La Dirección General de Protección Civil aprobó una clasificación general para ser utilizada en todo el territorio nacional por los Servicios de Bomberos para que, a partir de esa fecha, comenzaran a ser utilizados en la elaboración de los Partes Unificados de Actuación de Ios Servicios contra Incendios y de Salvamento
4.
“Manual de Instrucciones y Códigos; Grupo de Códigos VIII: Tipos de Vehículos”
a)
Se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo
b)
Prohíbe taxativamente el consumo de bebida alcohólicas a los bomberos mientras están de servicio
c)
Señalización óptica de los vehículos. Luz de alarma para vehículos de servicio de urgencia y especiales. Definiciones, características técnicas y ensayos.
d)
La Dirección General de Protección Civil aprobó una clasificación general para ser utilizada en todo el territorio nacional por los Servicios de Bomberos para que, a partir de esa fecha, comenzaran a ser utilizados en la elaboración de los Partes Unificados de Actuación de Ios Servicios contra Incendios y de Salvamento
5.
UNE-EN 1846
a)
Vehículos contra Incendios y de Servicios Auxiliares.
b)
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 1: Nomenclatura y designación.
c)
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 2: Requisitos comunes. Seguridad y prestaciones.
d)
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 3: Equipos instalados permanentemente. Seguridad y prestaciones.
e)
Plataformas hidráulicas (HP) para lucha contra incendios y servicios de rescate. Requisitos de seguridad y ensayo.
6.
UNE-EN 1846-1:2011
a)
Vehículos contra Incendios y de Servicios Auxiliares.
b)
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 1: Nomenclatura y designación.
c)
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 2: Requisitos comunes. Seguridad y prestaciones.
d)
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 3: Equipos instalados permanentemente. Seguridad y prestaciones.
7.
UNE-EN 1846-2: 2011 + A1:2014
a)
Vehículos contra Incendios y de Servicios Auxiliares.
b)
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 1: Nomenclatura y designación.
c)
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 2: Requisitos comunes. Seguridad y prestaciones.
d)
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 3: Equipos instalados permanentemente. Seguridad y prestaciones.
8.
UNE-EN 1846-3:2015
a)
Vehículos contra Incendios y de Servicios Auxiliares.
b)
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 1: Nomenclatura y designación.
c)
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 2: Requisitos comunes. Seguridad y prestaciones.
d)
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 3: Equipos instalados permanentemente. Seguridad y prestaciones.
9.
UNE-EN 1789:2007+A2:2015
a)
Vehículos de transporte sanitario y sus equipos. Ambulancias de carretera.
b)
Plataformas hidráulicas (HP) para lucha contra incendios y servicios de rescate. Requisitos de seguridad y ensayo.
c)
Medios elevadores aéreos para los servicios de lucha contra incendios. Escaleras pivotantes con movimientos combinados. Requisitos de seguridad y prestación y métodos de ensayo. (Ratificada por AENOR en marzo de 2014.)
d)
Medios elevadores aéreos para los servicios de lucha contra incendios. Escaleras pivotantes con movimientos secuenciales. Requisitos de seguridad y prestación y métodos de ensayo. (Ratificada por AENOR en marzo de 2014.)
10.
UNE-EN 1777:2011
a)
Vehículos de transporte sanitario y sus equipos. Ambulancias de carretera.
b)
Plataformas hidráulicas (HP) para lucha contra incendios y servicios de rescate. Requisitos de seguridad y ensayo.
c)
Medios elevadores aéreos para los servicios de lucha contra incendios. Escaleras pivotantes con movimientos combinados. Requisitos de seguridad y prestación y métodos de ensayo. (Ratificada por AENOR en marzo de 2014.)
d)
Medios elevadores aéreos para los servicios de lucha contra incendios. Escaleras pivotantes con movimientos secuenciales. Requisitos de seguridad y prestación y métodos de ensayo. (Ratificada por AENOR en marzo de 2014.)
11.
UNE-EN 14043:2014
a)
Vehículos de transporte sanitario y sus equipos. Ambulancias de carretera.
b)
Plataformas hidráulicas (HP) para lucha contra incendios y servicios de rescate. Requisitos de seguridad y ensayo.
c)
Medios elevadores aéreos para los servicios de lucha contra incendios. Escaleras pivotantes con movimientos combinados. Requisitos de seguridad y prestación y métodos de ensayo. (Ratificada por AENOR en marzo de 2014.)
d)
Medios elevadores aéreos para los servicios de lucha contra incendios. Escaleras pivotantes con movimientos secuenciales. Requisitos de seguridad y prestación y métodos de ensayo. (Ratificada por AENOR en marzo de 2014.)
12.
UNE-EN 14044:2014
a)
Vehículos de transporte sanitario y sus equipos. Ambulancias de carretera.
b)
Plataformas hidráulicas (HP) para lucha contra incendios y servicios de rescate. Requisitos de seguridad y ensayo.
c)
Medios elevadores aéreos para los servicios de lucha contra incendios. Escaleras pivotantes con movimientos combinados. Requisitos de seguridad y prestación y métodos de ensayo. (Ratificada por AENOR en marzo de 2014.)
d)
Medios elevadores aéreos para los servicios de lucha contra incendios. Escaleras pivotantes con movimientos secuenciales. Requisitos de seguridad y prestación y métodos de ensayo. (Ratificada por AENOR en marzo de 2014.)
13.
UNE-EN 1028-1:2003+A1:2009
a)
Bombas contra incendios. Bombas centrífugas contra incendios con cebador. Parte 1: Clasificación. Requisitos generales y de seguridad.
b)
Bombas contra incendios. Bombas centrífugas contra incendios con cebador. Parte 2: Verificación de requisitos generales y de seguridad.
c)
Pinturas y barnices. Colores normalizados.
14.
UNE-EN 1028-2:2003+A1:2008
a)
Bombas contra incendios. Bombas centrífugas contra incendios con cebador. Parte 1: Clasificación. Requisitos generales y de seguridad.
b)
Bombas contra incendios. Bombas centrífugas contra incendios con cebador. Parte 2: Verificación de requisitos generales y de seguridad.
c)
Pinturas y barnices. Colores normalizados.
15.
UNE 48103:2014
a)
Bombas contra incendios. Bombas centrífugas contra incendios con cebador. Parte 1: Clasificación. Requisitos generales y de seguridad.
b)
Bombas contra incendios. Bombas centrífugas contra incendios con cebador. Parte 2: Verificación de requisitos generales y de seguridad.
c)
Pinturas y barnices. Colores normalizados.
16.
UNE 23900:1983
a)
Vehículos contra incendios y de salvamento. Especificaciones comunes.
b)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba rural ligero (BRL)
c)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba urbano ligero (BUL).
d)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba rural pesado (BRP).
e)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba urbano pesado (BUP).
17.
UNE 23901:1983
a)
Vehículos contra incendios y de salvamento. Especificaciones comunes.
b)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba rural ligero (BRL)
c)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba urbano ligero (BUL).
d)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba rural pesado (BRP).
e)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba urbano pesado (BUP).
18.
UNE 23902:1983
a)
Vehículos contra incendios y de salvamento. Especificaciones comunes.
b)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba rural ligero (BRL)
c)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba urbano ligero (BUL).
d)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba rural pesado (BRP).
e)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba urbano pesado (BUP).
19.
UNE 23903:1985
a)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo cisterna. Autobomba cisterna para agua (BCA). Autobomba cisterna para espuma (bce).
b)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba rural ligero (BRL)
c)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba urbano ligero (BUL).
d)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba rural pesado (BRP).
e)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba urbano pesado (BUP).
20.
UNE 23904:1986
a)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo cisterna. Autobomba cisterna para agua (BCA). Autobomba cisterna para espuma (bce).
b)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba rural ligero (BRL)
c)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba urbano ligero (BUL).
d)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba rural pesado (BRP).
e)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba urbano pesado (BUP).
21.
UNE 23905:1989 IN
a)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo cisterna. Autobomba cisterna para agua (BCA). Autobomba cisterna para espuma (bce).
b)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba rural ligero (BRL)
c)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba urbano ligero (BUL).
d)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba rural pesado (BRP).
e)
Vehículos contra incendios y de salvamentos. Vehículo autobomba urbano pesado (BUP).
22.

Bastidor: tracción total o todoterreno. Ángulo de ataque salida 25º

a)

UNE 23900:1983

b)

UNE 23901:1983

c)

UNE 23902:1983

d)

UNE 23903:1985

e)

UNE 23904:1986

23.

Bastidor: Normal, posibilidad de tracción total.

a)

UNE 23900:1983

b)

UNE 23901:1983

c)

UNE 23902:1983

d)

UNE 23903:1985

e)

UNE 23904:1986

24.
Bastidor: Normal, puede contar con más de un eje motriz.
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
25.

Relación potencia/masa: 10 Kw/t

a)

UNE 23900:1983

b)

UNE 23901:1983

c)

UNE 23902:1983

d)

UNE 23903:1985

e)

UNE 23904:1986

26.

Relación potencia/masa: 11 Kw/t

a)

UNE 23900:1983

b)

UNE 23901:1983

c)

UNE 23902:1983

d)

UNE 23903:1985

e)

UNE 23904:1986

27.
Relación potencia/masa: 8 Kw/t
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
28.
Velocidad Mínima 70 km/h vehículos contra Incendios
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
29.

Velocidad Mínima 80 km/h vehículos

a)

UNE 23900:1983

b)

UNE 23901:1983

c)

UNE 23902:1983

d)

UNE 23903:1985

e)

UNE 23904:1986

30.

Velocidad Mínima 90 km/h vehículos

a)

UNE 23905:1989 IN

b)

UNE 23901:1983

c)

UNE 23902:1983

d)

UNE 23903:1985

e)

UNE 23904:1986

31.
Velocidad Mínima 100 km/h vehículos
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
32.
Aceleración vehículo contra incendios todoterreno 100m/19seg y urbano 100m/17 seg
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
33.

Aceleración 100m/19seg.

a)

UNE 23900:1983

b)

UNE 23901:1983

c)

UNE 23902:1983

d)

UNE 23903:1985

e)

UNE 23904:1986

34.

Aceleración 100m/17seg.

a)

UNE 23900:1983

b)

UNE 23901:1983

c)

UNE 23902:1983

d)

UNE 23903:1985

e)

UNE 23904:1986

35.
Cabina Doble/Avanzada con abatimiento hidráulico para los vehículos contra incendios
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
36.

Cabina doble

a)

UNE 23900:1983

b)

UNE 23901:1983

c)

UNE 23902:1983

d)

UNE 23903:1985

e)

UNE 23904:1986

37.
Dotación 1 conductor + 3 bomberos
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
38.
Dotación 1 conductor + 5 bomberos (1 bombero sera el jefe de la dotación)
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
39.
Dotación 1 conductor + 2 bomberos
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
40.
Calefacción: poner la cabina a una temperatura mínima de 15º en 20 min. Como máximo, con -5ºC en el exterior y a 40 km/h.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
41.
Asiento del conductor 800 mm mínimo y los de la dotación 450 mm mínimo.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
42.
Puertas de acceso: Abatir hasta 75º paso mínimo de 600 mm.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
43.
Depósito de combustible: 5 horas o 400 km
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
44.
Equipo eléctrico una tensión mínima de 12 voltios y se admiten hasta 24. Los alternadores deben proporcionar un suministro mínimo de 50 amperios. Las baterías deben tener una capacidad mínima de carga de 130 amperios/hora.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
45.
Las luces genéricas más un faro orientable y móvil de 200 mm. de diámetro que pueda verse en la oscuridad al menos a 70 m
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
46.
Señalización: Debe llevar un plafón (luz) amarillo auto al ser un vehículo V-1 que se vea en un espectro de 220º y señalización acústica un mínimo de 95 db medidas a 30 m del vehículo por su parte frontal y no menos de 90 dB medidos a 45º de este mismo plano.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
47.
Cisterna: debe llevar una rompeolas perpendicular al eje con un peso menor a 1/6 del peso total de la cisterna, nunca mayor que 1 T. El rompeolas pararlelo al eje anchura mayor del 80%, via eje trasero, 85 % de la sección de la cisterna.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
48.
Cisterna de 800 litros mínimo
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
49.
Cisterna de 800 litros mínimo
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
50.
Cisterna de 2400 litros mínimo
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
51.
Cisterna de 3200 litros mínimo
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
52.
Cisterna de 7200 litros mínimo (BCE)
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
53.
Cisterna de 8000 litros mínimo (BCA)
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
54.
Llenado: si la cisterna tiene menos de 1500 L debe poder llenarse a 1200 L/min, si la cisterna tiene más de 1500 L debe poder llenarse a 1500 L/min
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
55.

Llenado de la cisterna a 1200 L/min

a)

UNE 23900:1983

b)

UNE 23901:1983

c)

UNE 23902:1983

d)

UNE 23903:1985

e)

UNE 23904:1986

56.
Llenado de la cisterna a 1500 L/min
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
57.

Salidas de impulsión 2 de 70 mm/ 1 de 45 mm/ 1 de 25 mm (alta presión, conectadas directamente a la bomba)

a)

UNE 23900:1983

b)

UNE 23901:1983

c)

UNE 23902:1983

d)

UNE 23903:1985

e)

UNE 23904:1986

58.

Salidas de impulsión 2 de 70 mm/ 2 de 45 mm/ 1 de 25 mm (alta presión, conectadas directamente a la bomba)

a)

UNE 23900:1983

b)

UNE 23901:1983

c)

UNE 23902:1983

d)

UNE 23903:1985

e)

UNE 23904:1986

59.
Salidas de impulsión 4 de 70 mm/ 1 de 25 mm (alta presión, conectadas directamente a la bomba)
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
60.
Prestaciones mínimas de las bombas: Baja presión (8/8): Q=800 L/min. H= 80 mca. Alta presión (2/30): Q=200 L/min. H=300 mca.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
61.
Prestaciones mínimas de las bombas: Baja presión (16/8): Q=1600 L/min. H= 80 mca. Alta presión (2/30): Q=200 L/min. H=300 mca.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
62.
Prestaciones mínimas de las bombas: Baja presión (16/8): Q=1600 L/min. H= 80 mca. Alta presión (2/30): Q=200 L/min. H=300 mca. Puede añadirse al equipamiento una motobomba auxiliar del tipo Bb 4/5 (Q = 400 L 50 m.c.a.) 
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
63.
Prestaciones mínimas de las bombas: Baja presión (16/8): Q=1600 L/min. H= 80 mca. Alta presión (2,5/35): Q=250 L/min. H= 350 mca. Puede añadirse al equipamiento una motobomba auxiliar del tipo Bb 4/5 (Q = 400 L 50 m.c.a.) 
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
64.
Prestaciones mínimas de las bombas: Baja presión (24/8): Q=2400 L/min. H= 80 mca. Alta presión: la norma no concreta las prestaciones hidraúlicas que debe tener esta bomba en este caso. Puede añadirse al equipamiento una motobomba auxiliar del tipo Bb 4/5 (Q = 400 L 50 m.c.a.) 
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
65.
Proyección de espuma: Se puede añadir un equipo generador de espuma siempre que pueda generar una mezcla espumante a 400L/min
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
66.
Proyección de espuma: El equipo debe ser capaz de impulsar desde 200 hasta 800 L/m., el proporcionador debe poder regularse desde 0 hasta el 6% 
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
67.
Proyección de espuma: Debe permitir una dosificación variable y que se puede regular entre 0 y el 5 %, y el caudal máximo de solución espumante debe ser de 75 L/min., como mínimo. El sistema debe aportar un caudal mínimo de agua de 200 L/min. A este equipamiento hay que sumar además un depósito de espumógeno con una capacidad mínima de 750 litros.
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
68.
Maniobras características: El ataque con 2 lanzas de 45 mm. a un incendio que se encuentre situado a 100 m. de distancia. El ataque con 4 Ianzas de 45 mm. a un incendio que se encuentre situado a 80 m. de distancia. El ataque con 1 Ianza de 25 mm. a un incendio situado a 200 m. de distancia.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
69.
Maniobras características: El ataque con 2 lanzas de 45 mm. a un incendio que se encuentre situado a 100 m. de distancia. El ataque con 4 lanzas de 45 mm. a un incendio que se encuentre situado a 80 m de distancia de una boca o punto de agua. EI ataque con 2 lanzas de 45 mm. a un incendio que se encuentre situado a 80 m. de distancia. El ataque con 2 lanzas de espuma cuyo caudal mínimo sea de 200 L/min.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
70.
Maniobras características: El ataque con 2 lanzas de 45 mm. a un incendio que se encuentre situado a 100 m. de distancia. El ataque con 4 Ianzas de 45 mm. a un incendio que se encuentre situado a 100 m. de distancia de una boca o punto de agua. El ataque con 1 Ianza de 45 mm. a un incendio que se encuentre situado a 200 m. de distancia .
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
71.
Maniobras características: El ataque con 4 lanzas de 45 mm. a un incendio que se encuentre situado a 100 m. de distancia de una boca o punto de agua. El ataque con 2 lanzas de 25 mm. a un incendio que se encuentre situado a 100 m. de distancia de Ia propia autobomba. El ataque con 2 lanzas de espuma 400L/m 
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
72.
Maniobras características (BCA): El ataque con 1 Ianza de 70 mm. o un monitor de tipo portátil, a un incendio que se encuentre situado a 100 m. de distancia. También realizar la proyección de espuma como medida de protección. El ataque con 2 lanzas de 45 mm. a un incendio que se encuentre situado a 100 m. de distancia. El ataque o la protección personal con una Ianza de 25 mm. a un incendio que se encuentre situado a 100 m. de distancia. Llenar su propia cisterna desde una distancia o desnivel superior al que se encuentre de la propia bomba. 
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
73.
Maniobras características (BCE): El ataque, con agua o espuma, con 1 Ianza de 70 mm. o un monitor de tipo portátil, a un incendio que se encuentre situado a 100 m. de distancia. También realizar la proyección de espuma como medida de protección. El ataque con 2 lanzas de 45 mm. a un incendio que se encuentre situado a 100 m. de distancia. El ataque de un incendio con agua o espuma con el monitor fijo del del propio vehículo. También realizar la proyección de espuma como medida de protección con el monitor fijo. Llenar su propia cisterna desde una distancia o desnivel superior al que se encuentre de la propia bomba. 
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
74.
El peso admisible del equipo Unitario A es de 430 kg. El peso admisible del equipo adicional B es de 138 kg.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
75.
El peso admisible del equipo Unitario A es de 437 kg. El peso admisible del equipo adicional B es de 200 kg.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
76.
El peso admisible del equipo Unitario A es de 789 kg. El peso admisible del equipo adicional B es de 171 kg.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
77.
El peso admisible del equipo Unitario A es de 832 kg. El peso admisible del equipo adicional B es de 146 kg.
a)
UNE 23900:1983
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
78.
El peso admisible del equipo (BCA) Unitario A es de 551 kg. El peso admisible del equipo adicional B es de 90 kg.
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986
79.
El peso admisible del equipo (BCE) Unitario A es de 551 kg. El peso admisible del equipo adicional B es de 124 kg.
a)
UNE 23905:1989 IN
b)
UNE 23901:1983
c)
UNE 23902:1983
d)
UNE 23903:1985
e)
UNE 23904:1986