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Worksheets4 UNIDAD LABORAL
Total questions: 79
Worksheet time: 26mins
Son obligaciones de los patrones: Contribuir al fomento de las actividades culturales y del deporte entre sus trabajadores y proporcionarles los equipos y útiles indispensables.
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La prescripción puede comenzar y correr: Contra los incapaces mentales, sino cuando se haya discernido su tutela conforme a la ley
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Son obligaciones de los patrones: Hacer las deducciones previstas en las fracciones IV del artículo 97 y VII del artículo 110, y enterar los descuentos a la institución bancaria acreedora, o en su caso, al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.
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Son obligaciones de los sindicatos: Afiliar al centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, a efecto de que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha entidad. La afiliación será gratuita para el patrón
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Son obligaciones de los sindicatos: Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezcan los reglamentos.
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Son obligaciones de los patrones: Otorgar permiso de paternidad de diez días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante
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1. Queda permitido a los patrones o a sus representantes: Exigir que los trabajadores compren sus artículos de consumo en tienda o lugar determinado
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Queda prohibido a los patrones o a sus representantes: Exigir o aceptar dinero de los trabajadores como gratificación porque se les admita en el trabajo o por cualquier otro motivo que se refiera a las condiciones de éste
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Queda permitido a los patrones o a sus representantes: Obligar a los trabajadores por coacción o por cualquier otro medio, a afiliarse o retirarse del sindicato o agrupación a que pertenezcan, o a que voten por determinada candidatura
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Queda prohibido a los patrones o a sus representantes: Hacer o autorizar colectas o suscripciones en los establecimientos y lugares de trabajo
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1. Son obligaciones del sindicato: Observar buenas costumbres durante el servicio
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Queda prohibido a los patrones o a sus representantes: Ejecutar cualquier acto que restrinja a los trabajadores los derechos que les otorgan las leyes
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Queda permitido a los patrones o a sus representantes: Hacer propaganda política o religiosa dentro del establecimiento
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Queda permitido a los patrones o a sus representantes: Emplear el sistema de poner en el índice a los trabajadores que se separen o sean separados del trabajo para que no se les vuelva a dar ocupación
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Queda permitido a los patrones o a sus representantes: Exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo
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Son obligaciones de los trabajadores: Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables
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Prescriben en dos meses: Las acciones para solicitar la ejecución de los laudos de las juntas de conciliación y arbitraje y de los convenios celebrados ante ellas
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1. Son obligaciones de los trabajadores: Observar las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como las que indiquen los patrones para su seguridad y protección personal
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1. Son obligaciones de los trabajadores: Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, a cuya autoridad estarán subordinados en todo lo concerniente al trabajo
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Son obligaciones de los patrones: Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos
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Son obligaciones del sindicato Dar aviso inmediato al patrón, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, de las causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo
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1. Son obligaciones del sindicato Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de las mismas
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Queda prohibido a los trabajadores: Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeñe
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Está permitido a los trabajadores: Substraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima o elaborada;
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1. Queda prohibido a los trabajadores: Suspender las labores sin autorización del patrón
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Queda permitido a los trabajadores: Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo
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capacitar implica preparar al trabajador para el desarrollo y desempeño de un trabajo distinto al que normalmente realiza y que por regla general es mejor retribuido
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Son obligaciones del sindicato: Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o los intereses del patrón o de sus compañeros de trabajo
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adiestramiento es mejorar y perfeccionar al trabajador en el desempeño del mismo trabajo que normalmente viene realizado.
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Prescriben en un año: Las acciones de los patrones para despedir a los trabajadores, para disciplinar sus faltas y para efectuar descuentos en sus salarios
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Los patrones estarán obligados a preferir en igualdad de circunstancias a los trabajadores mexicanos respecto de quienes no lo sean
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1. Los sindicatos estarán obligados a preferir a quienes les hayan servido satisfactoriamente por mayor tiempo
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Los patrones estarán obligados a preferir a quienes no teniendo ninguna otra fuente de ingreso económico tengan a su cargo una familia
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Los trabajadores estarán obligados a preferir a los sindicalizados respecto de quienes no lo estén.
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Si existe contrato colectivo y éste contiene cláusula de admisión, la preferencia para ocupar las vacantes o puestos de nueva creación se regirá por lo que disponga el contrato colectivo y el estatuto sindical..
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Son prohibiciones de los trabajadores: Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior
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en la actualidad, el papel de las mujeres es preponderante e igual en todos los órdenes de la vida
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Queda prohibido al sindicato: Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón
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la posición contemporánea de la mujer debe tener un alto sentido de equidad, respecto a la del hombre y compartir con estos espacios sociales y jerarquías similares, sin que la diferencia de género sea determinante en las relaciones y el quehacer humano
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En el aspecto laboral, conviene destacar que la incorporación de la mujer a la vida económicamente activa, es una realidad creciente que está relacionada principalmente con los procesos de industrialización y urbanización.
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las mujeres al ingresar al mercado laboral han adquirido los mismos derechos y obligaciones propios de toda relación obrero-patronal
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Tanto en términos constitucionales como laborales, el hombre y la mujer son iguales ante la ley y gozan de los mismos derechos y libertades, así como de similares obligaciones
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las labores de los mayores de 14 y menores de 16 años, quedan sujetas a la inspección del trabajo.
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1. La jornada de trabajo de los menores de 14 años no será mayor a seis horas diarias
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en materia laboral un trabajador menor de edad es aquella persona física mayor de 14 y menor de 16 años, que prestan a otra persona física o moral un trabajo personal subordinado a cambio de una retribución económica (salario).
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menores trabajadores estarán sujetos a una serie de condiciones laborales, pues de ellas se derivan los derechos y las obligaciones de las partes
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los menores de 16 años tienen derecho a disfrutar de un periodo anual de vacaciones pagadas de por lo menos 8 días laborales.
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los menores de 16 años tienen derecho a recibir una prima vacacional de 25% de los salarios correspondientes durante el periodo vacacional como mínimo.
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los menores de edad que mantengan una relación laboral con un patrón, tienen derecho a recibir un aguinaldo anual equivalente a 25 días de salario, por lo menos, el cual será pagado antes del 20 de diciembre de cada año
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Los menores de 16 y mayores de 14 años pueden formar parte de los sindicatos.
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queda permitida la utilización de los menores trabajadores en los trabajos siguientes: En establecimientos donde se realicen labores insalubres o peligrosas, trabajo nocturno industrial o cualquier otro después de las 10 de la noche.
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queda prohibida la utilización de los menores trabajadores en los trabajos siguientes: El trabajo en general de los menores de 14 años.
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queda prohibida la utilización de los menores trabajadores en los trabajos siguientes: El trabajo extraordinario de mayores de 16 y menores de 18 años.
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Para mayores de 16 y menores de 18 años queda prohibido utilizar su trabajo en: Expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato.
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Para mayores de 14 y menores de 16 años queda prohibido utilizar su trabajo en: Trabajos susceptibles de afectar su moralidad o sus buenas costumbres.
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Para mayores de 14 y menores de 16 años queda prohibido utilizar su trabajo en: Trabajos susceptibles de afectar su moralidad o sus buenas costumbres.
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Para mayores de 14 y menores de 16 años queda prohibido utilizar su trabajo en: Actividades ambulantes, salvo que exista autorización expresa del inspector del trabajo
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Para los mayores de 16 y menores de 18 años, solo existe la restricción de utilizar su trabajo en labores nocturnas industriales.
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las acciones de trabajo prescriben en dos años, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible, con las excepciones que se consignan en los artículos siguientes.
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Prescriben en dos meses: Las acciones de los trabajadores para reclamar el pago de indemnizaciones por riesgo de trabajo
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Son obligaciones de los patrones: Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos
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Son obligaciones de los patrones: Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones, de conformidad con las normas vigentes en la empresa o establecimiento
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Son obligaciones de los patrones: Hacer las deducciones de las cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110, fracción IV
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Prescriben en dos meses: Las acciones de los trabajadores para separarse del trabajo
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Son obligaciones de los patrones: Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo
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Son obligaciones de los patrones: Mantener el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos.
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Son obligaciones de los patrones: Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose de mal trato de palabra o de obra
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Son obligaciones de los patrones: Expedir cada quince días, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido
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Son obligaciones de los patrones: Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del término de tres días, una constancia escrita relativa a sus servicios
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Son obligaciones de los patrones: Poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y de los trabajadores de la categoría inmediata inferior, los puestos de nueva creación, las vacantes definitivas y las temporales que deban cubrirse
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Son obligaciones de los patrones: Establecer y sostener las escuelas Artículo 123 Constitucional, de conformidad con lo que dispongan las leyes y la Secretaría de Educación Pública
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1. Son obligaciones de los patrones: Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores
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Son obligaciones de los patrones: Contar, en los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, con instalaciones adecuadas para el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad
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Son obligaciones de los patrones: Proporcionar a sus trabajadores los medicamentos profilácticos que determine la autoridad sanitaria en los lugares donde existan enfermedades tropicales o endémicas, o cuando exista peligro de epidemia;
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Son obligaciones de los patrones: Cumplir con las disposiciones que en caso de emergencia sanitaria fije la autoridad competente
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Son obligaciones de los trabajadores: Proporcionar a los sindicatos, si lo solicitan, en los centros rurales de trabajo, un local que se encuentre desocupado para que instalen sus oficinas, cobrando la renta correspondiente.
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Son obligaciones de los patrones: Hacer las deducciones que soliciten los sindicatos de las cuotas sindicales ordinarias, siempre que se compruebe que son las previstas en el artículo 110, fracción VI.
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Son obligaciones de los patrones: Hacer las deducciones que soliciten los sindicatos de las cuotas sindicales ordinarias, siempre que se compruebe que son las previstas en el artículo 110, fracción VI.
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Prescriben en dos meses: Las acciones de los beneficiarios en los casos de muerte por riesgos de trabajo
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