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LINEAMIENTOS CTE ACUERDO 05042024

Total questions: 13

Worksheet time: 13mins

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1.

¿Cuál es el propósito principal del Acuerdo número 05/04/24? 

a)

a) Regular la integración de los Consejos Técnicos Escolares. 

b)

b) Establecer las funciones de los Consejos Técnicos Escolares. 

c)

c) Definir los lineamientos para el funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares. 

d)

d) Todas las anteriores. 

2.

Es el órgano colegiado de mayor decisión técnico pedagógica de cada Escuela de Educación Básica, encargado de adoptar e implementar las decisiones para contribuir al máximo logro de aprendizajes de los educandos, el desarrollo de sus capacidades, el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre la Escuela y la comunidad bajo una perspectiva de enfoque territorial. 

El texto anterior define a: 

a)

a) La autonomía de las maestras y maestros 

b)

b) El Consejo Técnico Consultivo

c)

c) El Consejo Técnico Escolar

3.

De las siguientes afirmaciones corresponden a la autonomía profesional. Excepto. 

a)

a) Es la capacidad del magisterio para decidir con sustento en los programas de estudio, sobre su ejercicio didáctico. 

b)

b) Es el diálogo pedagógico con las y los estudiantes en los procesos de enseñanza y aprendizaje. 

c)

c) Que en las sesiones del CTE las maestras y los maestros tengan la libertad de contextualizar el currículo nacional, definan el calendario escolar y el número de sesiones.   

4.

ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos para la integración, operación y funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares de Educación Básica. 

a)

a) Acuerdo 05/04/24 

b)

b) Acuerdo 10/10/17 

c)

c) Acuerdo 05/02/16 

5.

Documento que presenta los contenidos que se abordarán en cada Campo formativo, así como los Procesos de desarrollo de aprendizaje correspondientes, mismos que mantienen una relación directa con el Perfil de egreso y los Ejes articuladores, de manera que maestras y maestros de Educación Básica encuentren insumos y elementos para diseñar y poner en marcha actividades didácticas pertinentes y relevantes para niñas y niños. 

a)

a) Programa analítico 

b)

b) Programa Sintético 

c)

c) Programa de Mejora Continua 

6.

Es la acción pedagógica que realiza el Personal con funciones de supervisión y el Personal con funciones de dirección de manera sistemática y permanente, con el Personal docente de la Escuela, para identificar problemáticas, necesidades educativas y reflexionar acerca de éstas, lo que implica asistir a la Escuela y al aula para obtener información en torno a los aprendizajes y desarrollo de capacidades del alumnado con el fin de orientar la toma y ejecución de decisiones que contribuyan a la mejora de la práctica docente y al funcionamiento de la Escuela, a través de un diálogo profesional. 

a)

a) Asesoría

b)

b) Capacitación

c)

c) Acompañamiento

7.

Práctica reflexiva que promueve el desarrollo de las capacidades institucionales de cada Escuela; progresiva, gradual, sistemática, diferenciada, contextualizada y participativa orientada a garantizar el máximo logro de aprendizajes, la excelencia educativa y el ejercicio pleno del derecho a la educación a niñas, niños, adolescentes y jóvenes que habitan nuestro país. 

a)

a) Proceso de Mejora Continua. 

b)

b) Programa de Mejora Continua.

c)

c) Programa Escolar de Mejora Continua.

8.

¿Cuál es el objetivo de los Consejos Técnicos Escolares? 

a) Evaluar el desempeño de los docentes. 

b) Mejorar la calidad educativa a través del trabajo colaborativo. 

c) Establecer políticas educativas a nivel nacional. 

d) Ninguna de las anteriores. 

¿Quién preside los Consejos Técnicos Escolares?  

a)

a) El director de la escuela. 

b)

b) Un representante de la Secretaría de Educación Pública. 

c)

c) Un docente elegido por votación.

d)

d) Un representante del sindicato de maestros.

9.

Artículo 7. En el marco de la Autonomía profesional de las maestras y de los maestros, el CTE tiene como propósitos, excepto: 

I. Construir un proyecto educativo en cada Escuela cimentado en la diversidad, con el fin de que el Colectivo docente realice sus tareas pensando en las condiciones de desigualdad y los contextos diferenciados, para que se pueda hacer efectivo el derecho humano a la educación de las y los estudiantes de Educación Básica. 

II.   El CTE podrá sesionar de manera extraordinaria, en días adicionales a los establecidos en el Calendario Escolar, cuando por caso fortuito, de fuerza mayor o por emergencia nacional resulte necesario. Dichas sesiones serán determinadas, de manera exclusiva, por la Autoridad Educativa Federal y podrán realizarse de manera presencial o a distancia con el uso de las tecnologías de la información y la comunicación. 

III.   Asistir a todas las sesiones del CTE en las fechas establecidas en el Calendario Escolar, así como las de carácter extraordinario determinadas por la Autoridad Educativa Federal, de acuerdo con el turno en que laboran. En el caso de que cubran dos turnos participarán en ambos CTE. 

IV. Deliberar sobre el currículo considerando aquello que es pertinente y necesario de acuerdo con las condiciones concretas de existencia en las que viven y trabajan, tomando como insumo principal sus saberes y experiencia pedagógica. 

a)

a) I y II

b)

b) II y III

c)

c) III y IV

10.

Es la expresión de las voluntades del Colectivo docente y de la Comunidad escolar para organizar las acciones de gestión escolar encaminadas a lograr mejores resultados educativos, considerando los principios de la Nueva Escuela Mexicana. Es una propuesta concreta y realista que, a partir de un diagnóstico socioeducativo de la Escuela, plantea objetivos de mejora, metas y acciones dirigidas a consolidar los puntos fuertes y resolver las problemáticas escolares de manera priorizada y en tiempos establecidos. 

a)

a) Programa Sintético.

b)

b) Programa Analítico. 

c)

c) Programa de Mejora Continua.

11.

Son los participantes del Consejo Técnico Escolar (CTE) en las escuelas de organización  completa.  

a)

a) Los padres de familia o tutores de la escuela y los docentes. 

b)

b) El director y el supervisor escolar junto con los asesores técnicos pedagógicos.  

c)

c) Directores, subdirectores, docentes frente a grupo, maestros de educación  especial, de educación física y de otras especialidades que laboran en el plantel,  asesor técnico pedagógico.  

d)

d) Los docentes de grupo, docentes del área de USAER, docentes computación e inglés que laboran en el  plantel escolar   

12.

Numero de fases y sesiones en que sesiona el Consejo Técnico Escolar durante el ciclo escolar. 

a)

a) 1 fase distribuida en 13 sesiones intensivas y ordinarias.

b)

b) 2 fases distribuidas en 5 sesiones intensivas y 8 ordinarias.

c)

3 fases distribuidas en 5 sesiones intensivas y 8 ordinarias. 

13.

El día programado para la reunión de Consejo Técnico Escolar en el calendario oficial, el profesor de Educación Física  que trabaja en una escuela de doble turno en donde su carga horaria la tiene en el turno matutino. Su director del turno vespertino le solicita tome la sesión con ellos donde atiende únicamente a dos grupos una vez por semana.  ¿Cuál es la acción que debe tomar el docente ante esta situación?  

a)

a) Apegarse a la normatividad vigente y atender la indicación de sus directivos para evitar preferencias y problemas laborales. 

b)

b) Apegarse a la normatividad vigente y sustentar que debe de acudir al turno donde prevalezca su mayor carga horaria. 

c)

c) Apegarse a la normatividad vigente y negarse a acudir a las sesiones del consejo por no ser personal docente adscrito a las escuelas.