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Worksheets4 / PREPARATORIO - Procesal
Total questions: 83
Worksheet time: 42mins
La ejecución de una sentencia proferida en un proceso declarativo se adelanta:
Ante el juez competente por la cuantía, previa demanda y
con reparto.
Ante el mismo juez que la profirió, previa demanda y con
reparto.
Ante el mismo juez que la profirió, sin necesidad de
demanda y sin reparto.
Ante el juez que haya impuesto la condena, sea el de
primera o el de segunda instancia, sin demanda y sin
reparto.
El señor Vicente Van Gogh domiciliado en Cali - Valle presenta proceso ejecutivo en contra del señor Claudito Monet domiciliado en Marsella – Risaralda por valor de $173.000.000 señalando que Claudito le incumplió el pago de un crédito garantizado con pagaré suscrito por unas neveras que Vicente le vendió a Claudito y que este último había quedado de pagar en Obando Valle el día 1º de febrero de 2023. La demanda se presentó el día 22 de marzo de 2023. Claudito decide contratarlo a usted como abogado diciéndole que es cierto que debe el dinero pero que Vicente le adeuda $180.000.000 por una letra de cambio de un negocio de televisores que debió haberle pagado en Santuario el día 15 de enero de 2023.
En este caso si Usted deja de contestar los hechos de la demanda, pero propone excepciones de fondo:
1. El juez tendrá por ciertos los hechos susceptibles de prueba de confesión.
2. El juez deberá dar traslado de las excepciones de mérito al ejecutante.
3. El juez pasará de inmediato a dictar sentencia con base en las pretensiones y en las excepciones de mérito.
4. Vencido el término del traslado de las excepciones de mérito el juez fijará fecha para audiencia del 392.
Teniendo en cuenta los numerales anteriores, elija la opción correcta:
Las opciones 1, 2 y 3 son correctas.
Las opciones 1 y 3 son correctas.
Las opciones 2 y 4 son correctas.
La opción 4 es correcta.
El recurso de súplica se resuelve por:
El mismo magistrado que profirió el auto.
Los restantes integrantes de la Sala.
El Magistrado que sigue en turno.
La Sala de Decisión en pleno.
El recurso de apelación que se proponga contra la sentencia que dicta un juez civil
municipal de Bogotá que conoce de un proceso de sucesión de menor cuantía, debe
resolverlo:
Un juez de Familia de Bogotá.
Un Juez Civil del Circuito de Bogotá.
La Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá.
La Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá.
El recurso de apelación que se proponga contra un auto dictado por un Juez Civil de
Circuito debe ser resuelto:
Por la Sala de Decisión Civil del Tribunal Superior
respectivo.
Por el mismo juez que lo dictó.
Por el magistrado sustanciador a quien se le haya
repartido.
Por la Sala Plena del Tribunal Superior respectivo.
El apoderado del demandante A cayó gravemente enfermo el 10 de agosto de 2022;
ese día se realizó una audiencia sin su presencia; se recuperó el 16 de agosto;
entonces puede proponer la nulidad de las actuaciones surtidas en la audiencia:
Antes de que se dicte sentencia.
Hasta tres días después de su recuperación.
Hasta cinco días después de su recuperación.
En cualquier estado del proceso.
Casimiro Matraca salió del país en el año 1977 hacía Francia donde estuvo radicado hasta marzo del año 2020 cuando regresa a Colombia debido a la pandemia y con una enfermedad terminal. Casimiro durante el tiempo que estuvo por fuera del país encargó a Claudio Tiberio Nerón Navarrete y a Mesalina Germánica el cuidado de su Finca llamada "Cosita Rica", ubicada en Marsella Risaralda. Casimiro fallece el 1o. de enero del año 2021. Casimiro durante el tiempo que estuvo en Francia les envió a Claudio y a Mesalina el dinero para pagar el impuesto predial; para construir el segundo piso de la casa principal de la finca envió dinero y, con ayuda de Claudio, tramitó un crédito hipotecario con el “Banco de la Usura” que le prestó a Casimiro 100 millones de pesos. Casimiro enviaba a Claudio el dinero para el pago de la cuota del crédito hipotecario y Claudio pagaba puntualmente la cuota. A la muerte de Casimiro, los señores Claudio y Mesalina se quedan viviendo en el bien y comienzan a actuar como sus dueños, inician la construcción de un tercer piso del cual hasta la fecha de hoy solo ha hecho la plancha, pagan servicios, en febrero de 2022 pagan el impuesto predial y cuando Jacinto, hijo de Casimiro les solicita la entrega material del predio, dicen que ese predio se los dejó Casimiro como contraprestación por haberlo cuidado hasta el momento de su muerte. La propiedad tiene un avalúo comercial de $155.000.000, pero en el avalúo catastral sólo aparece por $65.000.000 M/cte. Jacinto contrata al abogado de nombre Zito Monzón, éste presenta el proceso declarativo reivindicatorio en contra de Claudio quien es notificado en debida forma y lo contrata a Usted como abogado.
En este caso si Usted como abogado de Claudio deja de contestar los hechos de la demanda, pero propone excepciones de fondo:
1. El juez tendrá por ciertos los hechos susceptibles de prueba de confesión.
2. El juez deberá dar traslado de las excepciones de mérito al ejecutante.
3. Vencido el término del traslado de las excepciones de mérito el juez fijará fecha para audiencia del 372.
4. El juez pasará de inmediato a dictar sentencia con base en las pretensiones y en las excepciones de mérito.
Teniendo en cuenta los numerales anteriores, elija la opción correcta:
Las opciones 1, 2 y 3 son correctas.
Las opciones 1 y 3 son correctas.
Las opciones 2 y 4 son correctas.
La opción 4 es correcta.
Son causales de nulidad insubsanables:
Revivir un proceso legalmente terminado únicamente.
Pretermitir íntegramente una instancia e ir contra
providencia ejecutoriada del superior, solamente.
La falta de jurisdicción y competencia.
Revivir un proceso legalmente terminado, pretermitir
íntegramente una instancia e ir contra providencia
ejecutoriada del superior.
Cuando el demandado le manifiesta al juez por escrito o verbalmente en audiencia o
diligencia que está enterado de determinada providencia, queda notificado:
Por estado.
En estrados.
Por conducta concluyente.
Por aviso.
El objeto del recurso de reposición es que el juez de conocimiento:
Reconsidere la decisión adoptada en el auto recurrido y la
revoque o reforme.
Envíe el proceso al superior para que resuelva si revoca o
reforma la decisión.
Anule la actuación surtida hasta ese momento.
Revise la decisión adoptada en la sentencia y la revoque o
la reforme.
Se puede afirmar que a través de la pretensión declarativa se busca:
Mutar la relación jurídica sustancial de una situación cierta
e indiscutida.
El reconocimiento de determinado hecho.
Que se realice una conducta ya determinada pero no
satisfecha.
Que el sujeto pasivo de la acción sea sometido a
determinada conducta que debe ser impuesta aún de
manera coactiva
Neal Caffrey Pérez ciudadano colombiano con domicilio actual en Cali – Valle, trabajó como asistente de bienes raíces para la Embajada de los Estados Unidos en Colombia que está ubicada en la ciudad de Bogotá, esta última ciudad también fue el lugar de trabajo final del mencionado señor Caffrey, quien fue despedido sin justa causa y dejaron de pagarle su último salario por valor de $3.500.000 y la seguridad social por valor de $1.000.000. El señor Neal Caffrey Pérez lo contrata a usted como abogado para que inicie el proceso, y usted le señala que la competencia para conocer de su proceso está radicada en cabeza de:
Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Civil.
Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Laboral.
Juez Laboral del Circuito de Bogotá D.C.
Juez Laboral del Circuito de Cali – Valle.
La competencia por razón de la materia corresponde a:
El factor subjetivo.
El factor funcional.
El factor objetivo.
El factor territorial.
Casimiro Matraca domiciliado en Cali – Valle es propietario de una vivienda en la propiedad horizontal “Las Villas del Coco Loco”, un conjunto residencial ubicado en Neira – Caldas y donde viven personas de alta alcurnia. Casimiro decide enviar a su hijo Peter a vivir allí puesto que ingresó a estudiar Licenciatura en Música en la Universidad de Caldas que está ubicada en Manizales. Con el pasar de los semestres Peter comienza a estudiar los instrumentos de percusión y a tocar la batería. Por su parte Claudio domiciliado en Pereira – Risaralda, es un vecino que va cada fin de semana a descansar y está poco contento con la situación, así que se queja ante la administración y Casimiro recibe una carta por parte del administrador donde le piden
que cesen las actividades de Peter en relación con los instrumentos musicales.
Casimiro lo busca a Usted como abogado para que le genere un concepto donde le
señale qué clase de proceso es procedente, ya que según Casimiro el reglamento de
propiedad horizontal prohíbe expresamente el uso de instrumentos musicales de
cuerda y viento, pero nada dice en relación con los instrumentos de percusión tales
como la batería, aunque también dice que en ciertos horarios No podrán generarse
ruidos fuertes. Por lo que Casimiro quiere discutir judicialmente la interpretación que
tanto la administración como los vecinos están dando a los estatutos, al pedir que
Peter deje de tocar la batería en cualquier horario.
En este caso si Casimiro decide demandar solamente a la propiedad horizontal “Las Villas del Coco Loco”, el juez competente sería:
Civil Municipal de Cali.
Civil del Circuito de Pereira.
Civil del Circuito de Manizales.
Promiscuo Municipal de Neira.
A una diligencia de entrega puede oponerse:
Solo el poseedor.
El poseedor o un tenedor a nombre de un tercero poseedor.
Toda persona.
Todo aquel contra quien surta efectos la sentencia.
Si el juez en la parte considerativa dice que condenará en costas al demandante,
pero en la resolutiva señala que las costas serán a cargo del demandado, una vez en
firme ese fallo procede:
La aclaración.
La corrección.
La adición.
El control de legalidad.
La parte demandante recurrió una sentencia dictada por un juez civil de circuito. Ante
la Sala Civil del Tribunal Superior respectivo, pidió la práctica de una prueba
testimonial. El Magistrado sustanciador negó esa prueba. Contra ese auto procede el
recurso de:
Reposición.
Queja.
Casación.
Súplica.
La competencia en razón del territorio en asuntos (permiso para salir del país o
alimentos, por ejemplo) en los que es demandante o demandado un menor de edad:
Se determina por la regla general del domicilio del
demandado.
Elige el demandante entre el domicilio del demandado y el
de residencia del menor.
Corresponde de forma exclusiva al del domicilio o
residencia del menor.
Si el demandado tiene varios domicilios, se puede
demandar en cualquiera de ellos a elección del
demandante.
Claudio Tiberio Nerón como demandado debe presentar un recurso de reposición al auto admisorio de la demanda de alimentos presentada por Juana De Arco. En el proceso se han surtido las siguientes actuaciones:
1. La demanda fue presentada al juzgado y enviada con copia en el mismo mail a Claudio el día 10 de febrero de 2022.
2. El auto que admite la demanda fue emitido por el juzgado el día 25 de marzo de 2022.
3. Juana envió el auto admisorio a Claudio por correo electrónico el día 7 de abril de 2022.
4. El Despacho entra a paro y por lo tanto no presta sus servicios los días 25 y 26 de abril de 2022.
Durante el paro el término de traslado de la demanda se:
Extiende.
Suspende.
Interrumpe.
Contabiliza.
La parte demandante recurrió una sentencia dictada por un juez civil de circuito. Ante
la Sala Civil del Tribunal Superior respectivo, pidió la práctica de una prueba
testimonial. El Magistrado sustanciador la decretó. Contra ese auto, la parte contraria
puede interponer el recurso de:
Reposición.
Queja.
Casación.
Súplica.
La nulidad por indebida representación o falta de notificación o emplazamiento
indebido puede proponerse:
Antes de que se dicte sentencia.
Antes de que se dicte sentencia o con posterioridad en la
diligencia de entrega o como excepción en la ejecución, o
mediante recursos de casación o revisión.
Sólo con posterioridad a la sentencia
Sólo en la segunda instancia.
Si el juez en su sentencia omite condenar en costas a una de las partes, procede:
La aclaración.
La corrección.
La adición.
El control de legalidad.
En la actualidad, las sentencias que profiere el juez se notifican:
Todas por anotación en estados.
Todas por edicto.
Por anotación en estados las que se profieran por escrito y
en estrados las que se profieran en audiencia.
Por edicto las que se profieran por escrito y en estrados las
que se profieran en audiencia.
Contra una sentencia no procede el recurso de reposición, porque:
El juez puede de oficio revocar o reformar su propia
decisión.
La parte puede pedir aclaración del fallo.
El juez puede adicionar el fallo.
El juez no puede revocar o modificar su propia decisión.
En vigencia del Código General del Proceso el testigo, en materia civil, puede:
1. Contestar expresando que simplemente que es cierto el contenido de la pregunta.
2. Aportar, durante el interrogatorio, los documentos relacionados con su declaración.
3. Leer notas con parte de la demanda para refrescar memoria en relación con los hechos.
4. Realizar representaciones gráficas con el fin de ilustrar su testimonio al juez.
Teniendo en cuenta los numerales anteriores, elija la opción correcta:
las opciones 1, 2 y 3 son correctas.
las opciones 1 y 3 son correctas.
las opciones 2 y 4 son correctas.
D la opción 4 es correcta.
Cuando el juez advierta que hay una causal de nulidad saneable debe:
Declararla de oficio.
Ponerla en conocimiento de la parte afectada para que en
cualquier momento la alegue.
Ponerla en conocimiento de la parte afectada, para que en
tres días manifieste si pretende que se declare, de lo
contrario se sanea.
Ponerla en conocimiento de la parte afectada para que la
alegue antes de que se dicte sentencia.
La intervención del presidente de la República en el curso de un proceso declarativo
que se adelanta ante un Juez Civil Municipal genera:
La remisión del expediente a la Sala Civil de la Corte
Suprema de Justicia.
Se remite al Juzgado Civil del Circuito.
Se envía el asunto al Tribunal Superior de Distrito Judicial.
No pasa nada.
El Juez Civil del Circuito que conoce de un proceso de responsabilidad civil en el que
el demandado es la ESE Hospital San Jorge de Pereira, encuentra, al momento de
dictar sentencia, que carece de jurisdicción para resolver. En consecuencia, debe:
Declarar la falta de jurisdicción y remitir la actuación al Juez
Administrativo para que continúe con el trámite.
Declarar la nulidad por falta de jurisdicción y remitir al
Juzgado Administrativo para que rehaga la actuación
desde el auto admisorio de la demanda.
Declarar saneado el vicio por cuanto ninguna de las partes
lo alegó.
Declarar la nulidad por falta de jurisdicción y archivar el
proceso.
El control de legalidad busca:
Sanear o corregir los vicios del proceso que puedan
configurar nulidades u otras irregularidades, para evitar que
después se puedan alegar.
Sanear las irregularidades en torno al derecho sustancial
que se está reclamando.
Dilatar el proceso, para permitirle mayores términos al juez
y a las partes.
Corregir solo aquellas irregularidades que no constituyan
nulidad.
Durante la audiencia del artículo 392 del Código General del Proceso el juez mediante
auto notificado en estrados le niega a CLAUDIO el decreto de una prueba pericial.
¿Cuándo vence el término de ejecutoria de ese auto?
De manera inmediata seguida a la notificación del auto.
3 días después de terminada la audiencia.
Al momento de terminarse la audiencia.
Dentro de los 10 días siguientes a la emisión del auto.
El artículo 321 CGP señala: “(…) También son apelables los siguientes autos
proferidos en primera instancia: 1. El que rechace la demanda, su reforma o la
contestación a cualquiera de ellas. 2. El que niegue la intervención de sucesores
procesales o de terceros. 3. El que niegue el decreto o la práctica de pruebas. (….)”
En el curso de un proceso de mínima cuantía el Juez Civil Municipal de Pereira ha
rechazado la reforma de la demanda. Usted interpone oportunamente el recurso de
apelación y el juez debe:
Rechazarlo de plano.
Concederlo y remitir el expediente al superior.
Adecuar el recurso al de reposición por ser el procedente y
decidir
No concederlo por no adecuarse a las previsiones del
artículo 321.
Casimiro Matraca un poderoso hacendado domiciliado en Medellín ha decidido iniciar un proceso declarativo de pertenencia por una finca de 2 hectáreas llamada “Cosita Rica” la cual lleva poseyendo 12 años. En el certificado de tradición aparecen como propietarios Jacinto Navarrete y Claudio Nerón. La finca tiene un valor comercial de $300.000.000 M/cte. y un avalúo catastral de $46.000.000. La demanda se va a presentar a más tardar el día 1º de junio de 2023. El señor MATRACA ha decidido otorgarle poder físico para lo cual Usted debe tener en cuenta que tal poder debe contener:
1. Antefirma del poderdante.
2. Firma Manuscrita.
3. Correo electrónico del abogado que coincida con la inscrita en el Registro Nacional de Abogados.
4. Presentación personal o reconocimiento ante Notario u otro funcionario competente.
Teniendo en cuenta los numerales anteriores, elija la opción correcta:
Las opciones 1, 2 y 3 son correctas.
Las opciones 1 y 3 son correctas.
Las opciones 2 y 4 son correctas.
La opción 4 es correcta.
Son formas de notificación:
Por aviso, por telegrama, por estado, personal.
En estrados, por aviso, por conducta concluyente,
personal.
Personal, por telegrama y por conducta concluyente, por
estado.
Por estado y personal exclusivamente.
Uno de los siguientes no es un límite para que el juez profiera sentencia:
Las pruebas no pedidas por las partes, es decir, las
oficiosamente arrimadas al proceso.
El "principio" de congruencia.
Lo efectivamente debatido dentro del proceso jurisdiccional
correspondiente.
La sustentación del recurso de queja debe consistir:
En la razón por la cual el recurso de apelación o de
casación negado sí es procedente.
En la razón por la cual se resolvió desfavorablemente la
petición que generó el recurso de apelación negado.
En la razón por la cual se debe revocar o modificar por el
mismo juez la providencia atacada.
Extrapatrimoniales
Casimiro Matraca un poderoso hacendado domiciliado en Medellín ha decidido iniciar un proceso declarativo de pertenencia por una finca de 2 hectáreas llamada “Cosita Rica” la cual lleva poseyendo 12 años. En el certificado de tradición aparecen como propietarios Jacinto Navarrete y Claudio Nerón. La finca tiene un valor comercial de $300.000.000 M/cte. y un avalúo catastral de $46.000.000. La demanda se va a presentar a más tardar el día 1º de junio de 2023. En este caso existe un litisconsorcio:
Facultativo por pasiva.
Necesario por activa.
Facultativo por activa
Necesario por pasiva.
Debe notificarse personalmente:
El auto que corre traslado para alegar.
Todos los autos interlocutorios.
Únicamente los autos que contienen términos.
El auto admisorio de la demanda o el mandamiento
ejecutivo
Una condena en abstracto se liquida:
Mediante incidente que termina con sentencia.
Mediante incidente que termina con auto.
Mediante una nueva demanda ante el juez competente.
Mediante demanda ante el mismo juez.
Casimiro Matraca un poderoso hacendado domiciliado en Medellín ha decidido iniciar un proceso declarativo de pertenencia por una finca de 2 hectáreas llamada “Cosita Rica” la cual lleva poseyendo 12 años. En el certificado de tradición aparecen como propietarios Jacinto Navarrete y Claudio Nerón. La finca tiene un valor comercial de $300.000.000 M/cte. y un avalúo catastral de $46.000.000. La demanda se va a presentar a más tardar el día 1º de junio de 2023.
Teniendo en cuenta la clase de litisconsorcio que existe en el proceso, las actuaciones:
1. Que realice Jacinto favorecen a Claudio.
2. De Jacinto nunca redundarán en provecho de Claudio Nerón.
3. De Claudio y Jacinto deben resolverse de manera uniforme.
4. Que realice Claudio se consideran de litigante separado.
Teniendo en cuenta los numerales anteriores, elija la opción correcta:
Las opciones 1, 2 y 3 son correctas.
Las opciones 1 y 3 son correctas.
Las opciones 2 y 4 son correctas.
La opción 4 es correcta.
La notificación por estado en la actualidad se surte:
Mediante fijación en lista en la secretaría del juzgado.
Mediante correo electrónico.
Mediante fijación del estado electrónico acompañado de la
providencia.
Mediante fijación en estado electrónico.
La notificación de las sentencias orales se hace:
Personalmente.
Por estado.
Por estrados.
Por edicto.
Se notifican por estado:
Todos los autos.
Los autos interlocutorios.
Solo los autos de sustanciación.
Los autos que no deban ser notificados personalmente y
que no se profieran en audiencia.
En la actualidad, el mandamiento ejecutivo y el auto admisorio de la demanda se
pueden notificar:
Solo personalmente.
Solo por aviso.
Solo por un canal electrónico
Personalmente, por aviso, por conducta concluyente o por
un canal electrónico.
En la etapa de valoración de la prueba para dictar sentencia, el Juez Décimo Penal
del Circuito de Pereira, establece las siguientes circunstancias:
1. El delito ocurrió y fue cometido por el procesado.
2. La prueba de vídeo 1 por haber sido obtenida en un allanamiento ilegal debe
ser excluida.
3. Existen varios testimonios que establecen que el procesado fue quien
cometió el ilícito.
4. No existe relación alguna entre estos testigos y las demás pruebas.
5. El procesado confesó bajo tortura donde estaba el objeto del ilícito.
6. La Fiscalía antes de la confesión ya estaba realizando un allanamiento legal
al lugar donde se encontró el objeto del ilícito.
7. Existe una prueba denominada vídeo 2 que es copia del vídeo 1 y fue hecha
por un amigo del procesado. El vídeo 2 se obtuvo durante el allanamiento
legal
En relación con estos hechos solo una de las siguientes afirmaciones es correcta:
Los testigos son una fuente independiente y deben ser
valorados.
La prueba denominada vídeo 2 debe ser excluida.
El juez debe excluir la prueba de los testimonios.
El juez no puede aplicar la Teoría de los Frutos del Árbol
Ponzoñoso.
La notificación de las sentencias escritas se hace:
Personalmente.
Por estado.
Por estrados.
Por edicto.
El Juez Promiscuo Municipal de Mistrató dictó una sentencia en un proceso
abreviado; en firme el fallo que fue desfavorable al demandado, éste denunció
penalmente a los testigos que intervinieron en el proceso, para que la justicia penal
los condene por falso testimonio. El demandado, entonces, decidió recurrir aquella
sentencia civil. Lo puede hacer:
Mediante el recurso de revisión ante la Corte Suprema de
Justicia, Sala de Casación Civil.
Mediante el recurso de revisión ante el Juez Promiscuo del
Circuito de Belén de Umbría.
Mediante el recurso de súplica ante la Sala de Casación
Civil de la Corte Suprema de Justicia
Mediante el recurso de revisión ante la Sala Civil Familia
del Tribunal Superior de Pereira.
En el interrogatorio al testigo en materia penal bajo la vigencia de la ley 906 de 2004 existen cinco etapas, las preguntas que garantizan que todos los tópicos del tema de prueba queden cubiertos corresponden a preguntas de:
Acreditación.
Transición.
Tema principal.
Introducción.
El denominado recurso paralelo consiste en que:
Cualquiera de las partes puede recurrir una providencia.
Solo el afectado con una providencia puede recurrirla.
El juez de oficio puede revocar su propia sentencia
Si el impugnante se equivoca en la denominación del
recurso, el juez debe tramitar la impugnación por las reglas
del que resulte pertinente, si fue interpuesto
oportunamente.
El señor Vicente Van Gogh domiciliado en Cali - Valle presenta proceso ejecutivo en contra del señor Claudito Monet domiciliado en Marsella – Risaralda por valor de $173.000.000 señalando que Claudito le incumplió el pago de un crédito garantizado con pagaré suscrito por unas neveras que Vicente le vendió a Claudito y que este último había quedado de pagar en Obando Valle el día 1º de febrero de 2023. La demanda se presentó el día 22 de marzo de 2023. Claudito decide contratarlo a usted como abogado diciéndole que es cierto que debe el dinero pero que Vicente le adeuda $180.000.000 por una letra de cambio de un negocio de televisores que debió haberle pagado en Santuario el día 15 de enero de
2023. Claudito le pide a usted que por favor solicite que le crucen las cuentas con Vicente,
para ello usted debe:
1. Solicitar que se reconozca la compensación.
2. Proponer la excepción previa denominada pago total de la obligación.
3. Presentar juramento estimatorio.
4. Solo probar la compensación pues será declarada de oficio por el juez.
Teniendo en cuenta los numerales anteriores, elija la opción correcta:
Las opciones 1, 2 y 3 son correctas.
Las opciones 1 y 3 son correctas.
Las opciones 2 y 4 son correctas.
La opción 4 es correcta.
Una notificación mixta implica que:
El auto admisorio o el mandamiento ejecutivo se le notifica
primero al demandado por estado y luego al demandante
personalmente.
El auto admisorio o el mandamiento ejecutivo se le notifica
primero al demandante por estado y luego al demandado
personalmente.
El auto admisorio o el mandamiento ejecutivo se les notifica
a las partes personalmente.
El auto admisorio o el mandamiento ejecutivo se le notifica
solo al demandado personalmente, pues el demandante ya
está enterado del proceso y no se le debe notificar.
En un proceso verbal, se le envía al demandado una comunicación para que
comparezca a notificarse personalmente, y es devuelta porque la dirección no existe.
En este caso:
Debe procederse a la notificación por aviso.
Debe emplazarse al demandado mediante un edicto que se
tiene que publicar en prensa y radio.
Debe emplazarse al demandado mediante un listado que
se publica en el medio escrito o masivo que indique el juez
y luego incluir esa publicación en el registro nacional de
personas emplazadas.
Debe emplazarse al demandado mediante la inclusión de
su nombre en el Registro Nacional de Personas
Emplazadas.
El recurso de queja es:
Principal.
Subsidiario.
Principal o subsidiario a elección del recurrente.
Principal o subsidiario a elección del juez.
En el Código General del Proceso, las medidas cautelares respecto de las cuales el
juez debe analizar previamente la apariencia del buen derecho, el peligro de la mora,
la necesidad, la urgencia y la legitimación de quien las pide, son:
El embargo y el secuestro.
La inscripción de la demanda y el embargo.
Las nominadas en general.
Las innominadas.
Por su objeto, las medidas cautelares son:
Nominadas e innominadas.
Reales y personales.
Nominadas y reales.
Innominadas y personales
La casación de coparte implica:
Que quien no apeló la sentencia de primer grado puede
luego recurrir en casación, aunque la sentencia del tribunal
confirme la de primer grado.
Que, si una parte con interés interpone el recurso de
casación, se debe conceder también el que haya
interpuesto oportunamente la otra parte, aunque carezca
de interés para recurrir.
Que, si respecto de un recurrente se cumplen las
condiciones para impugnar una sentencia, se concederá la
que interponga oportunamente otro litisconsorte suyo,
aunque el valor del interés fuere insuficiente.
Que cualquiera de las partes puede recurrir en casación,
aunque carezcan de interés para hacerlo.
Las pretensiones se clasifican de conformidad con lo que se busca a través de esta.
Una de las siguientes no es una de ellas:
Declarativa.
Voluntaria.
Liquidatoria.
De condena.
Ejecutiva.
El señor Vicente Van Gogh domiciliado en Cali - Valle presenta proceso ejecutivo en contra del señor Claudito Monet domiciliado en Marsella – Risaralda por valor de $173.000.000 señalando que Claudito le incumplió el pago de un crédito garantizado con pagaré suscrito por unas neveras que Vicente le vendió a Claudito y que este
último había quedado de pagar en Obando Valle el día 1º de febrero de 2023. La demanda se presentó el día 22 de marzo de 2023. Claudito decide contratarlo a usted como abogado diciéndole que es cierto que debe el dinero pero que Vicente le adeuda $180.000.000 por una letra de cambio de un negocio de televisores que debió haberle pagado en Santuario el día 15 de enero de 2023. Para que el juez en la sentencia le acepte a Claudito cruzar las cuentas con Vicente, usted como abogado debe establecer en la contestación de la demanda __________________ y proponer ________________.
El juramento estimatorio – la compensación (como
excepción de mérito).
La prescripción (como excepción previa) – la conciliación.
La compensación (como excepción de mérito) – la
prescripción.
El juramento estimatorio – el pago (como excepción de mérito).
En el proceso de A contra B, se pidió emplazar al demandado, porque se desconocía
dónde localizarlo. Avanzado el trámite, durante la primera audiencia compareció B,
por medio de apoderado judicial, quien intervino en todas sus etapas. Luego, en la
audiencia de trámite y juzgamiento, al comenzar el apoderado de B solicitó al juez
que declarara la nulidad de lo actuado por la indebida notificación. La respuesta que
debe obtener es:
Que se le da trámite, corriendo traslado a la parte contraria
para que se pronuncie y luego se resuelve.
Que el demandado no puede proponer la nulidad por
indebida notificación en ningún caso.
Que se rechaza de plano, por cuanto en este caso, la
nulidad se saneó.
Que se rechaza de plano, por cuanto quien debe pedir la
nulidad es el demandante.
El recurso de casación procede de oficio cuando la sentencia del tribunal:
Viola directamente una norma sustancial.
Viola por vía indirecta una norma sustancial.
Es incongruente.
Compromete gravemente el orden o el patrimonio público o
atenta contra derechos y garantías constitucionales.
Respecto de la contradicción se puede aseverar que:
Procede sólo en determinados procedimientos.
Es imperioso hacer uso de esta en cabeza de la parte correspondiente.
Inadmitir la demanda y conceder el término de cinco días
para que se corrija.
De no existir pronunciamiento alguno de la parte, se
procede con la declaratoria de nulidad.
Los hechos que tienen la vocación de impedir, extinguir o modificar la pretensión se
acuñan bajo el siguiente concepto:
Excepciones de fondo.
Excepciones previas.
Excepciones meritocráticas.
Excepciones de forma.
El decreto de una medida cautelar innominada exige:
Únicamente que haya apariencia de buen derecho.
Apariencia de buen derecho y control del peligro de la mora,
principalmente.
Control del peligro de la mora.
Solo la necesidad y efectividad de la medida.
Casimiro Matraca un poderoso hacendado domiciliado en Medellín ha decidido iniciar un proceso declarativo de pertenencia por una finca de 2 hectáreas llamada “Cosita Rica” la cual lleva poseyendo 12 años. En el certificado de tradición aparecen como propietarios Jacinto Navarrete y Claudio Nerón. La finca tiene un valor comercial de $300.000.000 M/cte. y un avalúo catastral de $46.000.000. La demanda se va a presentar a más tardar el día 1º de junio de 2023. El señor Matraca ha decidido otorgarle poder por medio electrónico, según lo dispuesto por la ley 2213 de 2022, para lo cual Usted debe tener en cuenta que tal poder debe contener:
1. Presentación personal o reconocimiento ante Notario u otro funcionario competente.
2. Antefirma del poderdante
3. Firma Digital del abogado
4. Correo electrónico del abogado que coincida con la inscrita en el Registro Nacional de Abogados.
Teniendo en cuenta los numerales anteriores, elija la opción correcta:
Las opciones 1, 2 y 3 son correctas.
Las opciones 1 y 3 son correctas.
Las opciones 2 y 4 son correctas.
La opción 4 es correcta.
Casimiro Matraca un abogado litigante durante un proceso civil interrogó a uno de
sus testigos, pero No le gustaron sus respuestas; por ello en la etapa de alegatos de
conclusión, le dice al juez que desea renunciar a ese testigo y eleva la solicitud formal
en este sentido. Usted como juez debe decidir dejar de lado la renuncia de Casimiro
ese testimonio y, por lo tanto, no aceptarla.
Su decisión debe estar basada en una de las siguientes frases qué es la que más se
ajusta al caso concreto:
Una vez practicada la prueba, la misma pasa a ser parte
del proceso por el principio de comunidad de la prueba.
Se puede renunciar a una prueba practicada pero
únicamente cuando la misma sea favorable a sus intereses.
Es posible renunciar a la prueba después de practicada, y
solo en ciertas etapas procesales dentro de las cuales NO
están los alegatos de conclusión.
La autorresponsabilidad establece que las partes deben
probar los supuestos de hecho de las normas jurídicas cuya
aplicación están solicitando.
La oración: “En el juicio por homicidio se debe probar que el lugar de los hechos fue
la esquina de la carrera 8a. con calle 40 de Pereira.” Pertenece a un:
Tema de prueba.
Medio de prueba.
Objeto de prueba.
Principio de inmediación.
La oración: “Una declaración de testigo durante el Juicio”. Pertenece a un:
Tema de prueba.
Medio de prueba.
Objeto de prueba.
Principio de Inmediación
En el trámite de un recurso de apelación el magistrado ponente dicta un auto
inadmitiendo el recurso. Contra ese auto el impugnante interpuso recurso de
reposición. Frente a ese recurso se debe:
Rechazar por improcedente por parte del ponente.
Correr traslado para que el resto de la Sala resuelva,
porque debe entender que se trata de una súplica.
Resolver por parte del magistrado ponente sobre la
reposición.
Correr traslado para que la Sala de Decisión resuelva.
Una de las siguientes no constituye una de las funciones del proceso:
Satisfacción del interés individual comprometido.
Satisface plenamente la contradicción al acoger las
excepciones.
Garantiza la defensa de los intereses.
Eficacia del derecho objetivo
La sentencia escrita que profiere el Tribunal Superior en segunda instancia se notifica
Por estado.
Por edicto.
Por telegrama.
Por cualquier medio expedito.
Si el juez condena en costas en el proceso, pero olvida señalar en la parte resolutiva
a cargo y a favor de quién serán esas costas, procede:
La aclaración.
La corrección.
La adición.
El control de legalidad.
En uno de estos casos, la apelación de la sentencia se concede en el efecto
suspensivo:
Cuando solo una parte apela.
Cuando la sentencia es de condena.
Cuando la sentencia es apelada por ambas partes.
Cuando se ordena la entrega de un bien.
Los requisitos para la viabilidad de un recurso son:
Legitimación y procedencia.
Legitimación, capacidad, oportunidad, cumplimiento de
cargas procesales, procedencia.
Procedencia y legitimación.
Oportunidad y procedencia.
Se podría afirmar que la principal diferencia entre pretensión y acción es:
La eficacia de la pretensión se encuentra supeditada a la
legitimación.
La eficacia de la acción se encuentra supeditada a la
legitimación.
La pretensión depende de la contradicción.
La acción materializa la contradicción.
Las medidas cautelares pueden recaer:
Solo sobre personas.
Solo sobre cosas.
Solo sobre derechos.
Sobre personas, cosas y derechos.
Por su naturaleza, las medidas cautelares son:
Nominadas e innominadas.
Reales y personales.
Nominadas y reales.
Innominadas y personales.
El Juez Noveno Penal Municipal de Pereira con funciones de Control de Garantías va a emitir una medida de detención preventiva (prisión preventiva); para decretar esa medida, según el derecho comparado, se debe, además de cumplir con requisitos de orden sustancial, establecer unos de orden probatorio, tal como el lleno de un estándar.
De los siguientes elija el que según el derecho comparado el que mejor se ajusta para
que se conceda la medida:
Más allá de toda duda razonable.
Probabilidad prevalente.
Evidencia clara y convincente.
Sospecha grave.
La casación adhesiva implica:
Que quien no apeló la sentencia de primer grado puede
luego recurrir en casación, aunque la sentencia del tribunal
confirme la de primer grado.
Que, si una parte con interés interpone el recurso de
casación, se debe conceder también el que haya
interpuesto oportunamente la otra parte, aunque carezca
de interés para recurrir.
Que, si respecto de un recurrente se cumplen las
condiciones para impugnar una sentencia, se concederá la
que interponga oportunamente otro litisconsorte suyo,
aunque el valor del interés fuere insuficiente.
Que cualquiera de las partes puede recurrir en casación,
aunque carezcan de interés para hacerlo.
La liquidación de costas en el Código general del proceso la debe realizar:
El juez de primera instancia de manera concentrada.
El juez de cada una de las instancias.
El secretario del Juzgado de primera instancia de manera
concentrada.
El secretario de cada uno de los juzgados en las instancias
En la etapa de valoración de la prueba para dictar sentencia, el Juez Décimo Penal del Circuito de Pereira, establece las siguientes circunstancias:
1. El delito ocurrió y fue cometido por el procesado.
2. La prueba de vídeo 1 por haber sido obtenida en un allanamiento ilegal debe ser excluida.
3. Existen varios testimonios que establecen que el procesado fue quien cometió el ilícito.
4. No existe relación alguna entre estos testigos y las demás pruebas.
5. El procesado confesó bajo tortura donde estaba el objeto del ilícito.
6. La Fiscalía antes de la confesión ya estaba realizando un allanamiento legal al lugar donde se encontró el objeto del ilícito.
7. Existe una prueba denominada video 2 que es copia del video 1 y fue hecha
por un amigo del procesado. El video 2 se obtuvo durante el allanamiento legal.
En relación con estos hechos solo una de las siguientes afirmaciones es correcta:
La prueba denominada video 2 debe ser excluida.
El juez debe excluir la prueba de los testimonios.
Los testigos son una fuente independiente y deben ser
valorados
El juez no puede aplicar la Teoría de los Frutos del Árbol
Ponzoñoso.
A demanda a B en un proceso de restitución de inmueble arrendado. El juez dicta
sentencia en la que accede a las pretensiones de la demanda. Condena en costas al
demandado. Sube el proceso en apelación y el superior confirma la sentencia y
también condena en costas al demandado. La liquidación de estas costas se surte:
De manera independiente ante el juez de primera y el de
segunda instancia.
De manera concentrada ante el juez de primera instancia
con las agencias en derecho que cada juez o magistrado
señale.
De manera independiente ante el juez de primera y
segunda instancia, pero las agencias en derecho las señala
el superior.
De manera concentrada ante el juez de primera instancia y
todas las agencias en derecho, de primera y segunda
instancia, que fije el secretario.
Las costas procesales comprenden:
Solo agencias en derecho e impuestos.
Gastos, agencias en derecho y honorarios de auxiliares.
Solo gastos y honorarios de auxiliares de la justicia.
Solo honorarios de auxiliares de la justicia e impuestos.
La fijación de agencias en derecho puede ser discutida:
Ante el juez de cada una de las instancias mediante
incidente de objeción.
Por vía de los recursos de reposición y apelación contra el
auto que apruebe la liquidación de costas.
Mediante objeción durante el traslado que haga el
secretario.
Mediante incidente ante el juez de primera instancia.
Respecto de la prorrogabilidad de la competencia se puede afirmar que:
Al ser declarada la falta de competencia por factores
subjetivo o funcional, lo actuado conserva validez, excepto
la sentencia proferida.
Es improrrogable por el factor subjetivo.
Es improrrogable por el factor funcional
Al ser declarada la falta de competencia por factores
subjetivo o funcional, lo actuado se declara nulo.
Al ser declarada la falta de competencia por factores
subjetivo o funcional, lo actuado conserva validez, aún la
sentencia proferida.
